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Vialidad: los Jueces Hornos y Borinsky rechazaron la apelación de Cristina Kirchner

Declararon "inadmisible" una apelación que había presentado la defensa de la vicepresidenta, quien insiste en apartarlos de la revisión de la condena a 6 años de prisión e inhabilitación perpetua.

Los Jueces de la Cámara Federal de Casación Penal Gustavo Hornos y Mariano Borinsky declararon "inadmisible" la apelación de la Vicepresidenta, Cristina Kirchner, contra el rechazo de las recusaciones de los propios magistrados Hornos y Borinsky.

La defensa de Cristina Kirchner, a través de los abogados Alberto Beraldi y Ary Llernovoy, había planteado una "casación horizontal" insistiendo en el apartamiento por temor de parcialidad de Hornos y Borinsky en la revisión de la condena por la Causa Vialidad.

"Casación horizontal" significa que otros jueces del mismo tribunal revisen la decisión que tomaron sus pares, en este caso Hornos y Borinsky, quienes habían rechazado la recusación contra ellos mismos.

La defensa de la vicepresidenta había pedido el apartamiento de ambos, y después de que ellos mismos lo rechazaran, plantearon que esa decisión fuera revisada por otros magistrados de la misma jerarquía, como una garantía de imparcialidad en la decisión.

"La decisión que pretende impugnar la defensa mediante la vía del recurso de casación se trata de una resolución mediante la cual se rechazó in limine una recusación", enunció el fallo.

"En ese marco no se advierte, ni la parte presentante ha logrado demostrar, que el caso guarde alguna analogía con los supuestos en los que el Máximo Tribunal dispuso que debían excepcionarse las reglas de competencia establecidas para esta Cámara Federal de Casación Penal por la ley y habilitar el excepcional remedio que pretende la defensa", añadieron los jueces.

"En tales circunstancias se presenta claramente inaplicable el medio impugnatorio intentado. En estos términos corresponde declarar inadmisible el recurso de casación", resumieron.

De tal forma, ambos jueces se auto ratificaron como integrantes del tribunal que deberá revisar las condenas por la Causa Vialidad.

Causa Vialidad: los Jueces Hornos y Borinsky rechazaron las recusaciones de Cristina Kirchner

Consideraron que lo expuesto por la defensa "no puede erigirse como causal para el apartamiento del juez, ya que no constituye per se prejuzgamiento". 

Los Jueces de la Cámara Federal de Casación Gustavo Hornos y Mariano Borinsky rechazaron las recusaciones que había presentado la defensa de la vicepresidenta, Cristina Fernández de Kirchner, para su intervención en la revisión de la condena por la denominada Causa Vialidad.

Los abogados Alberto Beraldi y Ary Llernovoy recusaron a los jueces argumentando que ya habían intervenido previamente en otras instancias del mismo expediente y ello los inhabilitaba para la revisión de la condena.

Pero los propios reguladores resolvieron que la defensa de la vicepresidenta “no ha logrado demostrar, ni se advierte, que esas intervenciones anteriores de esta Sala IV en el proceso –relativas a la admisibilidad del recurso de casación- le permita albergar algún temor fundado de falta de imparcialidad objetiva”.

“La circunstancia de haber intervenido en un proceso, en el marco del ejercicio de nuestras funciones, que nos imponen el deber de decidir sobre el tema traído a conocimiento, así como fue planteada por la defensa, no puede erigirse como causal para el apartamiento del juez, ya que no constituye per se prejuzgamiento”, insistieron.

La defensa de Cristina Kirchner sostiene que como ya intervinieron anteriormente, fallando en contra de los pedidos de la vicepresidenta, ello implica que ya tomaron postura respecto de su responsabilidad y, en consecuencia, no son parciales a la hora de revisar la condena.

Hornos y Borinsky refutaron que “las distintas resoluciones citadas por la defensa –que motivan su recusación- se advierte que en todas ellas esta Sala declaró inadmisibles los recursos de casación o no hizo lugar a las distintas quejas”.

Ello, según los jueces, no implica haber tomado postura sobre los hechos investigados, pues “la intervención estuvo ceñida a la admisibilidad formal del recurso de casación”.

“Corresponde el rechazo in limine de la recusación por improcedente, cuando se funda en la mera intervención de los magistrados en pronunciamientos anteriores propios de sus funciones legales”, resumió el fallo.

Hornos y Borinsky aceptaron, en cambio, la excusación formulada por el juez Javier Carbajo, quien de esa manera no integrará el tribunal que revisará la condena contra Cristina Kirchner.

Aclaran que los detenidos por delitos graves están excluidos de la prisión domiciliaria

Así lo explicó, en base a una acordada de la Justicia, el Juez de la Cámara de Casación Penal, Mariano Borinsky.

El Juez de la Cámara Federal de Casación Penal, Mariano Borinsky, sostuvo que las prisiones domiciliarias en el contexto de la pandemia por coronavirus "no se van a decidir sin antes escuchar a la víctima" y aclaró que la acordada de la justicia federal al respecto señala "expresamente que se excluye" del beneficio a detenidos por delitos violentos, graves, de violencia de género y contra la integridad sexual.

Ante el debate por el otorgamiento de prisiones domiciliarias a presos en distintos penales del país por cuestiones sanitarias vinculadas al riesgo de contagio masivo de coronavirus, Borinsky remarcó hoy que la acordada que dictó la Cámara de Casación para los casos de los detenidos en el sistema penitenciario federal "señala expresamente que la prisión domiciliaria es para casos no graves".

En ese sentido, el magistrado, en declaraciones a la señal Todo Noticias, dijo que "no hay una norma general y que cada juez estudia el caso y resuelve la situación ante cada pedido, siendo el mismo juez el más interesado en que se cumpla la condena que dictó con anterioridad".

Además precisó que "en el último mes, en la Cámara ingresaron 600 pedidos y solo 6 personas fueron autorizadas a la prisión domiciliaria, lo que sería el 1%" y aclaró que "en total, fueron autorizados unos 200 detenidos en todo el país”.

Otro de los puntos que aclaró el juez federal fue que “la medida es una decisión extraordinaria que solo durará hasta que se termine la pandemia del Covid-19”.

Entre los requisitos que deben cumplir los detenidos por la justicia federal es que hayan cometido "delitos no violentos; que tengan penas inferiores a los 3 años; que no sean reincidentes; sean mujeres embarazadas; personas que están en situación de peligro; o presos que les falta menos de 2 meses para concluir con su condena", precisó.

También están excluidos de recibir la prisión domiciliaria aquellos que han sido detenidos por reiteradas violaciones a la cuarentena.

En cifras, Borinsky señaló que en el caso de la justicia federal "hay 14 mil personas detenidas en el servicio penitenciario con delitos de narcotráfico, secuestros extorsivos, lesa humanidad y delitos de funcionario público; esos son los casos que están bajo la competencia de la Cámara de Casación Penal en todo el país".

"El Servicio Penitenciario Federal realizó un informe en el que afirma que 1.280 detenidos están en condiciones de recibir la prisión domiciliaria por tener algún tipo de riesgo de salud al contraer Covid-19", explicó y distinguió: "De esas 1.280 personas, hay que separar a los que cometieron delitos graves y también a aquellos que ya hayan violado la cuarentena".