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Causa Vialidad: el fiscal pidió la ejecución del decomiso millonario contra Cristina Kirchner y Lázaro Báez

Luciani advirtió que la medida "está firme pero no se ejecuta" y detalló la magnitud de los bienes involucrados, además de denunciar presuntas interferencias del Poder Ejecutivo.

El Fiscal Federal Diego Luciani aseguró que el decomiso de más de U$S500.000.000 dispuesto contra Cristina Kirchner, Lázaro Báez y otros condenados en la causa Vialidad "está firme pero no se ejecuta" y que "hay que ir por los bienes".

El fiscal recordó que días atrás, junto a su par Sergio Mola, reclamó al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°2 que avance de manera inmediata con la ejecución del decomiso tras el vencimiento del plazo de diez días hábiles para el pago solidario de $684.990.350.139.

Y destacó: "Demostramos que los expresidentes de la Nación, Néstor Kirchner y Cristina Fernández, en paralelo a las funciones de la administración pública que cumplían, instauraron en la provincia de Santa Cruz un auténtico sistema de corrupción institucional a través de mecanismos de manipulación de la contratación pública".

Sobre el patrimonio de Báez, remarcó: "Fíjense lo obsceno del desvío. Lázaro Báez, que no tenía bienes registrables cuando comenzó el Gobierno de Néstor Kirchner en el año 2003, adquirió en 12 años más de 420.000 hectáreas".

"Yo a ustedes les pregunto: ¿qué son 420.000 hectáreas? Son 20 ciudades de Buenos Aires. Esto es la corrupción. Más de 400 inmuebles, estancias, departamentos, hoteles. Más de 900 bienes muebles, vehículos, camiones, aviones. U$S55.000.000 fugados al exterior".

"Desde hace más de 30 años el país está siendo atacado por gobernantes corruptos que se enriquecen de manera obscena a costa del sacrificio de la sociedad, la corrupción es un atentado contra la democracia", sostuvo.

Sobre presuntas interferencias del Poder Ejecutivo, denunció "intromisiones increíbles en democracia por parte del presidente Fernández, por parte de sus ministros, por parte de otros funcionarios que hoy ocupan cargos todavía".

Respecto a la ex mandataria, indicó que "lo importante es que hoy la pena se está cumpliendo".

Y que "la sociedad ve que una persona que ha cometido un delito tan grave durante tanto tiempo está cumpliendo una pena bajo la modalidad que lo está cumpliendo".

Los Fiscales Luciani y Mola solicitaron que Cristina Kirchner cumpla su condena en prisión

Los representantes del Ministerio Público Fiscal consideraron que no hay motivos para mantener el beneficio del arresto domiciliario.

Los Fiscales Diego Luciani y Sergio Mola apelaron el arresto domiciliario otorgado a Cristina Kirchner y solicitaron que cumpla su pena de seis años en una unidad del Servicio Penitenciario Federal.

La presentación quedó a cargo de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, que ahora deberá resolver si mantiene el beneficio o dispone un traslado.

En el escrito presentado, los representantes del Ministerio Público Fiscal cuestionaron el cumplimiento de la condena en el domicilio de la ex mandataria, ubicado en el barrio porteño de Constitución.

"No solo por no respetar la regla de cumplimiento efectivo de las penas, sino también por la desvirtuación que se advierte en el modo en que se viene cumpliendo la detención", afirmaron.

Los fiscales remarcaron que "jamás existieron motivos reales para apartarse de lo que constituye una clara regla del Código Penal y de la Ley de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad", en referencia al cumplimiento de la pena dentro de una cárcel común.

En caso de que el pedido de revocación no sea aceptado, propusieron que se determine otro lugar de cumplimiento de la prisión domiciliaria "que mitigue las falencias de seguridad advertidas".

Además, hicieron referencia a los demás imputados en la causa por irregularidades en la obra pública en Santa Cruz entre 2003 y 2015, al señalar que los ocho condenados restantes se presentaron ante el tribunal, fueron detenidos y trasladados a distintas unidades penitenciarias. En ese sentido, plantearon que a la ex presidenta "se le dio un trato desigual".

