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Caso Libra: declararon la incompetencia de Servini y la causa pasará a otro juez

La decisión tiene como principal fundamento la unificación de la mencionada causa con otra que también apunta contra Karina Milei.

El Juez Federal Ariel Lijo, subrogante en la Causa Libra, declaró la incompetencia de María Servini.

Remitió la investigación al juzgado de Marcelo Martínez de Giorgi para unificarla con otra causa que tiene como acusada a Karina Milei, Secretaria General de la Presidencia. 

En sus alegatos, Lijo indicó que "existe una mancomunidad probatoria y de personas imputadas" entre ambos expedientes, por lo que determinó que tramiten juntos bajo la supervisión de Martínez de Giorgi y del Fiscal Federal Eduardo Taiano.

La investigación contra Karina Milei apunta al presunto cobro de coimas y negociaciones incompatibles con los deberes de funcionario público, relacionadas con la supuesta estafa tras la promoción de la criptomoneda Libra realizada por el Presidente Javier Milei en redes.

Además, explicó que la decisión se tomó considerando "las medidas de prueba que fue desarrollando el fiscal federal" y que la unificación busca "lograr una mejor administración de justicia".

Este cambio marca el segundo traslado del caso Libra, que anteriormente había pasado del juzgado de Sandra Arroyo Salgado al de María Servini.

Taiano ordenó peritar los celulares de Mauricio Novelli, trader implicado, y de Sergio Morales, exasesor de la Comisión Nacional de Valores, para determinar qué mensajes y llamadas intercambiaron con Javier y Karina Milei, así como con otros investigados.

La medida tiene como objetivo identificar comunicaciones vinculadas al lanzamiento y difusión del activo digital creado por Hayden Davis, que el presidente difundió en febrero y que alcanzó un pico antes de desplomarse.

La Justicia congeló U$S57.000.000 vinculados a Libra

Fue por disposición de la Jueza María Servini, a pedido de uno de los damnificados y querellante en el caso.

La plataforma Circle, a pedido de la Justicia argentina congeló U$S57.000.000 vinculados a Libra, la cripto que fue promocionada por el Presidente Javier Milei a través de su cuenta de X y que está bajo investigación.

Este miércoles se conoció que por disposición de la Jueza María Servini, Circle congeló la stablecoin USDC de dos billeteras asociadas a Hayden Davis, el criptoempresario que creó la moneda denunciada a nivel local e internacional.

Lo ordenó la justicia a pedido de uno de los damnificados y querellante en el caso, Martín Romeo, que confirmó la noticia en su cuenta de X.

"Estan congelados los fondos. Hecho por CIRCLE quien es el emisor de USDC a continuación te dejo el link de la blockchain y un screenshot. 'STATUS: Frozen' Saludos anonimo!", escribió Romeo en su cuenta de X.

Rechazaron otro intento de Macri por frenar el entrecruzamiento de llamadas

La Jueza Servini volvió a desoír un planteo de la defensa del expresidente en la causa que investiga presiones contra directivos del Grupo Indalo. 

La Jueza federal María Romilda Servini volvió a rechazar un planteo formulado por la defensa del expresidente Mauricio Macri en contra de la orden con la que la magistrada dispuso el entrecruzamiento de llamadas del exmandatario con distintos exfuncionarios y miembros de su entorno político en el marco de la causa en la que se investigan supuestas presiones contra los directivos del Grupo Indalo.

La jueza remitió, además, copias de la última presentación realizada por el abogado Pablo Lanusse, defensor de Macri en este expediente, al Colegio Público de Abogado de la Capital Federal para que se evalúe su conducta y ese organismo pueda evaluar el tono de sus manifestaciones, dado que el letrado acusó a la jueza de "inclinar la cancha" a favor de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner.

Servini dijo que "las expresiones y descalificativos vertidos por el Dr. Pablo Jorge Lanusse no pueden pasar inadvertidos porque agravian la Magistratura", más allá que "uno pueda coincidir o no con las decisiones adoptadas en los procesos judiciales", porque para eso "tiene acceso a las herramientas procesales".

La jueza citó como ejemplo de este mal proceder que el abogado haya cuestionado "la fecha y hora en que se implanta una firma electrónica y que haya dicho que "las resoluciones o decisiones le causan náuseas y que resultan funcionales, acomodaticias y motivadas a/en los intereses de personas ajenas al expediente".

Dio como ejemplo que haya copiado publicaciones que hiciera "la actual Vicepresidenta de la Nación en la red social Twitter" que, dijo, "nada tiene que ver con la causa" y "exceden el trato y decoro que todo letrado debe guardar durante el ejercicio de su profesión".

La presentación de la defensa de Macri era una apelación contra la decisión de la jueza de ordenar reanudar el entrecruzamiento de llamadas del expresidente y personas de su entorno, entre enero de 2016 y agosto de 2019, tras considerar que aún no está firme el fallo de la Cámara Federal porteña que le indicó acotar el alcance de la medida.

