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Inocencia Fiscal: ARCA reglamentó el procedimiento para la extinción de acción penal en delitos tributarios

El nuevo mecanismo agrega el pago de un importe adicional del 50% de la suma del capital y los intereses.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó el mecanismo para que los contribuyentes puedan acogerse a la extinción de la acción penal en delitos tributarios, mediante la Resolución General 5882/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La medida se enmarca en lo dispuesto por la "Ley de Inocencia Fiscal", que modificó el Régimen Penal Tributario, incluyendo el pago de un importe adicional equivalente al 50% de la suma del capital y los intereses.

Para que la justicia dicte la extinción de la acción penal, el contribuyente debe realizar la aceptación y cancelación incondicional y total de las obligaciones evadidas, o percibidas indebidamente, junto con sus intereses.

Además, ahora se suma como requisito el ingreso del mencionado importe adicional. Este pago extra es considerado por el organismo como una condición legal de admisibilidad indispensable para el efecto extintivo.

El paso a paso del pago

ARCA determinó que este importe adicional deberá abonarse exclusivamente a través de un Volante Electrónico de Pago. Los puntos principales del procedimiento son:

  • Formulario: se utilizará el formulario de declaración jurada N° 2712, titulado "Pago Adicional del 50% - Artículo 16 Ley 27.430".
  • Plataforma: los interesados deberán ingresar con Clave Fiscal al servicio "Presentación de Declaraciones Juradas y Pagos” en el sitio web de ARCA, generando un Volante Electrónico de Pago por cada impuesto y período.
  • Códigos de imputación: se debe seleccionar el código de impuesto original, mientras que para Concepto y Subconcepto se debe utilizar el código 762.
  • Cálculo automático: al consignar el capital e intereses ya cancelados, el sistema calculará automáticamente el 50% adicional, permitiendo editar el campo en caso de discrepancias con la liquidación judicial.

La normativa dispone que una vez realizado el pago, el contribuyente debe presentar el comprobante y el Volante Electrónico de Pago en el expediente judicial correspondiente.

Esta documentación, junto con el respaldo del pago de la obligación original, servirá para acreditar el cumplimiento de la condición ante el juez de la causa.

Asimismo, se aclaró que, si la justicia deniega la extinción de la acción penal, el importe del 50% adicional ya abonado solo podrá ser recuperado por el contribuyente mediante una acción de repetición.

Por otro lado, aquellos que hayan realizado pagos similares antes de esta norma usando códigos diferentes, deberán solicitar la correcta imputación mediante el servicio de "Presentaciones Digitales", adjuntando el Formulario 399.

ARCA actualizó los topes de facturación del Monotributo

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero habilitó la recategorización del monotributo hasta el 5 de agosto y actualizó las escalas con un aumento del 16,8%. Las nuevas cuotas comenzarán a regir desde el vencimiento del 20 de agosto.

ARCA oficializó las nuevas escalas del monotributo que entrarán en vigencia a partir del 1 de agosto, con una actualización del 16,8% en los topes de facturación y en las cuotas mensuales.

Al mismo tiempo, quedó habilitado el proceso de recategorización para quienes deban modificar su categoría según los parámetros registrados durante los últimos 12 meses.

La actualización responde a la inflación acumulada durante el primer semestre del año, de acuerdo con los datos publicados por el Indec.

Quiénes deben hacer la recategorización

Los monotributistas deberán revisar si corresponde modificar su categoría, considerando los parámetros de facturación de los últimos 12 meses.

ARCA también mantuvo disponible la recategorización simplificada, una modalidad que muestra automáticamente la facturación anual registrada y agiliza el proceso para quienes cumplen con los requisitos.

Cómo hacer la recategorización del monotributo

Para completar el trámite, hay que seguir estos pasos:

1. Ingresar al portal de ARCA con CUIT y clave fiscal.
2. Acceder al servicio Monotributo.
3. Seleccionar la opción "Recategorizarme".
4. Revisar la información disponible y hacer clic en "Continuar recategorización".
5. Actualizar los datos, si corresponde.
6. Confirmar el trámite y descargar el formulario F.184 junto con la nueva credencial de pago.

La modalidad simplificada está disponible para quienes poseen únicamente puntos de venta de facturación electrónica y cuentan con 12 meses completos dentro del régimen.

