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Gobierno nacional prorrogó la suspensión de contrataciones en el Estado

El decreto 934/2025 mantiene el freno a las incorporaciones y define excepciones para áreas estratégicas, con un esquema de compensación de dos bajas por cada alta.

La administración nacional resolvió extender la suspensión de las incorporaciones de personal en el ámbito del Sector Público Nacional y ratificó la prohibición de realizar nuevas contrataciones, con la inclusión de un régimen de excepciones para áreas específicas.

La decisión quedó establecida mediante el decreto 934/2025, que oficializa la continuidad de la política sobre la planta estatal.

El alcance de la medida es amplio y comprende a todas las jurisdicciones y entidades del sector público.

En ese marco, la normativa establece que "no podrán realizar designaciones ni contrataciones de personal, bajo ninguna modalidad".

Se trata de una disposición que abarca desde plantas transitorias y contratos bajo la Ley Marco de Empleo Público hasta contratos laborales, locaciones de servicios profesionales, designaciones transitorias en cargos de planta permanente y contrataciones.

No obstante, el decreto introdujo un conjunto de excepciones vinculadas a funciones consideradas estratégicas o sujetas a regímenes particulares.

Entre ellas se incluyeron las universidades nacionales, las Fuerzas Armadas y de Seguridad, el Servicio Penitenciario Federal, el Sistema Nacional de Manejo del Fuego y el Cuerpo de Guardaparques Nacionales.

También el personal de hospitales nacionales y de institutos de investigación del Ministerio de Salud, el personal de gabinete y las designaciones destinadas a cargos ejecutivos y jefaturas del SINEP.

En los casos en que se habilite alguna de estas excepciones, la norma fija un criterio de compensación: deberán computarse dos bajas por cada alta.

A tal efecto, se consideran válidas las renuncias, jubilaciones, desvinculaciones o finalizaciones de contratos ocurridas durante 2026, mientras que quedan excluidas las bajas derivadas de planes de retiro voluntario o acuerdos de desvinculación.

Por último, el decreto dispone que toda incorporación autorizada bajo el régimen excepcional deberá contar con la validación previa de la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública.

Esta será la encargada de verificar el cumplimiento de las condiciones establecidas antes de habilitar cualquier alta de personal.

Prorrogaron vencimientos de tasas municipales a comercios de la Ciudad de San Juan

La Ciudad de San Juan extendió los plazos y beneficios vigentes para el cumplimiento de obligaciones municipales.

La Dirección de Rentas de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan informa a los contribuyentes que se ha dispuesto la prórroga del vencimiento de tasas municipales, con el objetivo de brindar facilidades para el cumplimiento de las mismas.

Se extiende hasta el 30 de junio de 2025 el plazo para la cancelación de las boletas con vencimiento original al 31 de mayo de 2025, correspondientes a: actividades comerciales, industriales y de servicios de contribución por publicidad y propaganda.

La prórroga alcanza las siguientes modalidades de pago: anual, primer semestre, y cuotas 1, 2, 3, 4 y 5.

Además, continúa vigente el esquema de beneficios de hasta un 40% de descuento para quienes abonen dentro de los plazos establecidos.

Lugares habilitados para el pago
Web oficial de la Municipalidad de la Ciudad de San Juan.
Banco San Juan, San Juan Servicios, Plus Pagos, Pago Fácil, Rapipago, Banelco, Link, Lotipago y Cobro Express.

Se prorrogó en San Juan la fecha de vencimiento del impuesto Inmobiliario 2025

Según informó el Ministerio de Economía de la provincia de San Juan, con el pago en término, los contribuyentes obtienen importantes descuentos.

El Ministerio de Economía, Finanzas y Hacienda, a través de la Dirección General de Rentas de San Juan, informa que se prorrogaron las fechas de vencimiento del Impuesto Inmobiliario 2025.

Nuevos vencimientos para el pago

  • Pago único anual: lunes 7 de abril
  • Primera cuota del pago semestral: martes 8 de abril

Beneficios para los contribuyentes

  • 15% de descuento para el pago anual
  • 5% de descuento para el pago semestral en cada una de sus cuotas
  • 10% de descuento adicional por pago on-line a través de la página web DGR, a través de los medios electrónicos habilitados en la página web DGR y en la APP Ciudadano Digital.

Promoción con tarjeta de crédito
Los pagos Anual y Semestral de Impuesto Inmobiliario, se pueden abonar con Tarjeta de Crédito del Banco San Juan en 6 cuotas sin interés, a través de la página web DGR.

