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Elecciones PASO 2021: ¿qué pasa si no voté?

Como se sabe las PASO son obligatorias para todo el país y por este motivo si no votaste y tampoco justificaste tu ausencia recibirás una multa.

Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias que se realizaron el domingo en todo el país fueron las primeras en un contexto de pandemia. Para quienes no puedan justificar su inasistencia, deberán pagar una multa.

Las personas que no hayan ido a votar tendrán que justificarlo a través de Internet. La gestión se deberá hacer en el apartado específico que ofrece la Cámara Nacional Electoral en su página oficial. Allí se podrá cargar el documento que avale la ausencia en las elecciones, junto a los datos personales del ciudadano.

¿Cómo hacer para tramitar la no emisión del voto? Primero se deberá ingresar en el Registro de Infractores al deber de votar e indicar el número de DNI, sexo y distrito. Una vez iniciada la gestión, se deberá aclarar la razón específica por la que no se pudo acudir a votar junto con el documento que avale el motivo.

¿Cuándo se justifica no haber votado?

  • Por distancia: aquellas personas que durante el día de la elección se encontraban a más de 500 kilómetros del establecimiento en el cual debían votar y justifiquen que la lejanía obedece a motivos razonables (cuestiones laborales, familiares o de otra índole). Se deberán acercar a la comisaría más cercana y pedir un certificado que avale el día y el lugar en el que se encuentran.
  • Por enfermedad: se trata de las personas que estuvieron imposibilitadas por causas de fuerza mayor que les impide asistir al acto. Sin embargo, esto debe estar lo suficientemente comprobado porque debe ser justificado en primer término por médicos del servicio de sanidad nacional. En su defecto, deberán ser revisados por médicos oficiales, provinciales o municipales. Si éstos últimos están ausentes deben estar observados por médicos particulares.
  • Por servicio público: el personal de organismos y empresas de servicios públicos que por razones atinentes a su cumplimiento debieron realizar tareas que le impidieron asistir al comicio durante su desarrollo.
  • Casos de Covid-19 o sospechosos: las personas con coronavirus o aquellos que tengan síntomas compatibles con el virus tienen justificada su ausencia. Asimismo, deberán cargar el documento con el resultado del hisopado.
  • Jueces y auxiliares: en estos casos, son personas que deben asistir a sus oficinas y mantenerlas abiertas durante el acto electoral, por lo tanto están justificados.

¿Cuál es la multa por no votar?

En caso de no justificar el motivo de la ausencia, habrá consecuencias económicas y administrativas.

El artículo 125 de la Constitución Nacional, en el apartado de "faltas electorales", explica que "se impondrá multa de $50 a $500 al elector mayor de 18 años y menor de 70 años que dejare de emitir su voto y no se justificare ante la justicia nacional electoral dentro de los sesenta 60 días de la respectiva elección".

Según el Código Electoral Nacional el valor es de $50. En caso de no abonar la multa, los ciudadanos quedarán registrados como infractores y tendrán inconvenientes administrativos. Esto implica que no podrán hacer trámites durante un año (obtener el pasaporte, renovar el carnet de conducir, etc) y tampoco podrán ser designados para desempeñar funciones o empleos públicos durante tres años desde la elección.

Las multas son ascendentes y acumulativas. En caso de ausentarse a las elecciones generales, el valor de la multa aumentará a $150. El monto se puede abonar a través del Banco de la Nación Argentina. El trámite puede realizarse personalmente o por medios electrónicos como transferencia bancaria, tarjeta de crédito, pago en efectivo o cuenta virtual.

La información se actualizará en la web dos días hábiles después de estar saldada la deuda y el monto de las sanciones integra el Fondo Partidario Permanente, a cargo del Ministerio del Interior.

Si no voté en las PASO, ¿puedo asistir a las generales?

Otra de las dudas que surgen para quienes no se hayan presentado en las PASO, con o sin justificación, es si podrán votar en noviembre. De acuerdo con la CNE, la participación en las elecciones generales no se considera vedada por la inasistencia a las primarias.

La Jueza Servini le contestó a la Cámara Nacional Electoral: "Quieren manejar la elección"

La magistrada cargó contra el tribunal, que la había acusado de generar "confusión y estrépito" en el electorado a dos días de las PASO.

La tensión entre la jueza electoral María Servini y la Cámara Nacional Electoral sigue escalando. "Quieren manejar la elección", disparó la magistrada luego de que la Cámara la acusara de generar "confusión y estrépito en el electorado" antes de las elecciones.

