Etiqueta: Denuncia por abuso

Un nuevo fallo benefició a Darthés en la denuncia que había iniciado en su contra Thelma Fardin

Se trata de una instancia previa a la apelación de la sentencia. En el sistema judicial de Brasil se denomina “embargo”, donde se le solicitan explicaciones al juez a cargo de la causa.

“Quedan dudas sobre la forma en que sucedieron los hechos descritos en la denuncia. Entiendo que debe mantenerse la absolución del imputado”, sostuvo el fallo al que accedió Infobae, en respuesta a planteos de aclaratoria por parte de la Fiscalía, ya que la sentencia no había abordado la acusación del acceso carnal. El juez Fernando Toledo Carneiro había considerado que el abuso estaba prescripto.

Hace dos semanas, la Justicia de Brasil absolvió en primera instancia al actor Juan Darthés por la denuncia de Thelma Fardin a raíz los hechos que sucedieron el 17 de mayo de 2009 durante la gira de la obra Patito Feo en Nicaragua.

En ese momento, la actriz tenía 16 años y el acusado 45. Pero tanto la fiscalía como la defensa hicieron planteos contra esa sentencia y volvieron a tener respuesta.

Después de la sentencia, en el sistema judicial brasileño hay una primera instancia donde se le solicita una revisión y explicaciones de su fallo al juez, recurso que se denomina embargo, y que es previo a la apelación.

En ese contexto, la fiscalía planteó un error material y una "omisión" en la sentencia diciendo que el fallo no había analizado el acceso carnal denunciado por Telma porque el hecho estaba prescrito, según la fecha del momento de los hechos.

La defensa también se quejó, pero diciendo que se debió haber dictado la absolución porque en ningún momento se configuró violencia física.

"Reconozco la existencia de un error material en la sentencia dictada y, en consecuencia, una omisión en el análisis de los actos libidos por lo que es necesario abordar el tema", señaló el juez.

Tras repasar los dichos de Thelma y otros testigos, el juez subrayó: "Los informes presentados por la víctima y los testigos sobre actos libidinosos distintos de la conjunción carnal, aún no son suficientes para acreditar la ocurrencia de los hechos, tal como se describen en la denuncia, para autorizar un decreto condenatorio".

"El hecho aquí analizado es la ocurrencia o no de violación el 17 de mayo de 2009, en Managua, Nicaragua, dentro de una de las habitaciones del hotel donde la víctima y los acusados se alojaban. Para la condena que pretende la acusación, es necesaria prueba sólida que acredite la existencia del delito y su autor", sostuvo.

Asimismo, el fallo advirtió: "Si bien la víctima describió actos libidinosos distintos de la conjunción carnal con mayor confianza en comparación con la conjunción carnal, todavía la única prueba concluyente sobre la ocurrencia del delito es su informe, que a lo largo de los años ha sido compartido con los testigos escuchados en juicio y lo cual resultó ser creíble a los ojos de los profesionales que posteriormente la examinaron, según los informes psicológicos adjuntos al expediente".

“Sin embargo, sigue presente la duda inculcada en esta sentencia respecto de qué sucedió exactamente hace aproximadamente 14 años en el interior de la referida habitación de hotel. Por lo tanto, observo que el cambio en la versión presentada por la víctima, en particular con respecto a las relaciones carnales, no fue el único elemento que condujo a la absolución del acusado”, aseveró el juez.

El fallo recordó que "el examen del cuerpo del crimen resultó inútil en el presente proceso, ya que se realizó más de nueve años después de la ocurrencia de los hechos con motivo de la denuncia realizada por la víctima en Nicaragua, lo que también es válido para los actos ahora analizados".

"La ausencia de elementos como el examen del corpus delicti dificulta la formación de un alto grado de convicción. El mismo razonamiento utilizado en la sentencia también se aplica en relación con los relatos de otras mujeres sobre sus experiencias con el acusado, ya que aún se está juzgando un caso concreto, sobre un delito específico", agregó.

Para el magistrado, "los informes de los testigos Carla y Ana no son suficientes para confirmar la ocurrencia del delito descrito en la denuncia, ya que los hechos aquí imputados al imputado son diferentes a los narrados por el testigos".

