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Gobierno prorrogó la emergencia en el sector energético nacional

Regirá hasta julio de 2026 y abarca a las mismas áreas.

El Gobierno nacional dispuso prorrogar hasta julio de 2026 la emergencia del Sector Energético Nacional dado que persisten las condiciones de fragilidad del sistema a causa "de la herencia recibida".

La prórroga abarca: generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, y el transporte y la distribución de gas natural, y los sectores derivados.

La decisión fue establecida mediante el Decreto 370/2025 fechado el 30 de mayo de 2025 y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Inicialmente, la emergencia dictada en 2023 tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, que luego se extendió hasta el 9 de julio de 2025, y el nuevo decreto la prolonga por un año más.

Según el decreto, la prórroga es necesaria porque "persisten aún las circunstancias que motivaron los decretos previos relacionados con la situación de emergencia que atraviesa el sector energético".

Allí se argumenta que el Gobierno nacional recibió una "herencia institucional, económica y social gravísima", lo que hace "imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia generada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece".

Siempre según el texto oficial, esta "herencia" se verifica en tres aspectos clave del sector energético: "a) en el sistema económico recaudatorio; b) en la funcionalidad de las instalaciones para asegurar el suministro actual y futuro y c) en la falta de señales de mercado para la oferta y la demanda".

La disposición de prorrogar la emergencia busca permitir que los órganos competentes sigan adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y de gas natural.

El decreto considera que la eventual finalización del régimen de emergencia vigente podría "acentuar una serie de riesgos estructurales para el Mercado Eléctrico Mayorista", como la pérdida de previsibilidad en el flujo de fondos de Cammesa, la interrupción de mecanismos de contención de deuda de distribuidores y la creciente exposición al incumplimiento de contratos con generadores.

Entre las acciones pendientes que justifican la extensión, se destacan:

  • Alcanzar una mayor cobertura del costo de abastecimiento de gas natural, manteniendo el aporte estatal solo para usuarios que "verdaderamente necesitan la ayuda económica.
  • Finalizar la implementación de medidas para contar con capacidad de transporte de gas natural suficiente para abastecer la demanda interna y las exportaciones.
  • Abordar problemas estructurales en el sector eléctrico, como la antigüedad del parque generador, las limitaciones en el sistema de transporte y las fallas en la distribución.
  • Continuar con la política de reducción del subsidio al Precio Estacional en el Mercado Eléctrico Mayorista y avanzar hacia una mayor cobertura del precio monómico para lograr la sostenibilidad económica financiera del sistema eléctrico.
  • Implementar reformas estructurales y el proceso de normalización del MEM, que entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2025.
  • Asegurar que Energía Argentina S.A. y Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A., se adecúen a las modificaciones regulatorias que disponga la Secretaría de Energía.
  • Constituir y poner en funcionamiento el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, unificando los actuales ENRE y ENARGAS, y designar a sus miembros.

Hasta que esto ocurra, se considera necesario "mantener las intervenciones del ENRE y Enargas".

De hecho, el decreto prorroga específicamente la intervención de ambos entes hasta el 9 de julio de 2026 o hasta la constitución y designación de autoridades del nuevo ente unificado, lo que ocurra primero.

  • Continuar las evaluaciones para revisar los criterios de inclusión y exclusión, mejorar las fuentes de información sobre los niveles de ingresos y las manifestaciones patrimoniales de riqueza, simplificar la administración del subsidio y revisar periódicamente los volúmenes de consumo máximo a subsidiar.
  • Abordar las complejidades y superposiciones en los regímenes de subsidios, como el de Zona Fría.
  • Revisar el esquema de ayuda para usuarios vulnerables sin acceso a la red de gas natural, Programa Hogar, tras la desregulación del Gas Licuado de Petróleo.
  • Subsanar la inclusión de instituciones no elegibles en registros de beneficios, como clubes y entidades de bien público, y revisar la inclusión de Empresas Recuperadas y Cooperativas bajo el concepto de Hogares.
  • Continuar con la "simplificación y mejora de los criterios de focalización de los beneficiarios".
  • Realizar la transición de un esquema de subsidios generalizados que abarca a casi 10.000.000 de hogares a uno focalizado de forma gradual.

