Etiqueta: Coronavirus en San Juan

Estas son las nuevas medidas que rigen en San Juan

El Gobierno de San Juan informó las nuevas disposiciones que se implementaron en todo el territorio provincial y que tienen que ver con la pandemia de Covid-19.

­A partir de las 00 horas del día 2 de septiembre de 2021, entraron en vigencia las siguientes medidas:

Se restringe la circulación en todo el territorio de la provincia de lunes a domingo en horario de 4 a 6 horas, salvo personas exceptuadas.

El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.

Los Servicios fúnebres de personas no fallecidas por COVID 19, deben realizarse con aforo del 70% de la capacidad de la sala.

Celebraciones de culto comunitarias: hasta 70% de capacidad, con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.

Supermercados, comercios minoristas de cercanía, quioscos, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionan de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

Shopping y Galerías comerciales: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

Patios de juegos: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables, tipo castillos o similares, peloteros o atracciones dónde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.

Resto de comercios: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación.

Mercado Concentrador de Rawson y Capital: con factor de ocupación de hasta el 70%, habilitado de lunes a domingo.

Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación, 3 metros de distancia entre los puestos.

Restoranes, Cafés y Bares: 70% factor ocupación, hasta 8 personas por mesa. Horarios autorizados, incluidos entrega en mostrador y servicio de entrega a domicilio de lunes a domingo, en horario de 7 a 3 horas para ingreso de personas, y a las 4 cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.

Clubes sociales, cines, teatros, y comercios similares, habilitados de lunes a domingo, con horario de 7 a 3 horas, y a las 4 cierre total, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, respetando los protocolos vigentes.

Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 70% de capacidad. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.

Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.

Se habilitan las reuniones sociales y familiares en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas en total.

Se habilita la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del 70%, de lunes a domingo. Las prácticas pueden durar hasta una hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.

Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a domingo, en espacios públicos y circuitos establecidos, respetando los protocolos vigentes, y distancia social con acompañamiento de grupos en burbuja.

Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a domingo, al 70% del factor ocupacional, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

Además se habilitó el turismo interno en todo el territorio de la provincia, en el marco de lo previsto por artículo 4º, inciso "A" del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 494/2021 y por artículo 3º de la Decisión Administrativa 723/2021, dejando la potestad a cada Intendente Departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de Covid- 19 aplicables a la actividad turística.

Finalmente se facultó a los distintos Ministerios y Secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.­

San Juan: dictaron nuevas medidas contra la pandemia de Covid-19

El Gobierno de San Juan informa las nuevas disposiciones que se implementarán a partir de las 00 horas del 20 de agosto en el territorio provincial.

El Gobierno de San Juan, a través del Comité Covid-19, comunica la implementación de nuevas medidas en el marco de la pandemia de coronavirus.

Siempre, apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de los sanjuaninos, las medidas dispuestas por el Ejecutivo provincial a través del Decreto Acuerdo Nº39 entran en vigencia a partir de las 00 horas del 20 de agosto, independientemente de demás normas y protocolos vigentes se dispone específicamente.

Medidas

A partir de las 00 horas del día 20 de agosto de 2021, independientemente de otras normas y protocolos vigentes se dispone específicamente.

a) Se restringe la circulación en todo el territorio de la Provincia: de lunes a domingo en horario de 3 a 6 horas, salvo personas exceptuadas.

b) El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.

c) La Administración Pública recupera su horario habitual de funcionamiento. El personal incluido debe ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para realizar la limpieza adecuada. La Secretaría de la Gestión Pública dictará las normas complementarias que resulten necesarias para implementar el presente Decreto Acuerdo.

e) Los Servicios fúnebres de personas no fallecidas por Covid-19, deben realizarse de: lunes a domingo de 8 a 22 horas, y con una duración máxima de hasta 5 horas, con aforo del 70% de la capacidad de la sala.

f) Autorízase la obra pública y la privada que se encuentre debidamente registrada, de lunes a domingo, en horario de 7 a 20 horas.

