Cuarentena flexible: la lista de actividades que retornan en 9 provincias

A través del Boletín Oficial, el Gobierno Nacional confirmó los trabajos autorizados a retomar actividad en cada distrito.

Por pedido de Gobernadores de distintas provincias, y tras un acuerdo con el Presidente Alberto Fernández, este viernes comienzan a flexibilizarse las cuarentenas obligatorias de 9 provincias.

Luego de una semana de intercambios entre los ejecutivos proviniciales y nacional, se reanudarán una serie de actividades que estaban prohibidas desde marzo. 

Mediante la firma del Jefe de Gabinete, Juan Pablo Cafiero, y del Ministro de Salud, Ginés González García, se publicaron una serie de Decisiones Administrativas en el Boletín Oficial. En sus textos, el Gobierno detalla la flexibilización que comenzará a regir en las provincias de Neuquén, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy, La Pampa, Entre Ríos, Misiones, Salta y San Juan.

Profesionales

De esta forma, quedará habilitado el servicio de profesiones liberales como abogados, contadores y otros expertos con título habilitante, en Entre Ríos, Misiones, Salta, Neuquén y Jujuy. 

Los profesionales deberán contar con permiso para circular. Según la norma, "los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades profesionales exceptuadas por la presente".

Construcción privada

En las provincias de Entre Ríos, Misiones, Salta, San Juan, Neuquén, Santa Cruz, Mendoza, Jujuy y La Pampa están habilitadas a partir de este viernes las obras de construcción en el sector privado.

La Decisión Administrativa 625/2020 exceptúa del aislamiento obligatorio "a las personas afectadas al desarrollo de obra privada". Las condiciones impuestas son similares a las que deben cumplir los abogados y contadores.

Al mismo tiempo, los trabajadores deberán tramitar su permiso para circular. "En todos los casos se deberá garantizar la organización de turnos, si correspondiere, y los modos de trabajo y de traslado que garanticen las medidas de distanciamiento e higiene necesarias para disminuir el riesgo de contagio del nuevo Coronavirus", indica el texto.

Sin embargo, el texto aclara que la excepción "podrá ser dejada sin efecto por cada Gobernador o Gobernadora, en el marco de su competencia territorial, en forma total o parcial, en virtud de las recomendaciones de la autoridad sanitaria provincial y conforme la evolución epidemiológica de la pandemia", así como también por "el Jefe de Gabinete de Ministros, en cualquier tiempo y circunstancia".

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