Durante un desayuno celebrado con periodistas de San Juan, el Presidente de la Corte de Justicia local, Daniel Olivares Yapur, anunció que en una primera etapa se comenzará con la mediación en los juzgados de Familia, aunque aclaró que se implementará también en lo Penal y Civil.
El presidente de la Corte estuvo acompañado por el Secretario Administrativo, Javier Vera; y el Subsecretario Administrativo, Mauricio Cerezo.
Este miércoles 1 de septiembre, durante el anuncio, asistieron periodistas de los más variados medios de comunicación y se explicó la Mediación Judicial Previa Obligatoria.
El proceso de implementación tendrá competencia gradual y debutará en noviembre de este año en los juzgados de Familia que funcionan bajo el Sistema de Gestión Asociada con Oficina Judicial.
La Sala Tercera de la Corte de Justicia, integrada por los ministros Daniel Olivares Yapur (presidente), Juan José Victoria y Adriana García Nieto, a través del Acuerdo de Superintendencia Nº 132/2021, acordó la puesta en funcionamiento a partir de noviembre de la Mediación Judicial Previa Obligatoria (Ley Provincial 1990-P), lo que beneficiará en una mayor agilidad en la resolución de conflictos judiciales para las personas que deban acudir al Poder Judicial y también contribuirá a una economía procesal.
La implementación del proceso de Mediación Judicial Previa Obligatoria se realizará de manera gradual en el Poder Judicial. A través del Acuerdo de Superintendencia, se dispuso su vigencia para los asuntos de materia mediable de competencia de los Juzgados de Familia que operan bajo el Sistema de Gestión Asociada con Oficina Judicial. Particularmente, comprenderá:
a) Procesos por reclamos patrimoniales y extrapatrimoniales como efectos de las acciones de estado.
b) Asuntos sobre Tutela y Guarda.
c) Asuntos que requieran autorización judicial, excepto las que tengan por objeto la salida del país de menores de edad.
d) Procesos por reclamo de alimentos.
e) Procesos sobre Unión Convivencial y todos sus efectos.
f) Procesos y asuntos vinculados consecuencias patrimoniales derivadas de la responsabilidad parental.
La ley para implementar la Mediación Judicial Previa Obligatoria nació como una Iniciativa Legislativa de la Corte de Justicia, mediante el Acuerdo General 184/19 del 11 de noviembre la Corte de Justicia cumple con su reglamentación para su puesta en funcionamiento en forma gradual, comenzando con el fuero de Familia.
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