Descuentos por Buen Contribuyente
La DGR aclara que, quienes se encontraban al día con sus obligaciones fiscales al 31 de diciembre de 2024, tienen un 15% de descuento.

Asimismo, quienes hayan cumplido con sus obligaciones tributarias y no se hayan adherido a la Moratoria 2024, por encontrarse al día al 31 de diciembre de 2023, tienen un descuento extra del 10%.

Ambos descuentos se encuentran incluidos en las boletas del Impuesto Inmobiliario 2025.

Pago Mensual: Si está adherido al Débito Automático o Cesión de Haberes, tiene un 10% de Descuento en cada cuota.

Las gestiones de pago pueden realizarse de manera rápida y sencilla a través del sitio web oficial de Rentas: https://rentas.dgrsj.gob.ar accediendo con clave de Ciudadano Digital.

Para quienes prefieran atención personalizada, pueden dirigirse a las oficinas de Rentas en el Centro Cívico, planta baja, de 7.15 a 14.45 horas.

Gobierno prorrogó por un año la prohibición de la pauta oficial en medios

Con la firma del Portavoz Manuel Adorni, el Gobierno prolonga una medida que va en línea con las políticas de austeridad fiscal que se trazó la administración de Javier Milei.

Por resolución, el Poder Ejecutivo prorrogó por un año más la suspensión de las campañas oficiales de publicidad en medios de comunicación que "con carácter oneroso" realice la Administración Pública Nacional y el Banco Nación.

Con la firma del Portavoz, Manuel Adorni, el Gobierno prolongó la prohibición de la pauta oficial, una medida que va en línea con las políticas de austeridad fiscal que se trazó la administración de Javier Milei.

En los considerados de la resolución 7147/2024, se recordó que el decreto 89/23 suspendía la pauta oficial "con el doble objetivo de adecuar las estructuras y procedimientos de la administración nacional y volver más eficiente criterio de gasto público, dadas las circunstancias del país al momento del dictado del decreto".

En ese momento, se habían priorizado "los criterios de austeridad y eficiencia en el uso de los escasos recursos públicos existentes, a efectos de poder asignar los mismos a cuestiones prioritarias".

El 27 de junio, además, el Congreso sancionó en ambas cámaras la Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos, por medio de la cual se declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año.

En la resolución se aclaró que "las circunstancias actuales obligan a mantener la vigencia de aquellas medidas que garanticen un manejo eficiente del gasto público y un accionar mesurado que no habilite el sobredimensionamiento de la estructura y de las actividades del Estado nacional".

Cuota Simple seguirá pero con cambios: en cuántas cuotas se podrá comprar

El Gobierno nacional anunció la prórroga del programa de cuotas por 6 meses, aunque con modificaciones.

El plan Cuota Simple sufrirá modificaciones a partir del 2025. El programa de financiamiento guiado por el Gobierno nacional dejará de ofrecer 12 cuotas.

Así, la posibilidad de compras con pago a largo plazo se reduce a los acuerdos entre comercios y empresas con las entidades bancarias.

Además, será extendido por seis meses, sólo estará disponible para pymes y se elevará la tasa de interés anual de 40 a 50% en los planes de 3 y 6 cuotas.

"Vamos a buscar que se renueve en el segundo semestre, pero va a depender de muchas situaciones", aseguró Ricardo Diab, Secretario general de la Confederación Argentina de Mediana Empresa y Presidente de la Asociación Empresaria de Rosario.

Diab recordó que ambas entidades impulsaron la confección de Cuota Simple y con el paso de los meses lograron extender el periodo de pago y los rubros.

En este sentido, defendió el programa pero reconoció que "los bancos no están interesados" en sostener las 12 cuotas bajo este plan ya que el 84% de las ventas se realizan en hasta 6 pagos.

El objetivo del Gobierno nacional es incentivar a los bancos a seguir compitiendo como se puede ver en el mercado con entidades ofreciendo 18 y hasta 24 cuotas fijas, siempre por fuera de Cuota Simple.

En esta misma línea, las promociones bancarias también han visto la llegada de las 12 cuotas sin interés.

Cabe recordar que Cuota Simple no contaba con aportes del Estado, pero "sí intervenía para que los bancos ofrezcan la promoción", detalló Diab.

La tasa de interés era del 85% respecto de la Tasa Nominal Anual del Banco Central, es decir que en cada reducción de TNA, bajaba el interés del programa.

