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Procesaron a Alesia Abaigar y Eva Mieri por el escrache a la casa de Espert

La Jueza, Sandra Arroyo Salgado, además, les dictó un embargo de $5.000.000.

La Jueza, Sandra Arroyo Salgado, procesó a Alesia Abaigar y Eva Mieri en la causa que las investiga por el escrache a la casa del Diputado libertario José Luis Espert, donde se arrojó materia fecal.

La magistrada, además, les dictó un embargo de $5.000.000. La resolución judicial también alcanzó a Iván Díaz Bianchi, empleado administrativo del Hospital provincial Cetrángolo de Vicente López.

Según la jueza, tanto la funcionaria del gobierno bonaerense como la concejala de Quilmes "formaron parte, en carácter de organizadoras, de una agrupación que tenía por finalidad condicionar la actuación presente y/o futura del diputado".

Los tres procesados fueron acusados, en calidad de coautores, de atentado contra el orden público, amenazas agravadas e incitación a la persecución u odio por motivos políticos.

Arroyo Salgado consideró que Abaigar y Mieri fueron "quienes organizaron y planificaron las acciones, cobrando especial relevancia que estamos hablando de dos funcionarias que obraron contrariamente a lo que demandan sus investiduras".

En su resolución, la jueza detalló: "De las conversaciones obtenidas del teléfono de Abaigar puede observarse con claridad que la nombrada, por Abaigar resultó ser quien, junto con Eva Mieri se encargaba de organizar el acontecimiento delictivo, como así también de reclutar a personas para que participen, brindando las correspondientes indicaciones de vestimenta, horario y lugar, logística e, incluso refiriendo que prefieren que sean compañeras mujeres. Incluso Abaigar ofrece a Iván Díaz Bianchi, pagarle los gastos de traslado a fin de que participe".

Por otra parte, la resolución judicial decretó el sobreseimiento de Eva Pietravallo, madre de Abaigar, y de Alberto Protti, expareja de la funcionaria bonaerense.

Asimismo, se dictó la falta de mérito para Aldana Muzzio y Candelaria Montes Cato.

Finalmente, la Jueza, Arroyo Salgado, dispuso el levantamiento del secreto del sumario que regía desde el inicio de la investigación.

Procesan a funcionarios y empresarios vinculados al Gobierno de Macri

En la causa se investigan presuntas irregularidades en la contratación de una campaña de difusión para la Semana Santa de 2016 por más de 10 millones de pesos.

La Jueza federal María Servini procesó a exfuncionarios del área de Turismo del Gobierno del estafador Mauricio Macri, por una presunta defraudación en la contratación de una campaña publicitaria de sitios turísticos para la Semana Santa de 2016 por más de diez millones de pesos.

La causa se inició en 2018 por una denuncia de Gonzalo Yrurtia, un empresario vinculado con el turismo, ante la Oficina Anticorrupción, la cual en 2022 se tradujo en una causa judicial, que investiga la contratación por parte de la Secretaría de Turismo, a cargo de Gustavo Santos, de una campaña para promover el turismo interno en Semana Santa de 2016,  por la que supuestamente habían competido tres empresas: Team Media,  Publicidad 10 y 80/20 Marketing & Publicidad.

Finalmente, resultó adjudicada Team Media, pero el proceso para ese resultado fue tachado de irregular.

La investigación que llevó adelante la jueza Servini detectó que existió una suerte de "cartelización" de esa contratación, puesto que las empresas tenían vinculaciones entre sí. La sospecha es que no hubo una competencia entre tres empresas sino una suerte de coordinación para obtener la adjudicación de la campaña.

El Fiscal federal Federico Delgado imputó a los funcionarios del área de Turismo y a los funcionarios por los delitos de "negociaciones incompatibles con la función pública e incumplimiento de los deberes de funcionario público".

La investigación comprende al extitular del Consejo Federal de Turismo César Ovejero; el coordinador, Claudio Massetti; el secretario Alejandro Lastra; el subsecretario de Promoción Turística,  Fernando García Soria; la directora de jurídicos del área, Ana Gradín y los empresarios Marcelo Rafael Barrientos y Mauricio Jörgensen.

"El vínculo y el interés por parte de los funcionarios con las firmas puede apreciarse no solo de los vínculos a través de redes sociales, sino por el hecho de las similitudes entre las planillas de precios aportadas, montos y errores de tipografía", sostuvo la jueza al dictar los procesamientos.

Los funcionarios "omitieron cumplir con sus obligaciones legales, cuando no actuaron en contra de las mismas".

Los procesamientos incluyen embargos por más de 50.000.000 de pesos para cada imputado.

