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Un informe reveló una nueva caída del consumo privado en marzo

El trimestre cerró con un retroceso del 2%.

El consumo privado registró una baja interanual del 2,6% en marzo de 2026, cifra que indica que el nivel de gasto de los hogares se mantiene por debajo de los valores registrados en el mismo mes del año anterior.

No obstante si se medida con relación a febrero, el indicador mostró un incremento del 0,7%. En tanto, el trimestre cerró con una contracción de 2%.

Los datos corresponden al Índice de consumo privado, elaborado por la Facultad de Negocios de la Universidad de Palermo.

Este indicador utiliza un modelo de "regresión lineal múltiple" basado en diversos indicadores económicos de frecuencia mensual para anticipar las cifras oficiales del Indec.

El Gobierno aseguró que actualmente la economía está en récord de consumo.

Una familia tipo necesitó más de $1.400.000 en marzo para no quedar bajo la línea de pobreza

Por su parte, un adulto necesitó $464.228 para no ser considerado en situación de pobreza.

Un hogar de cuatro integrantes necesitó $1.434.464 para superar el umbral de pobreza y $658.011 para no ser indigente, en marzo de 2026, informó el Instituto Nacional de Estadísticas y Censo.

La variación mensual de la Canasta Básica Alimentaria fue de 2,2% mientras que la de la Canasta Básica Total fue de 2,6%.

La Canasta Básica Alimentaria y la Canasta Básica Total registraron variaciones interanuales de 32,8% y de 30,4%, respectivamente.

Esta cifra representó una variación interanual del 32,8% en el caso de la Canasta Básica Alimentaria, y de 30,4% teniendo en cuenta la Canasta Básica Total.

Por su parte, para un adulto, la Canasta Básica Total se ubicó en $464.228 para no ser pobre y $212.949 para no quedar bajo la línea de indigencia.

Caputo aseguró que la inflación de marzo será mayor a 3% y proyectó una desaceleración a partir de abril

El ministro de Economía participó de un evento en la Bolsa de Comercio de Rosario y adelantó lo que espera sobre la cifra que publicará este martes el Indec.

En la Bolsa de Comercio de Rosario, el Ministro de Economía, Luis Caputo, abordó el escenario económico actual del país y anticipó que la inflación de marzo superará el 3%.

Frente a un auditorio compuesto por empresarios y representantes del sector financiero, expuso una serie de conceptos sobre la situación macroeconómica, la confianza del equipo económico y el rumbo que impulsa la administración encabezada por el presidente.

Respecto al dato de inflación de marzo que mañana va a publicar el Instituto Nacional de Estadística y Censos, Caputo señaló: "Seguramente será arriba del 3%".

"Porque hubo un shock que evidentemente tuvo un impacto obvio en todo lo que está relacionado con el petróleo, desde pasajes de avión de cabotaje hasta de transporte; hay temas como la educación, que en marzo tiene su estacionalidad", explicó.

"A partir de abril, se viene un proceso de desinflación y crecimiento, se vienen los mejores meses", aseguró.

La afirmación se produjo horas antes de la publicación oficial del Índice de Precios al Consumidor, que tendrá lugar el martes 14 de abril a las 16 horas.

Además, el ministro se prepara para viajar a Washington D.C., Estados Unidos, para participar de las reuniones de primavera del Fondo Monetario Internacional y el Banco Mundial.

En cuanto al pronóstico del titular del Palacio de Hacienda, se trata de un dato que coincide con las proyecciones de las consultoras que consideran que la inflación se va a ubicar entre 2,7% y 3,5% en marzo.

El patentamiento de motos creció 55% y superó las 79.000 unidades en marzo

Impulsado por el delivery, el crédito accesible y el cambio en los hábitos de movilidad, el patentamiento de motos marcó un récord histórico en marzo y consolida un nuevo perfil de consumo en el país.

El mercado de motovehículos en Argentina atraviesa un momento histórico. En marzo se patentaron más de 79.000 unidades, lo que representa un crecimiento cercano al 55% y el mejor registro desde que existen estadísticas.

