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El Procurador pidió a la Corte Suprema suspender el fallo que amplía el poder de la Justicia porteña

Eduardo Casal solicitó a suspensión de la aplicación del fallo conocido como Levinas. Advirtió que la decisión del máximo tribunal podría generar serias complicaciones para los fiscales nacionales.

El Procurador general de la Nación, Eduardo Casal, le envió este viernes una nota al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Horacio Rosatti, en la que le solicitó que suspenda la aplicación de un fallo que el máximo tribunal dictó a fin de año en el que estableció que las causas nacionales pueden ser apeladas para su revisión al Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

Lo hizo en el caso conocido como Levinas. El fallo implica que después de la intervención de una Cámara Nacional en una causa, como la Laboral, la Civil, la Comercial, se puede apelar a la Corte de la ciudad antes de la Corte nacional.

El fallo fue dictado por mayoría y lo que hace es ratificar el traspaso de la justicia nacional a la Ciudad de Buenos Aires.

El fallo generó mucho malestar en la justicia nacional porque entienden que es inconstitucional. Inclusive la de Casal no será la única presentación ante la Corte Suprema, sino que habrá otras.

Casal planteó que el fallo Levinas tiene una serie de inconvenientes.

Uno es que "dejará a este Ministerio Público Fiscal en una situación en la que se podrá ver impedido de cumplir con sus funciones legales y constitucionales en los procesos que tramitan ante la justicia nacional con competencia sobre la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con menoscabo para los intereses por los que debe velar".

El jefe de los fiscales explicó en su nota a Rosatti que la Procuración General de la Nación tiene competencia para intervenir solo ante tribunales nacionales, por lo que no puede presentar apelaciones en el Superior Tribunal de Justicia de la Ciudad de Buenos Aires.

"Por lo que la actuación requerida por la nueva doctrina del Tribunal implica una actividad procesal para la cual las fiscalías nacionales no están legalmente habilitadas por la simple razón de que no tienen más competencia que la establecida en la ley, y ésta no les confiere legitimación procesal para actuar ante el foro local", explicó Casal.

La nota explica que tampoco puede intervenir la Fiscalía General de la ciudad de Buenos Aires y sus fiscales porque se trata de una institución distinta.

"Esa suerte de hipotética actuación mixta constituiría un obstáculo para el diseño de una política criminal coherente, pues la actuación de los fiscales nacionales conforme los criterios de actuación establecidos por este Despacho, podría verse frustrada de no ser estos compartidos por el ministerio público local que, como es obvio, habrá de regirse por los que le son propios", planteó Casal.

Sobre esos puntos, el Procurador sostuvo que el fallo de la Corte Suprema no fijó un "criterio hermenéutico alguno para la adecuada solución de los problemas expuestos y que, reitero, importan un severo menoscabo para el cumplimiento de las atribuciones constitucionales de este Ministerio Público Fiscal".

Así, la resolución del máximo tribunal "exige un acto normativo adicional que resuelva o modifique, de modo legalmente eficaz, la inhabilidad para actuar ante los magistrados locales".

"Sin perjuicio del criterio de esta Procuración General acerca del fondo de la cuestión decidida en aquel pronunciamiento, me permito sugerir al Tribunal que, en ejercicio de sus atribuciones de superintendencia, suspenda la aplicación de lo decidido entonces hasta que se resuelva de manera normativamente adecuada la restricción que impide a este Ministerio Público Fiscal de la Nación llevar a cabo legal y eficazmente la nueva actividad procesal ante el fuero porteño que allí se demanda", concluyó Casal en su nota.

El escrito se hizo en el último día de la feria judicial y en un mes que este tema generó muchas reuniones de jueces nacionales. El lunes volverá la actividad judicial con una Corte de tres Jueces con Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti.

Formosa: Procuración dictaminó que la Corte no debe intervenir en la candidatura de Insfrán

El Procurador general de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó sobre las presentaciones hechas por partidos de la oposición en contra de la eventual candidatura del mandatario formoseño.

El Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, opinó este viernes que la Corte Suprema de Justicia no debe intervenir para resolver el pedido de la oposición de impedir la eventual candidatura de Gildo Insfrán como gobernador de Formosa en estas Elecciones 2023, tal cual lo viene haciendo desde 1995.

Se trata de presentaciones hechas por distintos partidos de la oposición en contra de la eventual candidatura para las elecciones previstas para junio próximo. Para Casal, el caso no es de competencia originaria de la Corte aunque dijo que el Tribunal "podría decidir la intervención procesal si considera pertinente".

El máximo tribunal le había pedido a la Procuración General que dictamine sobre el reclamo del Legislador provincial Fernando Carvajal de declarar inconstitucional un artículo de la Constitución formoseña. En ocasiones similares, 2005 y 2013, había rechazado asumir la "competencia originaria" ante planteos similares.

El proveído, firmado por el Secretario de la Corte Alejandro Rodríguez, es el primer paso en la tramitación del planteo para que sea declarado inconstitucional un artículo de la Constitución provincial formoseña.

Denuncias contra la candidatura de Gildo Insfrán en Formosa

Después de la medida cautelar impuesta en Tucumán y San Juan que puso en duda las candidaturas de los oficialistas Juan Manzur y Sergio Uñac, dirigentes opositores, entre ellos, dos candidatos gubernamentales, enviaron peticiones para impedir que Gildo Insfrán se postule.

La respuesta del oficialismo provincial llegó este jueves, con una presentación del Gobierno local "en defensa de la autonomía y la democracia" impulsada por la Fiscalía de Estado de la Provincia.

La iniciativa es patrocinada por Rodolfo Carlos Barra, abogado y exauditor General de la Nación, quien fue miembro de la Corte Suprema de Justicia entre 1989 y 1993 y ministro de Justicia entre 1994 y 1996.

Ante lo que consideran "interpretaciones amañadas que pretenden impedir el voto libre de los ciudadanos", el Gobierno formoseño busca impedir que una medida cautelar, como las ejecutadas en San Juan y Tucumán, imposibilite la realización de las elecciones provinciales el 25 de junio.

Qué se vota en Formosa

El Gobernador Insfran determinó que Formosa celebrará sus elecciones provinciales el próximo 25 de junio, en medio de una ola de desdoblamiento en 19 provincias de todo el país. De esta forma, los electores votarán por los cargos de gobernador, vice, 15 diputados provinciales, intendentes y concejales a dos meses de las PASO presidenciales.

Formosa es una de las provincias que tiene que renovar bancas en la Cámara Alta, en donde José Mayans puede continuar como titular del interbloque del Frente de Todos, así como también el Presidente del bloque de la Unión Cívica Radical en la Cámara Alta, Luis Naidenoff.

La provincia del norte no está obligada a llamar a elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, aunque los formoseños sí deberán acudir a las urnas en las primarias nacionales del 13 de agosto.

El procurador de la Nación dijo que la Corte Suprema puede o no intervenir en la candidatura del Gobernador Uñac

Ahora, el tribunal deberá resolver sobre la cuestión que plantea que Sergio Uñac no puede presentarse en las próximas elecciones como candidato a gobernador. 

Este jueves, luego de la presentación de los apoderados del frente Unidos por San Juan, el Procurador de la Nación expresó que la Corte Suprema no debe intervenir en la candidatura de Sergio Uñac, actual mandatario provincial, a una rereelección.

El grupo de abogados encabezado por Oscar Cuadros realizó días atrás una presentación ante el máximo tribunal del país, que tenía como objetivo "entablar una demanda originaria para que la Corte sea la que interprete ese artículo de la Constitución, que dice que el vice y el gobernador reelecto no pueden postularse para el próximo periodo".

Este jueves se conoció un dictamen firmado por la Procuradora Fiscal Lura Monti, quien asegura que la Corte Suprema de Justicia no debe intervenir en la candidatura de Uñac, pero dejó librado a interpretación de la entidad si debe intervenir o no.

El trabajo de la Procuraduría consiste en recibir la causa, analizarla y definir si la Corte Suprema es competente o no para abordarla.