Al responder el planteo, la jueza Servini sostuvo que en su decisión no existe ninguna situación de "desobediencia" porque la Cámara federal porteña, en tanto tribunal superior, "no emitió orden alguna, sino que encomendó un curso de acción en relación a la diligencia probatoria".

"A poco que se repasa el fallo, los Sres. Jueces no sólo reconocieron el carácter discrecional de la medida de prueba dispuesta el 06 de julio de 2020, además validaron su utilidad y pertinencia a los fines del proceso, eso sí, limitaron su período temporal, aunque no de una manera precisa, sino sólo señalando que debería circunscribirse a los a los momentos relevantes según la hipótesis fijada en el caso", enfatizó la jueza en el fallo al que tuvo acceso Télam.

En relación a las acusaciones de la defensa de Macri, que sostuvo que la jueza actuaba en favor de los intereses del abogado Carlos Beraldi, Servini sostuvo que en el "expediente se encuentra asegurada la igualdad" ya que "todas tuvieron garantizadas las mismas facultades para influir sobre la reconstrucción fáctica".

Sobre la medida reanudada, la magistrada remarcó que “nadie ha divulgado información que pueda considerarse privada, más aun, los registros de comunicaciones son registros que existen en poder de empresas privadas y que por lo tanto tienen un grado de publicidad relativa ciertamente inconsistente con el reclamado secreto de Estado que parece introducirse de las expresiones de las partes”.

Las partes "siguen discutiendo respecto de una medida de prueba que ha sido ordenada de acuerdo con el principio de legalidad, necesidad, idoneidad y proporcionalidad; que ha sido controlada por la Cámara de Apelaciones quien ha avalado su realización y sólo ha restringido su divulgación a las partes en lo atinente a la hipótesis de investigación aquí ventilada", enfatizó.

Finalmente, la magistrada sostuvo que "los recursos de apelación se encuentran dirigidos contra una decisión inapelable y tampoco se observa la existencia de un gravamen irreparable", por lo cual decidió no concederlos "en tanto son una reedición más grandilocuente de los planteos ya resueltos por la suscripta y por la Cámara de Apelaciones".

Servini había ordenado la prueba, por primera vez, el 6 de julio pasado cuando dispuso un entrecruzamiento de llamados entre Macri, el abogado Fabián Rodríguez Simón, el ex jefe de asesores de la presidencia José Torello y los extitulares de la AFIP Alberto Abad y Leandro Cuccioli, entre otros, para establecer si se comunicaron en las fechas en que los denunciantes Fabián De Sousa y Cristóbal López afirmaron haber recibido presiones o advertencias de dictado de medidas contra el Grupo Indalo.

Revocaron la orden de la Jueza Servini para acceder a las llamadas de Macri

Fue decisión de la la Sala II de la Cámara Federal, integrada por Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia.

La Cámara Federal revocó una orden de la Jueza María Servini para acceder al registro de las llamadas del expresidente Mauricio Macri durante su gestión, en una causa donde se investiga una denuncia de Fabián de Sousa, que acusó al Gobierno de Cambiemos de haberlo extorsionado para que entregara las empresas que comparte con Cristóbal López.

El fallo es de la Sala II de la Cámara Federal, integrada por Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia, que hizo lugar a tres recursos de queja de las defensas de Mauricio Macri, Fabián Rodríguez Simon y José Torello.

Los jueces decidieron revocar la orden de la jueza Servini, que había mandado a revelar y remitir todas "las llamadas realizadas y celdas activadas entre el 1 de enero de 2016 y 31 de agosto de 2019 por Macri y por otros funcionarios de alto rango del Poder Ejecutivo".

La Sala hizo notar su jurisprudencia propia, la de la Corte Suprema y la de la Corte Interamericana exige que "las pruebas ordenadas en el juicio penal se atengan a pautas de necesidad, razonabilidad y proporcionalidad".

Según los camaristas, la orden de la jueza "excede los límites que razonablemente permite el objeto impuesto por las pretensiones de las partes acusadoras". A juicio de la Cámara hubo una "extralimitación" que afecta "derechos individuales y esferas de actuación ajenas a la incumbencia jurisdiccional, de sus auxiliares o de las partes".

La Sala subrayó que lo resuelto no pone en duda las medida de prueba, que son asunto de la jueza. Por eso, la decisión implica únicamente que ella tiene que volver a expedirse limitando "los alcances de las medidas de prueba a los espacios de tiempo que se ciñan estrictamente a los momentos -a su modo de ver- relevantes según la hipótesis fijada en el caso".

También se encomendó que "se deberá asegurar allí que, ni bien se produzcan los primeros resultados de las diligencias:elaboración de los listados de llamados de los abonados individualizados, esa información sea recibida únicamente por el juzgado, para que la directora del proceso esté en condiciones de determinar cuáles datos son ajenos al legajo, imponiendo su eliminación, y cuáles sí pueden ser destinados a la actividad de los auxiliares de la justicia y al conocimiento de todas las partes legitimadas".