g) Celebraciones de culto comunitarias: hasta 70% de capacidad, respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 22 horas de lunes a domingo, con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.

h) Supermercados, comercios minoristas de cercanía, quioscos, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionan en horario de atención de 9 a 23 horas., de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

i) Shopping y Galerías comerciales: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 horas, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

Patios de juegos: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 horas, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones dónde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.

j) Resto de comercios: habilitados de lunes a domingo, horario de atención de 9 a 21 horas de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación.

k) Mercado Concentrador de Rawson y Capital: con factor de ocupación de hasta el 70%, habilitado de lunes a domingo, en horario de 6 a 21 horas.

l) Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a domingo, horario de atención de 9 a 21 horas de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación, 5 metros de distancia entre los puestos.

m) Restoranes, Cafés y Bares: 70% factor ocupación, hasta 6 personas por mesa, 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados, incluidos entrega en mostrador y servicio de entrega a domicilio: de lunes a domingo, en horario de 7 a 2 horas para ingreso de personas, 3 horas cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.

n) Clubes sociales, cines, teatros, y comercios similares: habilitados de lunes a domingo, con horario de 9 a 2 horas, 3 horas cierre total, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, respetando los protocolos vigentes.

o) Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 70% de capacidad. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.

p) Se habilitan las reuniones sociales y familiares en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas en total.

q) Industria: habilitada en horario de 6 a 20 horas, salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

r) Se habilita la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del 70%, de lunes a domingo en horario de 7 a 1 horas. Las prácticas pueden durar hasta una hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.

s) Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a domingo en horario de 9 a 24 horas, en espacios públicos y circuitos establecidos, respetando los protocolos vigentes, y distancia social con acompañamiento de grupos en "burbuja".

t) Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a domingo, en horario de 7 a 1 horas, al 70% del factor ocupacional, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

u) Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, en el marco de lo previsto por artículo 4º, inciso a) del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 494/2021 y por artículo 3º de la Decisión Administrativa 723/2021, dejando la potestad a cada Intendente Departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de Covid-19 aplicables a la actividad turística.

v) Facúltase a los distintos Ministerios y Secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.

Una por una, las medidas contra el Covid-19 que rigen en San Juan

El Gobierno de San Juan informó las nuevas disposiciones que se implementaron en la provincia desde el sábado 7 de agosto.

Desde el Comité Covid-19 apelaron a la responsabilidad individual, social y solicitaron colaboración a sanjuaninas y sanjuaninos para el cumplimiento de las medidas en vigencia.

Destacaron además que "la nación Argentina y la provincia de San Juan se encuentran en alerta máxima para sensibilizar la vigilancia epidemiológica y la respuesta integrada".

Es importante destacar que el Gobierno de San Juan adhirió al Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 494/2021, mediante la Ley Provincial 2279-P.

Este DNU establece el marco normativo vigente hasta el día 1 de octubre de 2021, inclusive.

Las nuevas medidas

Se restringe la circulación en todo el territorio de la provincia de lunes a domingo en horario de 1 a 6 horas, salvo personas exceptuadas.

El transporte público queda habilitado para la totalidad de los pasajeros sentados, hasta 20 personas de pie y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.

La Administración Pública recupera su horario habitual de funcionamiento. El personal incluido debe ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para realizar la limpieza adecuada.

Los servicios fúnebres de personas no fallecidas por Covid-19 deben realizarse de lunes a domingo de 8 a 22 horas, y con una duración máxima de hasta 5 horas, con aforo del 70% de la capacidad de la sala.

Autorízase la obra pública y la privada que se encuentre debidamente registrada, de lunes a domingo, en horario de 7 a 20 horas.

Celebraciones de culto comunitarias: hasta 70% de capacidad, respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 22 horas. De lunes a domingo con una diferencia horaria mínima de 30 minutos entre celebraciones.