En este caso, la presentación de Unidos por San Juan, el procurador entendió que el máximo tribunal no lo es, pero que igual tiene varias interpretaciones.

De esta manera, la Corte Suprema tiene libertad para resolver el caso debido a que los dictámenes no son vinculantes.

Uñac se encuentra al frente de la Gobernación desde 2015, pero en el período anterior había ejercido el cargo de vicegobernador cuando José Luis Gioja ocupaba el Poder Ejecutivo provincial.

El peronismo aprobó la nueva ley para elegir Procurador de la Nación

La nueva ley permite nombrar al Procurador con mayoría absoluta, pero una bicameral podría desplazar al actual interino. Alberto Fernández debería impulsarlo en Diputados y conseguir mayoría para que sea ley.

La mayoría oficialista del Senado aprobó este viernes la reforma del Ministerio Público con modificaciones hasta último minuto que además de flexibilizar las condiciones para elegir a un procurador vaticinan la pronta salida del actual, Eduardo Casal, quien ocupa ese cargo en forma interina desde 2017 tras la renuncia de Alejandra Gils Carbó.

"No se trata de Rafecas si o Rafecas no: se trata de Casal si o Casal no. Pasa que hay muchos a los que les conviene que siga", aseguró el Senador Oscar Parrilli, autor de la reforma que, de sancionarse en Diputados, permitirá designar al jefe de fiscales con mayoría absoluta, como se conoce a la mitad más uno de los miembros el recinto, cifra que el Frente de Todos consigue por sí mismo.

Para acorralar a Casal se estableció que transcurrido un plazo de 30 días de vacancia o en la procuración el interinato será ejercido por "un fiscal general con más de 10 años de antigüedad", elegido por la Comisión Bicameral Permanente de Seguimiento y Control del Ministerio Público que el oficialismo domina con su mayoría del Senado. "A falta de designación interina, intervendrá  el fiscal que tenga más antigüedad en tal cargo", agrega el artículo corregido esta mañana y distribuido entre los senadores antes de la sesión.

"Lo que están buscando es la salida de Casal con el pedido de un diputado para que ocupe su lugar Laura Monti o Víctor Abramovich, que es miembro del Cels de Horacio Verbitsky", señaló Laura Rodríguez Machado del PRO. El procurador, con esta ley, tampoco manejará los concursos de nuevos fiscales: integrará un tribunal junto a un fiscal y un jurista invitado, con un criterio federal.

El candidato a Procurador de Alberto Fernández es el Juez Rafecas, pero su pliego está planchado desde marzo porque el oficialismo no encontró señales de respaldo en Juntos por el Cambio para llegar a dos tercios, que ya no serían necesarios con esta ley.

La presidenta de la Comisión de Acuerdos Anabel Fernández Sagasti nunca convocó a la audiencia y hace un mes los referentes del Frente de Todos hicieron saber que no lo harán hasta sancionar la reforma, que aún no tiene una mayoría asegurada en Diputados, donde el Frente de Todos no la reúne con sus propios votos.

El debate

El debate duró cinco horas con acusaciones cruzadas sobre una presunta intervención en la justicia del oficialismo y una supuesta complicidad de la oposición con los vicios del Poder Judicial.

"Cambiemos nunca nombró a un procurador porque les convenía Casal. Tampoco es cierto que no quieren a Rafecas: quieren al interino porque les sirvió estos años y les permitió no aplicar el Código Procesal Penal. Ustedes quieren que siga con las atrocidades que está haciendo", acusó Parrilli.

Desde Juntos por el Cambio, el Senador Martínez anticipó una rápida intervención de la Corte Suprema, tal vez con otro per saltum. "No sé cómo van a explicar que una oficina del Congreso designe al procurador interino. Como van a establecer con coherencia y el equilibrio institucional". 

"¿Se olvidaron que Gils Carbó cambiaba el destino de los fiscales, premiaba a los obsecuentes, que hizo operaciones inmobiliarios? Claro que no se olvidaron, les gusta la Justicia militante", respondió la radical Silvia Elías de Pérez.

