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El Estado argentino no cumple con el cupo laboral para personas con discapacidad

El 4% de los empleados de la administración pública deberían ser personas con discapacidad. Sin embargo, datos oficiales muestran que apenas supera el 1% y el gremio denuncia cesantías. Es decir que Argentina no está cumpliendo con la Ley 22.431.

En el último informe que presentó en el Congreso el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos, el Gobierno nacional informó que solo el 1,37% de los empleados públicos, es decir: 4.467 personas, tiene certificado único de discapacidad.

Según la Ley 22.431, sancionada en 1981, ese cupo debería ser de 4% en los organismos y dependencias de la administración nacional.

Tanto desde el Ministerio de Capital Humano, la Jefatura de Gabinete y el Ministerio de Desregulación, no explicaron en ningún momento sobre los motivos del incumplimiento del cupo de empleados con discapacidad o eventuales políticas para subsanarlo.

El trabajo como derecho

La discapacidad puede aparecer en el nacimiento o en cualquier momento de la vida. A grandes rasgos, la discapacidad puede tener origen en un problema mental, motor, visual, visceral o auditivo.

Entre las personas que tienen certificado único de discapacidad, las mujeres y las personas con discapacidad intelectual y psicosocial son las que enfrentan las mayores dificultades para acceder a un empleo.

Las políticas de inclusión laboral para las personas con discapacidad incluyen la concientización y la adaptación de edificios y procesos de producción, entre otras cuestiones.

Barreras como los prejuicios, la discriminación, la falta de oportunidades laborales adecuadas, el desconocimiento empresarial sobre cómo incluir a las personas con discapacidad y la precariedad laboral también son factores cruciales que dificultan la inserción laboral para todos los grupos con certificado único de discapacidad.

El Gobierno decretó cupo laboral para travestis, transexuales y transgénero

La medida, orientada al ámbito del sector público nacional, lleva la firma del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y de la Ministra de Mujeres, Diversidad y Género, Elizabeth Gómez Alcorta.

El Gobierno de la Nación estableció en el ámbito del sector público nacional que los cargos de personal deberán ser ocupados en una proporción "no inferior al uno por ciento", por personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad necesarias, y en cualquiera de las modalidades de contratación vigentes.

Así lo establece el Decreto 721/2020 publicado en el día de hoy desde el Boletín Oficial, acompañado por la firma del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y la Ministra de Mujeres, Diversidad y Género, Elizabeth Gómez Alcorta.

La decisión, cuyo propósito se oriente a lograr una "efectiva inclusión", se realizó en virtud de "respetar y garantizar que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos".

Desde los considerandos del decreto, se señala que "el ejercicio de los derechos de las personas travestis, transexuales y transgénero se ve obstaculizado por un patrón sistemático de desigualdad que afecta particularmente a este colectivo desde la niñez".

"El Estado Nacional, como garante de los derechos humanos, asumió el compromiso de propender a la eliminación de prácticas discriminatorias de cualquier naturaleza que entrañen la violación de derechos", indica la norma.

En este sentido se marca que "se deberán establecer reservas de puestos de trabajo a ser ocupados exclusivamente por personas travestis, transexuales o transgénero", al tiempo que esto "en ningún caso debe implicar el cese de las relaciones laborales existentes".

La resolución abarca a las personas travestis, transexuales y transgénero, hayan o no efectuado la rectificación registral del sexo y el cambio de nombre de pila e imagen.

Se establece además que, "a los efectos de garantizar la igualdad real de oportunidades, el requisito de terminalidad educativa no puede resultar un obstáculo para el ingreso y permanencia" en el cupo laboral, y se permitirá su ingreso con la "condición de cursar el o los niveles educativos faltantes y finalizarlos".

En tanto, el Ministerio de las Mujeres, Género y Diversidad y el Instituto Nacional de la Administración Pública capacitarán a las autoridades y al personal del Poder Ejecutivo Nacional para asegurar que la inclusión en los puestos de trabajo se realice "en condiciones de respeto a la identidad y expresión de género de las personas".

En último término, se establece que se creará un Registro de Anotación Voluntaria para aspirantes y se crea una Unidad de Coordinación Interministerial que elaborará las condiciones necesarias para el cumplimiento de la norma y su monitoreo.