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El Gobierno lanzó un nuevo procedimiento para liquidar IVA

ARCA publicó el nuevo mecanismo en el Boletín Oficial.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero presentó IVA Simple, un nuevo mecanismo que establece un único procedimiento electrónico integral y asistido que reemplaza los sistemas vigentes.

La iniciativa, que agiliza la determinación del tributo, entró en vigencia este lunes a través de la Resolución General 5705/2025 de ARCA publicada en el Boletín Oficial.

El nuevo esquema se basa en una declaración jurada única que será precargada por el organismo con la información disponible y luego los contribuyentes tendrán la posibilidad de confirmar, agregar o modificar dicha información.

Este nuevo formulario reemplaza a los cuatro que se utilizan actualmente e integra en el mismo documento el Libro de IVA Digital, consolidando así la información en una única declaración.

Según explicó ARCA, el funcionamiento de IVA Simple comprende dos etapas automatizadas: primero, un Registro electrónico con carga automática de operaciones de compras y ventas, con datos provistos por ARCA o importados desde sistemas propios, y segundo, la Determinación del impuesto y del saldo resultante.

En esta última etapa, se informarán las condiciones para la determinación del impuesto y se visualizarán las retenciones y percepciones informadas a través del Sistema Integral de Retenciones Electrónicas y Sistema de Control de Retenciones, al igual que otros datos registrados en las bases de ARCA, como pagos a cuenta y saldos a favor.

ARCA afirmó que "entre los principales beneficios para los contribuyentes que destacan las fuentes se encuentran: la reducción del 75% en formularios requeridos; la eliminación de carga manual de datos; un proceso completamente digital; menor posibilidad de errores en la carga y un ahorro significativo de tiempo administrativo".

La implementación de IVA Simple cuenta con un cronograma definido:

  • Junio 2025: Disponibilidad del sistema.
  • Junio-Octubre 2025: Período de transición opcional.
  • Noviembre 2025: Implementación obligatoria para todos los responsables inscriptos.

Es importante señalar que los contribuyentes exentos continuarán utilizando únicamente el Libro IVA digital.

Gobierno lanzó un nuevo procedimiento para definir la segmentación de subsidios

Es un nuevo paso hacia la restricción de los apoyos estatales.

El Gobierno nacional implementó un nuevo procedimiento para definir segmentación de subsidios, por el cual se podrá consultar en qué categoría está ubicado el usuario y pedir su redeterminación.

Lo hizo a través de la Resolución 218/2025 de la Secretaría de Energía publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La norma instruyó a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético para que desarrolle y ponga a disposición de los usuarios una herramienta que permita consultar en forma personalizada su nivel de segmentación en cualquier momento y lugar.

Asimismo, se implementará un procedimiento de solicitud de revisión de la categoría a través de la Plataforma de Trámites a Distancia.

Para quienes no cuenten con acceso digital o necesiten asistencia, se mantendrán canales presenciales en las oficinas de Anses para la carga de la solicitud.

La decisión se toma en el contexto de la emergencia del Sector Energético Nacional declarada hasta el 9 de julio de 2025, y la emergencia pública, tarifaria y social vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.

Estas emergencias facultaron a la Secretaría a redeterminar la estructura de subsidios y definir mecanismos para su asignación y percepción, asegurando el acceso al consumo básico y esencial.

Además, se extiende hasta el 31 de mayo de 2025 el Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados.

Uno de los puntos centrales de la resolución es la aprobación de lineamientos para el análisis y la evaluación de las solicitudes de revisión del nivel de subsidio asignado en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía, que se harán con el nuevo mecanismo descripto.

La normativa también refuerza las acciones para mejorar la focalización de los subsidios y reducir los errores de inclusión, según expresa la resolución.

El Gobierno entiende que "se ha constatado que existen usuarios categorizados como de Bajos Ingresos, Nivel 2, cuyos medidores corresponden a zonas o propiedades, como clubes de campo con altas expensas, que manifiestan un alto poder adquisitivo".

En consecuencia, se faculta a la Subsecretaría a establecer indicadores de exteriorización patrimonial del nivel de ingresos.

Se continuará y profundizará el cruce de información entre los ingresos declarados y los registrados en bases de datos nacionales y provinciales, como el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social y Anses, para verificar el cumplimiento de los criterios de inclusión y detectar posibles ingresos no declarados o activos que demuestren capacidad contributiva incompatible con la recepción del subsidio.

Estas acciones se realizarán respetando la normativa de protección de datos personales.

Es relevante aclarar que los usuarios que ya se hayan inscripto en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía no tendrán necesidad de volver a hacerlo, a menos que deseen actualizar la información de su grupo conviviente.

La resolución advirtió que si se verifica que la declaración jurada presentada por un usuario contiene información manifiestamente falsa o que se accedió al beneficio de forma fraudulenta, además de la exclusión del subsidio, se podrá ordenar la refacturación de todos los importes que fueron incorrectamente bonificados en las facturas de servicios, con los intereses moratorios y punitorios correspondientes, sin perjuicio de otras posibles acciones y sanciones.