La resolución ahora está en manos de los Jueces Borinsky, Hornos y Barroetaveña, integrantes de la Sala IV de Casación, quienes deberán definir si Fernández de Kirchner continúa cumpliendo su condena en su domicilio o si es trasladada a un establecimiento penitenciario.

Causa Vialidad: Cristina pidió ser absuelta y Luciani que se le agrave la condena

Ambas partes apelaron. La defensa de la vicepresidenta reclamó que se revoque la sentencia a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. El fiscal pidió que se incluya la asociación ilícita. 

El Fiscal Diego Luciani pidió este lunes a la Cámara Federal de Casación Penal que se le agrave la pena impuesta a Cristina Fernández de Kirchner y que se la condene también por el delito de asociación ilícita, una figura que había sido descartada por el Tribunal Oral Federal 2.

La Fiscalía planteó que "las gravísimas circunstancias fácticas comprobadas por el Tribunal se ajustan, sin mayores esfuerzos, a las exigencias del tipo penal de asociación ilícita".

Por su parte, la vicepresidenta solicitó que deje sin efecto la pena de seis años de prisión e inhabilitación que se le impuso en el juicio por la "causa Vialidad" y que se disponga su absolución, tras argumentar que el fallo en su contra contiene "arbitrariedad fáctica y normativa" y constituye "un supuesto de enorme gravedad institucional".

La petición de la expresidenta fue realizada por sus abogados, Carlos Beraldi y Ary Llernovoy, quienes reclamaron "absolver a Cristina Fernández de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada y dejar sin efecto todas las penas que le fueron impuestas".

La expresidenta fue condenada en diciembre pasado a seis años de prisión e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos por supuestas anomalías en el otorgamiento de obra pública durante su gestión.

Los abogados dijeron en su presentación que "la sentencia aquí recurrida consolida un caso paradigmático de arbitrariedad fáctica y normativa, en el sentido técnico que la Corte Suprema de Justicia de la Nación le ha asignado a dicha expresión".

"Y a su vez, nos hallamos en presencia de un supuesto de enorme gravedad institucional, tal como lo hemos expuesto desde el inicio de este proceso, en el cual se ha intentado presentar como delictivos actos de gobierno absolutamente legítimos y no judiciables, desarrollados por tres gobiernos constitucionales, elegidos democráticamente por el voto popular", destacaron.

También dijeron que "mantenemos las reservas de acudir, de ser necesario, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación art. 14 de la ley 48, así como también ante los organismos internacionales competentes en materia de derechos humanos por las vías pertinentes".

Los abogados sostuvieron que "se violó la garantía del juez natural, pues los magistrados actuantes, tanto en la etapa sumarial como en la instancia oral, evidenciaron una ostensible falta de independencia e imparcialidad frente al caso y las partes".

Añadieron que "los jueces sentenciantes asumieron una posición acusatoria que no se condice con el rol ecuánime y equidistante que debe guiar la labor jurisdiccional".

Beraldi y Llernovoy sostuvieron además que en el juicio "se violó el deber de objetividad del Ministerio Público Fiscal, en tanto sus representantes actuaron guiados por finalidades que nada tienen que ver con el recto servicio de administración de justicia y la aplicación de la ley".

"Se violó el principio ne bis in ídem (prohibición de perseguir o sancionar dos veces) y el valor de la cosa juzgada, ya que se dictó una sentencia condenatoria basada en los mismos hechos que ya fueron juzgados y sobreseídos por los jueces competentes con calidad de cosa juzgada", aseveraron también.

Los letrados argumentaron asimismo que "se violó sistemáticamente el derecho de defensa en juicio, en particular, pues la mayoría de las pruebas de descargo ofrecidas por esta defensa fueron rechazadas y se fundó un reproche penal en orden a presuntos hechos y pruebas que nunca habían sido debatidos en el juicio, en abierta vulneración al principio de congruencia".