En línea con esto último, el decreto también prorroga el Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados, establecido originalmente por el Decreto N° 465/24, hasta el 9 de julio de 2026.

Esto faculta a la Secretaría de Energía a seguir dictando los actos necesarios para la reestructuración del régimen de subsidios y definir los mecanismos para su asignación y percepción.

La oposición pidió una nueva sesión en Diputados para incrementar jubilaciones

Además, se votarán declaraciones de emergencia por discapacidad y partidas presupuestarias para zonas afectadas por el temporal.

Luego de fracasar en su convocatoria la pasada semana por falta de quorum, la oposición insistió con un temario que busca aumentar jubilaciones.

También para revisar los servicios para las personas de discapacidad y la emergencia económica para los partidos del norte bonaerense afectados por el temporal.

Jubilaciones

Es por ello que solicitaron una convocatoria para sesionar en Diputados el miércoles 4 de junio a las 12 horas.

Existen 14 dictámenes con tres líneas de propuestas sobre jubilaciones:

El incremento de ingresos, con la actualización de haberes jubilatorios y el bono de $70.000, congelado desde el marzo 2024.

Una alternativa a la moratoria previsional finalizada en marzo del 2025, que permita que trabajadores con edad para jubilarse con menos de 30 años de aportes reciban alguna remuneración.

La recomposición de la deuda de las cajas previsionales de las provincias.

Discapacidad

En cuanto a discapacidad, la emergencia establece la definición de un presupuesto para actualizar las retribuciones para los prestadores de servicios, transportistas, acompañantes terapéuticos, hogares.

También los fondos correspondientes a los trabajadores con discapacidad que son empleadas en talleres asistidos. Cobran $28.000 mensuales, remuneración que no se modifica desde febrero del 2023.

A su vez, se solicita una mayor eficiencia en el proceso de auditorías y aprobación de pensiones, dado que en los últimos 14 meses se otorgaron 586 de las 500.000 solicitudes.

Declaración de emergencia en la provincia de Buenos Aires

En medio de un nuevo temporal en la región, ingresará al recinto un proyecto para tratar sobre tablas la declaración de zona de emergencia y en situación de catástrofe, durante el término de 180 días a la provincia de Buenos Aires, especialmente a los municipios de Zárate, Campana, Arrecifes, Salto y San Antonio de Areco.

La declaración incluirá la emergencia ambiental, sanitaria, económica, social, productiva, hídrica, territorial y habitacional en las zonas afectadas por la inundación en el Área Metropolitana de Buenos Aires.

Diputados opositores buscan sancionar la emergencia para personas con discapacidad

La Libertad Avanza, el PRO y la Unión Cívica Radical no acompañan la iniciativa.

Diputados de la oposición piden declarar la emergencia para las personas con discapacidad. El proyecto obtuvo dictamen en la Comisión de Acción Social y Salud Pública luego de hacerlo en la de Discapacidad.

El autor de la iniciativa, el bonaerense Daniel Arroyo, de Unión por la Patria, señaló que su aprobación "obliga al Estado nacional a darle prioridad a un esquema puntual a la atención en tema de discapacidad".

En ese marco, enumeró que "se están dando muy pocas prestaciones de atención hoy; tenemos dificultades con el transporte". "Hay un retroceso claro en el acceso a medicamentos y en el tratamiento general", agregó.

La redacción, que apunta a extender la emergencia hasta el 31 de diciembre del 2027, pretende "efectivizar el cumplimiento de la obligación del Estado Nacional" con respecto a las leyes que lo instan a garantizar "salud, habilitación, rehabilitación, educación, protección social y trabajo de las personas con discapacidad".

El proyecto tuvo el respaldo de Unión por la Patria, Encuentro Federal, Democracia para Siempre, Innovación Federal, Coalición Cívica y el Frente de Izquierda. Se ausentaron los bloques que no acompañan la iniciativa, los cuales son: La Libertad Avanza, el PRO y la Unión Cívica Radical. Para ser votada en una sesión de la Cámara de Diputados, aún resta conseguir dictamen en la Comisión de Presupuesto.