Luego intervino el Senador del Frente de Todos, Martín Doñate, que preside la bicameral empoderada en esta ley: "Macri, aún antes de asumir, le pedía la renuncia a una procuradora elegida casi por unanimidad, que terminó renunciando después de aprietes en los que no se salvó ni su hija. ¿De qué legitimidad me hablan si cuando ganaron actuaron con estándares mafiosos? Si mantenemos los dos tercios sólo vamos a regular los interinatos. En el 80% de las provincias elige el procurador por mayoría simple", apuntó.

Su compañera de bancada, Fernández Sagasti, destacó que "Casal fue designado de manera interina en 2017, algo que es excepcional se ha vuelto permanente. La Constitución dice que el poder encargado de regular el Ministerio Púbico y de la Defensa es el Congreso. No existe auto regulación de los jueces! ¡No se dictan sus propias normas. El Congreso debe ser el encargado y es nuestra responsabilidad organizar al poder judicial y a la procuración".

La avanzada del kirchnerismo en el Senado provocó otro episodio de tensión entre Cristina y Alberto Fernández. Ahora el presidente, si quiere sancionar esta reforma, deberá incluirla en el temario de sesiones extraordinarias y arriesgar la candidatura de Rafecas.

En vivo: el Senado debate la reforma del kirchnerismo para elegir al procurador

La iniciativa flexibiliza el mecanismo para designar al jefe de los fiscales, que podrá ser elegido por mayoría simple.

El Senado de la Nación debate este viernes, en sesión especial, la propuesta del kirchnerismo para reformar la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal que reduce la mayoría necesaria para designar al Procurador General de la Nación.

La iniciativa propone que la designación del procurador se realice con una mayoría simple del Senado, es decir 37 votos sobre los 72 que integran la Cámara alta, en lugar de los 48, dos tercios de los presentes, que se requieren actualmente y a los que el oficialismo no llega sin un acuerdo con la oposición.

El kirchnerismo busca cambiar las condiciones para elegir al Procurador de la Nación

Oscar Parrilli convocó para el viernes a la Comisión parlamentaria que intentará tratar las modificaciones en la ley del Ministerio Público Fiscal.

Después de la difusión del informe de la llamada "Comisión Beraldi" el kirchnerismo apura el dictamen para cambiar los requisitos para elegir al Procurador General de la Nación. El senador del Frente de Todos Oscar Parrilli convocó para el viernes a las 10 a la Comisión de Justicia y Asuntos Penales de la Cámara alta para acelerar el tratamiento en el recinto.

El Frente de Todos busca desplazar al actual Procurador Eduardo Casal, que ocupa el puesto de manera interina, e impulsa para el cargo al juez federal Daniel Rafecas. Para agilizar el reemplazo quiere modificar la ley para que la designación sea por mayoría absoluta de respaldo (37 votos) en lugar de una agravada, como lo es actualmente (48 votos).

El consejo consultivo de reforma judicial penal se pronunció a favor de realizar este cambio.De concretar esa modificación el oficialismo no necesitaría negociar con la oposición para nombrar al próximo jefe de los fiscales.

Parrilli, de íntima confianza Cristina Kirchner, anticipó el lunes pasado en un encuentro con especialistas que volvería a llamar a una reunión después de que se conociera el informe del consejo consultivo integrado entre otros por Carlos Beraldi, abogado de la vicepresidenta.

En el documento que le entregarán al Presidente Alberto Fernández, que no es vinculante, seis de los cinco expertos recomendaron eliminar el requisito de los dos tercios en el Senado para designar al Procurador. Plantearon además que el mandato del jefe de los fiscales sea temporal y no vitalicio como en lo es actualmente, con la posibilidad de reelección.

Se pronunciaron a favor de eliminar la condición de los tercios Beraldi, Marisa Herrera, Claudia Sbdar, León Arslanian, Raúl Gustavo Ferreyra y Omar Palermo.

