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Comenzó la veda electoral: qué no se puede hacer y cuáles son las multas

Es fundamental saber qué cosas no están permitidas para no exponerse a sanciones.

Desde las 8 de la mañana de este viernes 24 de octubre ya rige la veda electoral en todo el país.

Se trata de un período de 48 horas previo al inicio de las elecciones 2025 en los que la idea es que los ciudadanos tengan un tiempo de reflexión para decidir su voto sin recibir publicidades, propuestas políticas ni mensajes tendientes a direccionar su elección en uno u otro sentido.

En este marco es muy importante saber qué no se puede hacer y cuáles son las multas vigentes por infringir esta normativa prevista por el Código Electoral Nacional. Las reglas alcanzan tanto a candidatos y partidos políticos como a medios de comunicación y ciudadanos comunes.

Con la veda electoral se pretende garantizar que el electorado tenga un tiempo de reflexión libre de presiones políticas y publicitarias.

Por esa razón, dos días antes de la apertura de las mesas empieza a regir este impedimento que le pone freno a las campañas y, además, no permite difundir encuestas ni realizar actividades que puedan influir en la decisión de los votantes.

La veda electoral, que ya está rigiendo, se extenderá hasta el domingo a las 21, es decir tres horas después de finalizados los comicios.

¿Qué no se puede hacer durante la veda electoral?

El artículo 71 del Código Electoral Nacional es claro sobre las actividades que no se pueden realizar:

  • Reuniones de electores durante las horas de la elección.
  • Espectáculos populares al aire libre o en lugares cerrados, fiestas teatrales, deportivas y cualquier tipo de reunión pública.
  • Venta de bebidas alcohólicas: los locales deben permanecer cerrados hasta tres horas después del cierre de los comicios.
  • Portación de armas, uso de banderas, divisas o distintivos partidarios durante el día de la elección, desde 12 horas antes y hasta tres horas después de finalizada la votación.
  • Actos públicos de campaña y la difusión de encuestas o sondeos preelectorales, desde 48 horas antes del inicio de la elección y hasta el cierre de las mesas.
  • Tomar fotografías de la boleta durante el acto electoral.

Entre las actividades que sí se pueden hacer normalmente están las reuniones privadas, siempre que no se difundan mensajes políticos.

Tampoco hay restricciones para la circulación de personas ni para la actividad comercial que no esté expresamente vedada.

El incumplimiento de la veda puede derivar en multas para ciudadanos y candidatos, así como en sanciones para medios y organizaciones políticas.

En los casos más graves, la Justicia Electoral puede ordenar arrestos o suspender actos en curso para garantizar el respeto de la norma.

Elecciones 2025: las multas por romper la veda electoral

Aquellas personas que no respeten la veda en estas elecciones podrán ser denunciados por violar el Código Electoral y en caso de que se compruebe la falta quedan expuestos a sanciones económicas y hasta a penas de prisión.

Esto es así porque la normativa dice que "se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas"

Esa norma también reprime, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral.

En el artículo 140 se penaliza con 2 meses a 2 años de prisión a quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo".

Mientras que el artículo 141 determinar una pena de hasta 3 años de cárcel para quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio".

A los ciudadanos, además, se les podrá cobrar una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación.

Lo mismo aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

La ley electoral también prevé multas de entre $10.000 y $100.000 "a toda persona física o jurídica" que viole la restricción de difundir sondeos durante la veda.

Sin embargo, los medios pueden publicar información sobre los candidatos que no esté relacionada con encuestas, ya que la ley no lo prohíbe y todo lo que no está expresamente prohibido está permitido. La legislación tampoco hace referencia a las redes sociales.

Diputados del PRO pidieron que se elimine la veda electoral: "Nos silencia y abre espacio a rumores"

Damián Arabia y Gerardo Milman cuestionaron la reglamentación. Presentaron proyectos para derogarla.

Los diputados nacionales del bloque PRO, Damián Arabia y Gerardo Milman coincidieron este sábado en el pedido de que se elimine la veda electoral, un mecanismo que consideran "anticuado" y poco útil en los tiempos actuales.

