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Gobierno nacional confirmó que pagará en mayo un bono de hasta $70.000 para jubilados y pensionados

Lo hizo con un decreto publicado este miércoles en el Boletín Oficial. La suma extra para quienes cobran la mínima no se actualiza desde marzo de 2024.

El Gobierno oficializó este miércoles el pago del bono extraordinario para jubilados y pensionados de la Anses en mayo.

Lo hizo mediante el decreto 292, publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

El bono extraordinario previsional será por $70.000 para aquellos beneficiarios que cobren el haber mínimo. El valor está congelado desde marzo de 2024.

La Anses pagará el extra junto con los haberes del quinto mes de 2026. Esos haberes tendrán un ajuste de 3,4% el mes próximo por la actualización por inflación de las prestaciones previsionales.

Aunque resta la oficialización de esa suba, la jubilación mínima será $393.174, más el bono extraordinario de $70.000 para esos haberes.

En total, el monto a percibir en mayo es de $463.174. El haber máximo se fijó en $2.645.689.

El bono de hasta $70.000 lo recibirán jubilados, así como titulares de la Pensión Universal para el Adulto Mayor y de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos.

El decreto fue firmado por el Presidente, Javier Milei, el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

En el texto se aclaró que el adicional "no será susceptible de descuentos ni computables para ningún otro concepto".

Remarcaron que la suma se otorga para "mantener el poder adquisitivo de las prestaciones previsionales de los adultos mayores, evitando así que continúen perdiendo su capacidad de compra".

Gobierno nacional confirmó los nuevos montos de jubilaciones de Anses para abril

Las prestaciones previsionales tendrán un nuevo aumento mensual atado a la inflación. La jubilación mínima superará los $380.000 y la máxima rondará los $2.550.000, mientras se mantiene el bono para los haberes más bajos.

El Gobierno nacional confirmó los nuevos valores de las jubilaciones y pensiones que pagará la ANSES a partir de abril de 2026, en el marco del esquema de actualización mensual por inflación.

El incremento responde al dato del Índice de Precios al Consumidor y se aplicará a todos los haberes previsionales, y a la inflación de febrero que fue de 2,9%.

Con el nuevo ajuste, la jubilación mínima se ubicará en torno a los $380.000, según las cifras oficiales y estimaciones coincidentes, con un aumento de un poco más de $10.000 con respecto a marzo.

Además, quienes perciben el haber mínimo continuarán recibiendo el bono de refuerzo de $70.000, por lo que el ingreso total superará los $450.000 mensuales.

En tanto, la jubilación máxima ascenderá a aproximadamente $2.550.000, consolidando la actualización de todos los niveles del sistema previsional.

Este aumento también impacta en otras prestaciones, como la Pensión Universal para el Adulto Mayor y las pensiones no contributivas.

El esquema de movilidad vigente establece ajustes mensuales en base a la inflación, según lo dispuesto por el Decreto 274/2024.

De esta manera, los haberes se actualizan de forma automática siguiendo la evolución de los precios, en un contexto económico marcado por variaciones constantes del costo de vida.

Desde el Gobierno remarcaron que el bono extraordinario continuará vigente para reforzar los ingresos de los jubilados con menores haberes.

Este adicional se paga de manera completa a quienes cobran la mínima y de forma proporcional para quienes perciben montos superiores, hasta alcanzar un tope determinado.

Renunció el director ejecutivo de Anses y asumió el sanjuanino Guillermo Arancibia

Guillermo Arancibia, nuevo director de Anses.

Fernando Bearzi presentó su dimisión a la dirección de la Administración Nacional de la Seguridad Social ante la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Este martes, el Gobierno libertario anunció que asumirá Guillermo Arancibia en la Administración Nacional de la Seguridad Social.

Desde el Gobierno nacional designaron al economista nacido en San Juan, Guillermo Arancibia, quien desde ahora es el nuevo director ejecutivo, en una decisión canalizada a través del Ministerio de Capital Humano y enmarcada en un proceso de reordenamiento interno..

El nombre del sucesor fue determinado por la Ministra de Capital Humano Sandra Pettovello, una de las integrantes del Gabinete más elogiadas por el presidente.

Las nuevas autoridades se enfocarán en la "digitalización de los procesos, para optimizar las gestiones, tramites y modernizar el organismo", indicó el Ministerio de Capital Humano.