Diputados aprobó la declaración de emergencia climática para San Juan

Por unanimidad, la Legislatura de San Juan aprobó la Ley de Necesidad y Urgencia Nº 2741-P, por la que se declara estado de emergencia climática en los departamentos afectados de la provincia.

El tratamiento se dio en el marco de la tercera sesión del periodo extraordinario que estuvo encabezada por el Vicegobernador Fabián Martín.

En la ocasión, el Diputado Juan de la Cruz Córdoba fue el encargado de hablar como miembro informante, señalando la gravedad y trascendencia que han alcanzado los recientes y reiterados factores climáticos que afectaron a los pobladores y productores agrícolas de algunas zonas de la provincia.

Los diputados lovales, tras algunas modificaciones que introdujeron, aprobaron el siguiente texto de la Ley 2741-P:

 ARTICULO 1°: Declarar el estado de emergencia climática en los departamentos afectados de la Provincia de San Juan, a partir de la fecha de la presente Ley, por el plazo de ciento veinte (120) días corridos, los que podrán ser prorrogados en caso de persistir los factores climáticos adversos.

ARTICULO 2°: Autorizar a los Sres. Ministros y Secretarios de Estado, dentro del límite temporal de la declaración de emergencia que se efectúa en la presente y en el marco de la misma, a gestionar contrataciones y otorgar subsidios, en los términos establecidos en el art. 15 de la Ley 2000-A.

ARTICULO 3°: Declarar asimismo el estado de emergencia agropecuaria. Solicitar ante la Comisión Nacional de Emergencias y Desastres Agropecuarios, en los términos de la Ley Nacional 26.509, la declaración de emergencia agropecuaria, toda vez que los factores de origen climático, por su intensidad y carácter extraordinario, han dañado la producción y la capacidad de producción de los departamentos de la Provincia, dificultando gravemente la evolución de las actividades agropecuarias y el cumplimiento de las obligaciones crediticias y fiscales.

ARTÍCULO 4°: La presente Ley es de Necesidad y Urgencia, de conformidad a lo establecido en los artículos 157 y 189, inciso 17 de la Constitución Provincial.

ARTÍCULO 5°: Remítase la presente norma legal a la Cámara de Diputados de la Provincia, a los fines del tratamiento previsto en el Artículo 157 de la Constitución Provincial

También hicieron uso de la palabra para poner de manifiesto la situación de los diferentes departamentos afectados y expresar su acompañamiento en este punto del orden del día los siguientes legisladores: Cristina López, Alejandra Leonardo, Pedro Albagli, Leopoldo Soler, Jorge Castañeda, Emilio Escudero, Sonia Ferreyra, Miguel Vega, Juan Carlos Quiroga Moyano, Marta Gramajo y María Rita Lascano.

San Juan: la Cámara de Diputados declaró Emergencia en Obra Pública

La propuesta obtuvo 23 votos positivos de los bloques Justicialista, Bloquista, ConFe Somos San Juan, San Juan Primero, Frente Grande, Del Este y 11 negativos de los bloques Producción y Trabajo, PRO Juntos por el Cambio, Actuar, Lealtad.

Con el fin de paliar las significativas distorsiones económicas actuales mediante la implementación de acciones que garanticen la realización, continuidad y culminación de las obras en miras a la protección de intereses públicos y al cuidado del bienestar general, la Cámara de Diputados aprobó la declaración de la Emergencia en la Obra Pública.

La propuesta obtuvo veintitrés votos positivos de los bloques Justicialista, Bloquista, ConFe Somos San Juan, San Juan Primero, Frente Grande, Del Este  y once negativos de los bloques Producción y Trabajo, PRO Juntos por el Cambio, Actuar, Lealtad.

Por otro lado, la Legislatura otorgó acuerdo a la prórroga del período ordinario de sesiones hasta el 30 de diciembre; la modificación de un artículo de la Ley N° 348-N (SIPAD); la prórroga del Estado de Emergencia Pública; la suspensión procesos de ejecución de hipotecas; la prórroga de suspensión de desalojos; y la modificación al régimen de regularización de obras subrepticias y la aprobación de convenios entre otros temas.

