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Eliminaron trámite de fe de vida para jubilados y pensionados

La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino y del  Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida.

El Gobierno promulgó la ley que establece la eliminación del trámite de fe de vida a jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, y, de este modo, quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia.

Se trata de la ley 27721, que había sido sancionada por el Congreso el 5 de julio y que ahora fue promulgada por medio del Decreto 365/2023, publicado este lunes en el Boletín Oficial.

La norma dispone que los beneficiarios de jubilaciones y pensiones del Sistema Integrado Previsional Argentino y del Sistema de Pensiones no Contributivas quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales.

Además, los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino, como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo de Anses no requerirán de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia.

Las entidades que realicen pagos de jubilaciones y pensiones, por su parte, tienen la obligación de rendir como impagos los fondos pagados con posterioridad a la fecha de fallecimiento de la persona titular del beneficio, de acuerdo con el texto oficial.

Por su parte, Anses quedó facultada para dictar las normas aclaratorias y complementarias pertinentes a la ley.

El decreto de promulgación lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de Gabinete Agustín Rossi y se la ministra de Trabajo Raquel Kismer de Olmos.

Anses: jubilados deberán hacer el trámite de Fe de Vida para cobrar el aguinaldo

Anses comenzó con el pago a jubilados y pensionados en lo referido a junio de 2023, que incluye aguinaldo, aumento y bono refuerzo.

Por ello, la Administración Nacional de Seguridad Social recordó que en algunos bancos todavía es obligatorio el trámite de Fe de Vida para poder cobrar jubilaciones.

La Fe de Vida es el documento que exigen muchos bancos a todos los beneficiarios del organismo previsional para que puedan retirar sus haberes.

Esto es para los jubilados y pensionados que superen los 80 años, quiénes deben presentar la documentación o constatar que están vivos en sus respectivas entidades crediticias para certificar que su cuenta está habilitada.

El trámite lo piden las entidades bancarias, aunque no es requisito obligatorio de Anses.

El documento también se conoce como de "supervivencia". En caso de que no sea certificada de manera fehaciente, es posible que el banco en el que se registran los haberes impida el acceso al cobro correspondiente.

Pese a que no es un trámite obligatorio, la fe de vida obligatoria fue dispuesta por la Anses hace casi un año luego de la suspensión que se dio por la pandemia de Covid-19.

De todas formas, el organismo previsional obliga a los bancos a que haya un proceso virtual o automático de validación para evitar los procesos presenciales.

Qué bancos exigen Fe de Vida para cobrar jubilación

Banco Macro

Banco de Santiago del Estero

Banco Industrial

Banco Patagonia

Compañía Financiera Argentina

Banco Galicia

Banco Columbia

Banco BBVA 

Nuevo Banco del Chaco

Banco de Corrientes

Banco de Formosa

Banco Comafi

Banco Provincia de Neuquén

Banco de La Rioja

Banco Chubut

Banco Itaú

Banco de Tierra del Fuego

Qué bancos no exigen Fe de Vida

Banco Nación

Banco de la Provincia de Buenos Aires

Banco de Córdoba

Banco de La Pampa

Banco de San Juan

Bando de Santa Cruz

Banco de Santa Fe

Banco de Entre Ríos

Banco Piano

Banco Supervielle en Córdoba

Vuelve el trámite de fe de vida para los jubilados y pensionados

Estaba suspendido por la pandemia, pero otra vez será condición para cobrar los haberes, según anticiparon entidades bancarias. Sería a partir de marzo.

Luego de que la Administración Nacional de Seguridad Social suspendiera en 2020 el trámite de fe de vida para el cobro de jubilaciones y pensiones en el marco de la pandemia de coronavirus, y estableciera sucesivas prórrogas, el mismo volverá a realizarse a partir del 1 de marzo de este año, por lo que los bancos ya comenzaron a informar a sus clientes respecto de la necesidad de tramitarlo a través de diferentes modalidades.

Por distintas vías, el Banco Nación y otras entidades financieras empezaron a enviar mensajes a sus clientes jubilados con la advertencia de que a partir de marzo será necesario acreditar la supervivencia cada mes, gestión que había sido suprimida por razones sanitarias para evitar que las personas mayores tuvieran que concurrir a las sucursales en el pico de la pandemia.

No obstante, desde la Administración Nacional de Seguridad Social confirmaron que la suspensión del trámite termina a fines de este mes, sin embargo dejaron la puerta abierta y dijeron que "en los próximos días se va a informar que sucederá a partir de marzo".

En condiciones normales, el trámite es un requisito necesario para el cobro de las jubilaciones y pensiones, y lo deben realizar los jubilados y pensionados personalmente o por medio de sus apoderados. En ese sentido, los bancos ya ofrecen alternativas no presenciales para que los titulares de jubilaciones y pensiones no tengan que concurrir a las sucursales o centros de pago para hacer este trámite.

Desde el Nación informaron que se puede hacer de manera remota mediante la aplicación BNA+. También se puede acreditar la supervivencia a través de compras con tarjetas de débito en farmacias o supermercados o con tarjetas de crédito en cualquier comercio, siempre que se tenga un “paquete de servicios previsional”. También puede hacerse mediante aquellos cajeros automáticos que reciben huellas dactilares.

La vigencia es mensual y quienes decidan hacerlo presencialmente en las sucursales no necesitan pedir un turno, al igual que el resto de las gestiones bancarias para jubilados y pensionados.