La iniciativa obtuvo 131 votos a favor, 117 en contra y hubo 6 abstenciones. La sesión duró más de 19 horas.
Desde las 11.13 del jueves 10 de diciembre comenzó la sesión en la Cámara de Diputados en la que se debate el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo y el Plan de los 1000 días, que establece una protección integral a la mujer y al niño hasta los primeros tres años de vida.
Pasadas las 4.30 horas de este viernes, el Presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, pidió a los legisladores que estén atentos para votar porque se iba achicando la lista de oradores.
En el Gobierno confían en obtener los votos necesarios en el Senado, donde el proyecto deberá recibir la otra media sanción que falta.
En las inmediaciones del Congreso, tanto la marea verde como la celeste, siguieron el minuto a minuto de la maratónica sesión.
Ni bien el tablero reveló el resultado de la votación, una ovación inundó el recinto. Oficialistas y opositores dejaron de lado sus diferencias políticas y, hermanados por el color verde, se abrazaban y aplaudían emocionados, mientras puertas afuera del Congreso los simpatizantes del proyecto, concentrados durante horas a la expectativa del resultado, estallaron en festejos.
Todo un contraste con el ánimo resignado de los diputados celestes, detractores de la legalización del aborto, quienes silenciosamente se retiraron del recinto con la esperanza de que el Senado, una vez más, frene el avance del proyecto.
Las claves del proyecto
El proyecto autoriza la interrupción del embarazo hasta la semana catorce (inclusive) de gestación. Una vez solicitado deberá ser efectuado en el plazo máximo de diez días corridos.
Asimismo, se establece que la práctica deberá ser incluida en el Programa Médico Obligatorio para garantizar la cobertura integral y gratuita tanto del sector público como de las obras sociales y prepagas.
Antes de solicitar la práctica de un aborto, la persona gestante deberá prestar por escrito su consentimiento informado. A partir de los 16 años podrá hacerlo por sí sola, sin la autorización de un mayor. Para las menores de 13 años, se exige la asistencia de al menos uno de sus progenitores o representante legal.
Respecto de las menores de 16 años, el proyecto original establecía que "se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento". Ante algunas críticas que recibió la redacción de este artículo, se acordó incluir un párrafo que indica que "en situaciones de conflicto de intereses con sus representantes legales, puede intervenir con asistencia letrada".
La segunda y más importante modificación que se introdujo en el texto tiene que ver con las obligaciones que tendrán los establecimientos de salud donde todos los profesionales sean objetores de conciencia.
En efecto, en el texto se incluyó un nuevo artículo que establece que "aquellos efectores de salud del subsector privado o de la seguridad social que no cuenten con profesionales para realizar la interrupción del embarazo a causa del ejercicio del derecho de objeción de conciencia deberán prever y disponer la derivación a un efector que realice efectivamente la prestación y que sea de similares características al que la persona solicitante de la prestación consultó".
Se aclara que "en todos los casos se debe garantizar la realización de la práctica" y que "las gestiones y costos asociados a la derivación y el traslado quedarán a cargo del efector que realice la derivación".
Con estas modificaciones, los impulsores del proyecto confían en achicar la diferencia en el Senado, que en 2018 lo rechazó. Los senadores comenzarán el debate de la iniciativa el lunes próximo y se espera su tratamiento en el recinto antes de fin de año.
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