Etiqueta: Alejandra Leonardo

Diputados aprobó por unanimidad la Ley de expropiación del terreno para Zona Franca de Jáchal

La Cámara de Diputados de San Juan dio sanción a ley que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno donde se desarrollará la Zona Franca San Juan en Jáchal, una política impulsada por el Gobernador Marcelo Orrego.

Con voto unánime, diputados locales sancionaron la ley que declara de utilidad pública y sujeto a expropiación el terreno destinado a la Zona Franca San Juan en Jáchal, un paso clave para garantizar la viabilidad de un proyecto estratégico para el desarrollo del norte sanjuanino.

La iniciativa forma parte de una política central que impulsa el Gobernador Marcelo Orrego, y permitirá avanzar ante las autoridades nacionales en un derecho que estaba en riesgo de perderse.

Gracias a las gestiones impulsadas desde el Ministerio de Producción, Trabajo e Innovación, se logró recuperar el proceso y encaminarlo nuevamente hacia su concreción.

El predio seleccionado cuenta con 110 hectáreas y reúne condiciones consideradas ideales para el desarrollo industrial y logístico.

Se encuentra con acceso directo a la Ruta Nacional N° 150, cercano a líneas de alta tensión, protegido por defensas aluvionales y a una distancia adecuada de los núcleos habitacionales del departamento, lo que garantiza que su funcionamiento no afecte la vida cotidiana de los vecinos.

La elección del terreno fue resultado de un exhaustivo análisis realizado por la Comisión de Evaluación y Selección, presidida por el ministro de Producción, Trabajo e Innovación, Gustavo Fernández, que evaluó distintas alternativas antes de definir un polígono por su aptitud superior para impulsar la productividad de la futura zona franca.

Al presentar el tema, la Diputada radical, Alejandra Leonardo, destacó que se trata de un punto estratégico con múltiples impactos positivos, ya que garantiza acceso a zonas urbanas sin interferir en la vida diaria y permite saldar una deuda histórica.

"Hoy, estar hablando de esto es de máxima importancia no solo para Jáchal, sino para todo San Juan", remarcó la legisladora.

Además, subrayó que los jachalleros "merecen este reconocimiento" tras años de lucha por el proyecto.

Por su parte, el Diputado departamental, Miguel Vega, manifestó también su apoyo a la iniciativa.

Es preciso recordar que la Zona Franca en Jáchal estuvo frenada durante más de 30 años debido a la imposibilidad de la provincia de obtener el dominio del terreno de la exestación del Ferrocarril Belgrano, ya que este era un requisito exigido por las autoridades nacionales para avanzar en el proceso.

Por ello se decidió cambiar el lugar a este nuevo terreno que ya cuenta con aval legislativo.

El equipo de la Secretaría de Coordinación para el Desarrollo Económico del Ministerio de Producción, Trabajo e Innovación, a cargo de Alfredo Aciar, acompañó en el recinto durante el tratamiento del tema.

Qué dijo el gobernador

Tras conocerse la aprobación de la iniciativa oficial, el Gobernador Orrego escribió en su cuenta de X que "hoy damos un paso histórico por el desarrollo de San Juan".

Señaló que "la Cámara de Diputados aprobó el proyecto de expropiación del predio para la Zona Franca de Jáchal, un polo estratégico que atraerá inversiones, fortalecerá el comercio exterior y generará empleo", y concluyó que "Jáchal tiene futuro y lo construimos juntos".

San Juan: aumentaron las multas por el maltrato animal

Con el objetivo de proteger y garantizar el bienestar de los animales, la Cámara de Diputados de San Juan aprobó este jueves la modificación de la Ley provincial 2005-L sobre el régimen de tenencia responsable de las mascotas.

El tratamiento de la ley presentada por la Diputada Alejandra Leonardo, fue llevado a cabo en la segunda sesión extraordinaria que estuvo encabezada por el vicepresidente primero del Poder Legislativo.