Pasado los primeros dos años de Gobierno libertario, Arancibia será el cuarto titular del organismo.

El sanjuanino Arancibia

Con más de 30 años de trayectoria en la administración pública, la investigación y la docencia, Arancibia se formó en la Universidad Nacional de Córdoba y completó estudios financieros en la Universidad de Belgrano.

Hasta su designación, se desempeñaba en la Subdirección Ejecutiva de Prestaciones de Anses, lo que le permitió construir un perfil técnico con conocimiento directo del funcionamiento interno del organismo.

Su recorrido incluye también funciones en áreas clave de la seguridad social, como la Superintendencia de Riesgos del Trabajo, además de participación en ámbitos internacionales vinculados al sistema previsional, donde llegó a desempeñarse como analista senior en la Organización Interamericana de la Seguridad Social.

En paralelo, sostiene una carrera académica activa, ya que desde 2019 es profesor adjunto en la Universidad Nacional de San Martín y ha dictado cursos en distintas instituciones.

Prestación por Desempleo de Anses: quiénes pueden acceder, cuánto se cobra y cómo tramitarla

La Administración Nacional de la Seguridad Social, mientras tanto, sigue con los pagos correspondientes al tercer mes del año.

La Administración Nacional de la Seguridad Social mantiene vigente una prestación económica destinada a personas que perdieron su empleo, con el objetivo de acompañarlas durante el período de búsqueda laboral.

El programa está dirigido a trabajadores en relación de dependencia que quedaron sin trabajo por causas ajenas a su voluntad, como despidos sin causa o finalización de contrato.

Según datos del sistema de Seguridad Social, más de 150.000 trabajadores cobraron esta prestación durante 2025.

Se trata de un ingreso temporal, que busca sostener a los beneficiarios mientras intentan reinsertarse en el mercado laboral. Además, el esquema contempla el acceso a otras ayudas vinculadas a la situación familiar del titular.

Qué incluye la prestación de Anses

Quienes acceden al beneficio mantienen el derecho a distintas asignaciones, entre ellas:

  • Asignación por prenatal.
  • Asignación por hijo.
  • Ayuda escolar anual.
  • Asignaciones por matrimonio, nacimiento o adopción.

Quiénes pueden acceder

La prestación alcanza a trabajadores en relación de dependencia que pierden su empleo sin causa o por finalización del vínculo laboral.

Los requisitos varían según el tipo de trabajo:

  • Trabajadores permanentes: deben acreditar al menos 6 meses de aportes en los últimos 3 años previos al despido.
  • Trabajadores eventuales o de temporada: deben haber trabajado menos de 12 meses en los últimos 3 años y contar con más de 90 días de aportes en el último año.
  • Trabajadores de la construcción: pueden acceder con al menos 8 meses de aportes en los últimos 2 años.

Cuánto se cobra en marzo

El monto de la prestación se calcula en base a:

  • Los ingresos previos del trabajador.
  • Los meses con aportes registrados.

El sistema establece un esquema de cuotas mensuales:

  • Entre 2 y 12 cuotas para trabajadores en relación de dependencia.
  • Entre 3 y 8 cuotas para trabajadores de la construcción.

Además, las personas mayores de 45 años pueden acceder a una extensión de 6 meses adicionales.

Cómo tramitar la prestación

El trámite requiere presentar documentación que acredite la situación de desempleo:

  • DNI, original y copia.
  • Telegrama de despido, carta documento o notificación del empleador.
  • En algunos casos: constancia de quiebra, contrato vencido o certificado de defunción del empleador.

La gestión puede realizarse:

  • A través de Atención Virtual, con CUIL y clave de la seguridad social.
  • En una oficina de Anses, con turno previo.

Cómo se cobra la ayuda

Una vez aprobado el trámite, Anses gestiona el pago mediante una Caja de Ahorro de la Seguridad Social.

  • El primer cobro se realiza por ventanilla bancaria.
  • Luego, el beneficiario recibe una tarjeta de débito para operar en cajeros automáticos.

El titular debe informar el inicio de una nueva actividad laboral y solicitar la suspensión del beneficio dentro de los 5 días hábiles.

Qué pasa si no se cumplen los requisitos

Quienes no alcanzan el tiempo mínimo de aportes no pueden acceder a la prestación por desempleo.

