Gobierno nacional podrá canjear deuda sin las restricciones actuales de la ley de Administración Financiera

La reforma incluida en el Presupuesto permite renegociar deuda sin que haya mejoras de plazos, intereses o capital.

El Gobierno Nacional podrá en el 2026 renegociar la deuda pública o realizar cualquier canje sin las limitaciones que establecen las leyes vigentes, según se desprende del Presupuesto aprobado el viernes pasado.

La iniciativa que será promulgada promulgará en los próximos días por el Poder Ejecutivo establece en sus artículos 55 y 56 modificaciones de la ley de Administración Financiera, para poder encarar las negociaciones con mayor flexibilidad para reestructurar sus pasivos.

El articulo 56 del Presupuesto establece que se modifica el articulo 55 de la ley complementaria de Presupuesto donde se faculta al ministerio de Economía a realizar "operaciones de administración de pasivos, cualquiera sea el instrumento que las exprese".

Estas operaciones podrán incluir la compra, venta, canje de instrumentos financieros, tales como bonos o acciones, pases de monedas, tasas de interés o títulos.

Y la compra y venta de opciones sobre instrumentos financieros y cualquier otra transacción financiera habitual en los mercados de productos derivados. Estas transacciones podrán realizarse a través de entidades creadas ad hoc.

La Oficina de Presupuesto evaluó en un informe que “la diferencia principal entre el nuevo articulado y el previamente vigente es que ya no se incluye dentro de las operaciones facultadas la reestructuración de la deuda pública”.

Según detalló el organismo, dicha exclusión refiere específicamente a la prevista en el marco del artículo 65 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N.º 24.156 y sus modificaciones.

Asimismo, el organismo señala que también se habilita la realización de operaciones de cesión y/o disposición de créditos contra particulares provenientes de créditos devengados o de facilidades de pago de deudas fiscales.

El artículo 65 de la ley de Administración Financiera establece que el Gobierno "podrá realizar operaciones de crédito público para reestructurar la deuda pública y los avales otorgados en los términos de los artículos 62 y 64 mediante su consolidación, conversión o renegociación".

Con esta reforma, el Ministro de Economía, Luis Caputo, podrá afrontar una negociación de la deuda y de los pasivos en un año que estará condicionado por fuertes pagos que debe afrontar Argentina teniendo mayor flexibilidad para renegociar sus pasivos.

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