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Gobierno envió al Congreso una nueva ley de blanqueo para conseguir más dólares

El proyecto forma parte del acuerdo que, desde el año pasado, viene trabajando el equipo de Sergio Massa con Estados Unidos.

El Gobierno nacional envió al Congreso un proyecto de blanqueo de capitales que estará dirigido a personas físicas, sucesiones indivisas y empresas, según anticiparon fuentes oficiales. Tendrán alícuotas de pago de un impuesto especial de entre 5 y 20% y será mayor en caso de que los bienes declarados no se repatrien.

En caso de ser aprobada, la normativa permite exteriorizar tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior, activos financieros, bienes inmuebles, bienes muebles y demás bienes en el país y/o en el exterior, incluyendo créditos.

La iniciativa de blanqueo ya había circulado como posibilidad para el Poder Ejecutivo mientras negociaba con los Estados Unidos un acuerdo de intercambio de información fiscal.

El proyecto prevé la creación del régimen especial "Declaración Voluntaria del Ahorro Argentino no Exteriorizado". Estarán alcanzados sujetos alcanzados personas humanas, sucesiones indivisas y empresas, sujetos comprendidos en el artículo 53 de la Ley de Impuesto a las Ganancias.

Las alícuotas aplicables para la exteriorización de los bienes del país y del exterior cuando exista repatriación aplicable sobre el monto exteriorizado al tipo de cambio del Banco Nación.

Los porcentajes serán: 5%, desde la entrada en vigencia y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos; 10%, para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos; 20%, para los bienes declarados desde el vencimiento del plazo del punto anterior y hasta transcurrido el plazo de 120 días corridos.

En ese sentido, fuentes oficiales informaron que las alícuotas se incrementan para la exteriorización de los bienes del exterior cuando no exista repatriación.

"Se entenderá por repatriación de bienes cuando el monto ingresado al país en concepto de tenencia en moneda extranjera y los importes generados por los activos financieros representen como mínimo un porcentaje a determinar por la reglamentación del valor total de los bienes en el exterior que se declaren; el que no podrá ser inferior al 10%", anticiparon.

Por otra parte, la iniciativa buscará crear un régimen simplificado que tendrá una alícuota especial del 1,5% aplicable a personas humanas que exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera y el monto no supere el 35% de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta 50 mil dólares.

"Para acceder al régimen simplificado, la declaración voluntaria de la tenencia de moneda nacional o de moneda extranjera requerirá la confección de una declaración jurada meramente informativa que dé cuenta del monto exteriorizado", explicaron desde el Ministerio de Economía.

"Quedan excluidos únicamente del Régimen Simplificado aquellos contribuyentes alcanzados por el Aporte Solidario, se excluyen contribuyentes de alta capacidad contributiva", aclararon, en referencia a quienes ingresaron al impuesto a la riqueza.

Entre los beneficios que incluirá el proyecto de ley enviado al parlamento, Economía informó que no se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados y se libera a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiario, penal aduanero e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.

Quienes ingresen al blanqueo quedarán liberados de los siguientes impuestos que hubieran omitido declarar: Ganancias, Impuestos Internos, IVA, Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

Habrá un capítulo específico que determinará exclusiones para funcionarios públicos y sus familiares directos. "Quedan excluidos los sujetos que entre el 1° de enero de 2010 y la vigencia de la presente ley hubieran desempeñado funciones públicas y, también, sus cónyuges, los convivientes, los padres y los hijos", apuntaron desde el Poder Ejecutivo.

"Además, se excluyen a aquellos sujetos declarados en estado de quiebra sin posibilidad de continuar con la explotación, como así también a los sujetos condenados por delitos frente a incumplimiento tributarios en la medida que exista sentencia firme y que la condena no estuviera cumplida", continuaron.

La AFIP, además, intensificará la tarea para el rastreo de bienes que están fuera del radar del fisco, de ciudadanos argentinos en el exterior. En ese sentido, se establecerá "un acuerdo de colaboración para que la AFIP obtenga información y pueda localizar y detectar bienes no declarados tanto en el país como en el exterior".

El proyecto de exteriorización de bienes fue una iniciativa que se analizó en paralelo a las negociaciones para un acuerdo de intercambio de información fiscal con los Estados Unidos, que fueron completadas a fines del año pasado y que comenzaron formalmente a regir desde enero de este año.

Ese convenio le permitirá al Estado nacional contar con datos de ciudadanos argentinos con cuentas en ese país a partir de septiembre del año próximo.

El acuerdo estipula que "la información de este Acuerdo se intercambiará a más tardar nueve meses después del final del año calendario al que se refiere la información o el próximo 30 de septiembre después de que entre en vigor la obligación de la Parte de intercambiar información conforme al Artículo 2".

De esa manera, la primera oleada de información masiva llegaría al fisco argentino en septiembre de 2024, con fecha de corte en septiembre de este año.