Detrás de este salto aparece una combinación de factores económicos y sociales que modificaron la forma de moverse y trabajar en las ciudades.

El vicepresidente de la cámara de fabricantes, Lino Stefano, explicó que "es el mes donde más motos se patentaron desde que tenemos registros", y remarcó que el fenómeno no responde a una sola causa.

Entre los principales motores aparece el crecimiento del trabajo en aplicaciones y servicios de reparto, que incorporaron miles de unidades en los últimos meses.

Pero también hubo un cambio clave en las condiciones de compra.

"La financiación fue determinante", señaló, al destacar que hoy existen planes en cuotas sin interés o con costos absorbidos por las propias empresas, algo que vuelve mucho más accesible el ingreso a este tipo de vehículos.

A eso se suma una baja en los precios por mayor competencia en el mercado.

El perfil de lo que más se vende también explica el fenómeno. Se trata, principalmente, de motos de baja cilindrada pensadas para el uso urbano, que concentran cerca del 60% de las operaciones.

Son unidades económicas, funcionales y adaptadas a recorridos cortos, que reemplazaron a los viejos ciclomotores.

Otro punto que gana peso es el cambio en los hábitos de movilidad. Frente al aumento del transporte público, cada vez más personas evalúan que pagar una cuota por una moto puede ser incluso más conveniente que afrontar el gasto diario en colectivos.

En ese contexto, la moto deja de ser un lujo y pasa a ser una herramienta.

El crecimiento, además, es bastante homogéneo en el país, con mayor concentración en grandes centros urbanos.

La provincia de Buenos Aires lidera las ventas, seguida por Santa Fe y Córdoba, aunque el fenómeno se replica en distintas regiones.

Para el sector, el desafío ahora será sostener este nivel de actividad en un contexto económico todavía inestable.

Sin embargo, todo indica que la moto ya se consolidó como una de las grandes protagonistas del nuevo esquema de consumo y movilidad en Argentina.

Bono de Anses para jubilados: cómo funcionará el refuerzo desde el 20 de marzo

La Anses explicó cómo será la modalidad a partir de mediados del tercer mes del año.

La Administración Nacional de la Seguridad Social aplicará desde el 20 de marzo un nuevo esquema de bono variable para jubilados, que se ajustará según el monto del haber que perciba cada beneficiario.

El sistema establece que quienes cobren más que la jubilación mínima recibirán un refuerzo menor, ya que el bono se reducirá progresivamente a medida que el ingreso mensual sea mayor.

Cómo se aplicará el bono de Anses

De acuerdo con el esquema previsto, el refuerzo se irá achicando de manera gradual hasta desaparecer por completo cuando el ingreso del jubilado supere el límite fijado para acceder al beneficio.

En cambio, los jubilados que perciben el haber mínimo seguirán recibiendo el bono completo de $70.000, que se mantiene vigente.

Con este refuerzo, quienes cobran la mínima alcanzarán en marzo un ingreso total de $439.600, cifra que funciona como referencia para determinar quiénes acceden al bono completo y quiénes recibirán un monto menor.

Cuánto es la jubilación mínima en marzo

Con el aumento del 2,88% correspondiente a marzo, calculado en base al índice de inflación informado por el Indec, la jubilación mínima pasó a ubicarse en $369.600.

De esta manera, el esquema de refuerzo busca complementar los ingresos de los jubilados con menores haberes, mientras que para quienes perciben montos más altos el bono se reduce gradualmente hasta dejar de aplicarse.

Empleo doméstico: oficializaron aumento del 3% en los salarios y bonos de hasta $20.000

La actualización salarial para el personal doméstico fue formalizada este jueves.

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares oficializó el aumento del 3%, correspondiente a febrero y marzo, para las remuneraciones horarias y mensuales mínimas del personal que realiza tareas domésticas.

La homologación del primer incremento del año, se dio luego de más de 15 días de haberse alcanzado el acuerdo paritario, mediante la Resolución 2/2026 publicada este jueves en el Boletín Oficial.