Y remarcaron que "se violó el principio de inocencia, ya que a partir de múltiples inferencias de cargo, sin prueba alguna y no obstante haberse acreditado en a lo largo del juicio la absoluta inocencia de Cristina Fernández de Kirchner en orden a los hechos investigados, terminó siendo injustamente condenada".

Otra supuesta irregularidad destacada por los abogados fue que "se violó el principio de culpabilidad, al dictarse una injusta condena en contra de Cristina Fernández de Kirchner fundada en hechos ajenos, que ni remotamente le pueden ser reprochados, ya sea por una actuación activa u omisiva".

Y dijeron que también "se violó el principio de legalidad sustantiva, pues se dictó una arbitraria condena en orden al delito de administración fraudulenta en contra de la administración pública sin que se hubiesen satisfecho, tan siquiera mínimamente, las exigencias típicas, objetivas y subjetivas, requeridas por la normativa penal en trato".

Así, los abogados pidieron que "se tenga por presentado en tiempo y legal forma el presente recurso".

En ese contexto, solicitaron "al tribunal oral, que conceda esta impugnación y eleve las actuaciones al Superior en la forma de estilo, sin más trámite" y a la "Cámara Federal de Casación Penal, que case la resolución recurrida en todo cuanto ha sido materia de impugnación".

"Y, por corresponder disponga absolver a Cristina Fernández de Kirchner en orden al hecho por el cual fue injustamente condenada y dejar sin efecto todas las penas que le fueron impuestas", concluyeron.

Todo lo que tenés que saber para entender la Causa Vialidad que podría condenar a Cristina Kirchner

Como es sabido, el Fiscal federal Diego Luciani pidió para la Vicepresidenta de la Nación una condena de 12 años de prisión y la inhabilitación de por vida para ocupar cargos públicos, en la llamada Causa Vialidad o Causa Obra Pública.

La causa se originó en una denuncia contra la expresidenta ladrona. Es el primer juicio que llega a la instancia oral.

¿De qué está acusada Cristina?
La causa se inició en el año 2016. Se investiga si el empresario Lázaro Báez resultó beneficiado con la adjudicación de 51 obras públicas viales con fondos del Estado nacional manejados por la provincia de Santa Cruz entre 2003 y 2015, periodos en que fueron presidentes de Argentina tanto el ladrón Néstor Kirchner y como la cleptómana Cristina Fernández de Kirchner. Se busca saber si hubo sobreprecios, demoras injustificadas o trabajos inconclusos.

El Fiscal Luciani considera que tiene pruebas suficientes para encontrar culpable a la Vicepresidenta Cristina. El cargo sería jefa de una organización dedicada a direccionar la obra pública hacia un empresario amigo.

Es por ello que el fiscal pidió para Cristina Fernández de Kirchner la condena por delitos de asociación ilícita en calidad de jefa, y administración fraudulenta agravada por haber sido cometida en perjuicio de la administración pública.

El primero de los 2 delitos, según el Código Penal de la Nación, prevé una pena de 3 a 10 años de prisión. El segundo, de 2 a 6 años.

Cuando se da el caso de 2 delitos simultáneos, el artículo 55 del Código prevé que la pena aplicable vaya desde el "mínimo mayor": es decir, los 3 años de la asociación ilícita, hasta, cómo máximo "la suma aritmética de las penas máximas". Esto implicaría que para los delitos presentados por la acusación la pena puede ir de los 3 a los 16 años. El Fiscal Luciani solicitó 12 años para la Jefa de la Banda de Cacos.

¿Qué pruebas valora la fiscalía?
La principal prueba radica en haber direccionado desde el Gobierno nacional obras en favor de la empresa Austral Construcciones, propiedad de Lázaro El Seco Báez, con licitaciones manipuladas, condiciones extraordinarias, sobreprecios y sin controles de incumplimientos.

Obras pagas, aunque inconclusas o directamente sin hacer, mensajes de celular donde se alude a "la Pta", y sociedades comerciales entre el empresario y la familia Kirchner, son algunas de las pruebas que valoraron los fiscales para pedir la condena e inhabilitación para ejercer cargos públicos de la expresidenta.

