Etiqueta: Blanqueo de capitales

Blanqueo, moratoria y Bienes Personales: AFIP reveló cuándo estarán disponibles los aplicativos

La AFIP informó que "está trabajando en equipo con otros organismos para la puesta en marcha de esta medida de regularización tributaria, con el fin de emitir las resoluciones generales y poner a disposición los aplicativos correspondientes".

El Gobierno publicó este viernes en el Boletín Oficial el decreto número 608/24 que reglamenta lo referido a moratoria, Blanqueo, Bienes Personales y Régimen Especial del Ingreso sobre los Bienes Personales, que fuera aprobado por la Ley 27.743 de Medidas Fiscales y Paliativas.

En este marco, la AFIP informó que "está trabajando en equipo con otros organismos para la puesta en marcha de esta medida de regularización tributaria, con el fin de emitir las resoluciones generales y poner a disposición los aplicativos correspondientes, a partir del próximo miércoles 17 de julio".

Blanqueo de capitales

Sobre el blanqueo de capitales, se establecieron los plazos y precisiones para poder adherir a ese programa para regularizar los activos que no fueron declarados ante la AFIP.

Los contribuyentes podrán manifestar su adhesión y realizar el pago adelantado obligatorio hasta el 30 de abril de 2025. Además, se establece que el tipo de cambio para determinar la base imponible será de 1.000 pesos por dólar estadounidense.

Las personas con residencia en Argentina y que declaren hasta 100.000 dólares en efectivo no pagarán ningún impuesto, pero solo regirá si la AFIP no detecta cualquier bien o tenencia que no hubiera sido declarada superior al 10 por ciento de lo declarado.

El umbral por el cual se pierde ese beneficio está ubicado en el 10% del valor total de los bienes blanqueados, es decir hasta valores menores a 10 mil dólares.

Aquellos con activos superiores a 100.000 dólares y se adhieran al régimen del blanqueo antes del 30 de septiembre y presentan su declaración jurada antes del 30 de noviembre pagarán un impuesto especial del 5%.

Aquellos que lo hacen entre el 1 de octubre hasta el 31 de diciembre y presentan su declaración jurada hasta el 31 de enero de enero pagarán una alícuota del 10% y los que se adhieran desde el 1 de enero del 2025 hasta el 31 de marzo y presenten su declaración jurada hasta el 30 de abril pagarán un 15%.

Si bien el sistema de adhesión concluye el 30 de abril el Gobierno podrá prorrogar ese plazo hasta el 31 de Julio del 2025, y considerando plazos que aseguren que entre cada una de las fechas señaladas medie una diferencia que no podrá ser menor a los 3 meses.

Blanqueo de criptomonedas

El decreto también aclaró aspectos sobre la regularización de criptomonedas y activos virtuales, estableciendo que estos se considerarán del país si están en custodia de proveedores de servicios inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores.

"Cuando los mencionados bienes no se encuentren bajo custodia y/o administración de una entidad habilitada a tales efectos, ya sea del país o de una jurisdicción o país extranjero no identificado por el Grupo de Acción Financiera como de Alto Riesgo o Bajo Monitoreo Intensificado, sólo podrán ingresar al Régimen de Regularización si, antes de la fecha límite prevista para la manifestación de adhesión de la etapa 1, hasta el 30 de septiembre, son transferidos a entidades que cumplan tales requisitos, en cuyo caso tendrán que mantenerse allí depositados hasta esa fecha", estableció el decreto reglamentario.

Respecto de la valuación, deberá considerarse su valor de mercado al 31 de diciembre de 2023 o su valor de adquisición, el que fuera mayor, convertido al Tipo de Cambio de Regularización.

En otro tramo del decreto reglamentario se especificó que los contribuyentes que adhieran al Régimen de Regularización de Activos, adquirirán nuevamente la residencia en nuestro país a partir del 1 de enero de 2024, inclusive, a los fines de la Ley de Impuesto a las Ganancias y de Bienes Personales.

Moratorias

El decreto fijó también las condiciones y procedimientos para la implementación del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social, así como el Régimen de Regularización de Activos vencidas al 31 de marzo de 2024.

Los contribuyentes que se inscriban en la moratoria para lo cual tendrá 150 días de plazo desde las reglamentaciones podrán pedir la extinción de la acción penal, en la medida en que no exista sentencia firme a la fecha de cancelación.