La actualización salarial se repartirá en dos tramos, por lo que los sueldos del personal doméstico tendrán una suba del 1,5% en febrero sobre la remuneración vigente y del 1,5% en marzo. Las subas serán remunerativas y se aplicarán de manera acumulativa.

Además, se acordó el pago de bonos extraordinarios durante ambos meses, con montos diferenciados que van desde $8.000 a $20.000 según la carga horaria semanal.

Esta suma pasará a ser remunerativa incorporándose al salario, conforme las distintas categorías.

Los montos del bono según carga horaria a cobrar en febrero y marzo

  • Personal con más de 16 horas semanales: $20.000.
  • Personal con 12 y 16 horas semanales: $11.500.
  • Personal  con hasta 12 horas semanales: $8.000.

Cómo quedaron los salarios con la suba en febrero

  • Supervisores con retiro: $3.953 la hora y $493.250 el mes trabajado.
  • Supervisores sin retiro: $4.317 la hora y $547.807 el mes.
  • Personal para tareas específicas con retiro: $3.751 la hora y $459.265 el mes.
  • Personal para tareas específicas sin retiro: $4.100 la hora y $509.632 el mes.
  • Caseros: $3.546,66 la hora y $448.433 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas con retiro: $3.952 la hora y $448.433 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.546 la hora y $498.106 el mes.
  • Personal para tareas generales con retiro: $3.546 la hora y $404.702 el mes.
  • Personal para tareas generales sin retiro: $3.298 la hora y $448.433 el mes.

Cómo quedaron los salarios con la suba en marzo

  • Supervisores con retiro: $4.013 la hora y $500.649 el mes trabajado.
  • Supervisores sin retiro: $4.382 la hora y $556.024 el mes.
  • Personal para tareas específicas con retiro: $3.807 la hora y $466.154 el mes.
  • Personal para tareas específicas sin retiro: $4.161 la hora y $517.277 el mes.
  • Caseros: $3.599 la hora y $455.160 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas con retiro: $4.012 la hora y $455.160 el mes.
  • Asistencia y cuidado de personas sin retiro: $3.599 la hora y $505.578 el mes.
  • Personal para tareas generales con retiro: $3.599 la hora y $410.773 el mes.
  • Personal para tareas generales sin retiro: $3.348 la hora y $455.160 el mes.

Ayuda Escolar 2026: fijaron piso de $85.000 y se aplicará un refuerzo extraordinario en marzo

A través del Decreto 115/2026, el Poder Ejecutivo dispuso un complemento por única vez para que ningún beneficiario de la Asignación por Ayuda Escolar Anual cobre menos de $85.000 por hijo en el inicio del ciclo lectivo. La medida será instrumentada por el Ministerio de Capital Humano y la Anses.

El Gobierno nacional oficializó la implementación de un refuerzo adicional y excepcional que se abonará junto con la Asignación por Ayuda Escolar Anual en marzo de 2026. La decisión apunta a sostener los ingresos de las familias frente a los gastos que implica el comienzo de clases.

La medida fue establecida mediante el Decreto 115/2026, publicado en el Boletín Oficial, y lleva las firmas del Presidente, Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Según lo dispuesto, el refuerzo consistirá en el pago de la suma necesaria para que cada beneficiario alcance un mínimo de $85.000 por hijo.

En los casos en que el monto habitual de la ayuda escolar sea inferior a esa cifra, el Estado abonará la diferencia correspondiente. Si la prestación ya iguala o supera ese valor, no habrá complemento adicional.

En los considerandos, el Ejecutivo argumentó que, ante el impacto económico del inicio del ciclo lectivo, resulta pertinente otorgar un apoyo extraordinario por única vez, en simultáneo con el pago masivo de la asignación.

La Ayuda Escolar Anual, prevista en la Ley 24.714, se paga cada marzo por cada hijo que asista regularmente a establecimientos de educación inicial, primaria, secundaria o de educación diferencial, tanto de gestión pública como privada con reconocimiento oficial. En el caso de hijos con discapacidad, no rige límite de edad siempre que se acredite la escolaridad.