Nuevas escalas del monotributo desde agosto

Categoría según la facturación anual
A Hasta $12.009.410
B Hasta $17.595.182
C Hasta $24.670.494
D Hasta $30.628.651
E Hasta $36.028.231
F Hasta $45.151.659
G Hasta $53.995.798
H Hasta $81.924.660
I Hasta $91.699.761
J Hasta $105.012.519
K Hasta $126.610.838

Cuánto habrá que pagar por mes

Las nuevas cuotas mensuales, que incluyen el impuesto integrado, el aporte jubilatorio y la obra social, serán las siguientes:

Categoría Servicios Bienes
A $49.527,18 $49.527
B $56.379,08 $56.379
C $66.020,12 $64.530
D $84.612,93 $82.564
E $119.811,45 $108.267
F $150.784,21 $129.930
G $230.312,94 $158.815
H $522.706,68 $317.895
I $963.747,86 $474.992
J $1.167.299,76 $580.793
K $1.614.446,04 $702.103

Qué pasa si no hacés la recategorización

ARCA recordó que puede realizar una recategorización de oficio cuando detecta diferencias entre la categoría declarada y la información fiscal disponible, como compras, gastos o acreditaciones bancarias incompatibles con los ingresos permitidos.

En esos casos, el organismo notificará la decisión a través del Domicilio Fiscal Electrónico. Si el contribuyente considera que la medida no corresponde, podrá presentar una apelación mediante el servicio Presentaciones Digitales, dentro de los plazos previstos por la normativa.

La actualización semestral busca mantener los parámetros del régimen simplificado alineados con la evolución de los precios. Por eso, antes del 5 de agosto, los monotributistas deberán revisar su situación para evitar inconsistencias y comenzar a pagar las nuevas cuotas a partir del próximo vencimiento.

ARCA prorrogó presentación de la declaración jurada de Ganancias

El organismo extendió el plazo para la carga de datos del período fiscal 2025.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero prorrogó la presentación de la declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, correspondiente al periodo fiscal 2025, pero mantiene la fecha del vencimiento del pago en una semana.

La medida implementada este lunes mediante la Resolución General 5876/2026, publicada en el Boletín Oficial, implica la disociación de las fechas de vencimiento para las personas humanas y sucesiones indivisas.

Según el cronograma fijado por el organismo:

  • Presentación de la declaración jurada, Ganancias 2025: se extendió el plazo hasta el 27 de agosto de 2026.
  • Pago del saldo resultante: se mantiene sin cambios para el 27 de julio de 2026.

Por otro lado, la resolución aclaró que no hay prórroga para el Impuesto sobre los Bienes Personales. En este caso, tanto la presentación como el pago vencen el próximo 27 de julio de 2026.

Asimismo, la norma contempla el diferimiento del primer anticipo de Ganancias del período fiscal 2026. Originalmente previsto para agosto, ahora deberá cumplirse entre el 14 y 16 de septiembre de 2026, dependiendo de la terminación del CUIT del contribuyente.

El tributarista Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios, analizó el impacto de esta medida y señaló que exigir el pago antes de la presentación de la declaración jurada resulta técnicamente cuestionable.

Para Domínguez, esta decisión responde a una necesidad del Gobierno de priorizar el equilibrio fiscal, ya que Ganancias es un tributo coparticipable y una demora en el ingreso afectaría las arcas de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires.

Sin embargo, manifestó que "el Impuesto a las Ganancias se determina mediante declaración jurada: es recién con su confección que el contribuyente conoce el saldo a ingresar", por lo que sostuvo que "exigir el pago antes de que esa determinación esté formalizada invierte la lógica del sistema".

El especialista sugirió que una alternativa más adecuada hubiera sido implementar un sexto anticipo, como se realizó en el período fiscal 2024, para permitir que el fisco recaude fondos sin obligar a los contribuyentes a estimar un pago sobre una base no determinada formalmente.

Asimismo, Domínguez explicó que la prórroga de los anticipos de 2026 es una consecuencia inevitable ya que "como el anticipo se calcula sobre el impuesto determinado en el período anterior, y la presentación de la declaración jurada 2025 vence el 27 de agosto, resultaba imposible exigir el anticipo antes de esa fecha".