También estableció que los planes de facilidades de pago comprendidos en la ley de medidas fiscales estarán sujetos a una tasa de financiación calculada por la AFIP en base a la tasa del Banco Nación para descuentos comerciales, por trimestre calendario hasta el 31 de diciembre de 2025.

Las personas que abonen su deuda al contado en los primeros 30 días o en tres cuotas tendrán una reducción del 70% de los intereses, y los que abonen entre antes de los dos meses con el mismo sistema tendrán una disminución del 60% de intereses y los que lo hagan hasta tres meses esa baja será del 50% de los intereses.

Las personas que sean pequeños contribuyentes podrán pagar un 20% y el resto en 60 cuotas mensuales, mientras que las entidades sin fines de lucro deberán pagar un 15% y el resto en 84 cuotas mensuales.

Las empresas medianas deberán cancelar un pago a cuenta equivalente al 20% de la deuda y por el saldo de deuda resultante, hasta 48 cuotas mensuales, mientras que el resto de los contribuyentes deberán pagar un 25% de la deuda y por el saldo hasta en 36 cuotas mensuales.

Bienes Personales

En cuanto al Régimen Especial del Ingreso del Impuesto sobre los Bienes Personales, la reglamentación detalló cómo se determinará la residencia fiscal de los contribuyentes y las condiciones para la adhesión al régimen.

La normativa encomendó a la AFIP la publicación de los montos actualizados de los mínimos no imponibles y escalas del Impuesto sobre los Bienes Personales para los períodos fiscales 2024, 2025 y 2026.

La ley estableció que se eleva el Mínimo ni Imponible de 27 a 100 millones y de 137 a 350 millones para bienes destinados a vivienda única y también hay un descenso en las alícuotas del 1,75 al 1,50 que deberán pagar tanto los residentes como aquellos que tienen bienes en el exterior.

Otro beneficio que aquellos que paguen en forma adelantada por cinco años bienes personales pagarán una tasa única de 0,45% por año, mientras que aquellos que hayan ingresado al blanqueo de capitales tendrán que pagar un 0,50% de alícuota por año.

Ingresó a Diputados el proyecto de blanqueo de capitales

El Poder Ejecutivo giró al Congreso la iniciativa que permite declarar tenencias y bienes en el exterior con el pago de alícuotas que van del 5% al 20%.

Este martes ingresó a la Cámara de Diputados el proyecto de ley del Poder Ejecutivo sobre blanqueo de capitales, dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y empresas.

La iniciativa prevé para quienes se acojan al régimen alícuotas de pago de un impuesto especial de entre 5% y 20%, y será mayor en caso de que los bienes declarados no se repatrien.

La iniciativa, titulada "Exteriorización del ahorro argentino" se enmarca en el acuerdo entre el ministro de Economía, Sergio Massa, el embajador de Estados Unidos, Marc Stanley, y el titular de la AFIP, Carlos Castagneto, sobre intercambio de información financiera.

Quiénes podrán acceder al nuevo blanqueo de capitales

Personas humanas, sucesiones indivisas y empresas. Quedan excluidos los sujetos que entre el primero de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos.

Además, se excluyen a aquellos sujetos declarados en estado de quiebra sin posibilidad de continuar con la explotación, como así también a los sujetos condenados por delitos frente a incumplimiento tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la condena no estuviera cumplida.

Entre los bienes comprendidos estará la tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.

Entre los beneficios se encuentra que no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados, y que se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.

Además, los sujetos quedan liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar como, Impuesto a las Ganancias, Impuestos Internos y al Valor Agregado, e Impuestos Sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

El proyecto del Ministro Massa para blanquear dólares, pesos, inmuebles y hasta Bitcoin

Difundimos en esta nota el texto completo del anteproyecto de blanqueo de Economía para dólares, activos, criptomonedas e inmuebles que el ministro enviará al Congreso. Crea un monoblanqueo y un colaborador que si buchonea a otros recibirá un premio.

El Ministerio de Economía dejó trascender un "anteproyecto" de una Ley de Exterorización del ahorro argentino, un concepto muy amplio que incluye dólares, activos financieros, inmuebles e incluso la criptomoneda más importante del mundo: Bitcoin.