La presentación de los fundamentos estuvo a cargo de la Diputada Leonardo, quien manifestó que el aumento de las multas y la inclusión de días de arresto para el maltrato animal son medidas necesarias para garantizar la protección y el bienestar de los animales, disuadir el abuso, financiar programas de rescate y promover un cambio cultural en la sociedad.

De esta manera se envía un mensaje claro de que el abuso y crueldad hacia los animales no será tolerado.

También hicieron uso de la palabra las diputadas María Lascano, Cristina López y Fernanda Paredes, quienes brindaron sus aportes al tema.

En este sentido, las modificaciones introducidas en los artículos 27, 28, 29 y 35 de la normativa antes mencionada quedaron redactadas de la siguiente manera:

"ARTÍCULO 27.- Clasificación: Las infracciones para la presente ley se clasifican en leves, graves y muy graves. Será falta leve cualquier acción u omisión de la presente norma que no esté calificada como grave o muy grave. Las faltas leves tendrán como sanción multa de 150 J US a 300 J US".

"ARTÍCULO 28.- Faltas graves: Será sancionado con pena de multa de 300 JUS a 1500 J US, las infracciones previstas en el presente artículo:
a) Infracción al Artículo 5º.
b) Infracción al Artículo 6º, Incisos: b), c), d) y f).
c) El extravío de animales de compañía por tercera vez.
d) La supresión, alteración, modificación del sistema de identificación.
e) Incumplir por parte de los hogares de tránsito y adopción cualquiera de las condiciones de instalaciones o funcionamiento contempladas en esta ley.
f) La negativa o resistencia a suministrar datos o facilitar la información requerida por la autoridad competente o sus agentes en orden al cumplimiento de funciones establecidas en la presente ley, así como el suministro de información inexacta o de documentación falsa.
g) La reincidencia o reiteración en la comisión de una o más faltas leves en el término de dos años".

"ARTÍCULO 29.- Faltas muy graves: Será sancionado con pena de multa de1500 JUS a 9000 JUS o arresto de cinco (5) días y hasta veinte (20) días, el que podrá ser reemplazados por trabajos de utilidad pública en organizaciones o centros de protección animal, a razón de cuatro (4) días de trabajo por cada día de arresto. Las infracciones previstas en el presente artículo tendrán además como accesoria el decomiso del animal de compañía:
a) Infracción al Artículo 6º Incisos: a), e), g), h), i), j), k), I), m), n), o) y p).
b) La agresión del animal a una persona en la vía pública.
c) Permitir o no impedir que los animales supongan un riesgo para la salud y seguridad de las personas y animales, u ocasionen daños materiales a las cosas.
d) La esterilización de animales sin control médico veterinario.
e) La reincidencia o reiteración en la comisión de una o más faltas graves en el término de dos años".

"ARTÍCULO 35.- Destino de la multa: Un setenta por ciento (70%) del Importe de la multa será depositado en la cuenta especial Ley Tenencia Responsable de Animales de Compañía para ser afectado a:
a) Rescate y Rehabilitación: Financiar refugios y organizaciones que rescatan animales víctimas de maltrato, cubriendo gastos veterinarios, alimentación y alojamiento.
b) Esterilización y Control Poblacional: Programas gratuitos o de bajo costo de castración para reducir la sobrepoblación de animales situación de calle, lo que disminuye el abandono y el maltrato.
c) Capacitación y Concientización: Campañas educativas en escuelas y comunidades sobre el respeto y bienestar animal, promoviendo la tenencia responsable.

El otro treinta por ciento (30%) será depositado en la cuenta especial del Ministerio de Gobierno con destino a informatización, infraestructura y personal de los juzgados contravencionales de la provincia.

Cuando intervengan los Juzgados de Paz Letrados el importe de la multa será depositada en un sesenta por ciento (60%) en la cuenta especial Ley Tenencia Responsable de Animales de Compañía. El otro cuarenta por ciento (40%) ingresará a Rentas Generales de la provincia.