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Walberto Allende apoyó un proyecto para la protección de niños con tratamiento oncológico

En el Congreso Nacional será tratado en la sesión de este martes en el recinto. Se busca garantizar el acceso gratuito y sin limitaciones.

Este lunes, en la Cámara de Diputados de la Nación, se reunió la comisión de Familias, Niñez y Juventudes en la que el sanjuanino Walberto Allende es vocal. Allí dio su apoyo para aprobar un proyecto de protección de niños y adolescentes con tratamiento oncológico gratuito que será tratado este martes en el recinto.

"Se trata de un paso fundamental en la salud pública que prioriza la atención de niños con enfermedades oncológicas pero con una mirada integradora, que incluye a la familia del niño a su forma de vida. Es algo en lo que el Estado debe estar presente más que nunca", dijo Allende.

El proyecto establece la "Creación Sistema Nacional de Protección al Enfermo Oncológico Infantil", para todo el territorio de la República Argentina, cuya finalidad es garantizar el tratamiento de los niños y adolescentes con enfermedades oncológicas, desde el diagnóstico inicial hasta su finalización.

En sus fundamentos se destaca que este sistema de protección debe garantizar el completo acceso a la salud en el país, como derecho fundamental reconocido en la Constitución Nacional.

También señala que son muchas las dificultades que atraviesan los pacientes oncológicos, ya sea a nivel burocrático, económico y social, lo cual influye negativamente en el desarrollo de los tratamientos y posibilidades de curación.

Agrega el proyecto que si bien existen planes y programas destinados a los pacientes oncológicos infanto-juveniles, es necesaria una normativa integral que abarque todas las aristas que la patología requiere.

De sancionarse, esta ley dará protección a los pacientes oncológicos hasta los 18 años de edad que se encuentren en tratamiento, el que continuará hasta su finalización.

Además señala que se busca promover y adoptar un abordaje intersectorial e interdisciplinario del cáncer infantil en todos los niveles de atención y prevención, adoptando para ello medidas tendientes a lo siguiente.

  1. Propiciar la aplicación de la presente Ley a todos los casos detectados de enfermos oncológicos infantiles, de acuerdo con el Registro Oncopediatrico Hospitalario Argentino, dependiente del Instituto Nacional del Cáncer.
  2. Promover la participación de los distintos sectores involucrados en la lucha contra el cáncer, coordinando acciones interdisciplinarias y multisectoriales para optimizar los resultados del Sistema.
  3. Brindar la atención de todos los profesionales en las especialidades que en cada caso se requiera, propiciando el acceso de los pacientes a un diagnostico precoz y tratamiento oportuno de calidad.
  4. Brindar medicamentos oncológicos, no oncológicos de soporte y coadyuvantes para el manejo del dolor, tanto en internación como en forma ambulatoria.
  5. Libre acceso a tratamientos especiales, trasplantes, nutrición, cuidados paliativos, rehabilitación y prótesis. A los fines de la presente Ley, se entiende por cuidados paliativos a la asistencia total y activa del paciente, y de su núcleo familiar, por un equipo interdisciplinario, cuando la enfermedad amenace su vida y cuando el objetivo esencial del tratamiento ya no consista en prolongar la vida sino en contribuir a una vida digna hasta el final de la misma.
  6. Promover la formación, capacitación, perfeccionamiento y actualización de equipos interdisciplinarios para el tratamiento del cáncer infantil.

Se contemplan los casos de traslados de pacientes y su acompañante a cargo del Estado Nacional.

"Tal como lo señala el proyecto, la finalidad es brindar protección al paciente oncológico infantil y a su núcleo familiar, una mayor contención en función de poder afrontar tan delicada patología, no solo desde el punto de vista médico sino también emocional", agregó Allende.

Además se busca una norma que se aplique sin distinción y con igualdad de oportunidades frente al sistema de salud garantizando la atención, tratamiento y rehabilitación adecuada en las especialidades que se requieran frente a la enfermedad oncológica.

El proyecto será tratado este martes en el Congreso Nacional y San Juan apoya a través de su diputado, también candidato en primer término del Frente de Todos.

Incluyen nuevo síntoma para detectar Covid-19 en los niños

El Ministerio de Salud indicó que se sumó un nuevo criterio pediátrico para facilitar la detección precoz.

El Ministerio de Salud de la Nación actualizó este martes los criterios en la definición de caso sospechoso de coronavirus y Covid-19 para los niños y adolescentes de 0 a 18 años con el síndrome inflamatorio multisistémico.

Se trata de un nuevo y quinto criterio que indica que los menores con esa dolencia se incluirán en los casos sospechosos cuando presenten fiebre durante más de tres días acompañada de otros dos de determinados síntomas.

La sintomatología descripta por la cartera sanitaria para esos casos son "erupción cutánea o conjuntivitis bilateral no purulenta o signos de inflamación mucocutánea (en la boca, manos o pies); hipotensión o shock; disfunción miocárdica, pericarditis, valvulitis o anomalías coronarias; evidencia de coagulopatía; diarrea, vómitos o dolor abdominal".

También se incluye entre los síntomas "marcadores elevados de inflamación, como eritrosedimentación, proteína C reactiva o procalcitonina, siempre que no exista ninguna otra causa evidente de inflamación (incluida la sepsis bacteriana, síndromes de shock estafilocócicos o estreptocócicos)".

El criterio 1 para caso sospechoso de coronavirus es el de personas de cualquier edad que presenten dos o más de los siguientes síntomas fiebre de 37.5 grados, tos, dolor de garganta, dificultad respiratorio y disminución del sentido del olfato y el gusto, sin otra etiología que explique el cuadro clínico.

También abarca a las personas que en los últimos 14 días tengan antecedente de viaje a zonas con transmisión comunitaria o en conglomerado del coronavirus o residencia en las mismas, y que sean personal esencial (fuerzas de seguridad y armadas).

Además, se incluye a los que cumple servicios en instituciones cerradas o de internación, o residan en barrios populares o en núcleos de pueblos originarios.

El criterio 2 corresponde a quienes tengan dos síntomas y requieran internación, mientras que el criterio 3 es el de quien presente sólo un síntoma y sea contacto estrecho de un paciente con caso confirmado de coronavirus.

El criterio 4 es para las personas que presenten solo disminución de gusto y olfato, a los que se les prescribe aislamiento preventivo por 72 horas y el testeo recién pasado ese lapso, en caso de que los síntomas persistan.