El objetivo del refuerzo es asegurar que los beneficiarios no perciban una suma inferior a la abonada en marzo de 2025 -definida oportunamente por el Decreto 63/25- y sostener el poder adquisitivo de la prestación en el actual contexto económico.

Quiénes pueden acceder

El beneficio alcanza a:

  • Niños y adolescentes de entre 4 y 17 años inclusive que acrediten condición de alumno regular.
  • Estudiantes que concurran a establecimientos educativos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial.
  • Hijos con discapacidad, sin límite etario, con escolaridad certificada.

La prestación comprende a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, titulares de la AUH, beneficiarios del SIPA, pensiones no contributivas y la Pensión Universal para el Adulto Mayor, entre otros regímenes.

Topes de ingresos vigentes

La Anses mantiene límites de ingresos para determinar el acceso a las asignaciones familiares. Con la actualización de febrero de 2026, los valores máximos son:

  • Tope de Ingreso del Grupo Familiar: $5.292.758.
  • Tope por integrante del grupo familiar: $2.646.379.

Si el grupo familiar supera alguno de estos límites, queda excluido del cobro. No obstante, en el caso de hijos con discapacidad, no se aplican restricciones de ingresos.

El mismo decreto instruye al Ministerio de Capital Humano y a la Anses dictar las normas operativas necesarias para implementar el refuerzo, mientras que la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.

Anses actualizó las asignaciones familiares: cómo quedan los montos desde marzo

A través de la resolución 55/2026, el organismo oficializó los nuevos valores y topes de ingresos para trabajadores, monotributistas, jubilados y beneficiarios de prestaciones sociales. La actualización rige desde marzo y excluye a la Ayuda Escolar, que se fijó por decreto aparte.

La Administración Nacional de la Seguridad Social dispuso una actualización del 2,88% en los límites de ingresos, rangos y montos de las asignaciones familiares a partir de marzo de 2026.

La medida fue formalizada mediante la resolución 55/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a un amplio universo de beneficiarios del sistema de seguridad social.

El incremento impactará en trabajadores en relación de dependencia del sector público nacional y privado, monotributistas, titulares de prestaciones por desempleo y de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino, perceptores de pensiones no contributivas por invalidez y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, así como en quienes cobran la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.

La actualización no incluye la Ayuda Escolar, cuyo esquema fue definido por separado mediante el decreto 115/2026.

El ajuste se aplica en función de la fórmula de movilidad que toma como referencia la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor que publica el Indec.

Además, la normativa ratifica que si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $2.722.595, ese hogar queda excluido del cobro de asignaciones familiares, incluso si el total de ingresos no supera el tope general previsto en los anexos oficiales.

En el caso de la asignación por hijo, para ingresos del grupo familiar de hasta $1.028.268, el monto general pasa a $66.414.

Ese mismo valor se aplica en la Zona 1, mientras que en la Zona 2 asciende a $143.205, en la Zona 3 a $132.638 y en la Zona 4 a $143.205.

Para ingresos entre $1.028.268,01 y $1.508.055, la asignación general es de $44.799; en la Zona 1 se eleva a $59.167, en la Zona 2 a $88.621 y en las Zonas 3 y 4 a $117.851.

Cuando el ingreso familiar se ubica entre $1.508.055,01 y $1.741.100, el monto general es de $27.097, con valores de $53.329 en Zona 1, $80.025 en Zona 2 y $106.497 en Zonas 3 y 4.

Para ingresos entre $1.741.100 y $5.445.190, la asignación general queda en $13.980, mientras que en Zona 1 es de $27.335, en Zona 2 de $40.908 y en Zonas 3 y 4 de $54.128.

En cuanto a la asignación por hijo con discapacidad, para ingresos de hasta $1.028.268 el monto general se fija en $216.240, con $324.042 en Zona 2 y $431.930 en Zonas 3 y 4.

Para el tramo de ingresos entre $1.028.268,01 y $1.508.055, el valor general es de $152.975, que asciende a $208.587 en Zona 1, $312.578 en Zona 2 y $416.634 en Zonas 3 y 4.

A partir de ingresos de $1.508.055,01, el monto general es de $96.547, con diferencias regionales que lo llevan a $200.828 en Zona 1, $300.993 en Zona 2 y $401.206 en Zonas 3 y 4.