Supermercados, comercios minoristas de cercanía, quioscos, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionan en horario de atención de 9 a 23 horas, de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

Shopping y Galerías comerciales: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 horas, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad.

Patios de juegos: habilitados de lunes a domingo, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 horas, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, de acuerdo a los protocolos presentados y aprobados por la autoridad competente. No se habilitan los juegos inflables (tipo castillos o similares), peloteros o atracciones dónde no se pueda implementar o mantener el distanciamiento físico y saneamiento.

Resto de comercios: habilitados de lunes a domingo, horario de atención de 9 a 21 horas de manera continua o discontinua, 70% factor ocupación.

Mercado Concentrador de Rawson y Capital: con factor de ocupación de hasta el 70%, habilitado de lunes a domingo, en horario de 6 a 21 horas.

Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a domingo, horario de atención de 9 a 21 horas de manera continua o discontinua,70% factor ocupación, 5 metros de distancia entre los puestos.

Restoranes, Cafés y Bares: 70% factor ocupación, hasta 6 personas por mesa, 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados, incluidos entrega en mostrador y servicio de entrega a domicilio: de lunes a domingo, en horario de 7 a 24 horas para ingreso de personas, y a la 1 de la madrugada cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.

Clubes sociales, cines, teatros, y comercios similares, habilitados de lunes a domingo, con horario de 9 a 24 horas, y a la 1 cierre total, con factor de ocupación de hasta el 70% de capacidad, respetando los protocolos vigentes.

Quedan habilitados los eventos gastronómicos en salones de eventos o similares: hasta 70% de capacidad. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile por parte de los asistentes.

Los espectáculos culturales, artísticos o deportivos que superen la cantidad de 200 personas, deberán contar con la autorización del Comité Covid, tramitada a través del área correspondiente. Para la autorización, deberán presentar previamente los protocolos necesarios.

Se habilitan las reuniones sociales y familiares en domicilios particulares de hasta 10 personas. Si el domicilio contare con espacio al aire libre y la reunión se realizare en el mismo, la concurrencia podrá alcanzar hasta 20 personas en total.

Industria: habilitada en horario de 8 a 20 horas, salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

Se habilita la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados, con un aforo del 70%, de lunes a domingo en horario de 7 a 24 horas. Las prácticas pueden durar hasta 1 hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.

Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a domingo en horario de 9 a 22 horas, en espacios públicos y circuitos establecidos, respetando los protocolos vigentes, y distancia social con acompañamiento de grupos en burbuja.

Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a domingo, en horario de 7 a 24 horas, al 70% del factor ocupacional, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, en el marco de lo previsto por artículo 4º, inciso a) del Decreto Nacional de Necesidad y Urgencia N° 494/2021 y por artículo 3º de la Decisión Administrativa 723/2021, dejando la potestad a cada intendente departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de Covid-19 aplicables a la actividad turística.

Facúltase a los distintos ministerios y secretarías de Estado, en el área de sus competencias, a emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este Decreto Acuerdo.

San Juan: una persona regresó del exterior, está aislada, dio positivo e investigan qué cepa es la que trajo

El Gobierno de San Juan informó que un sanjuanino que regresó del exterior dio Covid-19 positivo en un test realizado por Salud Pública durante su séptimo día de aislamiento.

El ciudadano llegó desde Estados Unidos, había ingresado al país con un antígeno negativo. Una vez que llegó a San Juan se puso en marcha el protocolo y la vigilancia epidemiológica que se activa habitualmente ante la llegada de personas del exterior.

El sujeto cumple aislamiento en un hotel local para realizar el correspondiente aislamiento preventivo, siguiendo todos los protocolos sanitarios correspondientes dispuestos por el Gobierno de San Juan.

Al cumplirse el séptimo día de aislamiento, se le realizó un testeo de rutina que este martes arrojó resultado positivo.

En el marco de la vigilancia epidemiológica, Salud Pública enviará a primera hora de este miércoles la muestra al Instituto Malbrán. El objetivo es determinar a qué variante de Covid-19 corresponde el contagio y esperar el resultado.