Declaración de Emergencia en la Obra Pública

La legislatura aprobó con veintitrés votos positivos y once negativos la declaración de emergencia en la Obra Pública en todo el ámbito de la provincia de San Juan con el fin de paliar las significativas distorsiones económicas actuales mediante la implementación de acciones que garanticen la realización, continuidad y culminación de las obras en miras a la protección de intereses públicos y al cuidado del bienestar general.

Los fundamentos de este asunto fueron presentados por el diputado Jorge Barifusa quien manifestó que "dada la situación extremadamente crítica en materia económico-financiera que atraviesa el país, cuyas consecuencias afectan directamente al Gobierno de San Juan, por gravitar profundamente sobre el orden económico social en general y sobre la obra pública en particular, poniendo la actividad en estado de emergencia ante el riesgo de la discontinuidad de aquellas obras ya iniciadas, con un fuerte impacto en los aspectos sociales, económicos y productivos".

En la ocasión también hicieron sus aportes a favor del proyecto los Diputados Eduardo Cabello, Rodolfo Jalife, Horacio Quiroga, Gastón Berenguer, Edgardo Sancassani, Florencia Peñaloza, Andrés Chanampa y Juan Carlos Abarca.

En contraparte, manifestaron su desacuerdo los Diputados Enzo Cornejo, Leonardo Gioja, Sergio Miodowsky y la Diputada Nancy Picón y propusieron que el proyecto volviera a comisión para resolver una serie de observaciones. La moción fue llevada a cabo por el legislador Cornejo, la cual resultó rechazada con veintitrés votos negativos y once positivos.

Durante su argumentación el legislador Barifusa señaló el recurrente el reclamo de las empresas aludiendo a la distorsión entre los precios reales de mercado y los precios contractuales calculados por aplicación de índices del Decreto Nacional 691/16 y Decreto Provincial 0028/16, cuya consecuencia es el incumplimiento de los plazos de obra o, en casos más complejos, su paralización lisa y llana.

Estas distorsiones, sumadas a las restricciones en la importación de insumos claves, a las dificultades para acceder a otras divisas para cancelar compromisos previamente contraídos, a las limitaciones para la obtención de créditos y a los inconvenientes para acceder a los habituales mercados para la compra de materiales e insumos, dificultan gravemente las posibilidades de cumplimiento de los diversos contratos de obra pública vigentes.

En el sentido señalado, el Gobierno debe procurar, utilizando todas las herramientas a su alcance, reencauzar este desvío producido en la relación contractual, motivado por causas externas a los propios contratos, empleando un criterio de esfuerzo compartido basado en tres ejes fundamentales: el consentimiento, el interés público y la naturaleza conmutativa de los contratos.

Dicho reencauzamiento solo es posible a través de una revisión de los acuerdos contractuales celebrados por el sector público provincial en ejercicio de la función administrativa con las empresas directamente afectadas por la crisis aludida.

La revisión de los contratos debe procurar, en la medida de lo posible, reestablecer condiciones similares a las originalmente pactadas y la determinación de una "nueva línea de base", a través de la cual se definan compensaciones acordes a la magnitud del cambio de escenario producido respecto a las condiciones e indicadores contemplados en el diseño original del proyecto, que fueron adoptados como punto de partida.

Las compensaciones por las variaciones entre la línea de base nueva y la original permitirán adecuar los planes de trabajo a la presente realidad, ajustar eventualmente los proyectos a necesidades más racionales basadas en las actuales circunstancias, ajustar las metodologías de redeterminación de precios adoptando sistemas más equitativos, asistir financieramente a las empresas para que logren solventar sus desfasajes y enfrentar la parte faltante de obra en condiciones más favorables y garantizar la renuncia a reclamos posteriores de las contratistas por los motivos mencionados.

La fijación de una nueva línea de base tiene sustento en el principio de Conservación del Contrato, el cual considera que las voluntades en él plasmadas responden a un objetivo concreto, el cual sería de imposible cumplimiento en caso de persistir las condiciones de la línea de base original.