"El tiempo transcurrido desde la ocurrencia de los hechos sigue mostrándose como un factor determinante para el esclarecimiento de los hechos, siendo imprudente en este momento emitir un juicio conclusivo sobre la ocurrencia de los hechos, tal como se describe en la demanda, únicamente con fundamento en los informes presentados, es decir, aseverar con la convicción necesaria para sustentar una convicción que el 17 de mayo de 2009, entre las 19.30 horas y las 20 horas, en el interior del Hotel Holiday Inn, en la ciudad de Managua, Nicaragua, el acusado cometió actos libidinosos distintos del coito carnal mediante violencia o amenazas graves contra la víctima", completó el juez en el escrito.

El juicio contra Darthés comenzó el 30 de noviembre de 2021, dos años después de que Fardin presentara la denuncia por abuso sexual agravado en diciembre de 2018 en Nicaragua, por hechos supuestamente consumados en 2009 cuando ella tenía 16 años.

El Gobierno de San Juan separó de su cargo a un funcionario de Turismo denunciado por violencia de género

Se trata del director de Relaciones Institucionales del Ministerio de Turismo y Cultura, Nahuel Fernández, quien fue separado del Gobierno de San Juan tras ser denunciado por violencia de género. 

La decisión fue tomada por el Gobernador Uñac, luego de que el funcionario fuera denunciado.

En el comunicado oficial que emitió el Gobierno de San Juan, se invoca la Ley Nº 560-E de Ética Pública.

Comunicado oficial del Gobierno de San Juan

El Gobernador de la provincia, Sergio Uñac, dispuso el cese inmediato en sus funciones de Nahuel Fernández, funcionario provincial del área de Turismo, involucrado en la participación de un presunto delito.

Tal decisión, respetuosa del estado de derecho, y del principio de presunción de inocencia como derecho constitucional, es fundamentada en los preceptos establecidos por la Ley Nº 560-E de Ética Pública, la que establece que el servidor público debe actuar en forma tal que su conducta pueda admitir el examen público más minucioso.

Para ello no es suficiente la simple observancia de la ley, deben aplicarse también los principios de la ética del servicio público, regulador o no de modo directo por la ley.

La misma Ley dice en su artículo 13, que todo funcionario debe observar frente al público, en el servicio o fuera de él, una conducta correcta, digna y decorosa, acorde con su jerarquía y función, evitando conductas que puedan socavar la confianza del público en la integridad del funcionario y de la institución a la que sirve.

Villa se presentó en la Fiscalía para someterse a una pericia psiquiátrica en la causa por abuso sexual

El delantero colombiano fue citado para ser evaluado por una médica. Llegó junto a su abogado y entró por una puerta contigua a la principal.

Sebastián Villa se presentó en la Fiscalía para ser sometido a una pericia psiquiátrica, en el marco de la imputación en la causa por abuso sexual que pesa en su contra. El delantero colombiano fue citado a las 10.30 para ser evaluado por una médica que realizará un "examen psiquiátrico pormenorizado".

Esta decisión de la Justicia de citar a Villa se conoce tan solo días después de la declaración de la médica que atendió a la denunciante en las horas posteriores al hecho por el cual se inició la causa.

El martes pasado, la ginecóloga que revisó a la joven en el hospital Penna de la Ciudad de Buenos Aires declaró que en su evaluación no pudo constatar que haya habido abuso sexual.

La pericia intenta establecer rasgos y/o características de la personalidad del imputado, posibles patologías o afecciones que presente y, en su caso, las características y data de las mismas, además de si padece alguna enfermedad o trastorno mental que implique alguna perturbación del grado de consciencia o afectación de la autocrítica y heterocrítica.

En caso que se detecte algún trastorno, la fiscalía pidió que se determine si su padecimiento puede ocasionar desgobierno de los actos, si resulta peligroso para sí y/o para terceros, si pudo o no comprender la criminalidad de sus actos y/o dirigir sus acciones.

Los puntos que busca establecer la pericia psiquiátrica

  • Rasgos y/o características de la personalidad del imputado.
  • Posibles patologías o afecciones que presente ,y en su caso las características y data de las mismas.
  • Si padece alguna enfermedad o trastorno mental que implique alguna perturbación del grado de consciencia o afectación de la autocrítica y heterocrítica.
  • En caso afirmativo del punto que antecede se determine si su padecimiento puede ocasionar desgobierno de los actos, si resulta peligroso para sí y/o para terceros, si pudo o no comprender la criminalidad de sus actos y/o dirigir sus acciones.
  • Todo otro punto que a criterio del/a perito/a interviniente resulte de interés para la presente causa.