El tiempo que tardará en llegar el resultado dependerá de la capacidad operativa del instituto. Una vez que se realice la devolución del resultado, las autoridades sanitarias comunicarán qué cepa es la que tiene el sanjuaninos aislado.

San Juan deshizo la operación de compra de Sputnik V y los 18 millones de euros volverán a las arcas de la provincia

Guillermo Benelbaz, Secretario de Coordinación Administrativa Financiera del Ministerio de Salud Pública y Carlos Lorenzo, Asesor Letrado del Gobierno de San Juan.

Se trata de 18.000.000 de euros que el Gobierno de San Juan pagó por la compra de 1.000.000 de segundas dosis de Sputnik V.

La plata que la provincia argentina pagó se encuentra en caución y volverá a las arcas de San Juan tras el incumplimiento del proveedor.

Tal como lo había informado diario Perfil, se produjo la caída del contrato para adquirir 1.000.000 de dosis de la vacuna rusa Sputnik V.

Por su parte, la Jefa de Inmunología de Salud Pública de San Juan, Marita Sosa, reconoció que "son 100.000l los sanjuaninos que esperan la segunda dosis de la vacuna rusa".

Desde hace una semana está corriendo el plazo de 30 días para que puedan volver a las arcas provinciales los 18.000.000 de euros depositados como garantía en un "escrow" londinense.

La empresa encargada de proveer las dosis de vacunas es una firma alemana llamada Rul AG, con la cual el Gobierno de San Juan, encabezado por Sergio Uñac, firmó contrato para la provisión de las segundas dosis.

Tal como se informó en conferencia de prensa, la salida de un "escrow" puede darse por tres motivos:

  1. Un acuerdo entre las partes, ya sea por ejecución o baja del contrato.
  2. Un juicio, donde los tribunales correspondientes determinarán a qué parte debe ir el dinero.
  3. Una decisión del propio agente ante diferencias entre las partes, para lo cual ordena 30 días para que comprador y vendedor lleguen a un acuerdo y, si eso no sucede, la plata regrese a la fuente de origen.

Esto último es lo que está ocurriendo ahora, desde el 22 de julio. San Juan espera poder recuperar los 18.000.000 de euros que depositó en el "escrow".

Del lado argentino, la iniciativa fue liderada por el Gobernador Sergio Uñac junto al Asesor Letrado, Carlos Lorenzo, y al Secretario de Coordinación Administrativa Financiera del Ministerio de Salud Pública, Guillermo Benelbaz.

Durante toda la negociación y posterior a la firma del contrato, la provincia de San Juan estuvo en contacto permanente con las autoridades nacionales, tanto con presidencia como con el Ministerio de Salud, la ANMAT y Aerolíneas Argentinas, que llegó a poner dos Airbus 300 a disposición de los traslados.

También entró en las conversaciones como intermediaria la firma DHL, líder en logística a nivel internacional, que tiene estructurados todos los movimientos desde y hacia Moscú.

El funcionario del Gobierno de San Juan, Carlos Lorenzo, expresó que "la provincia les dio tres prórrogas para que pudieran cumplir. San Juan siempre fue con buena fe. Ante el tercer incumplimiento, el pasado 26 de junio, se dio por finalizado el contrato".

Otras provincias con el mismo problema

Es preciso señalar que también tuvieron el mismo inconveniente otras provincias de Argentina.

El 4 de junio, provincia de Buenos Aires anunció un acuerdo para comparar 10.000.000 de vacunas Covaxin.

El Gobierno porteño y Mendoza avanzaron en conversaciones con CanSino: Ciudad Autónoma buscaba 1 millón de dosis mientras que Mendoza solicitó 600 mil. Ninguna de las dos operaciones llegó a buen puerto.

Asimismo, Salta gestionaba con la firma Johnson & Johnson 1.000.000 de dosis, al tiempo que Jujuy buscó traer 1.000.000 de Sinopharm.