Cambios en Cuota Simple

El programa Cuota Simple ofreció durante 2024 tres tipos de financiamiento: 3, 6 y 12 cuotas, con una tasa de interés de 40% para los dos primeros y de 50% para el tercero. Estaba habilitado para todos los comercios y en 36 rubros distintos.

La proyección del Gobierno ahora, según publicó Infobae, es eliminar las 12 cuotas y elevar la tasa de interés de las 3 y 6 a 50%, es decir, unos 10 puntos más.

"Nos parece baja en comparación a lo que habíamos llegado, además ahora hay promociones acordadas entre bancos y comercios mejores que Cuota Simple", remarcó Diab.

Por otra parte, a partir del 1 de enero sólo estará habilitado en pymes, dejando por fuera varías firmas de mayor tamaño.

Un ítem que no se corre son los 36 rubros enmarcados en programa, los cuales se pueden consultar aquí.

Impuesto Pais: prorrogaron la fecha para el ingreso de percepciones

A través de una Resolución, ARCA extendió el plazo para cumplir las obligaciones relacionadas con el tributo. Inicialmente, el plazo era hasta el 18 de diciembre.

A pocos días de la eliminación del Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria, el Gobierno dispuso una prórroga para cumplir con las obligaciones relacionadas a este tributo.

A través de la Resolución General 5615/2024, publicada en el Boletín Oficial por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, se extendió hasta el 26 de diciembre de 2024 el plazo para ingresar las percepciones correspondientes al Impuesto Pais realizadas entre el 8 y el 15 de diciembre, inclusive.

El objetivo de la medida es "facilitar el cumplimiento de las obligaciones de los contribuyentes y/o responsables, deviene oportuno extender hasta el 26 de diciembre de 2024 el plazo para el ingreso de las percepciones del referido gravamen".

Inicialmente, el plazo para el ingreso de las percepciones estaba establecido para el miércoles 18 de diciembre de este año.

Sin embargo, tras la publicación de la resolución durante la madrugada de este lunes, la fecha límite se extendió hasta el jueves 26 de diciembre, dos días después de la fecha prevista para la eliminación del impuesto, según lo anunciado previamente por el Gobierno.

Eliminación del Impuesto Pais

El impacto del Impuesto Pais comenzará a disiparse a partir del 24 de diciembre.

Desde esa fecha, se eliminará el recargo del 30% asociado a este tributo, aunque continuará vigente el 30% de percepción para cuentas de Ganancias y Bienes Personales.

Como consecuencia de esta medida, los gastos realizados por argentinos en el exterior con tarjeta tendrán una significativa reducción de costos, especialmente desde inicios de 2025, coincidiendo con el comienzo de la temporada de vacaciones.

En este contexto, a finales de noviembre se formalizó la eliminación de la retención del 95% del impuesto, que la ARCA exigía como anticipo para acceder a divisas destinadas al pago de importaciones.

Dado que los pagos de importaciones se realizan a 30 días, periodo en el que el Banco Central habilita las divisas para concretar la operación, el anticipo perdió sentido desde el 25 de noviembre, ya que el impuesto dejaría de existir antes de que se completaran las transacciones.

Por último, la ARCA oficializó la medida mediante una norma publicada en el Boletín Oficial, estableciendo que, a partir de las 0 horas del día de la fecha, se eliminaba la obligación de realizar el pago a cuenta del 95% del Impuesto Pais para operaciones de importación.

Gobierno prorrogó la emergencia energética hasta el 9 de julio de 2025

Los nuevos cuadros tarifarios podrían aplazarse en línea con el decreto firmado por el Presidente Javier Milei y sus ministros.

El Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto 1023/2024, prorrogando hasta el 9 de julio de 2025 la emergencia en el sector energético, inicialmente establecida por el Decreto 55/2023 y que abarca a la generación, transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural.

Según el texto oficial, para alcanzar los objetivos de garantizar la continuidad y sostenibilidad de los servicios en un contexto de crisis estructural "resulta indispensable y urgente extender la declaración de emergencia hasta el 9 de julio de 2025, con el fin de permitir que los órganos competentes continúen adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos".

Asimismo, el decreto instruyó a la Secretaría de Energía a "mantener en términos reales los niveles de ingresos y cubrir las necesidades de inversión, para seguir garantizando la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios".

Además, se pospone hasta esa fecha la vigencia de los cuadros tarifarios resultantes de los procesos de revisión iniciados en 2023. En ese marco, la normativa establece que "la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes no podrá exceder del 9 de julio de 2025" y se dispone que en el proceso de adecuación tarifaria se apliquen "mecanismos que posibiliten la participación ciudadana".