Procesaron a los 4 miembros de Revolución Federal

El Juez Marcelo Martínez de Giorgi procesó sin prisión preventiva a Morel, Basile, Sosa y Guerra, que habían sido excarcelados el martes y los embargó por $9.000.000.

El Juez federal Marcelo Martínez de Giorgi procesó a los cuatro integrantes de la agrupación ultraderechista Revolución Federal Jonathan Morel, Leonardo Sosa, Gastón Guerra y Sabrina Basile, y les trabó embargos a cada uno por nueve millones de pesos.

El juez les aplicó a todos la figura del Código Penal que castiga con prisión de tres a ocho años al que "organizare o tomare parte en agrupaciones permanentes o transitorias que tuvieren por objeto principal o accesorios imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor, por el solo hecho de ser miembro de la asociación".

Los cuatros habían sido detenidos por orden de Martínez de Giorgi, pero este miércoles fueron excarcelados por la Cámara Federal la cual consideró que no existía riesgo de fuga ni entorpecimiento de la investigación.

La causa se inició por denuncia de la Agencia Federal de Inteligencia ante la sospecha que se podría atentar contra el orden democrático y en un contexto donde se venía investigando, en otra causa, a la banda que atentó contra la vida de la vicepresidenta por la cual hay tres personas detenidas.

Según el juez, los cuatro acusados "llevaron a cabo un plan criminal, que tuvo por objeto imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor" y queriendo "incitar a la violencia colectiva en un número indeterminado de personas que pueden acceder libremente a las redes sociales mencionadas". Justamente, fueron acusados en base a las amenazas que volcaron ellos como agrupación en las redes sociales.

"Tanto por las redes sociales como en las calles, realizaron actos y emitieron expresiones tendientes a alentar o incitar a la persecución, a la violencia colectiva y a la propagación del odio, principalmente contra autoridades públicas de la actual gestión del Poder Ejecutivo Nacional y/o de sus adeptos, constituyéndose así en uno de los actores que agitaron en la sociedad un clima de violencia social, cuyo acto de mayor gravedad institucional resultó ser el intento de magnicidio de la Vicepresidenta de la Nación Cristina Fernández de Kirchner, el pasado 1 de septiembre", resumió el juez.

Más allá de lo dicho por el magistrado la causa no tiene punto en común por ahora con aquella otra investigación contra quienes planificaron y atentaron contra la vicepresidenta. Incluso, tramitan en juzgados distintos.

Uno de los hechos por los cuales el juez lo procesa a Morel y Sosa tiene que ver con incidentes que protagonizaron contra el vehículo que transportó a Sergio Massa en su asunción como Ministro en Casa de Gobierno en agosto pasado.

Sobre Morel, el juez remarcó que una semana antes del atentado contra la vicepresidenta fue protagonista de una pelea en las calles Juncal y Uruguay, donde se domicilia Cristina Fernández, con militantes oficialistas, y a él al ser demorado se le secuestró elementos cortantes y telas embebidas en combustible.

Otro elemento "alarmante" para Martínez de Giorgi, es que Sosa publicó en su cuenta de Instagram una foto con Ximena de Tezanos Pinto, vecina del piso de arriba de Cristina Kircher en Recoleta.

Pero sobre todo, lo volcado por la agrupación en las redes: "Los vamos a perseguir, van a tener miedo de salir a la calle. El robo y la corrupción en Argentina va a dejar de ser gratis, por las buenas o por las malas. TOD☀S van a sufrir las consecuencias de sus actos", o "marchamos hacia Casa Rosada para exigir la renuncia de Alberto y CFK".

En ese sentido, sostuvo el juez, "difundieron masivamente expresiones de odio e intimidatorias, directa y expresamente contra los más altos funcionarios del actual Poder Ejecutivo Nacional, atentando así contra la propia seguridad, libertad e integridad de estas autoridades públicas y de sus simpatizantes, siendo un claro ejemplo de ello el proferido siete días antes de la tentativa de magnicidio perpetrada contra la actual vicepresidenta de la Nación, Cristina Fernández".

"Desde su estructura criminal montada, con permanencia sostenida en el tiempo, aunque transitoriedad en su integración, y con decisión mancomunada, coordinaron y articularon la logística de sus múltiples acciones delictivas de manera conjunta o alternada; siendo en todo momento guiadas por el odio y la intolerancia, con fuerte interacción en redes sociales, a través de las cuales reclutaban militantes con su misma tendencia ideológica", sostuvo.

Junto con el procesamiento que es sin prisión preventiva, el juez impuso un embargo a cada uno de 9 millones de pesos.