Sin embargo, si el trámite fue iniciado y luego suspendido, existe la posibilidad de reactivarlo dentro de los dos años, siempre que la persona haya trabajado formalmente al menos 12 meses en ese período.IP

En estos casos, también se puede evaluar el acceso a otras ayudas o programas sociales, según la situación laboral de cada solicitante.




Gobierno nacional lanzó un nuevo plan de retiro voluntario destinado a empleados de Anses

La medida contempla un esquema de acuerdo mutuo para avanzar con las desvinculaciones.

El Gobierno nacional aprobó un nuevo plan de retiro voluntario destinado al personal de la Administración Nacional de la Seguridad Social, bajo un esquema de acuerdo mutuo.

La medida fue formalizada mediante la Resolución 68/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, con el fin de continuar reduciendo la planta estatal, en el marco en las políticas de modernización y eficiencia del gasto público que viene implementando la administración de Javier Milei.

La iniciativa se denomina Plan de Retiros de Voluntad Recíproca, y se sustenta en el Artículo 241 de la Ley de Contrato de Trabajo, N°20.744, lo que significa que la desvinculación se produce por "voluntad concurrente" de ambas partes.

El retiro deberá formalizarse mediante escritura pública o ante la autoridad judicial o administrativa del trabajo, y posteriormente tendrá que presentarse ante el Servicio de Conciliación Laboral Obligatoria para su ratificación y homologación.

En la normativa se estipuló que el régimen de retiro aplicará para el personal del organismo previsional que tenga al menos dos años de antigüedad y quedó establecido que la adhesión "constituye un acto estrictamente voluntario del agente, y su otorgamiento se encuentra sujeto a la exclusiva evaluación y aprobación de la Anses, sin generar derecho subjetivo alguno a su concesión".

Entre los parámetros y condiciones que regirán para acceder al retiro se determinó que quedan excluidos quienes estén procesados o condenados por delitos contra la administración pública, los involucrados en procedimientos disciplinarios, quienes hayan iniciado trámite jubilatorio o presentado su renuncia, quienes superen los 62 años y quienes tengan litigios laborales pendientes, salvo que desistan expresamente de ellos.

El período de adhesión se extenderá hasta el 5 de abril del 2026 inclusive, mientras que para aquellos que estén de licencia anual ordinaria o por maternidad, la firma del acuerdo puede diferirse hasta la finalización de la misma.

Al mismo tiempo, el régimen establece que los empleados con mandatos sindicales vigentes deberán renunciar a su cargo y a la tutela sindical para poder aplicar, debiendo acreditarla de manera fehaciente ante la Dirección de Relaciones Sindicales.

El personal que suscriba al acuerdo recibirá una gratificación extraordinaria única de egreso, del 90% por cada año de antigüedad efectiva en Anses o fracción mayor a tres meses, calculada sobre los conceptos brutos mensuales, normales, regulares permanentes y habituales, con un tope de 24 haberes brutos.

La gratificación se abonará en una cuota de pago único, hasta la suma de $80.000.000.

En los casos en que los importes superen dicha cifra, el pago se efectuará en dos cuotas mensuales, iguales, y consecutivas.

Ayuda Escolar 2026: fijaron piso de $85.000 y se aplicará un refuerzo extraordinario en marzo

A través del Decreto 115/2026, el Poder Ejecutivo dispuso un complemento por única vez para que ningún beneficiario de la Asignación por Ayuda Escolar Anual cobre menos de $85.000 por hijo en el inicio del ciclo lectivo. La medida será instrumentada por el Ministerio de Capital Humano y la Anses.

El Gobierno nacional oficializó la implementación de un refuerzo adicional y excepcional que se abonará junto con la Asignación por Ayuda Escolar Anual en marzo de 2026. La decisión apunta a sostener los ingresos de las familias frente a los gastos que implica el comienzo de clases.

La medida fue establecida mediante el Decreto 115/2026, publicado en el Boletín Oficial, y lleva las firmas del Presidente, Javier Milei; el Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello.

Según lo dispuesto, el refuerzo consistirá en el pago de la suma necesaria para que cada beneficiario alcance un mínimo de $85.000 por hijo.

En los casos en que el monto habitual de la ayuda escolar sea inferior a esa cifra, el Estado abonará la diferencia correspondiente. Si la prestación ya iguala o supera ese valor, no habrá complemento adicional.