El decreto también prorroga la intervención del Ente Nacional Regulador de la Electricidad y del Ente Nacional Regulador del Gas hasta que se constituya y ponga en funcionamiento el Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, creado por la Ley 27.742.

La norma invita a las provincias a coordinar acciones con la Secretaría de Energía para reforzar la prestación de los servicios eléctricos bajo sus jurisdicciones. Según el texto, "resulta conveniente y razonable prorrogar el Decreto N° 55/23 en lo atinente a los plazos de la emergencia declarada con el fin de ordenar y unificar los tiempos, acciones y objetivos previstos".

El decreto fue firmado por el Presidente Javier Milei y refrendado por los ministros Guillermo Francos, Luis Petri, Mario Iván Lugones, Mariano Cúneo Libarona, Sandra Pettovello, Patricia Bullrich, Gerardo Werthein, Luis Andrés Caputo y Federico Adolfo Sturzenegger.

Gobierno prorrogó el vencimiento de Ganancias y se modificaron los parámetros para calcular anticipos

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP, fijó un procedimiento para el cálculo de los anticipos de Ganancias del período fiscal 2024 y cambió la fecha de vencimiento.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero fijó un procedimiento especial para el cálculo de los anticipos del Impuesto a las Ganancias para el período fiscal 2024, correspondiente a las personas humanas y sucesiones indivisas, en función de lo establecido en la Ley 27.743.

Mediante la Resolución General 5600/24, que se publicó en el Boletín Oficial, el organismo estableció también una nueva prórroga del vencimiento y actualizó los parámetros para fiscalizar la solicitud de reducciones.

De esta manera el primer anticipo del Impuesto a las Ganancias 2024 vencerá el 25 de noviembre, para todos los contribuyentes.

Antes, los vencimientos ya se habían trasladado hasta el 13, 14 y 15 de este mes, según CUIT.

De acuerdo al organismo encabezado por Florencia Mirashi, funcionarios del Poder Ejecutivo que presentaron la Ley Fiscal resaltaron que diversos valores fijados en esa ley contenían un ajuste para compensar las variaciones de precios de la primera parte del año.

En función de eso, fue necesario establecer un procedimiento excepcional para la determinación de los anticipos correspondientes al período fiscal 2024 que contemple las adecuaciones efectuadas por la citada ley.

Por otra parte, se elevó de $50.000.000 a $150.000.000, uno de los parámetros considerados para que los contribuyentes y responsables que ejerzan la opción de reducción de anticipos requieran de un procedimiento especial con controles adicionales.

El resto de los anticipos del impuesto vencerán en diciembre, febrero, marzo y abril.

Qué son los anticipos

Los anticipos son pagos a cuenta de un determinado impuesto al que está obligado un contribuyente.

Estos pagos se descuentan del monto determinado de la obligación principal al momento de presentar la correspondiente declaración jurada.

Quiénes deben abonar los anticipos

Todas las personas humanas y sucesiones indivisas inscriptas en el impuesto deben determinar 5 anticipos e ingresar cada uno de ellos.

Cómo se ingresan los anticipos

El pago del anticipo deberá efectuarse a través de la Billetera Electrónica AFIP o mediante Volante Electrónico de Pago, accediendo al servicio con clave fiscal Presentación de DDJJ y Pagos y utilizando los siguientes códigos para su consolidación:

  • Impuesto: 011 - Ganancias Personas Físicas.
  • Concepto: 191 - Anticipos.
  • Subconcepto: 191 – Anticipos.

ARCA oficializó nueva prórroga para regularizar activos

La resolución modifica y extiende las fechas y procedimientos del Régimen de Regularización de Activos, lo que permite a personas y entidades cumplir con sus obligaciones fiscales.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero, ex AFIP, emitió la Resolución 5596/2024 la cual, en términos simples, modifica y actualiza una resolución anterior, la Nº 5.528, relacionada con un tema muy específico: el Régimen de Regularización de Activos.

Dicho régimen establecido por la Ley N° 27.743 ofrece una oportunidad para que las personas y empresas regularicen bienes y activos que no habían sido declarados previamente al fisco. A cambio de esta regularización, se estableció un pago especial.

Así, se dispuso que la segunda etapa del blanqueo se extenderá desde el 9 de noviembre de 2024 y hasta el 7 de febrero de 2025, ambas fechas, inclusive, y la tercera, desde el 8 de febrero de 2025 y hasta el 7 de mayo de 2025.