La iniciativa del Ministro de Economía, Sergio Massa, otorga un impuesto especial muy beneficioso a quien decida sacar dólares de su colchón dentro del país o quien repatríe la moneda verde que tenga en el exterior.

También crea un "monoblanqueo" para la exteriorización de hasta 50.000 dólares, y prevé beneficios para cumplidores, aunque no los establece claramente, sino que los deja en manos de AFIP, punto este último que ha sido pedido por la oposición.

En el mismo proyecto se incluye una modificación del Régimen Penal Tributario, para crear la figura de un "colaborador", es decir, un premio a los "buchones", quienes cobrarán una recompensa por denunciar casos de evasión.

Quién puede blanquear

El blanqueo de dólares, pesos en negro, acciones, Bitcoin, inmuebles, muebles y demás bienes, incluyendo créditos, deben ser preexistentes a la fecha de vigencia de la ley y el plazo será de 270 días corridos.

Las personas humanas son quienes pueden acogerse al blanqueo, sin embargo, prevé las tres siguientes excepciones:

El titular puede exteriorizar bienes a nombre de su cónyuge o hijos.

Si declaran bienes en negro las empresas o fideicomisos, de esta forma liberan de impuestos y sanciones a los socios.

La declaración de la persona humana libera a las sociedades unipersonales de las que sea titular.

Cómo es el blanqueo de dólares

1. Efectivo en dólares o en pesos en el país: el producido deberá depositarse en una "Cuenta Ahorro Argentino", que instrumentará el Banco Central.

En el caso de tenencias de dólares en el exterior, se deberá certificar su depósito en un banco extranjero o en un agente de bolsa autorizado.

2. Activos financieros: mediante su depósito en entidades bancarias o de custodia que establezca la reglamentación, tanto para el país como para conservarlos en el exterior.

3. Criptomonedas: se deberá presentar una declaración jurada para individualizarlas.

Diferencias en el impuesto especial de blanqueo

Para quienes depositen bienes en el país o repatríen dólares del exterior, el monto del impuesto especial se incrementa cada 90 días desde 2,5% hasta 7,5%.

Para quienes prefieran preservar sus bienes en el exterior o tengan inmuebles, los montos van desde 5% hasta 15%.

Para la valuación de divisas extranjeras, se aplicará el tipo de cambio comprador del Banco Nación.

De qué impuestos y sanciones libera el blanqueo al ciudadano

1. Tasas de Ganancias por incremento patrimonial no justificado.

2. Toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria y sanciones administrativas.

3. Impuesto a las Ganancias a las salidas no documentadas.

4. Impuesto a las Ganancias por las ganancias no declaradas.

5. Impuestos internos e IVA.

6. Impuesto sobre los Bienes Personales y contribución de las cooperativas.

En caso de que la exteriorización de bienes en negro se demuestre incompleta, se caen todos los beneficios y renacen las sanciones.

¿Qué pasa con las cuentas en paraísos fiscales?

En esta ocasión, no se pide la condición de que los dólares estén depositados en territorios o países no catalogados como paraísos fiscales o no cooperantes en materia impositiva.

El Gobierno envió al Congreso nueva ley de blanqueo de capitales en el exterior

El proyecto se llama: "Declaración voluntaria del ahorro argentino no exteriorizada", es decir, un blanqueo de capitales para acompañar la puesta en marcha del acuerdo IGA 1 con Estados Unidos, en el marco de la ley Fatca.

El proyecto de Ley de blanqueo de capitales será una de las prioridades en las 7 iniciativas económicas que podrían incluirse en el listado.

A partir de la puesta en marcha del acuerdo automático de intercambio de información tributaria con Estados Unidos, el Ministerio de Economía, que encabeza Sergio Massa, busca por un lado seducir con alícuotas bajas para que los evasores ingresen.

Mientras espera recibir los datos a nivel masivo, que llegarán en 2024, va en busca de las "cuentas espejo" a través de grupos de contribuyentes.

Las alícuotas van entre el 2,5%, el 5% y el 7,5%, según el momento en que se blanquee, tal como figura en el borrador del proyecto de ley.

Estas fechas seguramente sea modificadas, dado que la primera alícuota del 2,5% estaba prevista inicialmente hasta el 31 de marzo. Por más que estos penalidades se dupliquen para los casos en los que los bienes se mantengan en el exterior, no necesariamente va a significar repatriación.