Facturación electrónica: ARCA implementó la liquidación mensual e incorpora sectores excluidos

El organismo fijó un nuevo calendario para que bancos, aseguradoras y entidades financieras emitan comprobantes.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero unificó y simplificó los procedimientos vigentes del régimen de facturación electrónica, mediante la Resolución General 5866/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La nueva normativa incorpora la "Liquidación electrónica mensual". Este mecanismo permite que determinados sectores puedan facturar sus operaciones de forma individual o mediante un único comprobante por período mensual a cada cliente.

Sujetos que pueden optar por esta modalidad

  • Entidades financieras, Ley 21.526.
  • Entidades de seguros, Ley 20.091.
  • Administradoras de tarjetas de crédito, prepagas y sistemas de pago por transferencia.
  • Instituciones educativas de gestión privada y entidades de medicina prepaga constituidas como asociaciones o fundaciones.
  • Proveedores de Servicios de Activos Virtuales inscriptos ante la Comisión Nacional de Valores.

Estos comprobantes mensuales deberán emitirse hasta el último día de cada mes y ponerse a disposición de los receptores en un plazo máximo de diez días corridos desde su emisión.

Asimismo, la normativa actualiza el umbral para la identificación obligatoria de consumidores finales. A partir de ahora, se deberá exigir el DNI, CUIL o pasaporte cuando el importe de la operación sea igual o superior a $10.000.000.

Aunque, si el receptor lo solicita para computar deducciones en el impuesto a las ganancias, la identificación mediante CUIT es obligatoria sin importar el monto.

Plazos de emisión

  • Compraventa de cosas muebles: hasta el último día del mes de entrega o puesta a disposición.
  • Servicios continuos: el último día de cada mes, salvo pago previo.
  • Locaciones de cosas: en la fecha de vencimiento fijada para el pago.

Por otro lado, para las instituciones educativas de gestión privada, se ratifica que sus comprobantes deben detallar por separado la enseñanza programática, la extraprogramática y otros conceptos como comedor o transporte.

Además, deberán emitir facturas electrónicas separando las actividades comprendidas en los niveles de educación oficial de las que no lo están.

En el sector asegurador, se eliminan los sistemas específicos previos, como el "WebService" de seguros de caución de la Resolución General 2668, para que todas las operaciones se gestionen mediante un único "WebService" general y las aseguradoras operen bajo un sistema unificado de facturación electrónica.

Excepciones a la obligación de facturar

La normativa detalló quiénes están exceptuados de emitir comprobantes en situaciones específicas. Entre ellos se encuentran:

  • Reparticiones estatales que no sean empresas o entidades mixtas.
  • Servicios de correo exclusivamente por la venta de estampillas.
  • Venta de billetes de lotería y juegos de azar.
  • Operaciones mediante máquinas expendedoras accionadas por monedas, siempre que cumplan con dispositivos contadores y precintos inviolables.
  • Trabajadores en relación de dependencia y servicio doméstico.

Cronograma de implementación

Aunque la norma general entra en vigencia el 1 de julio de 2026, ARCA estableció un cronograma escalonado:

  • 1 de septiembre de 2026: para aseguradoras que operen con sujetos no inscriptos en IVA.
  • 1 de octubre de 2026: para entidades financieras en contratos de leasing y comercio exterior.
  • 1 de diciembre de 2026: para préstamos bancarios y liquidaciones de tarjetas a titulares.
  • 1 de marzo de 2027: para operaciones de coaseguro y liquidaciones periódicas a comercios adheridos.

El contratista de la casa de Adorni negó presiones y habló sobre la intimación de ARCA

Matías Tabar, responsable de las refacciones en la vivienda del exvocero presidencial, aseguró que nunca recibió "aprietes" y calificó como "normal" la notificación del organismo recaudador.

Matías Tabar, el contratista que realizó las obras de remodelación en la casa de Manuel Adorni en el country Indio Cuá, rechazó haber recibido presiones por parte del funcionario y relativizó la intimación que recientemente le envió la Agencia de Recaudación y Control Aduanero.

El empresario sostuvo que sería "descabellado" pensar que Adorni pudiera haber ejercido algún tipo de presión sobre él y ratificó ante la Justicia que el costo total de las refacciones ascendió a unos 245.000 dólares, una cifra que consideró acorde al tipo de obra realizada.

Respecto de la notificación de ARCA, explicó que trabaja como autónomo desde hace más de dos décadas y que este tipo de requerimientos son habituales cuando el organismo detecta situaciones que deben ser aclaradas o corregidas.

En ese sentido, negó cualquier vínculo entre la intimación y la investigación judicial que involucra al funcionario.