En los considerandos, el Ejecutivo argumentó que, ante el impacto económico del inicio del ciclo lectivo, resulta pertinente otorgar un apoyo extraordinario por única vez, en simultáneo con el pago masivo de la asignación.

La Ayuda Escolar Anual, prevista en la Ley 24.714, se paga cada marzo por cada hijo que asista regularmente a establecimientos de educación inicial, primaria, secundaria o de educación diferencial, tanto de gestión pública como privada con reconocimiento oficial. En el caso de hijos con discapacidad, no rige límite de edad siempre que se acredite la escolaridad.

El objetivo del refuerzo es asegurar que los beneficiarios no perciban una suma inferior a la abonada en marzo de 2025 -definida oportunamente por el Decreto 63/25- y sostener el poder adquisitivo de la prestación en el actual contexto económico.

Quiénes pueden acceder

El beneficio alcanza a:

  • Niños y adolescentes de entre 4 y 17 años inclusive que acrediten condición de alumno regular.
  • Estudiantes que concurran a establecimientos educativos públicos o privados incorporados a la enseñanza oficial.
  • Hijos con discapacidad, sin límite etario, con escolaridad certificada.

La prestación comprende a trabajadores en relación de dependencia, monotributistas, titulares de la AUH, beneficiarios del SIPA, pensiones no contributivas y la Pensión Universal para el Adulto Mayor, entre otros regímenes.

Topes de ingresos vigentes

La Anses mantiene límites de ingresos para determinar el acceso a las asignaciones familiares. Con la actualización de febrero de 2026, los valores máximos son:

  • Tope de Ingreso del Grupo Familiar: $5.292.758.
  • Tope por integrante del grupo familiar: $2.646.379.

Si el grupo familiar supera alguno de estos límites, queda excluido del cobro. No obstante, en el caso de hijos con discapacidad, no se aplican restricciones de ingresos.

El mismo decreto instruye al Ministerio de Capital Humano y a la Anses dictar las normas operativas necesarias para implementar el refuerzo, mientras que la Jefatura de Gabinete deberá realizar las adecuaciones presupuestarias correspondientes.

Anses actualizó las asignaciones familiares: cómo quedan los montos desde marzo

A través de la resolución 55/2026, el organismo oficializó los nuevos valores y topes de ingresos para trabajadores, monotributistas, jubilados y beneficiarios de prestaciones sociales. La actualización rige desde marzo y excluye a la Ayuda Escolar, que se fijó por decreto aparte.

La Administración Nacional de la Seguridad Social dispuso una actualización del 2,88% en los límites de ingresos, rangos y montos de las asignaciones familiares a partir de marzo de 2026.

La medida fue formalizada mediante la resolución 55/2026, publicada en el Boletín Oficial, y alcanza a un amplio universo de beneficiarios del sistema de seguridad social.

El incremento impactará en trabajadores en relación de dependencia del sector público nacional y privado, monotributistas, titulares de prestaciones por desempleo y de la Ley sobre Riesgos de Trabajo, beneficiarios del Sistema Integrado Previsional Argentino, perceptores de pensiones no contributivas por invalidez y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, así como en quienes cobran la Asignación Universal por Hijo y la Asignación por Embarazo para Protección Social.

La actualización no incluye la Ayuda Escolar, cuyo esquema fue definido por separado mediante el decreto 115/2026.

El ajuste se aplica en función de la fórmula de movilidad que toma como referencia la variación mensual del Índice de Precios al Consumidor que publica el Indec.

Además, la normativa ratifica que si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $2.722.595, ese hogar queda excluido del cobro de asignaciones familiares, incluso si el total de ingresos no supera el tope general previsto en los anexos oficiales.

En el caso de la asignación por hijo, para ingresos del grupo familiar de hasta $1.028.268, el monto general pasa a $66.414.

Ese mismo valor se aplica en la Zona 1, mientras que en la Zona 2 asciende a $143.205, en la Zona 3 a $132.638 y en la Zona 4 a $143.205.

Para ingresos entre $1.028.268,01 y $1.508.055, la asignación general es de $44.799; en la Zona 1 se eleva a $59.167, en la Zona 2 a $88.621 y en las Zonas 3 y 4 a $117.851.

Cuando el ingreso familiar se ubica entre $1.508.055,01 y $1.741.100, el monto general es de $27.097, con valores de $53.329 en Zona 1, $80.025 en Zona 2 y $106.497 en Zonas 3 y 4.