Lousteau: "Cuando el presidente inaugure la sesión del lunes debería pedir perdón"

El Senador de Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Martín Lousteau, criticó al Presidente Fernández y habló sobre el proyecto de blanqueo de capitales.

Se aprobó en el congreso un proyecto de blanqueo con el propósito de que esos fondos sean destinados a la construcción.

Había sido presentado en julio de 2020 por la Cámara de la Construcción, la UOCRA, la cámara empresaria de Desarrollos Urbano y la Asociación de Empresarios de la vivienda.

En dialogó con el conductor Marcelo Longobardi en radio Mitre, Lousteau aseguró: "Nosotros en el Senado hablamos de porque no es una buena medida. Los blanqueos son una medida extraordinaria en un devenir histórico cuando se acumula mucho dinero. Si tenemos que hacer un blanqueo cada 5 años es porque hay mucha economía en negro, en parte por la gran carga impositiva que estamos teniendo".

En ese sentido, detalló que "cada nuevo blanqueo lo que hace es agregar un escalón más de degradación en la cultura de incumplimiento tributario". 

"Esta ley tiene dos partes, un incentivo para aquellos que tienen declarado y lo quieren utilizar en el sector de la construcción", expresó el Senador Lousteau, quien añadió: "nosotros subimos bienes personales a principio de año con la ley de emergencia, después con el impuesto a las grandes fortunas. Ahora le bajamos bienes personales por partida doble a aquel que invierte en el sector de la construcción".

Dijo además que "Argentina no logra crecer porque el Estado, que es el doble de grande, es peor".

"Ese estado no resuelve lo social y es tan caro que no permite que lo productivo genere puestos de trabajo", afirmó, y añadió que "eso no se resuelve porque distintos sectores se van apropiando del estado".

"Los Lázaro Báez de este mundo lo podrían haber hecho. Algún Lázaro Báez más pequeño no detectado podría utilizar este blanqueo", aclaró.

En relación a la economía, dijo que "el 58% promedio del costo de producción en Argentina es el Estado".

"El kirchnerismo se la pasa hablando del poder de los empresarios, los quiere castigar, quiere castigar los abusos de los monopolios, y destrozó la ley de defensa de la competencia", manifestó el exministro de Economía de Cristina.

Vacunatorio VIP

En comparación con la vacunación VIP, dijo que "no hay vacuna para todos. La gente viene de un año de angustia donde no pudo despedir a los amigos que se murieron, se tuvo que encerrar en la casa, le dijeron que si salía a la calle estaba siendo poco solidaria con los enfermeros, con los médicos, y de repente, cuando hay pocas vacunas, todavía se las quedan algunos", opinó, y agregó: "me llama más la atención las justificaciones que lo que pasó".

Finalmente, sobre el caso del Vacunatorio VIP, dijo que es muy grave que "alguien se apropie de las dosis en un contexto de angustia acumulada".

"Frente a eso hay una sola palabra, la palabra: perdón", concluyó, y sugirió que "el presidente, lo primero que debería decir cuando inaugure la sesión el lunes, es: perdón".

Buscan reactivar la construcción con un gran blanqueo de capitales: mirá las claves

El Ministro de Economía, Martín Guzmán, ya envió los proyectos al Congreso.

El Poder Ejecutivo envió dos proyectos de ley al Congreso para, por un lado, impulsar la industria de la construcción a través de una serie de incentivos fiscales y, por otro, mejorar la oferta de créditos hipotecarios para la construcción o compra de primera vivienda.

Las claves de los proyectos

Beneficios fiscales

  • El proyecto exime del impuesto de Bienes Personales a las inversiones destinadas a la construcción de inmuebles nuevos durante dos años y otorga un crédito fiscal para computar contra este impuesto igual al 1% de las inversiones realizadas en construcción.
  • Propone que los tributos sobre las transacciones inmobiliarias se haga al momento de percibir los ingresos por la inversión y se adecúe el monto imponible a su evolución en términos reales.
  • Las personas que declaren voluntariamente activos en pesos o dólares en blanqueo de capitales y los destinen a obras nuevas pagarán un único impuesto con alícuota creciente en el tiempo y se les otorgará un "bloqueo fiscal" respecto a lo que pudiera corresponder por esos fondos, además de una serie de beneficios en acciones judiciales y administrativas.

