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Impuesto Pais: prorrogaron la fecha para el ingreso de percepciones

A través de una Resolución, ARCA extendió el plazo para cumplir las obligaciones relacionadas con el tributo. Inicialmente, el plazo era hasta el 18 de diciembre.

A pocos días de la eliminación del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, el Gobierno dispuso una prórroga para cumplir con las obligaciones relacionadas a este tributo.

A través de la Resolución General 5615/2024, publicada en el Boletín Oficial por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, se extendió hasta el 26 de diciembre de 2024 el plazo para ingresar las percepciones correspondientes al Impuesto Pais realizadas entre el 8 y el 15 de diciembre, inclusive.

El objetivo de la medida es "facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, deviene oportuno extender hasta el 26 de diciembre de 2024 el plazo para el ingreso de las percepciones del referido gravamen".

Inicialmente, el plazo para el ingreso de las percepciones estaba establecido para el miércoles 18 de diciembre de este año.

Sin embargo, tras la publicación de la resolución durante la madrugada de este lunes, la fecha límite se extendió hasta el jueves 26 de diciembre, dos días después de la fecha prevista para la eliminación del impuesto, según lo anunciado previamente por el Gobierno.

Eliminación del Impuesto Pais

El impacto del Impuesto Pais comenzará a disiparse a partir del 24 de diciembre.

Desde esa fecha, se eliminará el recargo del 30% asociado a este tributo, aunque continuará vigente el 30% de percepción para cuentas de Ganancias y Bienes Personales.

Como consecuencia de esta medida, los gastos realizados por argentinos en el exterior con tarjeta tendrán una significativa reducción de costos, especialmente desde inicios de 2025, coincidiendo con el comienzo de la temporada de vacaciones.

En este contexto, a finales de noviembre se formalizó la eliminación de la retención del 95% del impuesto, que la ARCA exigía como anticipo para acceder a divisas destinadas al pago de importaciones.

Dado que los pagos de importaciones se realizan a 30 días, periodo en el que el Banco Central habilita las divisas para concretar la operación, el anticipo perdió sentido desde el 25 de noviembre, ya que el impuesto dejaría de existir antes de que se completaran las transacciones.

Por último, la ARCA oficializó la medida mediante una norma publicada en el Boletín Oficial, estableciendo que, a partir de las 0 horas del día de la fecha, se eliminaba la obligación de realizar el pago a cuenta del 95% del Impuesto Pais para operaciones de importación.

Gobierno prorrogó la emergencia energética hasta el 9 de julio de 2025

Los nuevos cuadros tarifarios podrían aplazarse en línea con el decreto firmado por el Presidente Javier Milei y sus ministros.

El Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto 1023/2024, prorrogando hasta el 9 de julio de 2025 la emergencia en el sector energético, inicialmente establecida por el Decreto 55/2023 y que abarca a la generación, transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural.

Según el texto oficial, para alcanzar los objetivos de garantizar la continuidad y sostenibilidad de los servicios en un contexto de crisis estructural "resulta indispensable y urgente extender la declaración de emergencia hasta el 9 de julio de 2025, con el fin de permitir que los órganos competentes continúen adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos".

Asimismo, el decreto instruyó a la Secretaría de Energía a "mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para seguir garantizando la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios".

Además, se pospone hasta esa fecha la vigencia de los cuadros tarifarios resultantes de los procesos de revisión iniciados en 2023. En ese marco, la normativa establece que "la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podrá exceder del 9 de julio de 2025" y se dispone que en el proceso de adecuación tarifaria se apliquen "mecanismos que posibiliten la participación ciudadana".

El decreto también prorroga la intervención del Ente Nacional Regulador de la Electricidad y del Ente Nacional Regulador del Gas hasta que se constituya y ponga en funcionamiento el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, creado por la Ley 27.742.

La norma invita a las provincias a coordinar acciones con la Secretaría de Energía para reforzar la prestación de los servicios eléctricos bajo sus jurisdicciones. Según el texto, "resulta conveniente y razonable prorrogar el Decreto N° 55/23 en lo atinente a los plazos de la emergencia declarada con el fin de ordenar y unificar los tiempos, acciones y objetivos previstos".