Hasta el momento ninguna provincia logró que esas operaciones se concreten.

A la espera de la segunda dosis de Sputnik V

Unos 100.000 sanjuaninos esperan la segunda dosis de la Sputnik V. Por el momento no queda otra opción más que esperar la distribución del segundo componente.

Una por una, las medidas contra el Covid-19 que rigen en San Juan desde este sábado 10 de julio

El Gobierno de San Juan informó las nuevas disposiciones que se implementan en el territorio provincial desde este sábado.

En virtud de la situación sanitaria actual como consecuencia de la pandemia de coronavirus, el Gobierno de San Juan anunció la implementación de nuevas medidas para prevenir el aumento de contagios de coronavirus.

Apelando a la responsabilidad individual, social y la colaboración de sanjuaninas y sanjuaninos, las medidas dispuestas por el Ejecutivo provincial a través del Decreto Acuerdo Nº28, entrarán en vigencia a partir de las 00 horas del 10 de julio 2021 hasta el 23 de julio inclusive, independientemente de demás normas y protocolos vigentes se dispone específicamente que:

Se restringe la circulación en todo el territorio de la provincia: de lunes a sábado en horario de 00 a 6 horas, y los días domingo en horario de 21 hasta las 06 horas del lunes siguiente, salvo personas debidamente exceptuadas.

El transporte público continúa habilitado solo para pasajeros sentados y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.

La Administración Pública funcionará en horario de 8 a 19 horas. El personal incluido deberá ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para concretar la correcta limpieza.

Los servicios fúnebres de personas no fallecidas por Covid-19 deberán realizarse de lunes a domingo de 8 a 20 horas, con un máximo 5 personas pertenecientes al círculo íntimo y con una duración máxima de hasta 5 horas.

Se autoriza la obra pública y la privada que se encuentre debidamente registrada, de lunes a sábado, en horario de 8 a 19 horas.

Se suspenden todo tipo de celebraciones de culto comunitarias, a excepción de la celebración más importante de cada culto. Solo se permite la asistencia: hasta 40% de capacidad o hasta 90 personas como máximo (el que sea menor), respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 21 horas, de lunes a sábado, y de 8 a 20 horas los domingos.

Supermercados, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionarán en horario de atención de 9 a 22 horas, de lunes a sábado, y en horario de 9 a 20 horas los días domingo, de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad, hasta 1 persona por grupo familiar.

Shoppings y galerías comerciales: habilitados de lunes a sábado, de manera continua o discontinua, con horario de 9 a 22 horas, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad.

Resto de comercios: habilitados de lunes a sábado, horario de atención de 9 a 20 horas de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de 40% de la capacidad, permitiendo el ingreso de 1 persona por grupo familiar.

Mercado Concentrador de Rawson y Capital: se permite el ingreso de 1 persona por grupo familiar. Habilitado de lunes a sábado, en horario de 9 a 20 horas.

Ferias Artesanales: habilitadas de lunes a sábado, horario de atención de 9 a 20 horas de manera continua o discontinua, 40% factor ocupación, 5 metros de distancia entre los puestos.

Restoranes, cafés y bares: con factor de ocupación de hasta el 40% de la capacidad, con 4 personas por mesa, con 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados: de lunes a sábado, en horario de 7 a 23 horas para ingreso de personas, y 00 horas cierre total.

Días domingo: en horario de 7 a 20 horas para ingreso de personas, debiendo ser a las 21 horas el cierre total. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile.

Cines y teatros: habilitados de lunes a sábado, con horario de 9 a 23 horas, con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad, debiendo ser a las 00 horas el cierre total. Días domingo en horario de 7 a 20 horas para ingreso de personas, 21 horas cierre total, con factor de ocupación de hasta el 40% de capacidad.