La medida del organismo recaudador se conoció después de que trascendiera su declaración en la causa por presunto enriquecimiento ilícito que tiene a Adorni bajo investigación. En ese expediente se analiza, entre otros puntos, el origen de los fondos utilizados para financiar las reformas de la propiedad.

Tabar también se diferenció de algunas declaraciones públicas realizadas por el jefe de Gabinete sobre el costo de la obra y reafirmó el monto que informó ante la Justicia.

Mientras tanto, Adorni continúa siendo investigado en otras causas vinculadas a presuntas dádivas y a menciones surgidas en el caso de la criptomoneda Libra.

Comercio exterior: ARCA simplificó el régimen de garantías aduaneras

El organismo amplió el uso de la declaración jurada como garantía para los operadores del sector.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero modificó el sistema de resguardos fiscales, ampliando el uso de la declaración jurada como garantía para los operadores del sector, mediante la Resolución General 5864/2026, publicada este martes en el Boletín Oficial.

La normativa se fundamenta en el Decreto 838/2025, que habilitó la presentación de documentos suscritos por los interesados como garantía para destinaciones de importación y exportación, ya sean definitivas o suspensivas.

En los considerandos de la resolución, se explicó que esta adecuación busca "ofrecer a los operadores de comercio exterior una alternativa más accesible, sin comprometer la solvencia del sistema, el control aduanero ni el debido resguardo del interés fiscal".

La reforma actualizó el esquema de la Resolución General N° 3.885 sobre los tipos de garantías aceptables para cada modo de operación u obligación.

Entre las opciones de garantía que el sistema permite se encuentran:

  • Efectivo y depósitos a plazo fijo en el Banco Nación.
  • Seguros de caución y avales bancarios.
  • Títulos públicos y cauciones de acciones.
  • Declaraciones juradas o documentos suscritos por el interesado o terceros.

Asimismo, la normativa efectivizó la implementación de la "declaración jurada sistémica" para un amplio abanico de situaciones.

Esta modalidad será válida para operaciones tales como:

  • Exportaciones e importaciones temporales.
  • Mercadería sujeta a análisis o investigación de valor.
  • Envíos en consignación y tránsitos terrestres.
  • Sustitución de importaciones y exportaciones.

La resolución estableció que las modificaciones entrarán en vigencia a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.

Aunque, su aplicación efectiva se realizará de forma gradual, siguiendo un cronograma de implementación que ARCA publicará en su sitio web.

El Fiscal Pollicita ordenó nuevas medidas para investigar el patrimonio de Adorni

Pidió información a ARCA, Anses, Lemon Cash y sobre la sucesión del padre del jefe de Gabinete. También requirió un relevamiento de publicaciones y entrevistas vinculadas a sus inversiones en Bitcoin.

El Fiscal federal, Gerardo Pollicita, dispuso una nueva batería de medidas de prueba en la investigación que analiza la evolución patrimonial del Jefe de Gabinete, Manuel Adorni, tras las rectificaciones realizadas en sus declaraciones juradas y las explicaciones públicas que brindó sobre parte de sus bienes.

Entre las principales decisiones, el representante del Ministerio Público Fiscal solicitó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero que informe en un plazo de 72 horas si Adorni y su esposa, Bettina Angeletti, presentaron declaraciones juradas originales o rectificativas correspondientes a los períodos fiscales 2023, 2024 y 2025.

En caso afirmativo, requirió que sean remitidas de manera urgente a la fiscalía.

Además, pidió que las declaraciones juradas patrimoniales integrales de carácter público correspondientes a esos ejercicios sean incorporadas al análisis patrimonial que viene realizando la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones.

La investigación también puso el foco en las inversiones en criptomonedas declaradas por el funcionario. En ese sentido, Pollicita ordenó a la Dirección General de Asesoramiento Económico y Financiero en las Investigaciones elaborar un informe técnico sobre la evolución histórica de la cotización del Bitcoin desde 2013 hasta la actualidad, con el objetivo de contar con parámetros para evaluar la evolución de los activos digitales que aparecen mencionados en la documentación analizada.

Otra de las medidas apunta a reconstruir los ingresos formales de Adorni y de su esposa durante los últimos años. Para ello, el fiscal solicitó a la Anses que remita la historia laboral completa de ambos desde 2012 hasta la actualidad, incluyendo empleadores registrados, altas y bajas laborales, remuneraciones declaradas, aportes previsionales, actividades autónomas o monotributistas y cualquier otro dato que permita reconstruir sus ingresos.

