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Gustavo Sylvestre quiso defender a los trabajadores de C5N y lo terminaron masacrando

En un acto papelonesco, los trabajadores del canal de televisión C5N escracharon al periodista Gustavo El Gato Sylvestre, conocido en el mundo de la comunicación como la mano operativa del evasor Fabián de Souza, accionista del polémico Grupo Indalo en sociedad con Cristóbal López.

El hecho ocurrió al aire, mientras el lisonjero conductor televisivo acompañaba la transmisión por el arribo de las vacunas chinas contra el Covid-19.

En el pase con el besabotas Pablo Duggan, El Gato Sylvestre dijo: "Muchos compañeros bancaron cobrar en cuotas, estirar, para mantener vivo este canal porque sabíamos que si algún día se apagaba, nunca más se prendía".

Las expresiones del periodista no cayeron nada bien, particularmente entre los trabajadores de C5N y la dirigencia de la comisión interna, que salió rápidamente a corregirlo: "Hay un error en el tiempo verbal: no es pasado, es presente. Los trabajadores seguimos cobrando en cuotas", tuitearon desde la cuenta oficial de la Comisión Interna de Trabajadores de C5N.

No obstante, en absoluto off the record, un reconocido conductor del medio aseguró que C5N está muy lejos de atravesar una crisis económica y financiera: "Acá la plata la están juntando con pala, principalmente a partir de los vínculos que mantienen los dueños con el Ministro de Desarrollo Social de la Nación, Daniel Arroyo. No es noticia para nadie que es un ministerio loteado. Y ellos son parte de ese arreglo".

Mientras los trabajadores atraviesan un escenario desolador, cobrando su sueldo en cuotas, la realidad de los multiprocesados Cristóbal López y Fabián de Sousa, en la mira de la Justicia Federal por haberse quedado con cientos de millones de pesos del erario público, es totalmente distinta.

Rechazaron otro intento de Macri por frenar el entrecruzamiento de llamadas

La Jueza Servini volvió a desoír un planteo de la defensa del expresidente en la causa que investiga presiones contra directivos del Grupo Indalo. 

La Jueza federal María Romilda Servini volvió a rechazar un planteo formulado por la defensa del expresidente Mauricio Macri en contra de la orden con la que la magistrada dispuso el entrecruzamiento de llamadas del exmandatario con distintos exfuncionarios y miembros de su entorno político en el marco de la causa en la que se investigan supuestas presiones contra los directivos del Grupo Indalo.

La jueza remitió, además, copias de la última presentación realizada por el abogado Pablo Lanusse, defensor de Macri en este expediente, al Colegio Público de Abogado de la Capital Federal para que se evalúe su conducta y ese organismo pueda evaluar el tono de sus manifestaciones, dado que el letrado acusó a la jueza de "inclinar la cancha" a favor de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

Servini dijo que "las expresiones y descalificativos vertidos por el Dr. Pablo Jorge Lanusse no pueden pasar inadvertidos porque agravian la Magistratura", más allá que "uno pueda coincidir o no con las decisiones adoptadas en los procesos judiciales", porque para eso "tiene acceso a las herramientas procesales".

La jueza citó como ejemplo de este mal proceder que el abogado haya cuestionado "la fecha y hora en que se implanta una firma electrónica y que haya dicho que "las resoluciones o decisiones le causan náuseas y que resultan funcionales, acomodaticias y motivadas a/en los intereses de personas ajenas al expediente".

Dio como ejemplo que haya copiado publicaciones que hiciera "la actual Vicepresidenta de la Nación en la red social Twitter" que, dijo, "nada tiene que ver con la causa" y "exceden el trato y decoro que todo letrado debe guardar durante el ejercicio de su profesión".

La presentación de la defensa de Macri era una apelación contra la decisión de la jueza de ordenar reanudar el entrecruzamiento de llamadas del expresidente y personas de su entorno, entre enero de 2016 y agosto de 2019, tras considerar que aún no está firme el fallo de la Cámara Federal porteña que le indicó acotar el alcance de la medida.

