Le aplicaron la pena de 8 meses de prisión condicional, 10.000 pesos de costas del juicio y 40.000 en elementos sanitarios.
Este jueves, el Juez Federico Rodríguez, del Procedimiento Especial de Flagrancia, homologó la condena de 8 meses de prisión condicional hacia el empresario Isaías Brant por el delito de violación del Artículo 205 del Código Penal que indica que "será reprimido con prisión de seis meses a dos años, el que violare las medidas adoptadas por las autoridades competentes, para impedir la introducción o propagación de una epidemia".
Sucedió en San Juan, donde dos grandes empresarios tenían personas trabajando en condiciones inaceptables y violando el aislamiento obligatorio.
Mientras en la mañana de este martes 14 de abril medios locales daban a conocer el caso de la empresa Maxi Brant, la cual sufrió un allanamiento y se encontró a personas trabajando hacinadas y violando la cuarentena, a pocos metros y el mismo día hubo otro mega operativo y la empresa Soberano también tenía 21 personas trabajando aparentemente bajo candado.
En relación a la condena que se dictó este jueves para Isaías Brant, se sentenció la violación del Artículo 239 del Código Procesal, que indica que "será reprimido con prisión de quince días a un año, el que resistiere o desobedeciere a un funcionario público en el ejercicio legítimo de sus funciones o a la persona que le prestare asistencia a requerimiento de aquél o en virtud de una obligación legal", en concurso ideal.
El Ministerio Público Fiscal estuvo representado por el Fiscal Adrián Riveros y la defensa a cargo del Defensor Oficial Alejandro Martín García, quienes acordaron la pena para Brant.
En un juicio abreviado, el Juez Rodríguez homologó el acuerdo entre el Ministerio Público y la defensa condenando a Brant con 8 meses de prisión condicional.
Además, el juez resolvió que Brant realice el pago de 10.000 pesos por las costas del proceso del juicio y el pago de 40.000 pesos en concepto de donación destinados a elementos sanitarios del Hospital Rawson.
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