El decreto fue firmado por el Presidente Javier Milei y refrendado por los ministros Guillermo Francos, Luis Petri, Mario Iván Lugones, Mariano Cúneo Libarona, Sandra Pettovello, Patricia Bullrich, Gerardo Werthein, Luis Andrés Caputo y Federico Adolfo Sturzenegger.

Gobierno prorrogó el vencimiento de Ganancias y se modificaron los parámetros para calcular anticipos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP, fijó un procedimiento para el cálculo de los anticipos de Ganancias del período fiscal 2024 y cambió la fecha de vencimiento.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fijó un procedimiento especial para el cálculo de los anticipos del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2024, correspondiente a las personas humanas y sucesiones indivisas, en función de lo establecido en la Ley 27.743.

Mediante la Resolución General 5600/24, que se publicó en el Boletín Oficial, el organismo estableció también una nueva prórroga del vencimiento y actualizó los parámetros para fiscalizar la solicitud de reducciones.

De esta manera el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias 2024 vencerá el 25 de noviembre, para todos los contribuyentes.

Antes, los vencimientos ya se habían trasladado hasta el 13, 14 y 15 de este mes, según CUIT.

De acuerdo al organismo encabezado por Florencia Mirashi, funcionarios del Poder Ejecutivo que presentaron la Ley Fiscal resaltaron que diversos valores fijados en esa ley contenían un ajuste para compensar las variaciones de precios de la primera parte del año.

En función de eso, fue necesario establecer un procedimiento excepcional para la determinación de los anticipos correspondientes al período fiscal 2024 que contemple las adecuaciones efectuadas por la citada ley.

Por otra parte, se elevó de $50.000.000 a $150.000.000, uno de los parámetros considerados para que los contribuyentes y responsables que ejerzan la opción de reducción de anticipos requieran de un procedimiento especial con controles adicionales.

El resto de los anticipos del impuesto vencerán en diciembre, febrero, marzo y abril.

Qué son los anticipos

Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente.

Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.

Quiénes deben abonar los anticipos

Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto deben determinar 5 anticipos e ingresar cada uno de ellos.

Cómo se ingresan los anticipos

El pago del anticipo deberá efectuarse a través de la Billetera Electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago, accediendo al servicio con clave fiscal Presentación de DDJJ y Pagos y utilizando los siguientes códigos para su consolidación:

  • Impuesto: 011 - Ganancias Personas Físicas.
  • Concepto: 191 - Anticipos.
  • Subconcepto: 191 – Anticipos.

ARCA oficializó nueva prórroga para regularizar activos

La resolución modifica y extiende las fechas y procedimientos del Régimen de Regularización de Activos, lo que permite a personas y entidades cumplir con sus obligaciones fiscales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP, emitió la Resolución 5596/2024 la cual, en términos simples, modifica y actualiza una resolución anterior, la Nº 5.528, relacionada con un tema muy específico: el Régimen de Regularización de Activos.

Dicho régimen establecido por la Ley N° 27.743 ofrece una oportunidad para que las personas y empresas regularicen bienes y activos que no habían sido declarados previamente al fisco. A cambio de esta regularización, se estableció un pago especial.

Así, se dispuso que la segunda etapa del blanqueo se extenderá desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025, ambas fechas, inclusive, y la tercera, desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025.

Entre el 1 y el 8 de noviembre de 2024 se podrá blanquear dinero en efectivo “habiendo regularizado o no fondos al 31 de octubre de 2024”.

La letra chica de la resolución

  • Actualiza plazos: debido a que las leyes y normas suelen modificarse con el tiempo, esta resolución ajusta los plazos establecidos en el régimen de regularización, dando más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones.
  • Aclara dudas: al modificar la resolución anterior, se aclaran ciertos puntos que podrían generar confusiones y se garantiza que la aplicación del régimen sea uniforme.
  • Adapta la normativa: la resolución se ajusta a nuevas leyes y decretos, asegurando que el régimen de regularización esté siempre alineado con el marco legal vigente.