La asignación prenatal replicará los mismos valores y escalas que la asignación por hijo, según cada rango de ingreso y zona geográfica.

Por su parte, la asignación por nacimiento se fijó en $77.414 para ingresos familiares de hasta $5.445.190, sin distinción por zona.

La asignación por adopción asciende a $462.845 en todo el país para ese mismo tope de ingresos, mientras que la asignación por matrimonio queda establecida en $115.913, también uniforme en todas las regiones.

Todos estos importes corresponden a los valores vigentes desde marzo de 2026, conforme al cuadro oficial difundido por la Anses.

En paralelo, el organismo confirmó el pago de un nuevo bono de $70.000 para jubilados y pensionados, tras la publicación del decreto 109/2026 en el Boletín Oficial.

El refuerzo se suma a los otorgados desde 2024 con el objetivo de compensar el impacto de la inflación en los ingresos previsionales.

Las disposiciones vigentes mantienen el esquema de ajustes mensuales para los haberes jubilatorios implementado desde julio de 2024, basado en la evolución del índice de precios informado por el Indec.

Gobierno nacional oficializó aumentos para jubilados y pensionados

Los nuevos montos se cobrarán a partir del 1 de marzo, luego de que se aplicará una diferencia del 2,88%.

Luego de que el Indec confirmara que el Índice de Precios al Consumidor tuvo una variación del 2,88% en el último mes, el Gobierno nacional anunció cuáles serán los aumentos que se reflejarán en las jubilaciones y pensiones a partir de marzo.

La actualización fue oficializada en la resolución 38/2026, que fue publicada este viernes a la madrugada en el Boletín Oficial.

Con la aprobación del Director de la Administración Nacional de la Seguridad Social, Fernando Bearzi, se fijó el haber mínimo garantizado en $369.600.

De la misma manera, las autoridades establecieron que el haber máximo que podrán percibir los miembros del sistema previsional será de $2.487.063 desde el 1 de marzo.

En el caso de la base imponible mínima para el cálculo de aportes, se fijó en $124.481, mientras que la máxima alcanzará los $4.045.590.

Asimismo, el monto de la Pensión Universal para el Adulto Mayor será de $295.680 y la Prestación Básica Universal quedará en $169.075.

Por otro lado, el organismo determinó la actualización de las remuneraciones para quienes cesen en la actividad a partir del 28 de febrero de 2026, así como para aquellos que, permaneciendo activos bajo los términos de la ley, soliciten la prestación desde el 1 de marzo de 2026.

Según explicaron, esta actualización se realizaró conforme a los índices aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social y detallados en su Disposición 2/2026.

Asimismo, la Dirección General Diseño de Procesos y Normas de Anses quedó habilitada para emitir las normas y comunicaciones necesarias para llevar adelante estos cambios.

Los aumentos que entrarán en vigencia a partir del mes que viene surgen de la fórmula de movilidad jubilatoria que comenzó a utilizarse a partir de abril de 2024.

De esta manera, se estableció que las prestaciones de jubilaciones, pensiones y asignaciones se actualizarán una vez por mes según la inflación registrada dos meses antes, reemplazando el mecanismo trimestral.

Por este motivo, en el considerando de la norma, el titular de Anses sostuvo que "corresponde establecer los valores del mes de marzo de 2026 correspondientes a las prestaciones y conceptos previsionales, considerando la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a enero de 2026".

La modificación, establecida por el Decreto 274/2024 firmado por Javier Milei, buscará ajustar los ingresos previsionales para reflejar más fielmente la suba de precios y evitar retrasos en los pagos.

Bajo el esquema actual de incrementos mensuales, se registraron subas del 1,9% en octubre, 2,1% en noviembre, 2,3% en diciembre, 2,4% en enero y 2,8% en febrero.

Tras confirmarse que el haber mínimo pasará a $369.600 en marzo, se calcula que, si se oficializa el bono extraordinario de $70.000, el ingreso mínimo de los jubilados alcanzará $439.600.