Quedan habilitados los eventos gastronómicos: con un factor de ocupación de hasta 40% de la capacidad o hasta 90 personas como máximo (el que sea menor), y respetando todos los protocolos vigentes. Podrán realizar espectáculos artísticos, musicales o shows en vivo, respetando los protocolos vigentes y sin ningún tipo de baile.

Las reuniones sociales no previstas en el punto anterior se encuentran prohibidas.

Se encuentran habilitadas las reuniones familiares de hasta 8 personas en domicilios particulares.

Industria: habilitada en horario de 8 a 19 horas, salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

Habilitación de prácticas deportivas de deportistas del Programa de Alto Rendimiento.

De lunes a sábado, en horario de 7 a 22 horas, se habilita en clubes sociales, federados y amateurs, los entrenamientos de deportes hasta un máximo de 10 personas, por una hora, salvo que se trate de futbol, rugby o hockey sobre césped, los cuales pueden incluir hasta 22 personas. Los entrenamientos pueden durar hasta una hora, con desinfección entre turnos. Deben mantener cerrados vestuarios y duchas.

Habilitación de deportes recreativos al aire libre: de lunes a sábado en horario de 7 a 22 horas, los días domingo en horario de 9 a 20 horas, en espacios públicos y circuitos establecidos, en grupos de no más de 2 personas.

Habilitación de prácticas deportivas de deportistas profesionales autorizados por resolución del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.

Habilitación de actividades deportivas comerciales, de lunes a sábado, en horario de 7 a 22 horas, al 40% del factor ocupacional, con estricto protocolo y sin público.

En ninguna actividad comercial deportiva se podrán realizar competencias.

Se habilita el turismo interno en todo el territorio de la provincia, dejando la potestad a cada intendente departamental para establecer la modalidad de implementación, con estricto cumplimiento de los protocolos de prevención de Covid-19 aplicables a la actividad turística.

Se invita a los organismos de la Constitución, Poder Legislativo y Judicial y a los municipios a adherir al presente Decreto Acuerdo.

Asimismo, se solicita a la ciudadanía en general cumplir y hacer observar las medidas y los protocolos, como también apela a la responsabilidad individual para evitar la suba de contagios y el colapso del sistema de salud.

San Juan: 3 muertos por Covid-19 y 325 casos nuevos

El Ministerio de Salud Pública informó que el domingo 27 de junio se registraron tres fallecimientos acusados por Covid-19.

Los fallecidos son: un hombre de 80 años, de Capital, internado en Clínica Santa Clara; un hombre de 69 años, de Rawson, internado en la Clínica Santa Clara y un hombre de 30 años, de Rivadavia, internado en el Hospital Rawson.

Asimismo, se informó que hasta las 18 horas de este domingo se registraron los siguientes casos de coronavirus en San Juan:

Nuevos casos: 325
Total confirmados desde el inicio de la pandemia: 53.566
Pacientes que atraviesan el proceso infeccioso: 7.739
Total de personas fallecidas en San Juan: 893
Recuperados: 44.934
Test negativos: 475

Parte de internados

Se encuentran internados 243 pacientes en las áreas de Covid-19 de los hospitales Guillermo Rawson, Marcial Quiroga, Ventura Lloveras, de Sarmiento; César Aguilar, de Caucete; José Giordano, de Albardón; Federico Cantoni, de Pocito; CEMEC, Julieta Lanteri, Hospital San Roque, de Jáchal; Hospital Privado, Instituto Médico, Clínica El Castaño, Clínica Santa Clara, Sanatorio San Juan, Sanatorio Argentino y CCI.

Permanecen internados en el Área Crítica

De 129 pacientes, 63 se encuentran con asistencia respiratoria mecánica.

San Juan: 2 muertos por Covid-19 y 431 casos nuevos

El Ministerio de Salud Pública informó que este sábado 20 de junio se registraron dos muertes causadas por Covid-19.

Los fallecidos son: un hombre de 87 años, de Santa Lucía, quien permanecía internado en el Hospital José Giordano; y una mujer de 86 años, de Angaco, internada en el Hospital José Giordano.