"En vísperas de una nueva elección, vengo a recordar que hace meses presenté un proyecto para eliminar la veda, por lo anticuada que es, pero fundamentalmente porque millones de gastronómicos y comerciantes pierden plata. Necesitamos más sector privado, no más restricciones", escribió Arabia en redes sociales.

En tanto, Milman, su par en la Cámara Baja, sostuvo que este mecanismo "nació en otro tiempo, cuando la información estaba concentrada en pocos medios".

"Hoy vivimos en una sociedad conectada, madura y con derecho a decidir hasta el último minuto. En lugar de proteger, la veda nos silencia, genera desigualdad y abre espacio a rumores", argumentó el diputado del partido amarillo, quien al igual que Arabia presentó una iniciativa para derogar esa reglamentación.

Comenzó la veda electoral: qué no pueden hacer los partidos y todos los detalles

La prohibición de actividades proselitistas y de difusión de encuestas se extenderá hasta las 21 horas del domingo, tres horas después del cierre de las mesas de votación del balotaje.

A partir de las 8 de la mañana comenzó en todo el territorio nacional la veda electoral que se extenderá hasta el domingo a las 21 horas, luego del cierre de los comicios del balotaje que enfrentará a los candidatos presidenciales Sergio Massa de Unión por la Patria y Javier Milei de La Libertad Avanza.

Durante este período de veda quedarán prohibidas las actividades proselitistas y la difusión de información sobre encuestas de los comicios.

De acuerdo al artículo 71 del Código Nacional Electoral, dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de "realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo" a las 18 horas del próximo domingo.

Cuál es el objetivo de la veda electoral

Uno de los propósitos es el de generar una instancia libre de reflexión en el período inmediatamente anterior a la elección para que los ciudadanos puedan evaluar, teóricamente sin ser influidos por la propaganda política, sobre el sentido de su voto, en caso de que aún no hayan tomado la decisión.

Qué actividades no se pueden hacer durante la veda electoral

  • Actos públicos de proselitismo: esto incluye actos políticos, mítines, concentraciones, desfiles, etc.
  • Publicación y difusión de encuestas y sondeos preelectorales: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc.
  • Ofrecer o entregar boletas de sufragio: esto incluye ofrecer o entregar boletas de sufragio a los electores, a los miembros de mesas receptoras de votos o a los funcionarios electorales.
  • Portar armas, usar banderas, divisas u otros distintivos: esto incluye portar armas de fuego, portar banderas, divisas u otros distintivos de partidos políticos.
  • Abrir organismos partidarios: esto incluye abrir locales partidarios dentro de un radio de 80 metros de los centros de votación.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección: esto incluye encuestas, sondeos, proyecciones, etc., sobre el resultado de la elección.

Qué se puede hacer y qué no

Según consta en el sitio Argentina.gob.ar:

  • Se prohíbe realizar actos públicos de campaña.
  • Se prohíbe el proselitismo electoral, incluidos los avisos publicitarios y el reparto de boletas y la apertura y funcionamiento de locales partidarios.
  • También se prohíben posteos en redes sociales y la actividad online destinada a promover el voto de un candidato en particular.
  • Se prohíbe la publicación y difusión de resultados de encuestas o sondeos preelectorales, una medida que estará vigente hasta las 22 del domingo.
  • La venta de bebidas alcohólicas quedará restringida a partir de las 20 horas del sábado hasta las 21 horas del domingo.
  • La portación de armas está prohibida durante la veda electoral.
  • Se prohíben los espectáculos populares al aire libre o en recintos cerrados, fiestas teatrales, deportivas y toda clase de reuniones públicas que no se refieran al acto electoral.

Qué pasa con quienes violan la veda electoral

Los ciudadanos que no respeten la veda podrán ser denunciados por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penas establecidas para aquellos que violan la veda dependen del incumplimiento en el que incurran.

Comenzó la veda electoral: qué está prohibido hacer y hasta cuándo rige

Todos los detalles de la veda electoral de cara a las generales del próximo 22 de octubre. Qué se puede hacer y qué no.

El Gobierno nacional dispuso este viernes por la mañana el comienzo de la veda electoral en todo el país en el marco de las elecciones generales de este domingo. En este contexto, quedaron prohibidas las campañas y publicidades políticas de los candidatos presidenciales de todas las fuerzas políticas.