Qué cambios introduce

En esencia, esta resolución introduce nuevos plazos para la adhesión al régimen de regularización de activos. Estos plazos se extienden debido a la promulgación de nuevos decretos, N° 864/24 y N° 977/24.

Además de los cambios en los plazos, la resolución realiza ajustes en la redacción de la resolución anterior para garantizar que se haga referencia a todos los decretos relevantes y que no haya contradicciones.

Esta resolución es una herramienta importante para aquellos que deseen aprovechar los beneficios del régimen de regularización de activos.

Al comprender los cambios introducidos y los plazos vigentes, los contribuyentes pueden tomar decisiones informadas y cumplir con sus obligaciones fiscales.

El régimen aplica a:

  • Personas humanas y sucesiones indivisas.
  • Personas jurídicas residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023.
  • Personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron esta condición a esa fecha.

Gobierno prorrogó el blanqueo de capitales y se extenderá hasta el 31 de octubre

La medida se da por el pedido de numerosos bancos y estudios contables. La segunda etapa del Régimen de Regularización de Activos comenzará el 1 de noviembre.

La primera etapa del blanqueo de capitales entró en su recta final y el Gobierno decidió extender el primer vencimiento previsto para el próximo lunes.

"Por pedido de numerosos bancos y estudios contables ante el Régimen de Regularización de Activos, se dispondrá por Decreto la prórroga para realizar la manifestación de la adhesión al régimen de la Etapa 1, hasta el 31 de octubre de 2024 inclusive", explicaron.

De esta manera, las nuevas fechas para las tres etapas serán las siguientes.

  • Etapa 1: Desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de octubre de 2024, ambas fechas inclusive.
  • Etapa 2: Desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de enero de 2025, ambas fechas inclusive.
  • Etapa 3: Desde el 1 de febrero de 2025 y hasta el 30 de abril de 2025, ambas fechas inclusive.

"A partir de este decreto, todas las personas que deseen, podrán depositar su dinero en un banco hasta el 30 de octubre inclusive y podrán retirarlo a partir del 1 de noviembre", indicaron desde el Ministerio de Economía.

"Solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1 de octubre, tal como fuera estipulado originalmente", agregaron.

"A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales", cerraron desde la cartera que dirige Luis Caputo.

La primera fase, que comenzó con retraso debido a la demora en la aprobación de la Ley de Bases y el paquete fiscal, es el momento en que se debe blanquear la tenencia de dólares y pesos en efectivo.

Este período se extiende hasta el 31 de octubre, y la alícuota es del 5% para aquellos contribuyentes que regularicen más de US$100.000 y opten por no usar esos fondos en las inversiones aprobadas por el Gobierno, que permiten evitar una multa.

Por otro lado, si los fondos se mantienen depositados hasta 2026, o se invierten en un conjunto de opciones aprobado por el Ministerio de Economía, no se aplicará ninguna penalización.

Este conjunto de opciones incluye una variedad de alternativas de inversión, como obligaciones negociables locales, acciones argentinas, bonos soberanos y fondos comunes de inversión. También se permite destinar el dinero a la compra de bienes inmuebles o activos productivos.

Una vez concluida esta primera etapa, comenzará la segunda, donde se aplicará una alícuota del 10% para los montos que excedan los US$100.000. Finalmente, la etapa conclusiva tendrá una alícuota del 15%.

Gobierno prorrogó la intervención del Enacom

Venció el plazo de 180 días hábiles que se había dispuesto en enero. Se ratificó al interventor Juan Martin Ozores por un año.

El Gobierno prorrogó por un año la intervención del Ente Nacional de Comunicaciones. La disposición fue concretada con el Decreto 675/2024 publicado este martes en el Boletín Oficial.

En el texto se explicó sobre el tiempo para llevar a cabo todo el proceso de intervención, "debe ser lo suficientemente amplio para contemplar, entre otras cuestiones, las modificaciones normativas necesarias y la instrumentación y aprobación de las modificaciones a los programas existentes".

En efecto, "ante la necesidad de que las modificaciones y procesos de reforma que se han iniciado puedan desarrollarse y culminar adecuadamente y obtener resultados satisfactorios", el Gobierno decidió prorrogar la intervención del Enacom hasta el 7 de julio de 2025.