El proyecto del Ministro Massa para blanquear dólares, pesos, inmuebles y hasta Bitcoin

Difundimos en esta nota el texto completo del anteproyecto de blanqueo de Economía para dólares, activos, criptomonedas e inmuebles que el ministro enviará al Congreso. Crea un monoblanqueo y un colaborador que si buchonea a otros recibirá un premio.

El Ministerio de Economía dejó trascender un "anteproyecto" de una Ley de Exterorización del ahorro argentino, un concepto muy amplio que incluye dólares, activos financieros, inmuebles e incluso la criptomoneda más importante del mundo: Bitcoin.

La iniciativa del Ministro de Economía, Sergio Massa, otorga un impuesto especial muy beneficioso a quien decida sacar dólares de su colchón dentro del país o quien repatríe la moneda verde que tenga en el exterior.

También crea un "monoblanqueo" para la exteriorización de hasta 50.000 dólares, y prevé beneficios para cumplidores, aunque no los establece claramente, sino que los deja en manos de AFIP, punto este último que ha sido pedido por la oposición.

En el mismo proyecto se incluye una modificación del Régimen Penal Tributario, para crear la figura de un "colaborador", es decir, un premio a los "buchones", quienes cobrarán una recompensa por denunciar casos de evasión.

Quién puede blanquear

El blanqueo de dólares, pesos en negro, acciones, Bitcoin, inmuebles, muebles y demás bienes, incluyendo créditos, deben ser preexistentes a la fecha de vigencia de la ley y el plazo será de 270 días corridos.

Las personas humanas son quienes pueden acogerse al blanqueo, sin embargo, prevé las tres siguientes excepciones:

El titular puede exteriorizar bienes a nombre de su cónyuge o hijos.

Si declaran bienes en negro las empresas o fideicomisos, de esta forma liberan de impuestos y sanciones a los socios.

La declaración de la persona humana libera a las sociedades unipersonales de las que sea titular.

Cómo es el blanqueo de dólares

1. Efectivo en dólares o en pesos en el país: el producido deberá depositarse en una "Cuenta Ahorro Argentino", que instrumentará el Banco Central.

En el caso de tenencias de dólares en el exterior, se deberá certificar su depósito en un banco extranjero o en un agente de bolsa autorizado.

2. Activos financieros: mediante su depósito en entidades bancarias o de custodia que establezca la reglamentación, tanto para el país como para conservarlos en el exterior.

3. Criptomonedas: se deberá presentar una declaración jurada para individualizarlas.

Diferencias en el impuesto especial de blanqueo

Para quienes depositen bienes en el país o repatríen dólares del exterior, el monto del impuesto especial se incrementa cada 90 días desde 2,5% hasta 7,5%.

Para quienes prefieran preservar sus bienes en el exterior o tengan inmuebles, los montos van desde 5% hasta 15%.

Para la valuación de divisas extranjeras, se aplicará el tipo de cambio comprador del Banco Nación.

De qué impuestos y sanciones libera el blanqueo al ciudadano

1. Tasas de Ganancias por incremento patrimonial no justificado.

2. Toda acción civil, comercial, penal tributaria, penal cambiaria y sanciones administrativas.

3. Impuesto a las Ganancias a las salidas no documentadas.

4. Impuesto a las Ganancias por las ganancias no declaradas.

5. Impuestos internos e IVA.

6. Impuesto sobre los Bienes Personales y contribución de las cooperativas.

En caso de que la exteriorización de bienes en negro se demuestre incompleta, se caen todos los beneficios y renacen las sanciones.

¿Qué pasa con las cuentas en paraísos fiscales?

En esta ocasión, no se pide la condición de que los dólares estén depositados en territorios o países no catalogados como paraísos fiscales o no cooperantes en materia impositiva.

El Gobierno envió al Congreso nueva ley de blanqueo de capitales en el exterior

El proyecto se llama: "Declaración voluntaria del ahorro argentino no exteriorizada", es decir, un blanqueo de capitales para acompañar la puesta en marcha del acuerdo IGA 1 con Estados Unidos, en el marco de la ley Fatca.

El proyecto de Ley de blanqueo de capitales será una de las prioridades en las 7 iniciativas económicas que podrían incluirse en el listado.

A partir de la puesta en marcha del acuerdo automático de intercambio de información tributaria con Estados Unidos, el Ministerio de Economía, que encabeza Sergio Massa, busca por un lado seducir con alícuotas bajas para que los evasores ingresen.

Mientras espera recibir los datos a nivel masivo, que llegarán en 2024, va en busca de las "cuentas espejo" a través de grupos de contribuyentes.

Las alícuotas van entre el 2,5%, el 5% y el 7,5%, según el momento en que se blanquee, tal como figura en el borrador del proyecto de ley.

Estas fechas seguramente sea modificadas, dado que la primera alícuota del 2,5% estaba prevista inicialmente hasta el 31 de marzo. Por más que estos penalidades se dupliquen para los casos en los que los bienes se mantengan en el exterior, no necesariamente va a significar repatriación.