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Capital Humano multó a FATE por no pagar los sueldos y extendió la conciliación obligatoria

Vencía este miércoles y regirá por cinco días más.

El Ministerio de Capital Humano sancionará a la empresa FATE, que anunció su cierre y el despido de más de 900 trabajadores, debido al "incumplimiento de pago a los empleados durante la conciliación obligatoria".

Además, en el marco del conflicto laboral con el Sindicato Único de Trabajadores del Neumático Argentino, la cartera que dirige Sandra Pettovello resolvió prorrogar la instancia conciliatoria con vencimiento el 11 de marzo de 2026, por el período de cinco días.

Esto "con el objetivo de continuar promoviendo el diálogo entre las partes y alcanzar una solución".

En ese marco, se detalló que el Gobierno nacional inició "el sumario correspondiente a la empresa FATE por el incumplimiento de pago de los salarios correspondientes a la segunda quincena de febrero, lo cual constituye una violación de la conciliación obligatoria dictada oportunamente".

River fue sancionado por la FIFA debido a los incidentes ocurridos en el Mundial de Clubes

El Millonario fue multado económicamente y deberá presentar un plan de educación y concientización.

Mientras intenta levantar cabeza en el Torneo Clausura, River recibió una mala noticia desde el ámbito internacional, ya que la FIFA lo sancionó económicamente por diversos incidentes ocurridos durante su participación en el Mundial de Clubes disputado en Estados Unidos.

La multa ascendió a U$S88.000, monto que surge de la acumulación de infracciones cometidas tanto por la hinchada como por integrantes de la delegación Millonaria.

Según el informe oficial del máximo organismo del fútbol, los motivos incluyen cánticos discriminatorios, infracciones reglamentarias y conductas inapropiadas del público durante los encuentros del certamen.

Los reportes mencionan expresamente los cánticos dirigidos al arquero de Monterrey, Esteban Andrada, exjugador de Boca, así como otros insultos xenófobos alusivos al clásico rival.

Además de las expresiones discriminatorias, la FIFA detalló una serie de faltas vinculadas al comportamiento del público de River en las tribunas.

Entre ellas, el ingreso de banderas no autorizadas, el lanzamiento de objetos al campo de juego, el encendido de bengalas de humo y el incumplimiento de las normas de no fumar en los sectores del estadio.

La sanción económica, aunque significativa, podría no ser la única consecuencia para el club de Núñez.

En caso de reincidencia o falta de acciones correctivas, la FIFA podría aplicar sanciones deportivas o disciplinarias más severas, incluyendo la posibilidad de disputar partidos con restricciones de público.

Ante la notificación oficial, la dirigencia de River reconoció los hechos y se comprometió a implementar medidas internas para evitar nuevas sanciones.

El club deberá presentar un plan de educación y concientización destinado a erradicar la discriminación y promover el respeto en los estadios, tal como exige la FIFA en estos casos.

Si bien el pago de la multa resolverá parcialmente el conflicto, el cumplimiento de ese protocolo educativo será clave para que River evite un castigo mayor, como el cierre parcial del estadio Monumental en futuras competencias internacionales.

Ruta del Dinero K: Justicia intimó a Lázaro Báez a pagar una multa de U$S329.000.000

La medida se sustenta en la condena por lavado de activos, ratificada por la Corte Suprema.

Lázaro Báez deberá abonar una multa de más de U$S300.000.000 en el marco de la causa Ruta del Dinero K, en la que fue condenado por lavado de activos.

El Juez federal Néstor Costabel intimó al empresario, dueño de Austral Construcciones, a pagar el equivalente a U$S329.237.200 en un plazo de 10 días.

La sentencia se fundamenta en la condena del 28 de febrero de 2023 de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, ratificada por la Corte Suprema en mayo pasado.

Báez fue sentenciado a 10 años de prisión por blanquear U$S55.000.000 provenientes de evasión fiscal.

