La modificación principal consistirá en aumentar el monto máximo mensual de reintegro para los beneficiarios de jubilaciones y pensiones por fallecimiento, de $4.056 a $18.000. Esto representará un incremento del 365%.
La Administración Federal de Ingresos Públicos confirmó que jubilados, pensionados, y los beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo y Asignación por Embarazo recibirán mayores reintegros por las compras que realicen
La Resolución General 5410/2023, emitida por la AFIP y que se publicó en el Boletín Oficial, modificó el régimen de reintegros a sectores vulnerados.
La modificación principal consistió en aumentar el monto máximo mensual de reintegro para los beneficiarios de jubilaciones y pensiones por fallecimiento, de $4.056 a $18.000. Esto representará un incremento del 365%.
Nuevos beneficios para jubilados, pensionados y Asignación Universal por Hijo
Además, se modificó la definición de "grupo familiar" para incluir a las personas que perciban dos o más asignaciones universales por hijo o por embarazo, para protección social, y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda tres veces el haber mínimo garantizado.
Por último, se estableció que el monto correspondiente al reintegro de las operaciones de compra efectuadas desde el 1 de septiembre de 2023 hasta las 17 horas del 14 de septiembre de 2023, será acreditado el día 15 de septiembre de 2023 en la cuenta bancaria en la que se percibe el beneficio de la jubilación, pensión y/o asignación.
En resumen, esta resolución general tendrá como objetivo aumentar los beneficios del régimen de reintegros a sectores vulnerados, especialmente a los beneficiarios de jubilaciones y pensiones por fallecimiento.
Cambios introducidos por la Resolución General 5410/2023
Monto máximo mensual de reintegro para beneficiarios de jubilaciones y pensiones por fallecimiento:
Anterior: $4.056
Actual: $18.000
Definición de grupo familiar
Anterior:
Concubinato: dos personas que convivieran en aparente matrimonio.
Unión convivencial: dos personas que convivieran en aparente matrimonio y hubieran formalizado su unión ante la autoridad competente, o que hubieran manifestado su voluntad de formar una unión convivencial ante escribano público.
Actual:
Concubinato: dos personas que convivieran en aparente matrimonio.
Unión convivencial: dos personas que convivieran en aparente matrimonio y hubieran formalizado su unión ante la autoridad competente, o que hubieran manifestado su voluntad de formar una unión convivencial ante escribano público.
Personas que perciban dos o más asignaciones universales por hijo o por embarazo, para protección social, y hasta una pensión por fallecimiento que no exceda tres veces el haber mínimo garantizado.
Fecha de acreditación del reintegro
Anterior: El día hábil siguiente al acreditamiento de la operación de compra.
Actual: El día 15 de septiembre de 2023 para las operaciones de compra efectuadas desde el 1 de septiembre de 2023 hasta las 17 horas del 14 de septiembre de 2023.
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