Etiqueta: Código QR

¿Cuánto te cobran por cobrar con QR? Esta es la mejor opción con 3 meses gratis

El auge de los pagos digitales en Argentina sigue creciendo y los códigos QR se consolidan como uno de los medios preferidos para pagar en comercios, ferias, delivery y servicios. Sin embargo, a la hora de adoptar esta tecnología, muchos emprendedores se preguntan: "¿Cuánto me van a cobrar por usar QR?". En este artículo exploramos los costos y beneficios del QR interoperable de Nave, una solución con bonificación total durante los primeros tres meses.

¿Cómo funciona el QR interoperable?

El QR interoperable permite recibir pagos desde cualquier billetera virtual. El cliente escanea el código y el dinero se acredita en tu cuenta Nave sin fricciones ni pasos intermedios.

Esto representa una gran ventaja para los comercios, ya que simplifica la experiencia de cobro, reduce tiempos y mejora la organización financiera.

Además, no requiere dispositivos adicionales ni conocimientos técnicos: cualquier persona puede implementarlo con su celular o computadora en pocos pasos.

También es ideal para situaciones donde el contacto físico se busca evitar, ya sea por comodidad o por seguridad sanitaria. Por eso, muchas actividades como la venta ambulante o las ferias adoptaron rápidamente esta forma de cobro.

Cuánto te cobran por usar QR

En muchas plataformas, cobrar con QR implica comisiones por cada transacción y, a veces, costos ocultos o demoras en la acreditación.

Con Nave, los primeros tres meses son completamente gratuitos. Una vez finalizado ese período, las comisiones son claras, competitivas y se informan desde el inicio, sin sorpresas.

Además, la transparencia es uno de los pilares del servicio: sabés desde el primer momento cuánto vas a pagar y qué vas a recibir por cada transacción. Esto facilita la planificación financiera y evita imprevistos al cierre de mes.

Ventajas del QR interoperable para tu negocio

  • Mayor alcance: recibís pagos de cualquier billetera sin cambiar de sistema.
  • Rápida implementación: generá tu código desde el panel Nave y comenzá a cobrar en minutos.
  • Comprobantes digitales: cada operación queda registrada y podés emitir recibos.
  • Sin costo inicial: 3 meses gratis para comenzar sin riesgos.
  • Ideal para ventas presenciales y delivery: mostrás tu QR o lo enviás por mensaje.
  • Seguimiento en tiempo real: controlás todas las transacciones desde el panel.

Quiénes ya están usando QR en Argentina

  • Comercios de barrio y autoservicios.
  • Kioscos y almacenes.
  • Profesionales y emprendedores que venden servicios.
  • Delivery de comida y productos.
  • Stands en ferias y eventos itinerantes.

El QR se adapta a cualquier entorno, ya que no requiere terminal ni conexión a dispositivos. Solo necesitás imprimirlo o compartirlo desde el celular.

Además, permite trabajar de forma profesional sin necesidad de infraestructura compleja.

Esto lo convierte en una herramienta clave para emprendedores que recién comienzan, o para quienes buscan ampliar sus canales de venta sin grandes inversiones.

Cómo empezar a usar el QR de Nave

  1. Registrate en Nave Negocios.
  2. Ingresá a tu panel de control y generá tu QR.
  3. Imprimilo, mostralo o compartilo según tu tipo de negocio.
  4. Empezá a cobrar con cualquier billetera digital.

Con el sistema de QR interoperable de Nave podés empezar a cobrar fácil, sin costos ocultos y con una bonificación exclusiva de tres meses. Una opción simple, profesional y cada vez más elegida por los comercios argentinos.

El Banco Central confirmó que los pagos con QR comenzarán a ser interoperables

En medio de la pelea entre Mercado Pago y los bancos, lo comunicó la entidad monetaria luego del acuerdo al que llegaron las partes por el pago de una comisión.

El Banco Central dispuso la incorporación de las tarjetas prepagas al régimen de pagos con QR interoperables. Así, se sumarán a lo que ya rige para operaciones virtuales con transferencias y tarjetas de crédito.

La medida llega luego de la entrada en vigencia, el 30 de abril, de la interoperabilidad de los códigos QR para los pagos con tarjeta de crédito, que había sido anunciada el año pasado, pero sufrió varias postergaciones en el marco del conflicto entre Mercado Pago y los bancos.

En las últimas horas, ambas partes alcanzaron un acuerdo respecto de determinados puntos técnicos que estaban en discordia y que trababan la implementación efectiva.