La defensa, encabezada por Juan Martín Villanueva, había pedido frenar la ejecución de la multa argumentando que la unificación de las penas de las causas Ruta del Dinero K y Vialidad, que suman 15 años, podría alterar la situación del empresario.

También sostuvo que el monto reclamado, seis veces superior al valor de la operación por la que fue condenado, excede el patrimonio real de Báez.

Costabel rechazó el planteo y le dio 10 días para abonar la multa, advirtiendo que de no hacerlo se avanzaría sobre su patrimonio.

En agosto pasado, el Tribunal Oral Federal N°4 había dispuesto el decomiso de U$S4.000.000 distribuidos entre cuentas en Bahamas y Suiza, además del remate de 56 propiedades pertenecientes a Báez y a su hijo Martín, quien también fue condenado en esta causa.

Un mes antes, el mismo juzgado había unificado en 15 años las penas de Báez por Ruta del Dinero K y Vialidad, mientras cumple prisión en un penal de Santa Cruz.

Dólar MEP y Contado con Liquidación: multa millonaria a agente por no reportar operaciones sospechosas

La Unidad de Información Financiera impuso una sanción de multa que supera los $1.500 millones a una empresa del sector de Mercado de Capitales por no presentar Reportes de Operaciones Sospechosas.

Gobierno le aplicó una multa de 1.523 millones de pesos a un agente de liquidación y compensación y sus socios, en medio de la convulsión cambiaria.

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Ante incumplimientos de las obligaciones previstas en la Ley 25.246, la Unidad de Información Financiera declaró la responsabilidad de Cucchiara y Cia, Agente de Liquidación y Compensación, y sus socios, e impuso una sanción de multa que supera los mil quinientos millones de pesos.

Por no llevar a cabo el debido control y monitoreo que demanda la Ley y exige la UIF sobre las operaciones financieras sospechosas de lavado de activos y financiamiento de terrorismo realizadas por sus clientes, la multa total establecida asciende a $1.523.430.568.

La operatoria que dio origen a la sanción por la ausencia de presentación de Reportes de Operaciones Sospechosas ante la UIF consistió en la realización de transferencias receptoras y emisoras efectuadas por el cliente del Sujeto Obligado, las cuales fueron realizadas sin tener correlación en alguna operación de índole bursátil y con carencia de documentación adecuada que justifique en forma razonable los montos transferidos.

La sanción aplicada se corresponde con la elevada cifra de las transacciones sospechosas de lavado de activos, en dólares y en pesos, que no fueron reportadas ante la UIF por el ALyC, tal como lo demanda la Ley 25.246, sus modificatorias y su reglamentación, las cuales fueron detectadas, analizadas y sancionadas por la labor que ejerce la UIF, junto con la colaboración conjunta de la Comisión Nacional de Valores.

"De esta manera, la UIF aplica una sanción eficaz, proporcional y disuasiva, en línea con los estándares internacionales en la materia", señaló el Gobierno.

Gobierno advirtió que aplicará multas a empresas que no paguen la suma fija

La Ministra de Trabajo Kelly Olmos afirmó que a través de los gremios controlarán que las firmas cumplan la medida. Las entidades empresariales habían cuestionado el bono: "Se hace inviable de afrontar".

El Gobierno salió a responder los cuestionamientos de sectores empresarios contra la decisión del Ministro de Economía, Sergio Massa, de disponer el pago de una suma fija de $60.000 a empleados por el impacto de la inflación y la devaluación.

La Ministra de Trabajo, Raquel Kelly Olmos, consideró que hay actividades que tienen "prejuicios" sobre las medidas de la Casa Rosada y anticipó que habrá multas para los empleadores que no cumplan con la medida.

Las declaraciones de Olmos fueron en respuesta a entidades empresarias como la Unión Industrial Argentina, la Confederación Argentina de la Mediana Empresa y la Cámara Argentina de Comercio y Servicios, que tildaron la medida de "decisión unilateral" y que consideraron que "distorsiona las negociaciones colectivas" de aumentos salariales.