Al responder el planteo, la jueza Servini sostuvo que en su decisión no existe ninguna situación de "desobediencia" porque la Cámara federal porteña, en tanto tribunal superior, "no emitió orden alguna, sino que encomendó un curso de acción en relación a la diligencia probatoria".

"A poco que se repasa el fallo, los Sres. Jueces no sólo reconocieron el carácter discrecional de la medida de prueba dispuesta el 06 de julio de 2020, además validaron su utilidad y pertinencia a los fines del proceso, eso sí, limitaron su período temporal, aunque no de una manera precisa, sino sólo señalando que debería circunscribirse a los a los momentos relevantes según la hipótesis fijada en el caso", enfatizó la jueza en el fallo al que tuvo acceso Télam.

En relación a las acusaciones de la defensa de Macri, que sostuvo que la jueza actuaba en favor de los intereses del abogado Carlos Beraldi, Servini sostuvo que en el "expediente se encuentra asegurada la igualdad" ya que "todas tuvieron garantizadas las mismas facultades para influir sobre la reconstrucción fáctica".

Sobre la medida reanudada, la magistrada remarcó que “nadie ha divulgado información que pueda considerarse privada, más aun, los registros de comunicaciones son registros que existen en poder de empresas privadas y que por lo tanto tienen un grado de publicidad relativa ciertamente inconsistente con el reclamado secreto de Estado que parece introducirse de las expresiones de las partes”.

Las partes "siguen discutiendo respecto de una medida de prueba que ha sido ordenada de acuerdo con el principio de legalidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad; que ha sido controlada por la Cámara de Apelaciones quien ha avalado su realización y sólo ha restringido su divulgación a las partes en lo atinente a la hipótesis de investigación aquí ventilada", enfatizó.

Finalmente, la magistrada sostuvo que "los recursos de apelación se encuentran dirigidos contra una decisión inapelable y tampoco se observa la existencia de un gravamen irreparable", por lo cual decidió no concederlos "en tanto son una reedición más grandilocuente de los planteos ya resueltos por la suscripta y por la Cámara de Apelaciones".

Servini había ordenado la prueba, por primera vez, el 6 de julio pasado cuando dispuso un entrecruzamiento de llamados entre Macri, el abogado Fabián Rodríguez Simón, el ex jefe de asesores de la presidencia José Torello y los extitulares de la AFIP Alberto Abad y Leandro Cuccioli, entre otros, para establecer si se comunicaron en las fechas en que los denunciantes Fabián De Sousa y Cristóbal López afirmaron haber recibido presiones o advertencias de dictado de medidas contra el Grupo Indalo.

Avazan en el peritaje los teléfonos de Macri en la causa de asociación ilícita

Lo autorizó la Jueza federal María Servini. El presidente está procesado por la venta del Grupo Indalo.

La Jueza federal María Servini avanzará con el peritaje sobre los teléfonos del expresidente Mauricio Macri y varios de sus exfuncionarios, acusados por el empresario Fabián de Sousa de haber conformado una asociación ilícita para sacarle el Grupo Indalo.

La jueza apunta a los registros de comunicaciones de Macri y un grupo de ex funcionarios y quiere conocer dónde de encontraban esos abonados cuando realizaban las llamadas.

El período de ese peritaje es de tres años y medio: las comunicaciones sucedidas entre el 1 de enero del 2016 y el 31 de agosto del 2019. No hay posibilidad de conocer el contenido de los diálogos pero se busca identificar “interlocutores comunes y frecuentes” entre esos abonados, saber si se contactaron con personas investigadas y realizar un entrecruzamiento de llamadas.

La jueza María Servini había ordenado esa medida el 8 de julio pasado. Y ahora rechazó un planteo de la defensa del asesor Fabián Rodríguez Simón, al que acompañaron los abogados de Macri, José Torello y Mario Quintana, para evitarlo.

"El planteo de nulidad interpuesto por la defensa de Fabián Rodríguez Simón, al que se adhirieran las defensas de Mauricio Macri, José María Torello y Mario Eugenio Quintana, no es más que un recurso para pretender cuestionar una medida de prueba que, por regla general, es irrecurrible", sostuvo la jueza, en la resolución firmada ayer y a la que accedió Infobae.