De esta forma, una vez que esté en pleno funcionamiento el sistema, todos los lectores de códigos QR tendrán que aceptar pagos con tarjeta de crédito provenientes de todas las billeteras virtuales, como ya sucede con los pagos vía QR hechos con transferencia de cuenta a cuenta. Dentro de 270 días, deberá suceder lo mismo con las tarjetas prepagas.

Pagos con QR: nuevas reglas, en caso de fraude y qué significan

Una vez que el sistema esté en funcionamiento, todos los dispositivos de lectura de códigos QR deberán estar preparados para aceptar pagos con tarjeta de todas las billeteras, independientemente de su marca, de manera similar a lo que ya sucede con los pagos QR realizados mediante transferencia de cuenta a cuenta.

Hasta el momento, los lectores de QR de Mercado Pago solo aceptaban pagos con tarjeta si la tarjeta estaba vinculada a una billetera de Mercado Pago. Sin embargo, una regulación del Banco Central eliminó esta exclusividad para Mercado Pago y lo obligó a abrir su red a Modo y a cualquier otra billetera.

A pesar de varias prórrogas, la fecha de implementación prevista inicialmente para el 30 de abril aún no se ha cumplido.

En situaciones de fraude, la responsabilidad recaerá en la billetera que inicia la transacción. Esta responsabilidad solo será eximida cuando la billetera procese el pago utilizando los protocolos técnicos de tokenización y autenticación especificados por la marca de la tarjeta.

Además, si la transacción no puede completarse utilizando los estándares técnicos proporcionados por la marca de la tarjeta, siempre y cuando estos hayan sido adoptados por todos los participantes en la transacción, excepto el adquirente agregador. Asimismo, la responsabilidad puede ser eximida si existe un acuerdo previo entre emisores, billeteras y/o adquirentes agregadores involucrados en la transacción.

Desafíos en la seguridad

Los desafíos en la seguridad del sistema y los incidentes de fraude eran preocupaciones principales que Mercado Pago esgrimía para evitar avanzar hacia la interoperabilidad. La empresa de Marcos Galperín había destacado el 30 de abril pasado que el uso de la red de QR conlleva costos y requiere acuerdos contractuales detallados entre los participantes del sistema, que incluyen cláusulas para prevenir fraudes, salvaguardar la seguridad de los usuarios, proteger la propiedad intelectual y resguardar los datos personales.

A pesar de que usar la red implica costos, según el acuerdo alcanzado, será Mercado Pago quien finalmente los asuma. La idea inicial de Mercado Pago era que Modo, Cuenta DNI u otras aplicaciones le pagaran una comisión cada vez que uno de sus clientes decidiera usar la billetera para realizar pagos con tarjeta mediante QR.

Sin embargo, esta aspiración quedó en el pasado. En los días previos al 30 de abril, Mercado Pago solicitó un 0,3% del monto por cada transacción; sin embargo, las billeteras optaron por detener las negociaciones.

A pesar de haber cedido en este aspecto, la interoperabilidad de los pagos mediante QR con tarjetas de crédito supondrá un gran beneficio para Mercado Pago. Con todas sus terminales de punto de venta ubicadas en su red de comercios aceptando pagos con tarjetas de débito o crédito desde cualquier billetera, es probable que la utilización de sus lectores experimente un crecimiento significativo.

Los bancos empezarán a acreditar en cuenta los montos de Compre sin IVA

A partir de este viernes comenzarán a verse las acreditaciones en cuenta de  la devolución del 21% del IVA sobre las compras realizadas dentro del programa Compre sin IVA, confirmaron desde AFIP.

AFIP confirmó que fueron enviados a las entidades financieras los listados con los datos de los beneficiarios y el compromiso es que comiencen a acreditar en las cuentas.

Fuentes oficiales confirmaron que ya fueron enviados los listados con los datos de los CUIT de los beneficiarios a los bancos y entidades procesadoras para que puedan relacionar las cuentas bancarias con las CUIT y la titularidad de billeteras virtuales adheridas.

De esta manera estarían en condiciones de comenzar a recibir el beneficio en las cuentas, más de 21.000.000 de beneficiarios.

La iniciativa oficial sumó a los empleados en relación de dependencia, con salarios inferiores a los $708.000 y a los monotributistas a un beneficio que ya recibían los jubilados y beneficiarios de planes sociales.

A partir del lunes comenzaba el programa pero faltaba aceitar el proceso mediante el cual las entidades financieras podían acreditar el dinero en la cuenta. Para eso necesitaban que la AFIP le facilite los listados con los beneficiarios del programa.

Desde el organismo impositivo, confirmaron que las mismas ya han sido entregadas y que el compromiso de las entidades financieras era que a partir de mañana esté operativo el sistema de reintegro.