La veda electoral se define como "silencio electoral" o "jornada de reflexión" en donde los electores deben cumplir con ciertas prohibiciones sociales y políticas antes del inicio de los comicios.

Cuánto dura la veda electoral

La veda electoral en estas Elecciones 2023 comenzó 48 horas antes del inicio de las elecciones , es decir, este viernes 20 de octubre a las 8 de la mañana.

Otra limitación que rige desde este viernes es la prohibición para la publicación de encuestas, proyecciones o sondeos de opinión, pronósticos electorales, o referirse a sus datos, desde el inicio del proceso electoral hasta tres horas después.

Qué acciones están prohibidas durante la veda electoral

Según los entes organizadores de las elecciones a nivel nacional, hay una lista de acciones prohibidas durante la veda electoral:

Actos públicos de campaña y proselitismo electoral.

Espectáculos populares al aire libre o en espacios cerrados.

Portación de armas.

Portación de banderas, insignias o distintivos partidarios.

Venta de bebidas alcohólicas, la cual estará permitida hasta las 20 horas del sábado, día previo a la elección.

Ofrecer boletas para el voto dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.

Publicación y difusión de encuestas o sondeos.

Arrancó la veda electoral: cuánto dura y qué actividades están prohibidas de cara a las PASO

Los políticos decidieron suspender sus actos de campaña el miércoles por el crimen de Morena Domínguez en Lanús.

Las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias en Argentina serán este domingo 13 de agosto y este viernes comenzó la veda electoral. Qué se puede hacer, lo que está prohibido y qué ocurre con la venta de bebidas alcohólicas.

La veda electoral es un período de tiempo establecido por el Código Nacional Electoral en el que se aplican una serie de prohibiciones legales vinculadas a la propaganda política.

Restricciones y prohibiciones durante la veda electoral

Durante la veda electoral, tanto los candidatos y sus partidos como los ciudadanos deben acatar ciertas restricciones. Estas incluyen lo siguiente.

  • Prohibición de actos de campaña: no se pueden realizar actos públicos de campaña y proselitismo electoral.
  • Restricción en la entrega de boletas: no se pueden ofrecer o entregar boletas de sufragio dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos.
  • Prohibición de encuestas: no se pueden publicar ni difundir encuestas o sondeos preelectorales.
  • Venta de bebidas alcohólicas: prohibida desde las 20 horas del sábado hasta las 21 del domingo.
  • Espectáculos y reuniones públicas: no se pueden realizar espectáculos populares ni reuniones públicas no relacionadas con el acto electoral.
  • Portación de armas y distintivos partidarios: está prohibido portar armas y llevar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Cuándo empieza y termina la veda electoral

La veda electoral para las elecciones PASO 2023 empezó a regir a partir del viernes 11 de agosto a las 8 de la mañana y finalizará el domingo 13 a las 21. Desde entonces, los políticos no pueden realizar actos públicos ni entregar boletas, entre otras tantas situaciones.

A partir de qué hora ya no se podrá comprar alcohol

Por la veda electoral, los comercios tienen prohibido vender alcohol desde las 20 horas del sábado 12 de agosto hasta las 21 horas del domingo.

¿Abren los bares el sábado 12 de agosto?

Los bares podrán abrir sus puertas con normalidad durante la veda electoral de las elecciones PASO 2023. Sin embargo, a partir del sábado 12 a las 20 horas deberán cortar con la venta de alcohol y cerrar a las 00, según indica el Código Nacional Electoral.

Comenzó la veda electoral: qué se puede hacer y qué no

El Código Nacional Electoral establece una serie de prohibiciones en las 48 horas previas a los comicios.

Hasta el domingo, cuando se celebren las Elecciones 2021, ya rige en todo el país la veda electoral para que, según lo establecido por la ley, los votantes puedan disponer de un tiempo para reflexionar sobre su decisión "sin la influencia de la campaña política".

La veda electoral termina tres horas después del cierre de los comicios, el domingo a las 21. Prohíbe todo tipo de declaraciones de propaganda política por parte de candidatos, funcionarios o comunicadores sociales, y la difusión de encuestas y sondeos preelectorales.