Asimismo, la expresidenta cuestionó que las obras investigadas ya habían sido analizadas por la Justicia de Santa Cruz y que no se la podía juzgar 2 veces por el mismo hecho, argumento que fue rechazado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación el 21 de junio último.

La acusada también cuestionó que el Tribunal Oral autorizó la incorporación de prueba de otras causas a último momento, sin control de las partes, aunque los jueces señalan que la documentación sí fue puesta a disposición de las defensas.

¿Quiénes están procesados en la Causa Vialidad?
La Fiscalía solicitó penas para Báez (12 años); el exministro de Planificación Federal de la Nación, Julio De Vido (10 años); el exsecretario de Obras Públicas de la Nación, José López (10 años); el extitular de la Dirección Nacional de Vialidad (DNV), Nelson Periotti (10 años); los exresponsables de la DNV en Santa Cruz, Mauricio Collareda (6 años) y Raúl Daruich (5 años); los extitulares de la Administración General de Vialidad de la Provincia de Santa Cruz, Juan Carlos Villafañe (6 años), Raúl Pavesi (5 años), José Santibáñez (4 años) y Héctor Garro (3 años); el exsubsecretario de Obras Públicas de la Nación, Abel Fatala (4 años); y el exsecretario de Coordinación de la Obra Pública, Carlos Kirchner (2 años), primo del expresidente fallecido, Néstor.

¿Quiénes intervinieron en la investigación de esta causa?
La causa se inició por una denuncia de Javier Iguacel, por entonces director Nacional de Vialidad, y la investigación estuvo a cargo del Juez federal Julián Ercolini y los fiscales federales Gerardo Pollicita e Ignacio Mahíques.

Ercolini procesó a la Vicepresidenta de la Nación por los 2 delitos que ahora forman la acusación. Antes de pasar al Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 la causa fue revisada y pasó varias veces por la Sala I de la Cámara Federal, integrada en ese entonces por los jueces Jorge Ballestero y Leopoldo Bruglia, y también por la Sala IV de la Cámara de Casación Penal, que conforman Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Carlos Carbajo.

Luego del pedido de elevación a juicio de los fiscales Pollicita y Mahíques, el expediente llegó finalmente al tribunal que ahora está cargo de Giménez Uriburu, Gorini y Basso en el proceso oral y público. O sea que, hasta el momento, 9 jueces y 6 fiscales: 15 magistrados revisaron y coincidieron en las pruebas contra Fernández de Kirchner.

¿Por qué la vicepresidenta recusó al Fiscal Luciani y al Juez Giménez Uriburu?
Cristina Fernández de Kirchner solicitó que se los excluyera de la causa luego de que se dieran a conocer fotos de los 2 magistrados compartiendo un equipo de fútbol y, en una de ellas, en un torneo organizado en la quinta Los Abrojos, propiedad del expresidente Mauricio Macri, de Juntos por el Cambio. El Tribunal rechazó los pedidos y lo mismo hizo la Cámara Federal de Casación Penal.

¿Qué es una asociación ilícita?
El Código Penal de la Nación castiga, en su artículo 210, a quienes formen parte de una asociación o banda de 3 o más personas "destinada a cometer delitos por el solo hecho de ser miembro de la asociación".

La particularidad de este tipo penal es que alcanza con la sola integración de la "banda" para configurar un delito, excluyendo la necesidad de realizar alguna tarea material, aunque debe probarse la existencia de ese acuerdo entre los miembros de la asociación para cometer delitos.

¿En qué momento se sabrá si Cristina Kirchner es condenada o no?
El juicio ya finalizó la etapa de alegatos, momento en el que los jueces escuchan los argumentos de las partes: querellantes, fiscalía y defensas, antes de dictar el veredicto. Además, en los últimos días se fijó la fecha para el veredicto: el TOF N° 2 dará a conocer la sentencia el próximo martes 6 de diciembre de 2022.

¿A cuántas instancias de apelación puede acudir la defensa de Cristina Kirchner?
El fallo del Tribunal Oral Federal N° 2, sea cual sea su resolución, puede ser apelado ante la Cámara Federal de Casación Penal: el máximo tribunal en materia penal del país.