Además se informó que hasta las 19 horas de este viernes se registraron los siguientes números de coronavirus en San Juan:

Nuevos casos: 431
Total confirmados desde el inicio de la pandemia: 50.572
Pacientes que atraviesan el proceso infeccioso: 7.925
Total de personas fallecidas en San Juan: 844
Recuperados: 41.803
Test negativos: 1.465

Parte de internados

Se encuentran internados 259 pacientes en las áreas de Covid-19 de los hospitales Guillermo Rawson, Marcial Quiroga, Ventura Lloveras, de Sarmiento; César Aguilar, de Caucete; José Giordano, de Albardón; Federico Cantoni, de Pocito; CEMEC, Julieta Lanteri, Hospital San Roque, de Jáchal; Hospital Privado, Instituto Médico, Clínica El Castaño, Clínica Santa Clara, Sanatorio San Juan, Sanatorio Argentino y CCI.

Permanecen internados en el Área Crítica

De 127 pacientes, 50 se encuentran con asistencia respiratoria mecánica.

San Juan: 2 muertos por Covid-19 y 313 casos nuevos

El Ministerio de Salud Pública informó que este domingo 13 de junio se registraron dos muertes causadas por Covid-19.

Los fallecidos son: una mujer de 71 años, de Santa Lucía, internada en Clínica Santa Clara y una mujer de 57 años, de Chimbas, internada en el Hospital Marcial Quiroga.

Asimismo, se informó que hasta las 19 horas de este domingo se registraron los siguientes casos de coronavirus en San Juan:

Nuevos casos: 313
Total confirmados desde el inicio de la pandemia: 48.174
Pacientes que atraviesan el proceso infeccioso: 8.310
Total de personas fallecidas en San Juan: 804
Recuperados: 39.060
Test negativos: 905

Parte de internados

Se encuentran internados 270 pacientes en las áreas Covid-19 de los hospitales Guillermo Rawson, Marcial Quiroga, Ventura Lloveras, de Sarmiento; César Aguilar, de Caucete; José Giordano, de Albardón; Federico Cantoni, de Pocito; CEMEC, Julieta Lanteri, Hospital San Roque, de Jáchal; Hospital Privado, Instituto Médico, Clínica El Castaño, Clínica Santa Clara, Sanatorio San Juan, Sanatorio Argentino y CCI.

Permanecen internados en el Área Crítica

De 131 pacientes internados en el Área Crítica, 59 se encuentran con asistencia respiratoria mecánica.

Del total de internados en áreas Covid-19, 3 son pacientes embarazadas y 4 pediátricos coronavirus positivo.

Una por una, las medidas contra el Covid-19 que regirán del 7 al 11 de junio en San Juan

El Gobierno de San Juan anunció nuevas medidas que serán implementadas a partir del próximo lunes en toda la provincia.

En virtud de la situación sanitaria actual como consecuencia de la pandemia de coronavirus, el Gobierno de San Juan anunció la implementación de nuevas medidas que regirán desde el lunes 7 al 11 junio de 2021 con el objetivo de prevenir el aumento de contagios, apelando a la responsabilidad individual y social sanjuaninos y sanjuaninas.

En el marco del Decreto Acuerdo 0022, el Gobierno de San Juan, en consonancia con las medidas dispuestas por la Nación, determinó la implementación de las siguientes medidas que regirán del 7 al 11 de junio de 2021 para toda la provincia:

• Se restringe la circulación en todo el territorio de la provincia en horario de 00 a 6 horas, salvo personas debidamente exceptuadas.

• Se implementa en los establecimientos educativos de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Provincial la educación presencial, cuidada, administrada y voluntaria. El Ministerio de Educación tiene la competencia para emitir las resoluciones necesarias para la interpretación, implementación y reglamentación de este decreto acuerdo.

• El transporte público se encuentra habilitado solo para pasajeros sentados, y con ventanillas abiertas favoreciendo la circulación cruzada.