Promoción del crédito para la vivienda

  • El objetivo es crear una Sociedad Hipotecaria que sea administradora de los nuevos créditos hipotecarios, que tendrán una cobertura de cuota ante descalces entre salarios e inflación, al mismo tiempo que se resguardará el capital prestado, brindando incentivos a los bancos e inversores.
  • La nueva "Sociedad Hipotecaria Argentina" no comprometerá recursos corrientes ni del Tesoro Nacional ni del Banco Central y tendrá como fin administrar el Fondo Fiduciario de Cobertura y Promoción para cubrir desfasajes de cuotas, así como dar garantías al financiamiento bancario, de modo de reducir sus costo para el banco y las familias.
  • Otorgará garantías para impulsar las inversiones financieras a través de Valores Representativos de Deuda en forma de Fideicomisos Financieros que operarán en el mercado de capitales, de modo de darle liquidez al instrumento.
  • El FFCP estará solventado por una porción de la cuota del crédito hipotecario, aportes de las entidades, la misma rentabilidad que obtenga el fondo y un aporte inicial del Tesoro Nacional.
  • El objetivo del fondo será intercambiar flujos ajustados en base al coeficiente de variación salarial, que se ajustan más a las preferencias de deudores, con otros ajustados en base a los índices de precios y construcción, preferidos por bancos e inversores.
  • La integración del fondo se hará a través de un aporte activo de los bancos que participen del mercado de crédito hipotecario, con entre 1% y 5% del valor residual de cada crédito hipotecario cubierto; un aporte trimestral de los bancos que participen de hasta un máximo del 1,25% de la rentabilidad de los pasivos remunerados del BCRA del trimestre; y una prima contenida en la cuota que deberá pagar el deudor hipotecario.
  • Propone el lanzamiento de una serie de nuevos créditos hipotecarios que estén nominados en Unidades actualizadas CER y ICC para el acreedor y en base al CVS para el deudor, cuya instrumentación deberá ser definida por el BCRA.
  • Estas líneas estarán disponibles para la construcción sobre terreno propio o a adquirir; la adquisición o cambio de vivienda por una a estrenar sólo primera escritura; la refacción, ampliación o terminación; y la adquisición o cambio de vivienda única de ocupación permanente.

Analizan blanquear capitales para luego invertir en la construcción

La propuesta fue acercada por la Cámara Argentina de la Construcción al Ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas.

El Ministro de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, aseguró que el Gobierno está "proyectando la salida" de la crisis por la pandemia de coronavirus y señaló que se analiza la posibilidad de poner en marcha un blanqueo de capitales para promover la inversión en la construcción.

El funcionario nacional consideró "importante" la posibilidad de "empezar a proyectar la recuperación por parte del consumo y la inversión público y privada".

Previo a estas declaraciones, el funcionario se reunió con la Cámara Argentina de la Construcción, que presentó una serie de propuestas en la que se encuentra la posibilidad del blanqueo de capitales.

En este contexto, Cadena 3 dialogó con Iván Szczech, presidente de la Cámara, quien comentó que esta propuesta es parte de un programa integral.

"El Gobierno vio bien la propuesta que tiene tres tiempos. Uno en la actualidad para poner obras en marcha después de la pandemia. Un cuarto trimestre a donde tomamos otras medidas dado que necesitamos más tiempo. Otra a más largo plazo que tiene que ver con medidas en el 4to trimestre y en 2021", describió.

Dentro de la propuesta, también se contempla la posibilidad de lanzar créditos hipotecarios.

"Nosotros lo vemos desde el punto de vista que en Argentina hay un porcentaje de economía informal que se traduce en inversiones inmobiliarias. La intención es blanquear la cadena de valor y uno de los puntos tiene que ver con el cuarto cuatrimestre que es impulsar un crédito hipotecario para que la demanda final pueda acceder a una vivienda", detalló.

Finalmente, Szczech destacó que el impacto que tuvo la crisis en el sector fue "enorme".

"Abril fue el peor mes porque estuvo paralizada toda la obra pública y privada. Tuvimos una caída interanual del 78%. En mayo hubo una recuperación mas allá del numero negativo anual. En esta cuarentena, casi 70 mil empleos se perdieron y, en este último año, hemos perdido 150 mil puestos de trabajo, 1/3 de la fuerza laboral formal de la industria", detalló.