Cabe señalar que existen diversos antecedentes en materia de obra pública en la provincia de San Juan por los que oportunamente se autorizaron ampliaciones, asistencias o modificaciones a los contratos, procurando compatibilizar acciones que minimizaran los desequilibrios económicos producidos, con el uso racional de los recursos provinciales, con miras a reforzar e impulsar la continuidad y culminación de las obras públicas.

Por otra parte, el Artículo 30° autoriza al Poder Ejecutivo, a través de sus Ministerios, Entidades Autárquicas y Descentralizadas, Sociedades del Estado y Sociedades de Economía Mixta, en el marco de sus competencias, a reformular las bases de contratación estableciendo una Nueva Línea de Base para las obras que se encuentran en ejecución o en vías de ejecución en el territorio de la provincia y cuyos contratos fueron celebrados en el marco de la Ley N° 128-A de Obras Públicas de San Juan y según se establezca por vía de reglamentación.

El artículo 4° faculta al Poder Ejecutivo, a dictar el decreto reglamentario para la reformulación o cambios en las contrataciones de las obras públicas en ejecución o en vías de ejecución, debiendo contemplarse lo siguiente.

1) Adecuación de los planes de trabajos y ajuste de los proyectos, cuando técnicamente sea necesario y posible.

2) Renuncia del Contratista a reclamar gastos improductivos, mayores gastos generales directos o indirectos de cualquier naturaleza, así como a cualquier otra compensación o indemnización derivada de la reducción del ritmo de obra o de su paralización total o parcial, devengados desde la celebración del contrato original, hasta la redefinición de este.

Por el artículo 5° es facultado el Poder Ejecutivo y en resguardo de mantener el equilibrio en la ecuación económico-financiera de los Contratos de Obra Pública, a dictar una nueva Metodología de Redeterminación de Precios acorde al contexto actual.

Además, el proyecto propone la creación de una Comisión Especial de seguimiento, fiscalización y control para la Emergencia en materia de Obra Pública en el ámbito de la Cámara de Diputados de la Provincia de San Juan, y que estará integrada por tres diputados a designar, quienes podrán requerir la información que consideren necesaria para el cumplimiento de su cometido.

Cabe señalar que la ley tiene contemplada facultar al Ministerio de Hacienda y Finanzas para que, en función de la emergencia declarada, formule las adecuaciones presupuestarias; invitan a los municipios a adherir a la ley que es de orden público.

Tras el ventarrón, Capital atendió 35 pedidos de ayuda y llevó la solución a vecinos

Las brigadas se distribuyeron por los distritos acorde al protocolo de emergencias planificado desde la Municipalidad de la Capital de San Juan.

En horas de la tarde del miércoles, llegó a San Juan un fuerte viento del sector sur que ocasionó daños en el arbolado y en el tendido eléctrico, principalmente.

Acorde al protocolo de emergencia dispuesto, Capital organizó su personal para el abordaje de emergencias.

Desde las 21 del miércoles y hasta la hora 00 se resolvieron 35 pedidos de ayuda que implicaron el traslado de 7 camiones con recolección de verde.

La mayoría de los reclamos estuvieron vinculados a ramas caídas que dificultaban la transitabilidad.

Algunos de los casos más complejos fueron los vinculados a fallas en el sistema eléctrico que se derivaron a la distribuidora Energía San Juan o a la empresa contratista Nacusi, según el caso.

En tres horas de operativo, personal de las direcciones de Servicios, de Ambiente y del SEM, con el apoyo de personal de la Secretaría de Gobierno se abocaron a dar solución a lo planteado por los capitalinos.

Durante la noche las brigadas de microcentro y nocturnas continuaron las tareas de limpieza en calles Mitre, avenida Ignacio de la Roza, Rivadavia y Laprida desde avenida Rioja hasta Sarmiento.

También en avenida Rioja y calle Mendoza desde avenida Libertador San Martín hasta avenida Córdoba y Urquiza, desde avenida Libertador a 25 de Mayo.

Recomendaciones

Quienes aún soliciten asistencia pueden comunicarse a las líneas del SEM: 0800-999-7786, 4309709, 4272289 y por WhatsApp al 2644444169.

Por fallas en el alumbrado público al 0800-222-5866, Empresa Nacusi.

La Policía Comunal está a disposición por prevención al 4276163.