Asimismo, requirió información vinculada a la sucesión del padre del jefe de Gabinete, Jorge Adorni, luego de que el funcionario mencionara públicamente una herencia familiar al explicar parte de su patrimonio.

El pedido fue dirigido al Juzgado Civil y Comercial N°18 de La Plata, donde tramita el expediente sucesorio.

La Fiscalía solicitó detalles sobre los bienes denunciados, la eventual existencia de dinero en efectivo, moneda extranjera, cuentas bancarias, títulos, activos virtuales u otros bienes incorporados al proceso, además de información sobre posibles cesiones de derechos hereditarios o transferencias patrimoniales.

En paralelo, Pollicita encomendó a la División Antifraude de la Policía Federal la realización de un relevamiento exhaustivo de fuentes abiertas desde 2013 hasta la actualidad para identificar declaraciones públicas de Adorni y de su esposa relacionadas con criptomonedas, billeteras virtuales, Bitcoin, inversiones financieras, patrimonio y trayectoria laboral.

La medida alcanza publicaciones en redes sociales, entrevistas televisivas y radiales, podcasts, notas periodísticas, videos y cualquier otra fuente pública que permita contrastar las manifestaciones realizadas a lo largo de los años con la información patrimonial incorporada al expediente.

Por último, el fiscal avanzó sobre la información aportada por la plataforma de activos digitales Lemon Cash.

A partir de documentación ya incorporada a la causa, que registra la apertura de una cuenta a nombre de Adorni en diciembre de 2020, solicitó ampliar el alcance temporal de los requerimientos de información hasta ese año.

Según planteó en su presentación, el objetivo es obtener nuevos datos que permitan reconstruir con mayor precisión la evolución patrimonial, económica y financiera del jefe de Gabinete y de su esposa.

Las medidas fueron adoptadas en el marco de la investigación que busca determinar la consistencia entre los bienes declarados por el funcionario, las rectificaciones posteriores realizadas ante organismos de control y las explicaciones públicas brindadas sobre el origen de su patrimonio.

ARCA suspendió los plazos impositivos y aduaneros durante la feria judicial de invierno

Será entre el 13 y el 24 de julio por la feria judicial de invierno.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció este viernes que entre el 13 y el 24 de julio de 2026, ambas fechas inclusive, quedará suspendido el cómputo de los plazos previstos en todos los procedimientos vinculados con la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos a su cargo.

La medida abarca las materias impositiva, aduanera y de recursos de la seguridad social, y rige en todas las dependencias del organismo en el país.

La suspensión se dicta en forma anual en coincidencia con la feria judicial de invierno del Poder Judicial de la Nación.

La Corte Suprema de Justicia dispuso mediante la Acordada N° 11 del 2 de junio de 2026 un feriado judicial para los tribunales federales y nacionales de la Capital Federal desde el 20 hasta el 31 de julio de 2026.

ARCA fijó un período propio de suspensión, del 13 al 24 de julio, que no coincide exactamente con el feriado judicial, para garantizar una administración uniforme de los sistemas en todas las dependencias del país, incluidas las jurisdicciones del interior donde las Cámaras Federales de Apelaciones fijarán períodos distintos.

La Resolución General 5863/2026, se dicta como norma complementaria de la Resolución General 1.983 y sus modificatorias.

El texto señaló que el carácter de "agencia tributaria única" del organismo y "la necesidad de compatibilizar la medida con una adecuada administración de los procedimientos y sistemas vigentes" justifican establecer "un período uniforme de suspensión de plazos aplicable en todas las dependencias del país."

La suspensión implica que durante esos doce días hábiles no correrán los plazos para responder a intimaciones, presentar descargos, interponer recursos o cumplir requerimientos de información en sede administrativa de ARCA.

Los plazos de vencimiento de obligaciones tributarias, declaraciones juradas y pagos, no se ven afectados por esta norma.

ARCA reglamentó el nuevo blanqueo laboral

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero estableció el procedimiento para que empresas privadas regularicen empleados no registrados o con registración deficiente. El esquema prevé condonaciones de aportes y contribuciones y planes de pago de hasta 72 cuotas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó este jueves el nuevo régimen de Promoción del Empleo Registrado, una herramienta creada por la Ley 27.802 de Modernización Laboral que busca incentivar la formalización de trabajadores mediante condonaciones de deuda y facilidades de pago para los empleadores.