"No es de hoy. Cada vez que hay una elección, quiere manejarla en Capital Federal y también querría hacerlo en algunas provincias, pero no lo puedo asegurar. Tengo una carpeta en la que he guardado las acordadas de todas las elecciones en donde me quisieron manejar la elección", dijo Servini este viernes en una entrevista con el programa Volviendo a Casa, por Radio Mitre.

La jueza se había quejado ante la Corte Suprema argumentando que la CNE invadía sus atribuciones, en lo relativo a la organización de las elecciones, que depende de cada juez electoral en las distintas jurisdicciones. Este viernes, los camaristas Santiago Corcuera, Alberto Dalla Vía y Daniel Bejas respondieron con un oficio dirigido al Máximo tribunal.

"Planteos como el que suscita esta intervención producen confusión y estrépito en el electorado, en un contexto delicado como el que atraviesa la ciudadanía y lejos de promover la confianza en las instituciones, abundan en el descrédito y la desazón de quienes deben cumplir sus obligaciones cívicas", acusaron en el escrito.

"En la elección de este domingo soy la jueza electoral que tengo que organizar de acuerdo al Código. Y, a la vez, soy Junta Electoral; o sea que toda la responsabilidad, todo lo que pase en una escuela, es mía según la ley. Tengo 26 elecciones hechas en Capital Federal, nunca tuve un problema, y nunca tuve una denuncia, por lo tanto creo que se han manejado bien", contestó este sábado la jueza.

Servini fue a la Corte por las medidas mínimas de seguridad sanitaria que estableció la Cámara Electoral para las elecciones de todo el país. Para la jueza, la constante "intromisión" tiene como objetivo que la Cámara se transforme en el único órgano "capaz de decidir sobre las cuestiones electorales todo el país".

Los camaristas recordaron que a ellos le impusieron "potestades reglamentarias, operativas y de administración", y que incluso se hicieron encuentros, en uno de los cuales participó Servini, con todos los jueces electorales del país para sugerir estos protocolos, y que se trata de "condiciones mínimas" que pueden adaptarse a las realidades diversas de cada una de las jurisdicciones.

La Cámara Nacional Electoral presentó el protocolo Covid-19 para las elecciones

Se incorporará la figura de "facilitador sanitario" para hacer cumplir el protocolo y las medidas de prevención.

La Cámara Nacional Electoral aprobó este martes el protocolo sanitario definitivo que se aplicará en las escuelas durante las jornadas de votación de este año.

Ante la situación inédita suscitada por la pandemia de coronavirus, se dispondrán medidas como no habilitar más de ocho mesas de sufragio por establecimiento para reducir el aforo.

Así se definió mediante la Acordada Extraordinaria Nº 83, que estableció el "Protocolo sanitario de prevención Covid-19 – Elecciones nacionales 2021", elaborado conjuntamente con la Dirección Nacional Electoral del Ministerio del Interior y el Ministerio de Salud de la Nación.

El mismo regirá tanto para las PASO del 12 de septiembre como para las generales del 14 de noviembre y establece distintas medidas sanitarias y organizativas para llevar a cabo las próximas elecciones nacionales en el contexto de pandemia, se informó.

También, se dispone la implementación de una franja horaria prioritaria para personas que integren grupo de riesgo y se prevé la utilización de elementos de protección personal e higiene y la capacitación de autoridades de mesa preponderantemente por medios no presenciales.

Además, se incorpora la figura del rol del "facilitador sanitario" que tendrá, entre sus funciones, hacer cumplir el protocolo y las medidas de prevención.

Acerca de los facilitadores sanitarios

El 31 de julio pasado la Dirección Nacional Electoral definió las funciones y el alcance de las tareas que cumplirán los más de 17.000 facilitadores sanitarios que se desempeñarán, por primera vez, en las elecciones PASO y en las generales de noviembre, a raíz de la pandemia de coronavirus.

En esa oportunidad, la Directora Nacional Electoral, Diana Quiodo, explicó que "la situación sanitaria obligó a buscar la forma de garantizar las condiciones más seguras para realizar estas elecciones" y dijo que el facilitador sanitario "será un integrante del Comando General Electoral".

"Por lo tanto, será un miembro de las Fuerzas Armadas o de Fuerzas de Seguridad nacionales", precisó Quiodo.

Las personas que cumplan con esas tareas contarán con una identificación distintiva que facilitará su reconocimiento y tendrán dedicación exclusiva.

