La Municipalidad de Capital inició la primera fase de intimación a propietarios de terrenos baldíos para regularización, en el marco legal vigente. Esos espacios abandonados deben quedar cerrados, limpios y con veredas. De lo contrario, se judicializa con multas de hasta 250.000 pesos que deberán abonar los titulares de las propiedades.
El equipo de inspectores de la Secretaría de Ambiente y Servicios continúa con la campaña de regularización de los terrenos baldíos que se encuentran en el ejido capitalino.
El municipio, a través de esta normalización y saneamiento ambiental, busca evitar depósitos de escombros, olores nauseabundos, residuos domiciliarios y la propagación de vectores y enfermedades, entre otros problemas que ocasiona la desidia.
Ya hay un total de 14 parcelas que se encuentran en infracción, relevadas y en proceso de intimación. Con la colocación de cartelería, este viernes comenzó la intimación a los propietarios de 6 de estos espacios en abandono para que se realice la limpieza, cierre perimetral y construcción de veredas en el lugar.
En caso de no hacerlo, se procede con la judicialización correspondiente, de acuerdo a los pasos previstos por normativa municipal.
Los primeros baldíos son terrenos ubicados en
1) Avenida Alem 1199 Sur
2) Avenida España y calle 9 de Julio 690 Oeste
3) Calle Corrientes 446 Oeste (y Salvador María del Carril)
4) Calles Paraná y Caseros 1898 Norte
5) Avenida España 1251 Sur
6) 9 de Julio 231 Oeste
Luego se continuará con las 110 sentencias monitorias que se dictaminaron en los juzgados a cargo.
El procedimiento
El Ejecutivo Municipal en forma conjunta con el Juzgado de Faltas Municipal, de 1° y 2° nominación, labrará multas de hasta $250.000 a los propietarios de parcelas en estado de abandono, por representar un potencial foco de riesgo ambiental, sanitario y social que también afectan la estética urbana.
Tras el relevamiento y el acta de infracción, el Juzgado de Falta realiza la sentencia monitoria. Es el caso de estos primeros terrenos con la señalización.
En esta instancia, el propietario debe asistir a una audiencia en la que reconocerá la infracción y se realizará la corrección de la falta (Artículo 12).
Posteriormente se establecerá un plazo de 30 a 45 días para dar cumplimiento con la normativa que implica cerrar el lugar, limpiar y construir veredas.
En caso de no asistir a la audiencia, se lo considera en rebeldía y se confirma la sentencia, ejecutando la multa a costa del propietario.
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