Los medicamentos solo deben adquirirse en farmacias habilitadas

El Ministerio de Salud de San Juan estableció que está prohibida la venta o el expendio de medicamentos al público, fórmulas magistrales, especialidades medicinales y cosméticos de acción curativa en comercios, kioscos u otros establecimientos no habilitados.

El Ministerio de Salud de San Juan, a través de la Dirección de Asuntos Legales, el Departamento de Medicina Asistencial y la División Farmacia, informó a la comunidad que continúa vigente el Decreto Reglamentario Nº 1.722 de la Ley Nº 67-Q del Código Sanitario de Salud.

La normativa estableció que está prohibida la venta o el expendio de medicamentos al público, fórmulas magistrales, especialidades medicinales y cosméticos de acción curativa en comercios, kioscos u otros establecimientos no habilitados. Estos productos solo pueden ser comercializados en farmacias debidamente habilitadas.

Asimismo, la legislación vigente considera ejercicio ilegal de la profesión toda venta de estos productos fuera del ámbito farmacéutico.

Del mismo modo estando vigente la Ley 781-Q y Decreto 2022-Q, por los cuales se prohíbe de la venta o expendio de ciertos productos dentro de las farmacias, como por ejemplo alimentos comestibles, etcétera.


Ante la detección de posibles incumplimientos, la comunidad puede realizar denuncias o consultas en la División Farmacia, de lunes a viernes, de 07 a 14 horas, en el 3º piso, Núcleo 2, Centro Cívico, Ministerio de Salud.

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