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Enacom fijó el esquema de aumentos para el servicio de telefónicas, cable e internet

Cualquier incremento dispuesto por las empresas prestadoras deberá ser refacturado en julio, con devolución de importes más interés punitorio, sin posibilidad de corte de los servicios a clientes. 

El Ente Nacional de Comunicaciones ratificó este viernes que, cualquier modificación de los precios de los servicios de telefonía fija, telefonía móvil, Internet y televisión por suscripción, debe contar con su aprobación previa y detalló el esquema de incrementos hasta diciembre.

En este sentido, en abril de este año se notificó a las empresas prestadoras que no se habían autorizado incrementos para los meses de mayo y junio de 2021, de acuerdo a las potestades que ofrece al Enacom el Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20.

Por consiguiente, cualquier aumento dispuesto unilateralmente por parte de ellas deberá ser refacturado en julio, con devolución de los importes más el interés punitorio correspondiente, y sin posibilidad de corte de los servicios a las y los clientes que no hayan abonado hasta tanto no se efectúe la refacturación.

Por otra parte, y de acuerdo con una decisión tomada en reunión por el Directorio del Ente, los servicios TIC sufrirán un incremento del 3% en el mes de junio de 2021 y un 5% en el mes de julio de 2021.

Asimismo, se estipula para el 1 de diciembre de 2021 una nueva revisión, por lo que los precios de los servicios de julio estarán vigentes hasta el 30 de noviembre de 2021 inclusive.

En consecuencia, para los servicios de telefonía móvil, los aumentos autorizados desde el 1 de enero de 2021 hasta el 30 de noviembre de 2021 no podrán ser superiores al 23%.

A partir de la revisión de diciembre de 2021, se elaborará una fórmula orientativa que contemplará precio justo, equitativo y razonable, que nunca podrá ser superior a las subas salariales y deberá encontrarse por debajo de las mismas. Únicamente se autorizarán incrementos en los valores de los meses de abril, agosto y diciembre de cada año.

La Justicia suspendió el DNU que declaró servicio esencial a las telecomunicaciones

Lo mismo decidió sobre el tope al aumento de tarifas. Ordenó al Ejecutivo y al ENACOM "abstenerse de emitir y llevar a cabo" alguna decisión hasta que se dicte sentencia definitiva.

La Justicia hizo lugar a una medida cautelar y suspendió el DNU del Gobierno nacional que declaró a las telecomunicaciones como servicio esencial y restableció la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, es decir eliminar el tope de aumento de trifas.

Además, ordenó al Ejecutivo Ente Nacional de Comunicaciones "abstenerse de emitir y llevar a cabo" alguna decisión al respecto, hasta tanto se dicte sentencia definitiva.

Mediante el decreto 690, emitido el 11 de agosto, el Gobierno nacional declaró "servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia" a la telefonía celular y fija, Internet y la televisión paga. 

La medida además dispuso el congelamiento de los precios hasta el 31 de diciembre y luego autorizó sólo un 5% de incremento y dispuso que las empresas del sector deben contar con autorización del Estado para cualquier modificación tarifaria.

El texto del DNU 690/2020 establece cambios a la ley 27.078 de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. Incorpora un artículo en el que se otorga el "carácter de servicio público en competencia" para los servicios de las TIC y el acceso a las redes de telecomunicaciones para y entre sus licenciatarios.

También determinó que la autoridad de aplicación, es decir el ENACOM, "garantizará su efectiva disponibilidad".

Estableció también que los precios de estos servicios públicos esenciales y estratégicos y "los de los prestados en función del Servicio Universal y los de aquellos que determine la autoridad de aplicación por razones de interés público, serán regulados" por el ENACOM.

El ENACOM fue notificado este martes de la decisión judicial que restablece la potestad de los operadores de cable y telecomunicaciones de fijar sus condiciones de comercialización, como servicio en competencia, a los fines de garantizar la continuidad, la sustentabilidad y la calidad del servicio que brindan cientos de empresas en todo el país.

"La medida cautelar, iniciada por un representante de nuestra industria de la provincia de Córdoba, determina la suspensión del DNU 690, del DNU 311 y de todo acto dictado como consecuencia de dichas normas. Asimismo, ordena al Poder Ejecutivo nacional y al ENACOM abstenerse de emitir y llevar a cabo acto alguno con fundamento en dichos decretos, hasta tanto se dicte sentencia definitiva", destacó la Asociación Argentina de Televisión por Cable a través de un comunicado.

Además, señaló que según lo dispuesto por la Justicia, el organismo regulador "no se encuentra facultado a continuar dictando normas derivadas del DNU 690 ni ejecutando las ya dictadas, las que se encuentran suspendidas de un modo general, alcanzando a todos los operadores TIC de nuestro país".

El fallo entendió que, tal como venían denunciando las compañías del sector, estos decretos que fijan tarifas impiden a las empresas recuperar las inversiones realizadas y continuar prestando servicios tal como lo hacen actualmente.

"La situación de nuestra industria empeoró con el dictado de la Resolución 1466 de diciembre pasado, que únicamente autorizó un aumento entre el 5 y el 8%. Ello resulta absolutamente irrazonable e insuficiente en tanto la inflación oficial del año pasado fue del 36% según el INDEC y nuestros precios están congelados desde hace más de un año”, advirtió al respecto ATVC.

El Gobierno congela hasta el 31 de agosto las tarifas de telefonía, internet y cable

Las empresas no podrán despedir a nadie hasta el 31 de agosto, según lo acordado con el Gobierno.

Este lunes, el Gobierno nacional anunció el congelamiento de las tarifas de los servicios de telefonía fija y móvil, internet y TV paga hasta el 31 de agosto del corriente año. La medida fue tomada de manera consensuada con las empresas y en el marco del aislamiento social preventivo y obligatorio decretado por la pandemia de coronavirus.

El anuncio fue realizado esta tarde por el titular del Ente Nacional de Comunicaciones, Claudio Ambrosini, tras reunirse con el Presidente Alberto Fernández.

La medida incluye además la implementación por parte de las empresas de un esquema de servicio complementario para los usuarios que enfrenten problemas económicos bajo el mecanismo de abono postpago, prepago e internet al hogar.

"El paquete de medidas cubre todas las necesidades para el momento que estamos atravesando, tanto el país como el mundo", aseguró Ambrosini.

Las empresas además "se comprometieron y el Gobierno les exigió no despedir a nadie hasta el 31 de agosto", destacó el titular del Enacom.