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La Justicia bonaerense frenó la privatización de AySA y derivó la causa a fuero federal

La Cámara Contencioso Administrativa de La Plata confirmó una cautelar impulsada por el Defensor del Pueblo bonaerense y remitió la causa al fuero federal.

La Justicia bonaerense confirmó una medida cautelar que limita los cambios que AySA puede realizar sobre las condiciones de prestación del servicio de agua y cloacas en el AMBA.

La resolución fue dictada por la Sala II de la Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata, en medio del proceso de privatización impulsado por el Gobierno de Javier Milei.

El tribunal ratificó que la empresa no puede modificar, reducir, limitar, suspender o alterar sus obligaciones vinculadas con el acceso al agua potable, la salud pública y la protección del ambiente. Al mismo tiempo, resolvió que la causa deberá continuar bajo la órbita de la Justicia federal.

La decisión se conoció mientras el Gobierno nacional avanza con un nuevo contrato de concesión asociado al proceso de privatización de AySA. Además, el Ejecutivo extendió hasta el 15 de septiembre el plazo para la presentación de propuestas para adquirir el 90% de las acciones de la compañía y estima recaudar unos U$S450.000.000.

El fallo fue firmado por los jueces Pablo Muñoz, Gerónimo Arias y María Ventura Martínez y resolvió las apelaciones presentadas contra una decisión previa del Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 2 de La Plata, que interviene en el expediente desde junio.

El reclamo del Defensor del Pueblo bonaerense

La demanda fue presentada por el Defensor del Pueblo bonaerense, Guido Lorenzino, quien cuestionó el nuevo contrato de concesión y sostuvo que sus disposiciones implicaban una reducción de los estándares ambientales, sanitarios y de protección de los usuarios.

El planteo alcanza a la prestación de los servicios de agua potable y desagües cloacales en los 26 municipios del conurbano y la región metropolitana donde opera AySA.

El nuevo convenio, firmado en mayo de 2026, forma parte del proceso de privatización establecido por la Ley Bases, que declaró a AySA "sujeta a privatización".

Posteriormente, el Decreto 494 habilitó el procedimiento para transferir al sector privado el 90% del capital social de la compañía, actualmente bajo control mayoritario del Estado nacional.

Ante la presentación, la jueza de primera instancia había dictado una medida cautelar que ordenaba a AySA abstenerse de realizar cualquier acto que modifique, reduzca, limite, altere, suspenda o disminuya sus obligaciones relacionadas con el acceso al agua potable, la salud pública, el ambiente sano y la prestación adecuada del servicio. También había dispuesto que el expediente pasara a los juzgados federales de La Plata.

AySA apeló la cautelar luego de que fuera rechazado un pedido de reposición. Por su parte, Lorenzino cuestionó el traslado de la causa al fuero federal y sostuvo que el expediente debía permanecer en la Justicia provincial.

La Sala II rechazó el planteo de AySA y confirmó la cautelar en toda su extensión. De esta manera, mientras no exista una resolución sobre el fondo de la cuestión, la empresa no podrá avanzar con modificaciones que impliquen un retroceso en sus obligaciones de servicio.

Fundamentos de los jueces

Los jueces fundamentaron su decisión en el derecho humano al agua, los principios precautorio y preventivo en materia ambiental y la doctrina "in dubio pro natura" utilizada por la Corte Suprema.

Según este criterio, ante una duda sobre el impacto ambiental de una medida, debe optarse por la alternativa que genere un menor perjuicio.

Para el tribunal, un eventual deterioro de las garantías vinculadas con la prestación del servicio podría provocar daños de muy difícil o imposible reparación posterior, razón por la cual consideró necesario mantener vigente la cautelar mientras continúa el litigio.

En paralelo, la Cámara confirmó que el expediente deberá tramitar en la Justicia federal. El argumento central es que la discusión requiere interpretar y aplicar el marco regulatorio nacional del servicio y que AySA posee una participación estatal mayoritaria, con el 90% de su capital en manos del Estado nacional.

La resolución no anula el proceso de privatización de AySA, pero limita la aplicación del nuevo contrato de concesión de mayo de 2026 en aquellos aspectos que puedan reducir las garantías actuales del servicio para los usuarios.

De este modo, quedó frenada la posibilidad de que el futuro operador preste el servicio bajo estándares inferiores a los vigentes. La discusión sobre el fondo de la cuestión continuará ahora en el fuero federal, ante un juzgado que todavía debe ser sorteado en la Cámara Federal de La Plata.