En este expediente interviene la Sala IV del tribunal, que integran los jueces Mariano Borinsky, Gustavo Hornos y Carlos Carbajo. La Cámara no tiene plazos para resolver las apelaciones y puede confirmar o revocar la sentencia del Tribunal Oral.

Si las partes no están conformes con la resolución de este tribunal y consideran que se violó algún derecho constitucional durante el proceso, pueden ir vía recurso extraordinario o recurso de queja a la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que tampoco tiene plazos para resolver esos recursos.

¿Qué significa que una sentencia quede firme?
Se habla de sentencia firme cuando ya no quedan recursos pendientes de resolución en la Justicia argentina. Es "cosa juzgada". En el caso de Fernández de Kirchner, de haber una condena por parte del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2, la defensa puede apelar ante la Cámara de Casación Penal y, en el caso de que este tribunal confirme la sentencia, aún podría recurrir a la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sólo si el máximo tribunal confirmara la condena se trataría de una sentencia firme.

No es posible saber cuánto durará este proceso, pero generalmente la instancia de los recursos demora varios años. Por ejemplo, en la Causa Ciccone, el exvicepresidente de la segunda gestión de Fernández de Kirchner, Amado Honesty Boudou, fue condenado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 4 en agosto de 2018.

La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó la condena en julio de 2019, 11 meses después. Se trata de un plazo corto, si se compara con expedientes complejos: en la causa por la llamada Tragedia de Once, el Tribunal Oral en lo Criminal Federal N° 2 dictó sentencia en diciembre de 2015 y la Sala II de la Cámara de Casación confirmó las condenas en mayo de 2018, 2 años y medio después.

¿Esa condena puede significar que Cristina Kirchner no sea candidata?
Sí, siempre que exista una condena y quede firme. La imposibilidad de ser candidata a un cargo público únicamente puede concretarse si se configura la siguiente situación:

1) que haya una condena.

2) que esa condena esté firme.

3) que sea por un delito con pena privativa de la libertad, superior a 3 años, como ocurre en este caso.

4) que esté en ejecución.

Para entender la regulación sobre este tema, hay que remitirse a 2 leyes. Por un lado, la Ley 23.298 de Partidos Políticos enumera un listado de grupos que no pueden ser candidatos a cargos electivos.

Entre ellos señala a "los excluidos del padrón electoral como consecuencia de disposiciones legales vigentes".

El criterio para excluir personas del padrón electoral está fijado en el Código Nacional Electoral, que excluye a los "condenados por delitos dolosos a pena privativa de la libertad" mientras dure la condena.

El Fiscal Diego Luciani pidió una condena de 12 años para la ex mandataria y la inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos. Esto también está regulado por el Código Penal, que habilita, al momento de dictar sentencia, a imponer la inhabilitación absoluta: privación de empleo o cargo público, del derecho electoral y suspensión del goce de jubilaciones, que puede transformarse en perpetua "cuando el autor se hubiere valido de su empleo, cargo, profesión o derecho" para la comisión del delito.

De todas maneras, funcionarios del oficialismo, como el viceministro de Justicia de la Nación, Juan Martín Mena, señalan que por los tiempos procesales Fernández de Kirchner podría ser candidata a un cargo público en las elecciones de 2023.

De ser condenada y tener que cumplir una pena de prisión, ¿Cristina Kirchner iría a la cárcel o contaría con prisión domiciliaria?
Esta decisión depende de los jueces de ejecución. Desde su reforma de 2008, la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad contempla 6 supuestos en los que se pueden basar los magistrados para conceder una prisión domiciliaria.

Uno de ellos es "cuando un detenido supere los 70 años de edad". Cristina Kirchner cumplirá 70 años el próximo 19 de febrero de 2023. Es decir que, si eventualmente sobre la vicepresidenta pesa en el futuro una condena con sentencia firme, los jueces podrán decidir, en función de su edad y otros factores, si le corresponde o no la prisión domiciliaria.