Para ingresos entre $1.741.100 y $5.445.190, la asignación general queda en $13.980, mientras que en Zona 1 es de $27.335, en Zona 2 de $40.908 y en Zonas 3 y 4 de $54.128.

En cuanto a la asignación por hijo con discapacidad, para ingresos de hasta $1.028.268 el monto general se fija en $216.240, con $324.042 en Zona 2 y $431.930 en Zonas 3 y 4.

Para el tramo de ingresos entre $1.028.268,01 y $1.508.055, el valor general es de $152.975, que asciende a $208.587 en Zona 1, $312.578 en Zona 2 y $416.634 en Zonas 3 y 4.

A partir de ingresos de $1.508.055,01, el monto general es de $96.547, con diferencias regionales que lo llevan a $200.828 en Zona 1, $300.993 en Zona 2 y $401.206 en Zonas 3 y 4.

La asignación prenatal replicará los mismos valores y escalas que la asignación por hijo, según cada rango de ingreso y zona geográfica.

Por su parte, la asignación por nacimiento se fijó en $77.414 para ingresos familiares de hasta $5.445.190, sin distinción por zona.

La asignación por adopción asciende a $462.845 en todo el país para ese mismo tope de ingresos, mientras que la asignación por matrimonio queda establecida en $115.913, también uniforme en todas las regiones.

Todos estos importes corresponden a los valores vigentes desde marzo de 2026, conforme al cuadro oficial difundido por la Anses.

En paralelo, el organismo confirmó el pago de un nuevo bono de $70.000 para jubilados y pensionados, tras la publicación del decreto 109/2026 en el Boletín Oficial.

El refuerzo se suma a los otorgados desde 2024 con el objetivo de compensar el impacto de la inflación en los ingresos previsionales.

Las disposiciones vigentes mantienen el esquema de ajustes mensuales para los haberes jubilatorios implementado desde julio de 2024, basado en la evolución del índice de precios informado por el Indec.

Gobierno nacional confirmó un bono de $70.000 para jubilados y pensionados

El beneficio, oficializado a través del Decreto 109/2026, alcanzará a quienes cobren el haber mínimo y a titulares de prestaciones contributivas y no contributivas. Para ingresos superiores, el monto será proporcional.

El Gobierno confirmó el pago de un bono extraordinario previsional de hasta $70.000 que se abonará en marzo de 2026 a jubilados y pensionados de menores ingresos.

La decisión quedó plasmada este miércoles en el Decreto 109/2026, publicado en el Boletín Oficial, y comprende tanto prestaciones contributivas como no contributivas administradas por la Amses.

El refuerzo tendrá carácter no remunerativo, no estará alcanzado por descuentos y no se computará para otros conceptos.

Según la normativa, el pago se realizará por titular y los haberes deberán encontrarse vigentes en el mismo mes en que se liquide el adicional.

En los fundamentos, el Ejecutivo sostuvo que la medida apunta a amortiguar el impacto que tuvo la fórmula de movilidad anterior sobre los ingresos más bajos.

El bono alcanzará a beneficiarios de jubilaciones y pensiones contributivas otorgadas bajo la Ley 24.241 y otros regímenes nacionales, generales, especiales o transferidos, así como a quienes perciban la Pensión Universal para el Adulto Mayor creada por la Ley 27.260. También incluye a titulares de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de siete hijos o más y pensiones graciables bajo la órbita de la Anses.

El monto máximo será de $70.000. Quienes perciban un haber igual o inferior al mínimo previsional garantizado recibirán el bono completo.

En tanto, para quienes superen ese piso, el adicional será proporcional: se ajustará hasta alcanzar el tope resultante de sumar el haber mínimo más los $70.000 fijados como límite.

El decreto también aclara que en los casos de pensiones con copartícipes el beneficio se considerará correspondiente a un único titular, sin importar la cantidad de personas involucradas en el cobro.

Es decir, el bono no se multiplicará por cada beneficiario derivado de una misma pensión.

En los considerandos, el texto repasa la evolución reciente del sistema previsional y señaló que la fórmula de movilidad vigente desde marzo de 2021 generó un desajuste frente a la inflación.

En ese marco, recuerda que desde enero de 2024 se implementaron distintos bonos y asistencias mensuales para reforzar los ingresos más bajos.

La norma lleva las firmas del Presidente, Javier Milei; del Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y de la Ministra de Capital Humano, Sandra Pettovello, y rige desde su publicación en el Boletín Oficial.

