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El Banco Central publicó el cambio de normas para habilitar créditos en dólares

Ahora los bancos podrán otorgar créditos a empresas que no los generen contra garantías.

El Banco Central de la República Argentina publicó este martes en el Boletín Oficial la normativa que habilitó a los bancos aprestar dólares de ahorristas a empresas que no los generen contra garantías.

La medida elimina para esos casos la restricción que exigía que los vencimientos de las cuotas guarden relación con el flujo de fondos del deudor en la moneda del crédito.

Hasta hoy, la normativa del Central establecía que cuando una entidad financiera otorgaba un crédito, los plazos de repago debían corresponderse con los ingresos proyectados del deudor en la misma moneda del préstamo.

Esa regla buscaba evitar descalces cambiarios que pusieran en riesgo la cadena de pagos, uno de los factores que desató la crisis de 2001.

Sin embargo, impedía también que deudores con activos dolarizados como inmuebles, depósitos en dólares, valores negociables en moneda extranjera, accedieran a financiamiento en pesos usando esos activos como garantía si sus ingresos corrientes eran en pesos.

Así quedó establecido con la Comunicación "A" 8446, emitida por el Banco Central el 11 de junio e incorporada este martes al texto ordenado sobre Política de Crédito y publicada en el Boletín Oficial.

De acuerdo al nuevo texto, el deudor queda exceptuado del requerimiento de que los vencimientos guarden relación con el flujo de ingresos en la moneda del crédito.

Gobierno nacional eliminó 973 normas para reducir la regulación en la industria vitivinícola

A través de la Resolución 37/2025, publicada en el Boletín Oficial, se reestructuró el marco regulatorio del Instituto Nacional de Vitivinicultura. La medida busca simplificar procesos productivos y concentrar los controles en los productos finales.

El Gobierno derogó 973 normas del Instituto Nacional de Vitivinicultura con el objetivo de eliminar la intervención en los procesos productivos y reducir la burocracia en el sector.

La medida fue oficializada mediante la Resolución 37/2025, publicada este viernes en el Boletín Oficial.

El Ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger, explicó que con esta reforma "se deja atrás un régimen en el que el Estado pretendía controlar cada paso del proceso productivo para pasar a un modelo enfocado exclusivamente en garantizar la aptitud para consumo del vino".

Según la resolución, el Instituto Nacional de Vitivinicultura dejará de intervenir en las etapas iniciales e intermedias de la producción, como el viñedo, la cosecha, la elaboración o el transporte, para concentrarse exclusivamente en el control de los productos finales embotellados.

Su función principal será garantizar que los vinos sean aptos para el consumo y que no estén adulterados.

Asimismo, los controles de trazabilidad, como las certificaciones de origen, añada y varietal, pasarán a ser optativos y podrán ser gestionados por los propios productores o por entidades privadas, según las necesidades comerciales de cada empresa.

El nuevo esquema alcanzará a productores de uvas, bodegas, fábricas de mosto y espumosos, plantas de fraccionamiento y de productos enológicos, comercializadores, distribuidores, exportadores e importadores, así como a laboratorios enológicos y operadores registrados.