A principio de año se eligió como interventor al licenciado Juan Martin Ozores, secundado por dos interventores adjuntos: Patricia Zulema Roldan, una abogada con 30 años de carrera en organismos estatales, y el exdirector del Enacom en la gestión del presidente Mauricio Macri, Alejandro Pereyra.

En esta oportunidad, el Gobierno decidió concentrar todo en Ozores, quien continuará liderando la intervención "con rango y jerarquía de secretario".

"En el ejercicio de su cargo, el Interventor tendrá las facultades y competencias establecidas para la Autoridad de Aplicación en las Leyes N°26.522 y N°27.078 y sus respectivas modificaciones, especialmente las que se le asignaran al directorio del Enacom y ejercerá la representación legal del organismo", se indicó en el decreto firmado por el Presidente Milei y el Jefe de Gabinete, Guillermo Francos.

El organismo había sido intervenido por el plazo de 180 días en enero. Como venció el plazo, el Poder Ejecutivo explicó que el proceso fue satisfactorio y llevo su tarea "con la finalidad de proceder a su reestructuración y adecuación a los nuevos lineamientos de simplificación y libre competencia promovidos por el Gobierno nacional".

"Dicho proceso de análisis y evaluación ha dejado en evidencia la falta de procedimientos adecuados en los programas, la falta de control suficiente, una estructura inadecuada y sobredimensionada, la ausencia de objetivos claros, discrecionalidad en la aplicación de fondos, entre otras observaciones que resulta necesario encausar", informó el Poder Ejecutivo.

En este marco se elevó a la Secretaría de Innovación, Ciencia y Tecnología el informe del estado del organismo para plantear los pasados a seguir.

Ganancias: AFIP prorrogó otra vez el plazo para la presentación de declaraciones juradas

La nueva postergación se dio a la espera de la sanción del Paquete Fiscal.

La Administración Federal de Ingresos Públicos dispuso una nueva prórroga en el plazo para que los trabajadores informen las deducciones anuales del Impuesto a las Ganancias correspondientes al 2023, mediante la Resolución General 5519/2024, publicada en el Boletín Oficial.

La medida extiende la fecha límite hasta el 15 de julio inclusive, siendo la cuarta vez que el organismo nacional prolonga el periodo establecido para llevar a cabo la presentación del formulario de declaración jurada.

La normativa estableció que "los beneficiarios de las rentas comprendidas en las Resoluciones Generales Números 2.442 y 4.003, sus modificatorias y complementarias, podrán, con carácter de excepción, efectuar la presentación del formulario de declaración jurada F. 572 Web, a través del servicio Sistema de Registro y Actualización de Deducciones del Impuesto a las Ganancias - Trabajador, correspondiente al período fiscal 2023, hasta el 15 de julio de 2024, inclusive".

La decisión de realizar una nueva postergación del plazo fijado está vinculada a la demora que se produjo en la sanción de la nueva legislación sobre Ganancias, que está incluida en el Paquete Fiscal, que el Ejecutivo envió al Congreso y sería aprobada este jueves.

En este sentido, en el texto oficial se precisó que la AFIP "implementó medidas acordes con los plazos parlamentarios para el dictado de las leyes, considerando, a su vez, su impacto en la liquidación anual de dicho tributo".

AFIP prorrogó el plazo para presentar y pagar Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales

Todos los años, un grupo de contribuyentes están obligados a presentar la declaración jurada de estos impuestos patrimoniales por sus tenencias hasta el 31 de diciembre del año anterior. Las nuevas fechas clave.

La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió los vencimientos para la presentación de las declaraciones juradas del Impuestos a las Ganancias y a los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2023, de acuerdo a la terminación de CUIT.

Las nuevas fechas limites para abonar y presentar los tributos serán el 26, 27 y 28 de agosto, de acuerdo a la terminación del CUIT de cada contribuyente, según la resolución 5516 publicada este viernes en el Boletín Oficial. El plazo era hasta el 13 de junio.

Según precisó la AFIP, están obligados a pagar y presentar el impuesto a los Bienes Personales aquellos que posean bienes gravados que superen al 31 de diciembre de 2023 el importe de $27.377.408 En ese sentido, la vivienda única y de uso permanente se computará si supera los $136.887.041.