Qué es el programa Compre sin IVA

El programa Compre sin IVA es un régimen de reintegros del 21% en compras realizadas en comercios minoristas y/o mayoristas, con un límite de hasta $18.800.

El beneficio se aplicará a las compras que se abonen con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR, asociadas a cuentas abiertas en entidades financieras.

Quiénes pueden beneficiarse de este régimen de reintegros

Pueden beneficiarse del régimen de reintegros las personas que perciban alguno de los siguientes conceptos, que no son excluyentes entre sí:

Jubilados, beneficiarios de pensiones por fallecimiento y no contributivas nacionales.

Beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social.

Beneficiarios de asignaciones por embarazo para protección social.

Trabajadores en relación de dependencia, con ingresos mensuales que no superen seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil.

Personal de Casas Particulares.

Monotributistas, excepto si obtienen ingresos de ciertas fuentes específicas.

Qué tipos de tarjetas se pueden utilizar para obtener el beneficio

El beneficio se aplica a compras realizadas con tarjetas de débito, débito en cuenta o transferencias inmediatas a través de códigos QR.

Las compras con Tarjeta alimentar y tarjetas emitidas a beneficiarios del programa Potenciar Trabajo también son elegibles para el beneficio.

Puedes encontrar más información en afip.gob.ar/reintegro/compre-sin-iva/.

El BCRA amplió la interoperabilidad de pagos con QR

En el marco de una polémica que mantienen los bancos con Mercado Pago, el BCRA dispuso que, desde septiembre, los comercios que tengan código QR para cobrar con tarjetas de crédito deberán aceptar pagos con cualquier billetera digital.

Los comercios que exhiben un código QR para cobrar con tarjetas de crédito deberán aceptar que los clientes realicen pagos con cualquier billetera digital interoperable, según las nuevas disposiciones del Banco Central.

La entidad dispuso que los adquirentes y agregadores que ofrecen el servicio no podrán discriminar en las comisiones y plazos de acreditación de los fondos al comercio según la marca de billetera que ordenó el pago, independientemente de la marca del QR.

La normativa dispuesta por el BCRA busca mejorar "la experiencia tanto para las personas usuarias como para los comercios, y entrará en vigor a partir del 1º de septiembre" señaló la entidad.

El BCRA estipuló que cuando los adquirentes o agregadores también sean aceptadores de pagos con transferencia, deberán ofrecer a los comercios un único código QR que contemple todos los instrumentos de pago.

"De esta manera, la experiencia de pago será más amigable para las personas ya que hasta ahora la interoperabilidad de los QR estaba limitada a los pagos con transferencia", señaló el BCRA al fundamentar la medida.

A partir de la implementación de la nueva medida, luego de leer un código QR la persona usuaria podrá elegir si para abonar usará pago con transferencia o tarjeta de crédito, sin necesidad de cambiar de billetera digital para hacer el pago.

Para lograr más transparencia, la nueva disposición amplía el alcance del registro de proveedores de pago que se puede consultar en el sitio web del BCRA.

La autoridad monetaria dispuso también que deberán registrarse los aceptadores que adhieren a comercios para permitirles cobrar con pago con transferencia en el marco del programa Transferencias 3.0.

También deberán hacerlo los adquirentes que adhieren a comercios para permitirles cobrar con tarjetas de débito, crédito y/o prepagas.

Deberán registrarse también los agregadores o subadquirentes que proporcionan a comercios acceso al cobro mediante tarjetas de débito, crédito y/o prepagas, u otros instrumentos y actúan como receptor de los fondos provenientes de las liquidaciones de estos instrumentos previa a la acreditación a comercios.

Además, se incluirán en el registro de proveedores de servicios de pago a las empresas de cobranza extrabancaria que brindan servicios de pagos, cobranzas de impuestos, servicios mediante el uso de efectivo y otros instrumentos de pago.

La normativa extiende a los PSP que inician transferencias inmediatas desde cuentas provistas por otros, iniciadores de pagos, PSI, la obligación de cumplir con las normas para este instrumento de pago.

Así, deberán posibilitar a los clientes realizar transferencias tanto hacia CBU como CVU, como lo hacen actualmente las entidades financieras u otros PSP que ofrecen cuentas de pago a sus clientes.

Las transferencias con QR entrarán en vigencia a fines de noviembre

"Esto significa que un mismo código QR permite hacer pagos con transferencia desde cualquier cuenta, ya sea de un banco o de un proveedor de servicios de pago", aclaró el Banco Central.

El sistema Transferencias 3.0, que impulsa los pagos a través de códigos QR estandarizados, se pondrá en marcha a fines de noviembre con el objetivo de promover la formación de un ecosistema digital de pagos abierto y universal, informó el Banco Central.