Según el artículo 71 del Código Nacional Electoral, las acciones que estarán restringidas son:

  • Actividades de campaña y difusión de mensajes proselitistas a través de los medios de comunicación impresos y digitales, televisivos y radiales.
  • Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización de los comicios y hasta tres horas después de su cierre. Es decir, hasta las 21 del domingo 12 de septiembre.
  • Está restringida el domingo la realización de espectáculos masivos, culturales, sociales o deportivos, al aire libre o en lugares cerrados, mientras las urnas estén abiertas y hasta las 21 de ese día.
  • Tampoco se podrán vender bebidas alcohólicas, desde las 20 de este sábado y hasta que se cumplan tres horas de finalizados los comicios.
  • Ofrecer o entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros (80 m.) de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • La utilización de las viviendas como depósitos de armas, la apertura de organismos partidarios y la distribución de boletas de sufragios a los electores.
  • Está prohibido portar banderas, distintivos o insignias partidarias.

Penas y sanciones

Aquellas personas que incumplan con la veda podrán ser denunciadas por violación al Código Electoral, y sancionados si la Justicia comprueba la falta. Las penalidades son de distinto grado y tipo. Según la legislación, se impondrá prisión de 15 días a 6 meses a las personas que expendan bebidas alcohólicas.

La norma reprime a su vez, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral.

Por otro lado, la sanción para quien "con engaños indujere a otro a sufragar en determinada forma o a abstenerse de hacerlo" es de 2 meses a 2 años de cárcel. Además, quien "utilizare medios tendientes a violar el secreto del sufragio" se lo castigará con hasta 3 años.

Por último, se les podrá cobrar a los ciudadanos una multa entre $10.000 y $100.000 si no respetan los límites de emisión y publicación de avisos publicitarios en los medios de comunicación, así como también a aquellos que realicen actos de campaña fuera del plazo establecido para ese fin.

En lo que respecta a los candidatos, si incumplen las disposiciones, podrán perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público anual por un plazo que oscila entre uno y cuatro años. También dejan de percibir fondos para el financiamiento de una o dos elecciones.

Veda electoral: cuándo comienza y qué no se pueden hacer hasta el domingo

Las restricciones empiezan el viernes a las 8 y se extienden hasta tres horas después de cerradas las mesas de votación, a las 21. 

La veda electoral por las Elecciones generales 2021, en donde los ciudadanos elegirán diputados y senadores nacionales, comenzará a partir del viernes a las 8, a 48 horas del inicio de los comicios, y finalizará hasta tres horas después de fin de la votación, a las 21.

De acuerdo con el artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, la campaña electoral "finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios", y hasta tres horas luego del cese de la votación habrá restricciones en ciertas actividades, como por ejemplo la venta de bebidas alcohólicas, que a partir de las 20:00 del sábado estará prohibida.

Sin embargo, vale resaltar que a partir de las 21 del domingo, luego de tres horas del cierre de los comicios, volverá a habilitarse su comercialización, por lo que serán solo 25 horas las que los comercios no podrán vender bebidas alcohólicas.

Qué no se puede hacer durante la veda electoral

  • Está terminantemente prohibido entregar a los electores boletas de sufragio dentro de un radio de ochenta metros de las mesas receptoras de votos, contados sobre la calzada, calle o camino.
  • Queda expresamente prohibido durante todo el domingo y hasta tres horas después de finalizado el proceso electoral la realización de espectáculos masivos, independientemente del ámbito en el que sean. La medida incluye espectáculos al aire libre, fiestas teatrales, eventos deportivos y cualquier reunión pública que no refiera al acto electoral.
  • Está penada por ley la portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos durante el día de la elección, doce horas antes y tres horas después de finalizada la votación.
  • La Junta Electoral Nacional o cualquiera de sus miembros podrá disponer el cierre transitorio de los locales que estuvieren en infracción a lo dispuesto precedentemente.
  • Tampoco se podrán publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección durante la realización del comicio y hasta tres horas luego de su cierre.
  • La venta de bebidas alcohólicas estará prohibida a partir de las 20 horas del sábado y hasta tres horas luego de finalizada la votación.

Qué pasa si no cumplo con la veda


Quienes no cumplan con la veda la veda podrán ser denunciadas y sancionadas en la Justicia, si se comprueba la violación efectiva del Código Electoral.