Cuándo vence el impuesto cedular o a la renta financiera

El impuesto cedular, más conocido como gravamen a la renta financiera se presenta de manera anual. Se aplica sobre ingresos financieros generados durante el período.

  • Terminación CUIT 0, 1, 2 y 3: lunes 26 de agosto, inclusive.
  • Terminación CUIT 4, 5 y 6:martes 27 de agosto, inclusive.
  • Terminación CUIT 7, 8 y 9: miércoles 28 de agosto, inclusive.

Una vez realizada la declaración jurada del Impuesto Cedular, el impuesto debe pagarse el día hábil siguiente según el CUIT. En este caso, las fechas son 29, 30 y 31 de agosto, respectivamente.

Cómo presentar la declaración jurada de Ganancias, Bienes Personales e Impuesto Cedular

En el caso de Impuesto a las Ganancias y del Impuesto Cedular se realizan:

  • A través del servicio con clave fiscal Ganancias Personas Humanas - Portal integrado.

Mientras que el Impuesto sobre los Bienes Personales, la presentación se realiza:

  • Mediante el servicio web con clave fiscal Bienes Personales Web.

Boletín Oficial: el Presidente Fernández prorrogó las sesiones en el Congreso

El decreto con el pedido para que las sesiones ordinarias lleguen hasta el 9 de diciembre lleva la firma del presidente y el jefe de Gabinete, Agustín Rossi.

La edición del Boletín Oficial de este lunes 6 de noviembre trajo un decreto del Presidente Alberto Fernández en el que fijó que las sesiones en el parlamento pueden llegar hasta el 9 de diciembre.

La agenda política de los próximos días en Argentina tiene el debate entre los candidatos a presidente Javier Milei y Sergio Massa, el próximo domingo. Mientras que el 19 de noviembre los argentinos irán a las urnas para elegir al sucesor del Presidente Fernández.

El decreto fijó que se podrá sesionar en ambas cámaras con temario hasta un día antes de la asunción del próximo presidente de Argentina.

Decreto 583/2023

DCTO-2023-583-APN-PTE - Prorróganse las Sesiones Ordinarias.
Ciudad de Buenos Aires, 05/11/2023

En uso de las facultades conferidas por los artículos 63 y 99 inciso 9 de la Constitución Nacional.

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Prorróganse las Sesiones Ordinarias del HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN hasta el 9 de diciembre de 2023.

ARTÍCULO 2°.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

FERNÁNDEZ - Agustín Oscar Rossi.

La AFIP prorrogó el vencimiento del pago del Impuesto a las Ganancias para las empresas

Les dará 10 días extra a las sociedades con cierre del balance en diciembre para presentar sus declaraciones juradas y pagar el impuesto de 30% sobre los ingresos netos de 2020.

La Administración Federal de Ingresos Públicos prorrogó el plazo para la presentación de la declaración jurada y el pago del Impuesto a las Ganancias para las empresas hasta el 26 y el 27 de mayo.

Se trata de una medida que amplía unos 10 días la fecha límite original para las empresas, debido a los recientes cambios normativos incluidos en el aplicativo, y que beneficiará a las sociedades que cerraron sus balances en diciembre de 2020, cerca del 41% del universo, de acuerdo a estimaciones de la Oficina del Presupuesto del Congreso.

El plazo para la presentación de la DJ era entre el 13 y el 17 de mayo, según la terminación de CUIT, mientras que el pago vencía entre el 14 y el 18, el día posterior al de la declaración. Ahora, serán el 26 y el 27, con lo que las fechas de presentación y pago serán las mismas.

Además, el Fisco analiza una medida similar una para los vencimientos para personas humanas de este tributo y el Impuesto sobre los Bienes Personales, que toca realizar en junio.

Esta prorroga afecta al impuesto sobre las ganancias obtenidas en 2020, que para todas las empresas significa una alícuota de 30%, de acuerdo con el esquema de rebajas graduales de la reforma tributaria del macrismo, todavía vigente, que fue congelada durante el año pasado a través de la Ley de Solidaridad.