Otros supuestos para conceder este beneficio son: "Cuando la permanencia en un establecimiento del servicio penitenciario le impida al detenido tratar adecuadamente una enfermedad", "cuando el detenido padezca una enfermedad terminal", "cuando a un detenido con discapacidad el encierro le implique un trato inhumano", "a una mujer embarazada", "a la madre de un menor de 5 años o de una persona con discapacidad".

¿Alberto Fernández puede indultar a Cristina Fernández de Kirchner?
Sí. El inciso 5 del artículo 99 de la Constitución nacional, referido a las "atribuciones del presidente de la Nación", dice que el mandatario "puede indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a la jurisdicción federal, previo informe del tribunal correspondiente, excepto en los casos de acusación por la Cámara de Diputados".

El último antecedente de indulto presidencial fue en 2003, cuando el entonces presidente peronista Eduardo Duhalde benefició con esta herramienta, mediante 2 decretos, al excarapintada Mohamed Alí Seineldín y al exguerrillero Enrique Gorriarán Merlo, condenados por el asalto al cuartel de La Tablada el 23 de enero de 1989.

De todas maneras, en una entrevista concedida a Canal 13 antes de que se confirmara la fórmula con Fernández de Kirchner en mayo de 2019, el Presidente Alberto Fernández dijo: "Si algún estúpido está pensando que estoy pensando en llegar a la presidencia para indultar a alguien, es solo un estúpido. Además, descreo de los indultos, porque los indultos son una rémora de las monarquías. Los presidentes no están para indultar a nadie".

Fuente consultada: Chequeado.com

Cristina criticó a los Fiscales Luciani y Mola: "Se vuelve de cualquier lugar, menos del ridículo"

La Vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner compartió un recorte audiovisual de la audiencia por el juicio conocido como Vialidad, donde su abogado defensor, Carlos Beraldi, "demolió las mentiras y fake news" de los Fiscales Diego Luciani y Sergio Mola.

"Comparto con ustedes estos imperdibles 9 minutos de la audiencia del día de hoy, donde el Dr. Beraldi -tal cual se los adelanté ayer- demolió las mentiras y fake news de Luciani y Mola. Más que fiscales, parecen trolls", escribió la vicepresidenta en su cuenta de la red social Twitter.

En esa línea, Fernández de Kirchner citó al expresidente Juan Domingo Perón: "Se vuelve de cualquier lugar, menos del ridículo".

Además, la titular del Senado compartió un recorte de la audiencia de este martes, donde el abogado Beraldi presentó su alegato.

"Hay algo que la fiscalía nos quiso hacer creer a partir de esos mensajes que aparecían en el teléfono del señor López: que a partir del día 28 de noviembre de 2015, Cristina Fernández de Kirchner delineó el plan limpiar todo. A partir de la base de un simple mensaje", remarcó Beraldi.

De acuerdo con este mensaje, según la fiscalía, Fernández de Kirchner se reuniría con López el 30 de noviembre de 2015.

Según el abogado defensor, los fiscales "fracasan" con esta acusación "porque ese día en horas de la tarde la presidenta había viajado a la ciudad de Bariloche, donde llevó a cabo una serie de actos oficiales, que concluyó con un acto público".

"Los deja en una posición vergonzosa. De esto no se vuelve", afirmó Beraldi. Y completó: "La verdad tarde o temprano sale a la luz. Esta acusación calumniosa fracasó de una manera terminante".

La defensa de la vicepresidenta había cuestionado este lunes con dureza, durante la primera jornada de alegato, a la Fiscalía de la causa conocida como Vialidad.

Ante los jueces Jorge Gorini, Andrés Basso y Rodrigo Giménez Uriburu, la defensa sostuvo que los Fiscales Luciani y Mola incurrieron en "mala praxis" con hechos "escandalosos" y construcción de una "fantasía".

Fernández de Kirchner había anticipado el fin de semana que, con el inicio del alegato final de sus abogados, se iba a "desnudar la farsa" de los Fiscales Luciani y Mola, quienes pidieron 12 años de prisión para la expresidenta por supuestas irregularidades en la gestión de la obra pública en Santa Cruz durante su mandato.