Entre el 1 y el 8 de noviembre de 2024 se podrá blanquear dinero en efectivo “habiendo regularizado o no fondos al 31 de octubre de 2024”.

La letra chica de la resolución

  • Actualiza plazos: debido a que las leyes y normas suelen modificarse con el tiempo, esta resolución ajusta los plazos establecidos en el régimen de regularización, dando más tiempo a los contribuyentes para cumplir con sus obligaciones.
  • Aclara dudas: al modificar la resolución anterior, se aclaran ciertos puntos que podrían generar confusiones y se garantiza que la aplicación del régimen sea uniforme.
  • Adapta la normativa: la resolución se ajusta a nuevas leyes y decretos, asegurando que el régimen de regularización esté siempre alineado con el marco legal vigente.

Qué cambios introduce

En esencia, esta resolución introduce nuevos plazos para la adhesión al régimen de regularización de activos. Estos plazos se extienden debido a la promulgación de nuevos decretos, N° 864/24 y N° 977/24.

Además de los cambios en los plazos, la resolución realiza ajustes en la redacción de la resolución anterior para garantizar que se haga referencia a todos los decretos relevantes y que no haya contradicciones.

Esta resolución es una herramienta importante para aquellos que deseen aprovechar los beneficios del régimen de regularización de activos.

Al comprender los cambios introducidos y los plazos vigentes, los contribuyentes pueden tomar decisiones informadas y cumplir con sus obligaciones fiscales.

El régimen aplica a:

  • Personas humanas y sucesiones indivisas.
  • Personas jurídicas residentes fiscales en Argentina al 31 de diciembre de 2023.
  • Personas humanas no residentes que fueron residentes fiscales en Argentina antes del 31 de diciembre de 2023 y perdieron esta condición a esa fecha.

Gobierno prorrogó el blanqueo de capitales y se extenderá hasta el 31 de octubre

La medida se da por el pedido de numerosos bancos y estudios contables. La segunda etapa del Régimen de Regularización de Activos comenzará el 1 de noviembre.

La primera etapa del blanqueo de capitales entró en su recta final y el Gobierno decidió extender el primer vencimiento previsto para el próximo lunes.

"Por pedido de numerosos bancos y estudios contables ante el Régimen de Regularización de Activos, se dispondrá por Decreto la prórroga para realizar la manifestación de la adhesión al régimen de la Etapa 1, hasta el 31 de octubre de 2024 inclusive", explicaron.

De esta manera, las nuevas fechas para las tres etapas serán las siguientes.

  • Etapa 1: Desde el 1 de octubre de 2024 y hasta el 31 de octubre de 2024, ambas fechas inclusive.
  • Etapa 2: Desde el 1 de noviembre y hasta el 31 de enero de 2025, ambas fechas inclusive.
  • Etapa 3: Desde el 1 de febrero de 2025 y hasta el 30 de abril de 2025, ambas fechas inclusive.

"A partir de este decreto, todas las personas que deseen, podrán depositar su dinero en un banco hasta el 30 de octubre inclusive y podrán retirarlo a partir del 1 de noviembre", indicaron desde el Ministerio de Economía.

"Solamente el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre podrá ser retirado parcial o totalmente a partir del 1 de octubre, tal como fuera estipulado originalmente", agregaron.

"A partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se podrán regularizar montos adicionales", cerraron desde la cartera que dirige Luis Caputo.

La primera fase, que comenzó con retraso debido a la demora en la aprobación de la Ley de Bases y el paquete fiscal, es el momento en que se debe blanquear la tenencia de dólares y pesos en efectivo.

Este período se extiende hasta el 31 de octubre, y la alícuota es del 5% para aquellos contribuyentes que regularicen más de US$100.000 y opten por no usar esos fondos en las inversiones aprobadas por el Gobierno, que permiten evitar una multa.

Por otro lado, si los fondos se mantienen depositados hasta 2026, o se invierten en un conjunto de opciones aprobado por el Ministerio de Economía, no se aplicará ninguna penalización.

Este conjunto de opciones incluye una variedad de alternativas de inversión, como obligaciones negociables locales, acciones argentinas, bonos soberanos y fondos comunes de inversión. También se permite destinar el dinero a la compra de bienes inmuebles o activos productivos.

Una vez concluida esta primera etapa, comenzará la segunda, donde se aplicará una alícuota del 10% para los montos que excedan los US$100.000. Finalmente, la etapa conclusiva tendrá una alícuota del 15%.