De esta manera, los investigadores de la DAJUDECO analizarán el cruce de llamadas de Mauricio Macri, José María Torello, Nicolás Caputo, Fabián Rodríguez Simón, Mario Quintana, Javier Iguacel, Alberto Abad y Leandro Cuccioli, y los empresarios Martín Rappallini, Orlando Terranova e Ignacio Rosner. También quiere saber desde dónde se activaron esos teléfonos.

En su presentación, a la que adhirieron Macri, Quintana y Torello, Rodríguez Simón decía que "la medida dispuesta era innecesaria, inadecuada y desproporcionada, lo que violentaba el derecho a la intimidad y privacidad", pero "no se encontraba debidamente fundamentada, lo que a su vez afectaba el derecho de defensa y debido proceso".

También advirtió que "el período de información abarcaba casi la totalidad del anterior período presidencial, lo que sumado a los funcionarios involucrados en el estudio, más la orden de determinar quiénes fueron sus interlocutores comunes, derivaría por la propia dinámica de actuación de la administración que muchos otros funcionarios del anterior gobierno aparecieran en los listados, deviniendo así lo ordenado en una suerte de "mapa" de las comunicaciones y ubicación de altos funcionarios del anterior Gobierno Nacional durante el período de tiempo antes indicado".

El asesor de Macri afirmó además que esa investigación "importaría información sensible, que estaría relacionada con cuestiones políticas propias de la gestión del Poder Ejecutivo, alcanzada en su caso por la debida confidencialidad, que en ningún caso se relacionarían con los hechos denunciados".

Tanto el fiscal Marijuán como la querella de De Sousa rechazaron el planteo. El abogado Carlos Beraldi, representante del empresario, enfatizó que "los jueces cuentan con amplias facultades para dirigir la instrucción y por ello podían ordenar todas las medidas probatorias que considerasen necesarias para poder avanzar con sus investigaciones".

Estudiadas las posiciones, Servini rechaza hacer lugar al pedido de Macri, Rodríguez Simón y Torello. Defendió la diligencia ordenada y aseguró que “el conocimiento de todo el universo de llamados resulta necesario a efectos de poder determinar si eventualmente hubo variaciones en los flujos de comunicaciones en las cercanía a los hitos individualizados”. También aclaró que "en caso de que se obtuviere información que no tuviere que ver con lo que aquí se investiga, tales datos serán excluidos del bagaje probatorio".

Abogado exitoso: apareció una factura de Cristóbal López a nombre de Alberto Fernández

La factura fue hallada en una pila de contrataciones del empresario kirchnerista, Cristóbal López. Una de las versiones explica que el presidente habría sido asesor legal de una de las compañías del empresario kirchnerista. Sin embargo, Fernández aseguró que fue "librada por error".

En la pila de contrataciones del empresario kirchnerista Cristóbal López, los coadministradores puestos por el Juez del concurso, Javier Cosentino, encontraron facturas del exjefe de gabinete kirchnerista, Alberto Fernández, y del exjefe del Banco Central, Martí­n Redrado.

Fernández dijo que "fue librada por error, anulada y consecuentemente jamás cobrada". La factura cayó en la empresa Oil Combustibles por equivocación.

Fernández admitió que "asesoraba a las actuales autoridades" del Grupo Indalo de López. Los coadministradores judiciales en Oil, Carlos Bianchi, Francisco Cárrega y Liuba Lencova Besheva, que encontraron la factura, coinciden con Fernández en que no se pagó la factura de 435.600 pesos.

Según ellos, estaba "pendiente de pago" y discrepan con Fernández sobre qué facturó. Dicen que fue por "servicios de asesoramiento en materia penal prestados a los señores Cristóbal López y De Sousa", los dueños de Oil Combustibles y del Grupo Indalo.

Para el Presidente Fernández sus tareas como abogado "en nada se vinculan con la defensa judicial de Cristóbal López y Fabián De Sousa, como falsamente consignan los coadministradores".

Cabe señalar que Fernández, aparte de haber sido funcionario, es dirigente polí­tico y lobbysta. Es amigo del Juez Julián Ercolini, con quien coincidió en una cátedra.