Por ejemplo, según establece la Justicia Nacional Electoral, aquellos negocios que se dediquen únicamente a comercializar bebidas alcohólicas deberán mantenerse cerrados hasta las 21:00 del domingo 14, dado que, en el caso de infringir la norma, el comerciante podría enfrentar una pena de prisión de entre 15 días a seis meses.

Esa norma reprime a su vez, en el artículo 131, con la misma pena de 15 días a 6 meses de prisión al "empresario u organizador de espectáculos públicos o actos deportivos que se realicen en el lapso previsto" de prohibición por la autoridad electoral. Además, el CNE establece que aquellos que no respeten la veda electoral perderán el derecho a recibir contribuciones, subsidios y cualquier otro recurso de financiamiento público anual, por entre uno y cuatro años.

Elecciones 2021: desde este miércoles rige la prohibición de actos de gobierno en campaña

Se trata de las legislativas que se realizarán el próximo 14 de noviembre a nivel nacional, donde los ciudadanos votarán nuevos diputados y senadores.

La campaña para las elecciones 2021 entra en su recta final con el inicio de la prohibición de los actos públicos o de gobierno que puedan influir en los votantes.

De acuerdo al cronograma definido por la Cámara Nacional Electoral tras la postergación de las fechas originales para las elecciones por la pandemia de Covid-19, este 20 de octubre comienza la "prohibición de actos públicos susceptibles de promover la captación del sufragio".

Así se cumple con lo que establece el Código Electoral Nacional en su artículo 64, donde señala que los actos públicos como puede ser, por ejemplo, la inauguración de obras con discursos y mensajes proselitistas deben cesar 25 días antes de los comicios generales.

Respecto al cronograma para las legislativas de este año, el próximo 30 de octubre se difundirán los lugares y mesas de votación, mientras que el 4 de noviembre los partidos y frentes electorales deben presentar ante la Justicia su informe de campaña.

El presidente, tesorero y los responsables económicos de cada espacio político presentarán ante el juzgado federal con competencia electoral del distrito correspondiente el detalle de los aportes públicos y privados recibidos, con indicación de origen y monto, así como de los gastos.

Por su parte, la Dirección Nacional Electoral que depende del Ministerio del Interior deberá presentar ese mismo día su informe sobre los aportes, subsidios y franquicias públicos a la campaña electoral, discriminados por rubro, monto y partido y con indicación de las sumas ya entregadas y las pendientes de pago.

Dos días después, el 6 de noviembre, empezará la prohibición de publicar o difundir encuestas o sondeos de opinión y pronósticos sobre los posibles resultados de las elecciones y el 12 de noviembre, a las 8 de la mañana, concluye oficialmente la campaña electoral y empieza la veda, hasta el día de los comicios.

Veda electoral: qué pueden hacer y qué no los precandidatos desde este viernes

El Código Nacional Electoral establece una serie de prohibiciones en las 48 horas previas a los comicios. 

La veda electoral, que entre otras prohibiciones establece que los candidatos no pueden realizar actividades de campaña, comenzará este viernes en todo el país de cara a las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias del próximo domingo.

De acuerdo al artículo 64 bis del Código Nacional Electoral, la campaña electoral "finaliza 48 horas antes del inicio de los comicios", es decir, este viernes a las 8 horas.

El apartado 71 de esa norma establece que dentro de las prohibiciones que establece la veda está la de "realizar actos públicos de proselitismo y publicar y difundir encuestas y sondeos preelectorales, desde 48 horas antes de la iniciación de los comicios y hasta el cierre del mismo" a las 18 horas del próximo domingo.

Respecto al uso de las redes sociales durante la veda electoral, fuentes de la Cámara Nacional Electoral advirtieron que esas herramientas digitales "están incluidas en la veda". Por eso, se espera que los postulantes madruguen y escriban sus últimos posteos en Twitter, Facebook e Instagram minutos antes de las 8 horas.

Además de no estar habilitada la posibilidad de hacer actos de campaña, el Código Electoral Nacional también prohíbe la realización de espectáculos, la venta de bebidas alcohólicas, entregar a los electores boletas de postulantes dentro de un radio de 80 metros de las mesas receptoras de votos y publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.