Además, indicaron que desde enero de 2025 los incrementos comenzarán a aplicarse de forma automática y no requerirán nuevas disposiciones.

De cuánto será el aumento en el resto de las prestaciones sociales

En el caso de las pensiones no contributivas por invalidez o vejez, se calcula que tendrán un monto actualizado que, sumando el refuerzo extraordinario, llegaría a $330.705.

Quienes perciben la pensión destinada a madres de siete hijos recibirán una suma igual a la jubilación mínima, es decir, $369.600,88, que asciende a $439.600 incluyendo el bono adicional.

A partir del mismo incremento, la Asignación Universal por Hijo se ajustará a un total de $132.796,38 por cada hijo, en tanto que la AUH por discapacidad será de $432.415.

Para los beneficiarios de la Asignación por Embarazo para Protección Social, la cifra se fijará en $125.336, con el pago mensual del 80% y el saldo del 20% sujeto a la presentación de documentación exigida.

Dentro del nuevo esquema, la Asignación Familiar por Hijo para beneficiarios en el primer rango también se actualizará y alcanzará un total de $66.401.

Gobierno nacional prorrogó la eliminación de retenciones al acero, aluminio y derivados

La exención de los derechos de exportación para el sector regirá hasta finales de marzo.

El Gobierno nacional postergó por tres meses la eliminación temporal de las retenciones a las exportaciones del acero, aluminio y productos derivados, mediante el Decreto 726/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La normativa fue extendida hasta el 31 de marzo de 2026 la exención del Derecho de Exportación para una serie de productos vinculada al sector industrial del acero y el aluminio, que se exporten a países que aplican a dichas mercaderías un arancel de importación "ad valorem" igual o superior al 45%.

La medida se dispuso a principios de octubre y regía hasta el último día de 2025 pero ahora se extenderá hasta finales de marzo o hasta que se formalice una reducción arancelaria respecto del arancel de importación igual o superior al 45%, lo que ocurra primero.

Al argumentar la quita de retenciones al sector, el Ejecutivo sostuvo en el texto oficial que "la República Argentina cuenta con capacidades productivas relevantes en los sectores de aluminio y acero, los cuales revisten carácter estratégico en la estructura industrial del país, generando volumen de exportaciones, empleo y valor agregado".

Asimismo, recordó que "en los últimos años se han verificado prácticas de diversos países que, mediante la aplicación de aranceles de importación ad valorem de magnitud significativa, tienden a restringir el acceso de los productos de aluminio y acero al comercio internacional, configurando una forma de proteccionismo que afecta de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas".

Con respecto a la prórroga, precisó que es necesaria para "mitigar los efectos adversos sobre el sector exportador argentino como consecuencia de la adopción de las mencionadas medidas de protección al mercado interno de dichos productos efectuada por otros países” ya que "a la fecha subsisten condiciones que afectan de manera directa la competitividad de las exportaciones argentinas de aluminio y acero".

Productos sin retenciones temporalmente

  • Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 milímetros, laminados en caliente, sin chapar ni revestir.
  • Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 milímetros, laminados en frío, sin chapar ni revestir.
  • Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura superior o igual a 600 milímetros, chapados o revestidos.
  • Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 milímetros, sin chapar ni revestir.
  • Laminados planos de hierro o acero sin alear, de anchura inferior a 600 milímetros, chapados o revestidos.
  • Los demás aceros aleados en lingotes o demás formas primarias; productos intermedios de los demás aceros aleados.
  • Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura superior o igual a 600 milímetros.
  • Laminados planos de los demás aceros aleados, de anchura inferior a 600 milímetros.
  • Tubos y perfiles huecos, sin soldadura, sin costura, de hierro o acero.
  • Aluminio en bruto.
  • Barras y perfiles, de aluminio.
  • Alambre de aluminio.
  • Chapas y tiras, de aluminio, de espesor superior a 0,2 milímetros.
  • Hojas y tiras, delgadas, de aluminio, incluso impresas o fijadas sobre papel, cartón, plástico o soportes similares, de espesor inferior o igual a 0,2 milímetros, sin incluir el soporte.