La ministra de Trabajo les respondió a las entidades empresarias que cuestionaron la suma fija: "Lamentablemente, muchos de ellos salen a criticar antes de analizar las medidas, es como un prejuicio establecido, se percibe esa actitud".

Olmos advirtió que habrá sanciones para las empresas que no paguen la suma fija a empleados: "En ese caso tendrán una infracción van a tener que pagarla y, encima, multa".

Llamó a los sindicatos a sumarse a la verificación del cumplimiento de la medida: "Debemos tener el acompañamiento de los gremios para identificar aquellas empresas que no paguen, ahí actúa la fiscalización", en declaraciones a Futuröck FM y Radio Provincia, y aclaró que "el trabajador tiene canales anónimos para la denuncia".

Claves de la suma fija de $60.000 para estatales y privados

El pago de la suma fija de $60.000 que el Ministro de Economía, Sergio Massa, anunció el fin de semana alcanzará tanto a trabajadores del sector público como del sector privado.

  • Serán $60.000 que se pagarán en dos cuotas de $30.000 cada una.
  • Las cuotas se otorgarán en septiembre y octubre.
  • Será una suma no remunerativa y se otorgará por única vez, absorbible por las paritarias.
  • La recibirán los trabajadores que tengan salarios netos, de bolsillo, de hasta $400.000 mensuales.
  • Quienes tengan un sueldo neto de $370.000 recibirán el bono completo.
  • Quienes cobren $380.000 cobrarán $20.000 cada mes.
  • Quienes tengan un salario de $390.000 recibirán $10.000 por cada mes.
  • Quienes reciban esta ayuda no podrán comprar dólar oficial.
  • En el caso de los trabajadores privados el Estado asumirá el costo mediante al pago a cuenta de contribuciones de Micro, 100%, y Pequeñas Empresas, 50%.

La Conmebol multó a Boca con 100.000 dólares por gestos racistas

El estadio Alberto J. Armando no sufrirá cierre, tal como pretendían las autoridades de Corinthians.

La Confederación Sudamericana de fútbol sancionó a Boca Juniors con una multa de 100 mil dólares por gestos racistas.

El gesto sancionado que exhibió uno de sus hinchas fue durante el duelo ante Corinthians de Brasil, en mayo pasado, en partido de la etapa clasificatoria del grupo E de la Copa Libertadores.

El castigo se debe por "gestos discriminatorios" hacia los hinchas paulistas que llegaron hasta la Bombonera para presenciar el partido.

El estadio Alberto J. Armando no sufrirá cierre, tal como pretendían las autoridades de Corinthians, que insistieron con el pedido de clausura al Comité de Disciplina de la Conmebol.

"El fútbol nos acerca, nos hermana, nos enseña valores, y uno de los grandes valores es el respeto al rival. Podemos competir y alentar, pero no podemos permitir la discriminación y mucho menos el racismo", dijo el Presidente Alejandro Domínguez, en la previa del sorteo de los octavos de la Copa Libertadores.

El comunicado de la sanción, dictada por la Conmebol, advirtió que "en caso de reiterarse cualquier infracción a la disciplina deportiva de igual o similar naturaleza, la Comisión Disciplinaria podrá determinar el cierre total o parcial del estadio para su siguiente partido en condición de local".

Boca y Corinthians volverán a enfrentarse este martes en San Pablo, mientras que el 5 de julio lo harán en Buenos Aires, en sendos encuentros de octavos de final de la Copa Libertadores.

Defensa del Consumidor imputó a Mercado Libre y podría pagar multas de hasta $5.000.000

La sanción obedece a que publicitan productos con la posibilidad de abonarlo en cuotas sin interés, cuando en realidad tendrían un precio mayor al del pago de contado.

La Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje en Consumo, perteneciente a la Secretaría de Comercio Interior de la Nación, imputó a la firma Mercado Libre y a otros 16 proveedores que operan en la plataforma e-commerce por "presunta publicidad engañosa".