• La Administración Pública funcionará en horario de 8 a 19 horas. El personal incluido deberá ser dispuesto en grupos separados por 1 hora para concretar la correcta limpieza.

• Los servicios fúnebres de personas no fallecidas por Covid-19 deberán realizarse de: lunes a domingo de 8 a 20 horas, con un máximo de cinco personas pertenecientes al círculo íntimo y con una duración máxima de hasta 5 horas.

• Se autoriza la obra pública y privada que se encuentre debidamente registrada, en horario de 8 a 19 horas.

• Se suspenden todo tipo de celebraciones de culto comunitarias, a excepción de la celebración más importante de cada culto. Solo se permite la asistencia: hasta 30% de capacidad o 40 personas como máximo, respetando la distancia social de 2 metros entre personas, en horario de 8 a 21 horas.

• Supermercados, farmacias, ferreterías y el resto de comercios esenciales funcionarán en horario de atención de 9 a 20 horas. de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad, permitiendo el ingreso de solo una persona por grupo familiar.

• Shoppings y galerías comerciales: habilitados de lunes a viernes, de manera continua o discontinua, en horario de 9 a 20 horas, con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad.

• Resto de comercios: habilitados de lunes a viernes, con horario de atención de 9 a 20 horas de manera continua o discontinua, con factor de ocupación de hasta el 30% de la capacidad, permitiendo el ingreso de solo una persona por grupo familiar.

• Mercado Concentrador de Rawson y Capital: se permite el ingreso de solo una persona por grupo familiar. Habilitado en horario de 9 a 20 horas.

• Restoranes, cafés y bares: con un factor ocupación de hasta el 30%. Se permitirán hasta 4 personas por mesa, con 2 metros de distancia entre mesas. Horarios autorizados: 7 a 23 horas para ingreso de personas, debiendo ser a las 00 horas el cierre total.

• Cines y teatros: habilitados jueves y viernes, en horario de 9 a 20 horas, con factor de ocupación de hasta el 30% de capacidad.

• Se suspende todo tipo de eventos gastronómicos, sociales y culturales.

• Las reuniones sociales se encuentran prohibidas.

• Se encuentran habilitadas las reuniones familiares de hasta 8 personas en domicilios particulares.

• Industria: habilitada en horario de 8 a 19 horas, salvo aquellas de proceso continuo, con estricto cumplimiento de protocolo de funcionamiento.

• Están habilitadas las prácticas deportivas de deportistas del Programa de Alto Rendimiento.

• Clubes sociales, federados y amateurs continúan cerrados.

• Habilitación de deportes recreativos al aire libre, de 9 a 20 horas en espacios públicos y circuitos establecidos, en grupos de no más de 2 personas

• Se habilitan las prácticas deportivas de deportistas profesionales autorizados por Resolución del Ministerio de Turismo y Deportes de la Nación.

• Habilitación de actividades deportivas comerciales, en horario de 9 a 20 horas.

  • Gimnasios: al 30% del factor ocupacional, con estricto protocolo. Horario exclusivo para adultos mayores y personas con enfermedades de riesgo.
  • Piletas de natación: con límite de personas por andarivel, sin público.
  • Canchas de fútbol 5: hasta 10 personas por cancha, por turno y sin público.
  • Canchas de pádel y de tenis, que posean forma de ingreso independiente y exclusivo: máximo de 4 personas por turno, por cancha, 20 minutos de desinfección entre turno y turno. Sin público.
  • Entidades de práctica y enseñanza de gimnasia deportiva y artística, hasta el 30 % del factor ocupacional, sin público.
  • Entidades de práctica y enseñanza de danza, hasta el 30 % del factor ocupacional, sin público.
  • Canchas de golf: habilitadas 3 días a la semana con un máximo de 4 personas por salida.
  • Deportes ecuestres: solo movimiento de animales.

En ninguna actividad comercial deportiva se podrá realizar competencias.