Por otra parte, el abogado de Sebastián Villa, Martín Apolo, rompió el silencio y por primera vez habló de la causa en la que el delantero de Boca fue imputado por abuso sexual. "Me dijo que el hecho no existió, que fue sexo consentido", dijo.

"Sebastián y la denunciante nunca fueron pareja, quiero aclarar. Cuando hablé con él me dijo que nunca pasó lo que dice la denuncia, me dio su versión de los hechos, y los hechos no exitieron. Me explicó que fue sexo consentido", contó.

Alperovich se queda sin fueros el 10 de diciembre y deberá enfrentar denuncia por abuso

En esa fecha caducará la licencia del senador del Frente de Todos, quien está acusado de abuso sexual.

El próximo viernes 10 de diciembre, el Senador nacional tucumano José Alperovich se quedará sin fueros parlamentarios y deberá enfrentar la denuncia por abuso sexual, realizada hace casi dos años por su sobrina segunda y ex asesora.

En junio pasado, el Senado había aprobado una extensión de la licencia sin goce de sueldo que el legislador del Frente de Todos se había pedido en 2019 para dedicarse a armar su defensa en el juicio en su contra.

Sin embargo, la licencia finaliza el próximo 9 de diciembre, por lo que al otro día el tucumano quedará sin inmunidad de arresto por los fueros parlamentarios que le conceden los artículos 68, 69 y 70 de la Constitución Nacional, que impiden a otros poderes del Estado "acusar, molestar y detener" a los representantes del Congreso por razones políticas.

Ahora bien, el legislador más rico del Congreso, con un patrimonio superior a los $2.100.000, se encuentra dedicado al análisis del expediente desde su residencia en la localidad de Yerba Buena, en San Miguel de Tucumán.

"Alperovich está alejado completamente de la política, dedicado a su familia y a su trabajo, a full con sus empresas. Y muy encima de la causa", dijo su abogado defensor, Mariano Cúneo Libarona.

A principios de noviembre, Alperovich fue internado en terapia intensiva en el Sanatorio 9 de Julio, tras sufrir un desmayo y fiebre. Luego de su recuperación, reapareció públicamente el día de las elecciones generales del 14 de noviembre para emitir su voto. "Cumplí con mi derecho y mi deber, la democracia es un pilar que sostiene y construye nuestro país. Que sea una gran jornada para todos", escribió su cuenta oficial de Twitter.

La denuncia a José Alperovich por abuso sexual

El 22 de noviembre de 2019, la sobrina segunda de 31 años del funcionario tucumano realizó la denuncia por abuso sexual ante la Unidad Fiscal Especializada de Violencia Contra las Mujeres. "Estoy aquí contra la opresión del silencio y por la necesidad de recuperar mi vida, de sanar llamando a las cosas como son, sin suavizarlas ni teñirlas, poniéndole al monstruo nombre y apellido. Cuando no le ponés nombre, no existe", dice la carta que la joven publicó a través del colectivo #NoNosCallamosMás.

Y agrega: "El mío se llama José Jorge Alperovich, mi tío segundo y jefe, por quien fui violentada sexual, física y psicológicamente desde diciembre del 2017 hasta mayo de 2019. Durante un año y medio sufrí violaciones a mi integridad física y sexual. El avasallamiento fue demoledor".

En la denuncia, la mujer acusó a su tío segundo por siete hechos. Dos de ellos habrían tenido lugar en la provincia del norte argentino, mientras que por los otros cinco comenzó un proceso paralelo en la Capital porteña dado que, según ella, hubo episodios de abuso en ambos lugares.

Por su lado, los abogados de Alperovich habían pedido que la causa penal tramitara en Tucumán. No obstante, el pedido fue rechazado en distintas instancias, lo que motivó un "recurso de queja" que la Corte Suprema desestimó el 20 de mayo último por no estar dirigido contra una sentencia definitiva. Por lo tanto, la causa es investigada en la Ciudad de Buenos Aires.