Mientras que manifestaron su rechazo Inés Weinberg de Roca, Hilda Kogan, María del Carmen Battaini, Andrés Gil Domínguez y Enrique Bacigalupo.

Los proyectos en estudio en comisión de la Cámara alta son de los senadores de la oposición Martín Lousteau (Juntos por el Cambio), Lucila Crexell (Movimiento Popular Neuquino), y del aliado del oficialismo Alberto Weretilneck (Juntos Somos Río Negro). Lousteau sugirió que la duración en el cargo tanto para Procurador como para Defensor General sea por seis años y Crexell, que dure cinco años. Ambos mantienen la condición de mayoría agravada de dos tercios del Senado para la elección de los funcionarios.

Mientras que el proyecto del exgobernador de Río Negro propone que los mandatos tanto del Procurador como del Defensor sean de cinco años, con la posibilidad de renovar por un nuevo período, y que la elección se realice por mayoría absoluta en la Cámara alta.

Para Casal la Corte Suprema debe dirimir la puja por la quita de coparticipación a la CABA

El máximo tribuna había pedido al Procurador general su opinión sobre el caso.

Luego de que la Corte de Suprema de Justicia le pidiera al Procurador general Eduardo Casal su opinión sobre el caso de la quita de coparticipación a la ciudad de Buenos Aires por parte de Alberto Fernández, el jefe de los fiscales avaló que el territorio porteño haga su reclamo ante el máximo tribunal.

"El Tribunal ha reconocido la posibilidad de que la acción de amparo, de manera general, tramite en esta instancia, siempre que se verifiquen las hipótesis que surtan la competencia originaria prevista en los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional porque, de otro modo, en tales controversias, quedarían sin protección los derechos de las partes en los supuestos contemplados por el art. 43 de la Constitución Nacional y por la ley 16.986 ", aseguró Casal.

"La Ciudad Autónoma de Buenos Aires tiene el mismo puesto que las provincias en el sistema normativo que rige la jurisdicción de los tribunales federales y, por lo tanto, el mismo derecho a la competencia originaria de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Sentado lo anterior, toda vez que en el sub lite el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires demanda al Estado Nacional, que tiene derecho al fuero federal, según lo dispuesto en el art. 116 de la Constitución Nacional, entiendo que la única forma de conciliar ambas prerrogativas jurisdiccionales es sustanciando la acción en esta instancia", concluyó Casal.

Ayer, el máximo tribunal había girado al procurador Eduardo Casal la demanda y el pedido de amparo que presentó la Ciudad de Buenos Aires contra el recorte de fondos de la coparticipación que dispuso días atrás el Gobierno nacional.

La Corte le pidió a Casal que dictamine si tiene competencia y si corresponde dictar una medida cautelar, tal como pidió el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, con el objetivo de que cese el descuento de fondos de manera inmediata.

El Gobierno porteño presentó el pasado 18 de septiembre su reclamo por la reasignación de partidas, y solicitó que “se restablezca en forma inmediata el derecho a percibir el porcentaje de participación equivalente al 3,5 % en el Consenso Fiscal”.

La presentación realizada por el Gobierno de la Ciudad es en respuesta al Decreto de Necesidad y Urgencia 735/2020 que se publicó el pasado 20 de septiembre en el Boletín Oficial y que recupera un punto de la coparticipación que el ex presidente Mauricio Macri había destinado durante su gestión a la Ciudad en 2016.

En el escrito judicial del Ejecutivo porteño, firmado por la apoderada María Cristina Cuello, se solicitó que “se ordene el cese de los efectos del Decreto 735-PEN-2020 que, en forma manifiestamente inconstitucional por su ilegalidad y arbitrariedad manifiesta, reduce unilateralmente el porcentaje de coparticipación en flagrante violación a derechos y garantías constitucionales que se invocan”.

La gestión de Rodríguez Larreta también interpuso ante la Corte una acción de amparo, en la convicción de que "la Ciudad Autónoma de Buenos Aires está legitimada a iniciar la presente acción de amparo y reclamar en juicio la invalidez de actos que vulneran atribuciones y poderes inherentes a su autonomía política".