Anses oficializó aumento del 2,85% en asignaciones familiares para febrero

La medida fue publicada este martes en el Boletín Oficial. Se aplicará la fórmula de movilidad mensual atada a la inflación. Si un integrante del grupo familiar supera los $2.600.000, se pierde el beneficio.

La Administración Nacional de la Seguridad Social oficializó este martes los nuevos valores para las Asignaciones Familiares que regirán a partir de febrero de 2026, aplicando un aumento del 2,85% en línea con la fórmula de movilidad que ajusta mensualmente por inflación.

A través de la Resolución 23/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial con la firma del Director ejecutivo, Fernando Omar Bearzi, el organismo estableció los nuevos montos y los topes de ingresos vigentes para acceder al cobro del salario familiar y otras prestaciones de la Ley 24.714.

El nuevo tope para dejar de cobrar

Uno de los puntos claves de la normativa es la actualización del "techo" de ingresos permitido para percibir el beneficio.

Según el Artículo 4° de la resolución, si uno de los integrantes del grupo familiar percibe un ingreso superior a $2.646.379, todo el grupo quedará excluido del cobro de las asignaciones, independientemente de que la suma de los ingresos familiares no supere el tope máximo global.

A quiénes alcanza

El incremento del 2,85% impactará en los bolsillos de:

  • Trabajadores en relación de dependencia, públicos y privados.
  • Monotributistas.
  • Jubilados y pensionados.
  • Beneficiarios de la Prestación por Desempleo.
  • Titulares de la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo, cuyos montos también se ajustan por este índice.
  • Beneficiarios de Pensiones No Contributivas.

La actualización responde al Decreto 274/24, que modificó la fórmula de movilidad jubilatoria y de asignaciones, estableciendo actualizaciones mensuales basadas en el Índice de Precios al Consumidor que publica el Indec, con dos meses de rezago.

Asimismo, la resolución ratificó que la Ayuda Escolar Anual, que se paga masivamente en marzo, también se actualizará por movilidad, aunque su valor definitivo se ajustará una vez al año en esa fecha.

El Ejecutivo redefinió partidas del Presupuesto y amplió recursos para universidades y Anses

La readecuación contempla financiamiento para salarios docentes, transferencias a Cammesa, la actualización del salario mínimo y el pago de prestaciones previsionales.

El Poder Ejecutivo avanzó con una serie de modificaciones sobre el Presupuesto 2026, que continúa vigente bajo la prórroga del ejercicio 2023, y redefinió la asignación de recursos en distintos organismos del Estado.

Los cambios abarcan áreas vinculadas a educación, energía, política salarial y el sistema previsional, e implican incrementos en partidas destinadas tanto a gastos corrientes como a obligaciones sociales.

Dentro de ese esquema, una de las principales adecuaciones alcanzó a la Secretaría de Educacióno.

Allí se dispuso una ampliación de los fondos con el objetivo de “atender gastos derivados de la aplicación de la política salarial en los sectores docentes y no docentes” de las universidades nacionales.

La decisión también contempla recursos para el funcionamiento de esas casas de estudio y para la "universalización de la jornada extendida", según lo consignado en la normativa oficial.

El rediseño presupuestario incluyó además a la Secretaría de Energía, bajo la órbita del Ministerio de Economía, con un refuerzo de los créditos destinados a las transferencias a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima.

En paralelo, el Gobierno resolvió una actualización del Salario Mínimo Vital y Móvil, al establecer un incremento a partir del mes en curso Y aplicar la medida de manera retroactiva a noviembre para los trabajadores mensualizados y jornalizados comprendidos en la Ley de Contrato de Trabajo.

En materia previsional, se oficializó una ampliación del presupuesto de la Administración Nacional de la Seguridad Social destinada al pago de prestaciones, con el propósito de "incorporar el efecto de la aplicación de la Ley de Movilidad Previsional".

A su vez, se dispusieron mayores ingresos por rentas del Fondo de Garantía de Sustentabilidad del Sistema Integrado Previsional Argentino y se incrementaron las "fuentes y aplicaciones financieras" del organismo para "reflejar las operaciones" de ese fondo.

Las modificaciones fueron formalizadas a través de un suplemento del Boletín Oficial y cuentan con la firma del Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y del Ministro de Economía, Luis Caputo.