La medida fue oficializada a través de la resolución general 5862/2026 publicada en el Boletín Oficial y establece los requisitos, plazos y beneficios para las empresas del sector privado que decidan regularizar relaciones laborales no registradas o registradas de manera deficiente.

ARCA lanzó el Promoción del Empleo Registrado: beneficios, condonaciones y cuotas para registrar trabajadores en negro

Según la normativa, podrán adherir los empleadores que blanqueen trabajadores cuya relación laboral haya comenzado hasta el 5 de marzo de 2026 y continúe vigente al momento de la adhesión.

El régimen también alcanza a situaciones detectadas en inspecciones laborales cuya deuda aún no haya sido cancelada, incluso cuando se encuentren en discusión administrativa o judicial.

Uno de los principales incentivos es la condonación parcial de las deudas por aportes y contribuciones a la seguridad social, cuyo porcentaje variará según el tamaño de la empresa.

Las micro y pequeñas empresas, junto con entidades sin fines de lucro, accederán a una quita del 90% sobre capital e intereses; las medianas empresas tendrán una reducción del 80%; mientras que para el resto de los empleadores el beneficio será del 70%.

Además, la regularización implicará la condonación total de las deudas vinculadas al Seguro de Salud, Riesgos del Trabajo y Seguro Colectivo de Vida Obligatorio correspondientes a los trabajadores incorporados al régimen.

La resolución también contempla beneficios para quienes opten por cancelar la deuda remanente en un solo pago.

En esos casos, los contribuyentes obtendrán una reducción adicional del 50% sobre el monto que no resulte alcanzado por la condonación inicial.

Para aquellos empleadores que no puedan afrontar el pago de contado, ARCA habilitó un plan de facilidades con una tasa de financiación del 1% mensual.

Las micro y pequeñas empresas y las entidades sin fines de lucro podrán financiar la deuda en hasta 72 cuotas, las medianas empresas en hasta 48 y los restantes empleadores en un máximo de 36 pagos mensuales.

La adhesión al régimen y la regularización de las relaciones laborales podrán realizarse hasta el 28 de noviembre de 2026. Para ello, los empleadores deberán registrar o rectificar los datos de sus trabajadores a través de los sistemas informáticos de ARCA y presentar las declaraciones juradas correspondientes.

Desde el organismo señalaron que la iniciativa busca favorecer la registración de empleo formal y reducir los costos derivados de la informalidad laboral, en línea con las modificaciones introducidas por la reforma laboral sancionada el año pasado. Los sistemas para iniciar los trámites estarán disponibles a partir del 16 de junio.

ARCA reglamentó la Exportación Monitoreada para controlar cargas de forma remota

El nuevo sistema reemplazará la presencia física de los inspectores en los predios por cámaras y plataformas digitales de monitoreo.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero reglamentó el sistema de Exportación Monitoreada, que permite al servicio aduanero supervisar en forma remota las operaciones de carga y despacho de exportación realizadas dentro de las instalaciones de los propios operadores, sin necesidad de presencia física de un inspector en el momento de la carga.

El sistema opera sobre el régimen de "cargas de exportación en planta", que habilita a grandes exportadores con depósito fiscal o instalaciones propias a cargar sus mercaderías en sus propios predios bajo control aduanero.

La Exportación Monitoreada agrega a ese esquema la capacidad de supervisión a distancia mediante cámaras y sistemas de información en tiempo real que permiten al agente aduanero verificar la operación sin desplazarse físicamente al lugar.

La Resolución General 5861/2026 fue publicada este miércoles en el Boletín Oficial.

La norma complementa la Resolución General 5.770, que había creado el régimen y facultado a la Dirección General de Aduanas a establecer las pautas de control, admisión y mantenimiento. Los manuales de usuario y las actualizaciones del procedimiento estarán disponibles en el micrositio Exportación Monitoreada del sitio web de ARCA.

El sistema busca reducir los tiempos operativos y los costos logísticos de los grandes exportadores, principalmente frigoríficos, aceiteras, petroquímicas y empresas mineras, al eliminar la espera de inspectores físicos para habilitar la carga.

La adhesión al régimen es voluntaria y requiere que el operador cuente con la infraestructura tecnológica exigida para el monitoreo a distancia.