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Gobierno prohibió la propaganda política en edificios públicos y la imposición partidaria en escuelas

Lo hizo a través de dos decretos publicados en el Boletín Oficial. Además, determinó un período de 10 años desde el fallecimiento de un funcionario para homenajearlo en un establecimiento del Estado.

El Gobierno prohibió la exhibición de referencias que puedan tomarse como propaganda política en edificios del Estado y modificó una ley para evitar la "imposición de una manera de pensar y/o actuar" partidaria en el ámbito educativo.

Las medidas se establecieron a través de los decretos 1084/2024 y 1086/2024 publicados este martes en el Boletín Oficial que cuentan con la firma del Jefe de Ministros, Guillermo Francos, la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y el Presidente de la nación, Javier Milei.

Sobre el primer decreto se dispuso la prohibición de la exhibición, colocación o difusión de imágenes, símbolos, obras o cualquier otra referencia personal que pueda interpretarse como una forma de propaganda política partidaria o de culto a la personalidad política en edificios, obras públicas, oficinas, monumentos u otros bienes pertenecientes al Estado Nacional.

También se impidió la denominación de los bienes mencionados en el artículo 1 con nombres de personalidades políticas antes de transcurridos diez años desde su fallecimiento o desaparición física "o desde los acontecimientos históricos que se pretenda honrar".

Tampoco se podrán asignar denominaciones que correspondan a personas que hayan ejercido funciones como autoridades nacionales, provinciales o municipales mediante actos de fuerza contra el orden constitucional y el sistema democrático.

El artículo 3 prohíbe, también, a los funcionarios públicos, independientemente de su rango y modo de designación o contratación, la utilización de recursos o bienes del dominio público o privado del Estado Nacional con el objetivo de promocionar, celebrar, conmemorar u homenajear su propia imagen, ideología, afiliación política, partido o cualquier atributo personal.

En el mismo sentido, indicaron que todo ciudadano podrá denunciar ante las autoridades nacionales la violación de cualquier de las disposiciones antes detalladas y que el incumplimiento de estas medidas por parte de un funcionario público constituye una infracción grave en el ejercicio de la función público.

Por otro lado, desde el Gobierno modificaron la Ley de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y añadieron que "la imposición de una manera de pensar y/o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la dignidad y la integridad personal de los niños, niñas y adolescentes, constituyendo un trato que afecta su integridad personal".

Ante esto, incorporaron dentro de la norma la siguiente modificación: "La imposición de una manera de pensar o actuar político partidaria, especialmente en el ámbito educativo, vulnera el derecho a la educación, conforme los términos del artículo que se reglamenta" así como su libertad de conciencia.

Ahorro energético: ordenaron reducir el consumo de luz en edificios públicos nacionales

La Secretaría de Energía dispuso que "el sector público asuma una función ejemplificadora ante el resto de la sociedad".

El Gobierno ordenó reducir el consumo energético en todos los edificios públicos nacionales, en línea con el objetivo de ahorro económico y eficiencia energética, mediante la Resolución 148/2024 publicada este miércoles en el Boletín Oficial

La medida, amparada en la emergencia del Sector Energético Nacional declarada a finales del año pasado, dispuso que las empresas distribuidoras de energía "deberán modificar la potencia eléctrica contratada por los Organismos Públicos a fin de reducirla a la máxima potencia demandada en el mes inmediato anterior a que entre en vigencia la presente resolución, con el objetivo de cumplir con criterios de ahorro económico y eficiencia energética".

En tanto que "en caso de que hubiere variación de potencia eléctrica estacional, la potencia eléctrica contratada deberá adecuarse al período de alta demanda, y posteriormente reducirse, de modo de permitir una adecuada capacidad de suministro y funcionamiento de las instalaciones y equipos consumidores instalados en las dependencias de los Organismos de la Administración Pública Nacional".

Asimismo, la normativa aclaró que "si hubiere Organismos Públicos que hubieren excedido el límite de consumo contratado y se encuentren cumpliendo penalidad por dicho exceso, la recontratación deberá efectuarse una vez finalizado dicho período".

Al mismo tiempo, se determinó que todos las dependencias públicas "deberán implementar el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía", mientras que tendrán que ir "completando y actualizando la información requerida en las etapas previstas en la metodología de implementación que contempla distintos registros que permiten mediante la centralización de la información mejorar los procesos involucrados, con el objeto de fortalecer el Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía".

El mencionado plan se creó con el fin de mejorar la eficiencia energética de los sistemas de iluminación de los edificios públicos, capacitar al personal en buenas prácticas de uso eficiente de la energía, incluir en los sistemas de compras del Estado Nacional criterios de eficiencia energética para la adquisición de bienes y servicios, y confeccionar un inventario detallado y actualizado de todas las instalaciones de energía eléctrica, gas, equipos de acondicionamiento de aire, sanitarios y agua potable de todas las dependencias estatales.

El documento oficial que lleva la firma del Secretario de Energía, Eduardo Rodríguez Chirillo, argumentó la decisión señalando que "resulta necesario y conveniente que el sector público asuma una función ejemplificadora ante el resto de la sociedad, implementando medidas orientadas a optimizar el desempeño energético de sus instalaciones".

Además, sostuvo que "la eficiencia energética en edificios públicos permitirá el mantenimiento de los servicios energéticos a un menor costo, protegiendo el medio ambiente y fomentando la sostenibilidad".

EPRE ahorró $2.133.516.000 de electricidad en edificios públicos de San Juan

La información se brindó a través de un informe. Esta medida de ahorro de electricidad abarca todos los suministros que se encuentran bajo la titularidad de la Administración Pública.

El Ente Provincial de Regulación de Electricidad puso en funcionamiento el Registro de Suministros de Electricidad Oficiales para ahorrar en electricidad en los edificios públicos de San Juan y este lunes emitió el primer informe de evaluación informando un ahorro de $2.133.516.000 anuales.

La creación de este registro, fue una medida de ahorro de electricidad que abarca todos los suministros que se encuentran bajo la titularidad de la Administración Pública tanto del Estado nacional, provincial como municipal.

Además, incluye Administración Centralizada y Descentralizada, Entidades Autárquicas, Empresas Públicas, Sociedades del Estado, Sociedades Anónimas con participación estatal mayoritaria, Poder Judicial y Legislativo.

Según se explicó en el informe oficial, los suministros oficiales que se encuentran incorporados al Registro de Suministros de Electricidad Oficiales, el monto total de ahorro para las facturas del mes de mayo de este año asciende a la suma de $177.793.000, monto que extendido al año alcanza la suma de $2.133.516.000.

El ahorro económico por parte del Gobierno se debe a la reducción de potencia contratada, previo a la facturación de los consumos de mayo, en 148 suministros en los cuales se ha verificado que la reducción de potencia no implicaba un reencuadre tarifario.

Por otra parte, hay 103 suministros en los cuales la adecuación en la potencia contratada podría implicar un reencuadre tarifario.

Para esos casos, y hasta tanto se verifique la correspondencia del eventual reencuadre tarifario con las entidades de Gobierno que corresponda, se ha instruido a Energía San Juan S.A. a facturar considerando como potencia convenida, el límite inferior de la categoría tarifaria de encuadre actual de cada uno de los suministros, debiendo la Distribuidora emitir las notas de créditos correspondientes.