Así, los facilitadores tendrán como tarea ordenar el ingreso de votantes para no saturar la capacidad interna del local, constatar el uso de tapabocas, hacer respetar el distanciamiento social de 2 metros entre las personas, y controlar que se cumpla la capacidad máxima de concurrencia en los locales de votación.

Además, deberán controlar y alentar el respeto de las normas sociales de contacto físico en pandemia, evitar aglomeraciones de personas, sobre todo en espacios cerrados, y hacer respetar las filas en el exterior observando las medidas preventivas.

La Cámara Nacional Electoral confirmó que el 8 de agosto serán las PASO

Además, las elecciones generales serán el 24 de octubre. La Cámara Nacional Electoral aprobó el cronograma y la campaña arrancará el 19 de junio. El Poder Ejecutivo tiene la potestad de frenarlas o postergarlas.

Aprobaron el cronograma de elecciones legislativas nacionales para este año, las elecciones primarias, abiertas, simultáneas y obligatorias, las PASO, serán el 8 de agosto y las generales serán el 24 de octubre. Las fechas las habilitó la Cámara Nacional Electoral.

De todos modos, el Gobierno tiene la facultad de frenar o postergar las elecciones. De hecho en diciembre entró a la Cámara de Diputados un proyecto para suspender las PASO y el Presidente Alberto Fernández incluyó la iniciativa en el temario de sesiones extraordinarias.

Fue en un gesto a los gobernadores que reclaman esta medida, ya que de acuerdo al cronograma está previsto que las elecciones se realicen en pleno invierno y en medio de la campaña de vacunación contra el coronavirus.

De acuerdo al calendario el lunes 19 de junio empieza la campaña electoral para las PASO, en el mismo día que termina el plazo para la presentación de listas de precandidatos ante las juntas electorales partidarias.

Alberto Fernández explicó que la posible suspensión de las primarias "es un tema que tiene que resolver el Congreso" y recordó que "los gobernadores insisten en no hacerlas".

Además, afirmó que cree que "el argumento es interesante, sostienen que como las PASO van a ocurrir en agosto, en el peor mes del invierno argentino, si la pandemia subsiste nos vamos a exponer a un riesgo muy grande" y que puede que los jefes provinciales "tengan razón".

También, Fernández mencionó un "elemento secundario, que es que prácticamente con el precio que cuestan las PASO se pueden pagar todas las vacunas rusas Sputnik V contra el coronavirus" que se deben pagar.

En esta línea el Presidente de la Cámara de Diputados, Sergio Massa, que integra el Frente de Todos, planteó que prefiere "gastar en vacunas contra el Covid-19 que en boletas".

La Cámara Electoral exhortó al Congreso a actualizar la cantidad de diputados

La institución señaló en un fallo que se debe ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución 

La Cámara Nacional Electoral exhortó al Congreso de la Nación a que, en el ejercicio de sus atribuciones, ejecute el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución y actualice el número de diputados según los datos del censo nacional del año 2010.

Así lo señaló la CNE en un fallo, con fecha del 8 de setiembre pero conocido este sábado, con la firma de los jueces Alberto Dalla Vía y Santiago Corcuera, que fuentes parlamentarias de la Cámara de Diputados consideraron "al menos inoportuno". De esta manera, la CNE revocó una sentencia que rechazó el planteo del Partido Vecinal de Córdoba, desde donde se impulsó un amparo contra el Estado para reasignar la cantidad de diputados por provincia.

En su fallo, la Cámara destaca que la actualización de los miembros del Parlamento debe darse "sin que ello suponga una intromisión en la esfera legislativa", entendiendo que "constituye el ejercicio de una competencia propia del Tribunal dirigida a la coordinación y complementación del accionar de los poderes del Estado".

El escrito recordó además que la Carta Magna sostiene que "después de la realización de cada censo, el Congreso fijará la representación con arreglo al mismo, pudiendo aumentar pero no disminuir la base expresada para cada diputado".

El 5 de julio del 2018, la Cámara había hecho lugar a la acción de amparo promovida por un elector de la provincia de Córdoba y le pidió al Congreso que "extreme los recaudos para ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional, en relación con la composición de la Cámara de Diputados".

En ese momento, lo decidió en virtud de que la "base de representación por la cual se rige la actual composición del mencionado cuerpo legislativo continúe siendo aquella que se determinó con los datos poblacionales de un censo realizado en 1980, y resulta claramente anacrónica".

La resolución luego fue apelada y el fallo conocido hoy la revoca, al tiempo que reitera el pedido al Congreso de "ejecutar el mandato que establece el artículo 45 de la Constitución Nacional".