Fiscalía dictaminó que Karen Reichardt debe encabezar la lista bonaerense de La Libertad Avanza

La definición del Juez Federal Alejo Ramos Padilla será la que determine finalmente cómo se integrará la lista bonaerense.

El dictamen de la Fiscal Federal con competencia electoral en la provincia de Buenos Aires, Laura Roteta, definió que Karen Reichardt debe encabezar la lista de candidatos a diputados nacionales de La Libertad Avanza, tras la renuncia de José Luis Espert.

El planteo surgió a partir de una presentación del oficialismo libertario, que propuso a Diego Santilli, tercero en la nómina original, para ocupar el primer lugar de la boleta bonaerense.

En su resolución, la fiscal sostuvo que el reemplazo debía respetar el orden de prelación y el principio de paridad de género, por lo que la primera candidata en condiciones de asumir era Reichardt, ubicada en segundo lugar.

Roteta consideró que la paridad "constituye una acción afirmativa orientada a revertir desigualdades estructurales" y remarcó que "no puede aplicarse de manera que perjudique a las mujeres".

En su dictamen, señaló: "Hacer lugar a la petición de la alianza implicaría desconocer el carácter reparador de las normas que buscan garantizar la igualdad en la representación política".

La postura del Gobierno se basó en el decreto 171/2019, que dispone que, ante una vacante por renuncia, debe reemplazar al candidato "una persona del mismo género que le sigue en la lista".

Sin embargo, la fiscal advirtió que esa interpretación "resultaría contraria al espíritu de la ley de paridad", al subordinar el orden de la lista a una lectura literal del decreto.

Y citó fallos de la Justicia Electoral, entre ellos el caso de la senadora Crexell, en el que se mantuvo el orden original de la nómina para no contrariar "el propósito final de la ley, que es la protección de la mujer". Ese precedente fue ratificado por la Corte Suprema.

La definición del Juez Federal Alejo Ramos Padilla será la que determine finalmente cómo se integrará la lista bonaerense.

El dictamen fiscal, aunque no vinculante, servirá de base para la resolución judicial, que a su vez podrá ser apelada ante la Cámara Nacional Electoral.

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