La medida "potencia los pagos digitales y favorece una mayor inclusión financiera en el país", remarcó la autoridad monetaria. Así, al 29 de noviembre, todas las empresas que hayan desarrollado billeteras virtuales deberán tener las credenciales completamente integradas para participar del Sistema Nacional de Pagos.

Se trata de un sistema que impulsa los pagos con transferencia a través de códigos QR estandarizados, mecanismo mediante el cual las personas usuarias y los comercios se pueden beneficiar de las ventajas de las transferencias inmediatas, que son más accesibles y favorecen modos de pago más eficientes y seguros, recordó el organismo.

Además, es un sistema interoperable, dado que se creó la interfaz estandarizada que permite compatibilizar los pagos desde todas las cuentas, las bancarias y las de billeteras virtuales.

"Esto significa que un mismo código QR permite hacer pagos con transferencia desde cualquier cuenta, ya sea de un banco o de un proveedor de servicios de pago", aclaró el Banco Central.

En ese sentido, afirmó que "sólo con un teléfono, las personas usuarias pueden leer cualquier código QR con cualquier billetera virtual o aplicación de banco".

"Pagar con transferencia desde el celular a través de una aplicación bancaria o billetera electrónica con lector de código QR es simple y práctico, evitando así el uso de efectivo", remarcó el organismo.

Al pagar en un comercio, el cliente no debe hacer frente a ninguna comisión y para efectuar el pago se debe contar con una billetera electrónica con lector de código QR.

La billetera puede ser de una entidad bancaria o de un proveedor de servicios de pago. A su vez, los comercios reciben los fondos de manera inmediata y con carácter irrevocable.

Todas las cuentas corrientes de entidades financieras y las cuentas de pago de personas jurídicas en los proveedores de servicio de pago están identificadas con códigos QR, además del número de CBU/CVU y un Alias, lo cual permite recibir en forma simple y rápida pagos con transferencia.

Mediante un comunicado, el Banco Central resaltó que las entidades financieras pueden abrir cajas de ahorro por medios digitales sin tener una tarjeta de debido asociada, aunque deben emitirla si la persona usuaria la requiere.

Los proveedores de servicios de pago ofrecen billeteras virtuales sin necesidad de emitir una tarjeta de débito, al tiempo que el usuario puede disponer de más de una billetera.

AFIP: Las facturas electrónicas tendrán que tener un código QR

El código será obligatorio para todos los contribuyentes que están autorizados a emitir comprobantes electrónicos. Reemplaza al código de barras.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dispuso la implementación obligatoria de un código de respuesta rápida, el QR, en las facturas y otros comprobantes electrónicos, con un cronograma escalonado de puesta en marcha según los ingresos de los contribuyentes.

La medida se estableció por la resolución general 4892/2020 del ente que preside Mercedes Marcó del Pont, y apunta a que el QR reemplace al código de barras que aparece al final de los archivos electrónicos que se generan al momento de realizar un comprobante en los sistemas on line de facturación de la AFIP (sea vía web o por aplicativo del teléfono celular) o por sistemas propios de los emisores.

La obligatoriedad, que será escalonada, apunta a que el QR pueda escanearse mediante una cámara estándar de un dispositivo celular, tablet o similar con acceso a internet y otorgue información sobre el comprobante y el emisor de ese documento electrónico.

El código de respuesta rápida codificará distintos aspectos de la información del comprobante emitido: fecha de emisión; CUIT del emisor, punto de venta; tipo de Comprobante; Número de Comprobante; importe total; moneda; cotización; tipo de documento receptor (de corresponder); código del tipo de autorización y código de autorización.

De acuerdo con la resolución general 4892, se estableció un cronograma para que los sujetos que tramiten la autorización de emisión de comprobantes electrónicos por medio del intercambio de información basado en el “WebService”, comiencen a incorporar el QR en esos documentos:

Para los responsables inscriptos en el impuesto al valor agregado (IVA) que hayan efectuado operaciones (gravadas, exentas y no gravadas) declaradas en el impuesto durante el año calendario 2020 por un importe total neto de impuestos y tasas:

  • Superior a $10 millones: desde el 1° de marzo de 2021.
  • Superior a $2 millones e inferior o igual a $10 millones: desde el 1° de abril de 2021.
  • Superior a $500.000 e inferior o igual a $2 millones desde el 1° de mayo de 2021.

Para el resto de los responsables inscriptos en el IVA, así como sujetos exentos ante ese gravamen y también para los pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen Simplificado (Monotributo), la obligatoriedad del código QR en sus comprobantes electrónicos arrancará a partir del 1° junio de 2021.