Atentado contra Cristina: procesaron a Sabag Montiel y Brenda Uliarte por intento de homicidio calificado

La Jueza Capuchetti dictó además la prisión preventiva de los principales acusados por el atentado a la vicepresidenta. También fueron embargados por 100 millones de pesos.

La Jueza María Eugenia Capuchetti dictó este jueves el procesamiento con prisión preventiva para Fernando Sabag Montiel y Brenda Uliarte por intento de homicidio calificado. Se trata de los principales acusados por el atentado a la Vicepresidenta Cristina Kirchner.

Asimismo, Capuchetti ordenó embargarlos por 100 millones de pesos a cada uno. "No lograron matarla por razones ajenas a su voluntad", sostuvo la resolución que la magistrada firmó esta tarde en los tribunales de Comodoro Py.

"El modo en que se ejecutó la maniobra investigada refleja la existencia de una cogobernabilidad del hecho por parte de ambos imputados, en tanto la determinación del modo, tiempo y lugar de su ejecución estaba previamente establecido por ellos", indicó el fallo que tiene 95 páginas.

En este sentido, agregó: "Si bien fue Sabag Montiel quien utilizó el arma de fuego contra la víctima, lo cierto es que Uliarte también tuvo activa participación en la ejecución del hecho, en el cual estaba presente a escasos metros de lo ocurrido, brindando el apoyo logístico y moral para su realización".

Además del delito de tentativa de homicidio para ambos, en el procesamiento se incluyó el de portación de arma de guerra sin la debida autorización legal. No solo este delito, sino también el de tenencia ilegítima de DNI ajeno y falsificación de documentos públicos.

Procesaron con prisión preventiva a los 6 acusados por la violación grupal

El Juez Marcos Fernández tomó la medida sobre el caso ocurrido en el barrio de Palermo y les sumó un embargo sobre sus bienes por $35.000.000.

Luego de varias semanas de investigación, el Juez en lo Criminal y Correccional 21, Marcos Fernández, tomó una decisión inicial respecto a la causa que investiga la violación grupal en el barrio de Palermo y determinó el procesamiento con prisión preventiva para los seis acusados.

De esta manera, y a pesar de las diferentes defensas, la medida recae sobre Ángel Pascual Ramos (23), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24), Thomas Fabián Domínguez (21), Steven Alexis Cuzzoni (20), Franco Jesús Lykan (24) y Ignacio Retondo (22).

La medida sobre todos ellos cae por el delito de "abuso sexual con acceso carnal, agravado por la intervención de dos o más personas", que cuenta con penas de entre 8 y 20 años de carcel, en tanto que Retondo y Domínguez suman una imputación por las "lesiones leves" contra un testigo.

Buscando ampliar su defensa, Domínguez pidió ampliar su declaración indagatoria a través de sus abogados defensores y el juez fijo la audiencia para el próximo martes 22, luego de que se negara a declarar en el transcurso de las últimas semanas de ronda indagatoria.

Fernández dio a conocer el informe oficial sobre el caso y remarcó que todos actuaron "en base a un plan previo con división de tareas, lo que permite atribuirles la totalidad de la obra común, más allá de que alguno de los imputados no hubiera realizado de propia mano la conducta descripta en el verbo típico".

"En el marco de la comisión de una violación sexual no sólo estará en condiciones de ser autor quien acceda carnalmente a la víctima, sino también quien ejerza fuerza sobre ella, quien emita la orden de llevar adelante ese abuso sexual, o todo aquél que realice un aporte cuya magnitud sea el motivo para afirmar su incidencia determinante en la configuración final del hecho", agrega el mismo.

Por otro lado, se dieron informes finales sobre los estudios toxicológicos que revelaron la presencia de marihuana, metanfetaminas y anfetaminas en el organismo de la víctima, cuando ella solo reconoció haber consumido alcohol y marihuana, pero no drogas sintéticas.

En el caso de los seis imputados no se detectaron anfetaminas, pero sí cocaína en cuatro de ellos, marihuana en cinco y psicofármacos en uno.

"Sin perjuicio de que no han podido zanjarse los antecedentes del cuadro de intoxicación en el que se encontraba, los elementos probatorios allegados no admiten otra conclusión que la que afirma que los actos sexuales no se integraron con su voluntad, en tanto no podía autodeterminarse libremente en dicho ámbito", agrega sobre esta etapa y se suman al material de archivo.

Varios videos de cámaras de seguridad de la Policía y de comercios captaron al grupo llegando al mediodía con la chica ya tambaleante y en un evidente estado de intoxicación; luego se los ve bebiendo en la Plaza Serrano y en un kiosco cercano, donde se ve un primer abuso, tras lo cual la llevaron al auto.