A su vez, Ercolini es el juez que impide que Rosner y Delatorre se adueñen del Grupo Indalo, al que mantiene embargado. Como asesor de Rosner, Fernández visitó dos veces a Ercolini en su juzgado.

Macri obstaculizó el peritaje de su celular en la causa por presiones al Grupo Indalo

El expresidente reclamó que no se efectúe el entrecruzamiento de llamadas dispuesto por la Jueza federal María Romilda Servini.

El Expresidente Mauricio Macri reclamó que no se efectúe el entrecruzamiento de llamadas dispuesto por la Jueza federal María Romilda Servini en la causa en la que se investiga si durante su Gobierno se realizaron maniobras ilegales contra el grupo Indalo, a la vez que consideró que se trata de una medida "abusiva".

El exmandatario presentó un escrito digital en la causa a través del cual nombró como su abogado a Pablo Lanusse y apeló la medida ordenada porque, juzgó, "carece de la debida fundamentación y vulnera los derechos, principios y garantías de la defensa en juicio, debido proceso", según el texto al que tuvo acceso Télam.

"Estoy convencido de mi inocencia en los hechos que aquí se investigan", afirmó Macri en una de las primeras líneas del texto, que envió a la justicia, en el marco de la causa iniciada por una denuncia del empresario Fabián De Sousa, que sostuvo que, tanto él como su socio Cristóbal López, fueron presionados durante el Gobierno de Cambiemos, que habría buscado perjudicar a sus empresas.

La jueza Servini había ordenado el 6 de julio una serie de medidas de prueba, entre las que se destacaba un amplio entrecruzamiento de llamados entre Macri, los extitulares de la AFIP Alberto Abad y Leandro Cuccioli y otros imputados en la causa, a fin de establecer si había comunicaciones entre ellos en los días en los que los denunciantes afirmaron haber recibido presiones o en los que el Gobierno de Cambiemos dictó medidas que perjudicaron al Grupo Indalo.

El expresidente reclamó además que su apelación tenga efectos "suspensivos" sobre las medidas dispuestas en la causa, en la que interviene el fiscal Guillermo Marijuan, porque podría generar "perjuicios irreparables".

"Lo dispuesto carece de la debida fundamentación y vulnera los derechos, principios y garantías de la defensa en juicio, debido proceso, mínima intervención estatal, no injerencia indebida, intimidad, proporcionalidad, racionalidad, dignidad humana y porque compromete la seguridad nacional por las características desproporcionadas, exorbitantes y abusivas que presenta", sostuvo el exmandatario.

Otra de las cosas que pidió Macri fue acceder a copias de todo el expediente y de la eventual documentación que se pudiera encontrar reservada y que se lo exima de la de tener que presentarse en los tribunales federales de Comodoro Py a ratificar presencialmente el escrito "por el estado de excepción" en el que se encuentra la Argentina debido al aislamiento social preventivo y obligatorio.

Macri sostuvo que la medida dispuesta por Servini precisa una "urgente e imperiosa fulminación por la Alzada" en relación a la Cámara Federal porteña y sostuvo que de llevarse a cabo se estaría violentando su "intimidad privada y familiar", la cual se "se debe unir inescindiblemente" a su condición de expresidente de la Nación.

Cuando dispuso la medidas ahora cuestionadas, la jueza Servini sostuvo que se trataba de diligencias que "permitirán contribuir al avance de la investigación, en aras de descubrir la verdad", y además recalcó que, en lo que va de la pesquisa, "todas las reuniones, como así también las comunicaciones" denunciadas entre imputados "fueron ratificadas a lo largo del expediente por diferentes personas".

Servini había ordenado en primer lugar que se requieran los números telefónicos registrados a nombre de Macri, José María Torello, Nicolás Caputo, Fabián Rodríguez Simón, Mario Quintana, Javier Iguacel, Alberto Abad, Leandro Cuccioli, Martín Rappallini, Orlando Terranova e Ignacio Rosner entre enero de 2016 y agosto de 2019.

Posteriormente, solicitó los "registros de comunicaciones con activación de celdas en el período comprendido entre el 1 de enero de 2016 y 31 de agosto de 2019".