Desde el organismo explicaron que "la imputación se lleva a cabo porque las mismas publicitan productos para las y los consumidores con la posibilidad de pagarlo en cuotas sin interés cuando en realidad tendrían un precio mayor que en pago al contado".

A partir de una investigación de oficio, el organismo público detectó que muchos productos promocionados con la posibilidad de abonar en cuotas sin interés, tendrían publicaciones gemelas del mismo producto y del mismo proveedor, pero sin la posibilidad de pagar en cuotas sin interés, cuyo valor al contado era menor.

La fiscalización fue realizada en febrero y marzo de 2022, donde se encontraron publicaciones en Mercado Libre en las que se observaban ofertas destacadas con mensajes y expresiones como descubrí un universo de descuentos hasta 40% - hasta 12x sin interés o hasta 50% off y 12x sin interés, entre otras.

El comunicado del organismo explica que "de este modo, se habría inducido a las y los consumidores a la creencia de que se estaba ofreciendo la posibilidad de abonar productos en cuotas sin interés, cuando no sería cierto ya que las publicaciones en cuotas tendrían un precio mayor".

Esta práctica configuraría un presunto incumplimiento a los arts. 4 y 7 de la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, que obligan, respectivamente, a todo proveedor a suministrar en forma cierta, clara y detallada información veraz sobre todo lo relacionado con las condiciones de comercialización de los bienes que provee y sobre las modalidades, condiciones o limitaciones de la oferta que emite.

El derecho a la información implica que la o el consumidor debe ser enterado en forma cierta, detallada y veraz de las características del bien o servicio que se le ofrece, a fin de que pueda decidir en forma libre y razonada si desea acceder a él o no.

Ahora, la empresa tiene cinco días hábiles para efectuar su descargo y en el caso de que efectivamente se acrediten las conductas advertidas, se aplicarán las multas establecidas en la normativa vigente que pueden alcanzar los $5.000.000.

La FIFA multó a la Selección Argentina por mala conducta

La Asociación del Fútbol Argentino deberá pagar más de US$10.000 por un insólito motivo.

La Selección Argentina figura entre los castigados por la Comisión Disciplinaria de la Federación Internacional de Fútbol Asociación​ , que anunció una serie de sanciones impuestas a las distintas Federaciones, por faltas correspondientes al primer trimestre de 2022.

La Albiceleste fue sancionada por demorar el saque inicial en dos partidos frente a Venezuela en La Bombonera y frente a Ecuador en Guayaquil. Esa actitud reglamentariamente se describe como "mala conducta".

Según lo determinó la División Legal y de Cumplimiento de la Federación Internacional de Fútbol Asociación​ ​, la Asociación del Fútbol Argentino deberá pagar dos multas de 5.000 francos suizos, que es igual a US$10.274.

La que recibó el castigo mayor por parte de la entidad madre del fútbol mundial fue Senegal, que deberá abonar US$179.746 y, además, jugar un partido a puertas cerradas, por el lanzamiento de objetos, la utilización de láseres y de bengalas en las tribunas y una pancarta "ofensiva" en el partido ante Egipto por la vuelta del repechaje.

Millonaria multa a entidades molineras por la suba en los precios de la harina

La medida fue publicada en el Boletín Oficial y señala que las empresas son responsables de tomar decisiones que perjudicaron a la cadena y al consumidor.

La Secretaría de Comercio Interior sancionó con multas que oscilan entre $50.000.000 y $150.000.000 a la empresa Molinos Cañuelas, a la Federación Argentina de la Industria Molinera y a la Cámara de Industriales Molineros y a la Asociacion de Pequeñas y Medianas Industrias Molineras de la República Argentina, por tomar decisiones que perjudicaron a la cadena y al consumidor.

La Resolución 322/2022 publicada este martes en el Boletín Oficial, señala que las harineras ejecutaron una práctica horizontal concertada de fijación de precios mínimos e intercambio de información sensible en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo en todo el territorio nacional, con afectación al interés económico general, infringiendo lo dispuesto en el Artículo 1° de la Ley N° 27.442, específicamente en los incisos a) del Artículo 2° y a) del Artículo 3° de dicho plexo normativo.

Desde la secretaría establecieron que estas conductas tenían como objetivo limitar la competencia entre las empresas molineras en el mercado de la molienda de trigo y la comercialización de harina de trigo.

Al mismo tiempo, la resolución señala que la firma Molino Cañuelas no resultó ser un "mero cómplice" del acuerdo impetrado, sino que es quien indujo al mercado a cartelizarse. afirmaron.

Según la investigación, este acuerdo fue suscripto al menos por 107 empresas molineras el día 13 de agosto de 2015 en el Hotel Sheraton. Además, de la investigación se desprendió que se estableció un sistema de sanciones por incumplimiento y que el costo de referencia previsto fue calculado a pedido de la Federación Argentina de la Industria Molinera.

Ante este escenario, la Secretaría de Comercio Interior impuso una multa de $150.000.000 a la firma Molino Cañuelas, $150.000.000 a la Federación Argentina de la Industria Molinera, de $93.974.602 a la Cámara de Industriales Molineros y de $ 51.131.995 a la Asociación Pequeñas y de Medianas Industrias Molineras.

La Justicia ordenó el primer embargo de fondos sobre billeteras virtuales

Lo hizo tras un pedido de Administración Federal de Ingresos Públicos en el caso de un contribuyente moroso que no tenía fondos embargables en cuentas en los bancos.

La Justicia habilitó el primer embargo sobre los activos digitales de un contribuyente moroso, luego de que la Administración Federal de Ingresos Públicos lo pidiera ante la imposibilidad de cobrar la deuda mediante fondos en cuentas bancarias.

La decisión fue adoptada por el Juzgado Federal de la Seguridad Social número 10 tras un pedido de la Administración Federal de Ingresos Públicos para asegurarse cobrar deudas acumuladas por el moroso, pudo saber TN. No trascendió el monto de la deuda hasta el momento.

Los abogados del ente recaudador presentaron ante el juzgado la solicitud a partir de que “el demandado no regularizó ni canceló la deuda ejecutada” a lo que se sumó “el agravante” de que no contaba con fondos en cuentas bancarias tradicionales.

”Téngase por acreditada la constancia de embargo general bancario con resultado negativo. Atento al estado de autos, por la suma reclamada con más el 15% que se presupuesta provisionalmente para responder a intereses y costas, decreto embargo sobre las sumas que la ejecutada tenga que percibir de las firmas individualizadas en el escrito a despacho”, sostiene el fallo que permitió el embargo sobre los activos digitales.

Por qué se pide embargos sobre las billeteras virtuales

Los embargo sobre contribuyentes morosos de la Administración Federal de Ingresos Públicos pueden hacerse con orden de la Justicia. Hasta el momento, se efectuaban sobre cuentas bancarias, bienes muebles, inmuebles y créditos, entre otros.

Con el desarrollo y el uso extendido que evidenciaron en los últimos dos años los medios de pago electrónicos llevaron al organismo que dirige Mercedes Marcó del Pont a incluir a las billeteras virtuales en el listado de activos pasibles de ser embargados para cobrar deudas.

A partir de eso, la Administración Federal de Ingresos Públicos identificó 9800 contribuyentes morosos para los que solicitará a la justicia que trabe embargos sobre sus billeteras virtuales.

El organismo busca así avanzar en el cobro de unos $24.000.000 en impuestos adeudados por estos contribuyentes. Se trata de una de las herramientas para mejorar la recaudación fiscal en momentos en que se busca cerrar el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional por la deuda.

Las ejecuciones de las deudas fiscales con la Administración Federal de Ingresos Públicos, el paso posterior a la traba de embargos, estuvieron suspendidas durante 19 meses en medio de la pandemia de coronavirus. Ese plazo terminó con el 2021.