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RIMI: revelaron los bienes agropecuarios que podrán acceder a los beneficios fiscales sin inversión mínima

El Gobierno público el listado de bienes que quedan exceptuados del cumplir con el mínimo de inversión para acceder al Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones.

El Gobierno determinó los bienes destinados a la producción agropecuaria que podrán acceder a los beneficios fiscales del Régimen de Incentivo para Medianas Inversiones sin inversión mínima.

La medida fue formalizada por la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca, mediante la Resolución 75/2026 publicada este lunes en el Boletín Oficial, con el objetivo de dinamizar la competitividad y el desarrollo del campo argentino.

Aunque el régimen general exige un compromiso de inversión mínima, la nueva resolución establece que las inversiones en sistemas de riego, mallas antigranizo y bienes semovientes quedan exceptuadas de este requisito.

Los beneficiarios podrán acceder a ventajas impositivas significativas, entre las que se destacan la amortización acelerada en el impuesto a las ganancias y la devolución de créditos fiscales del IVA para inversiones productivas.

Los bienes que están alcanzados por estos incentivos

  • Sistemas y equipos de riego: se incluye una amplia gama de tecnología hídrica, desde sistemas de Pivot y bombas sumergibles o centrífugas, hasta equipos de riego por goteo y compuertas.
  • Protección agrícola: el listado abarca todo lo necesario para la instalación de mallas antigranizo, incluyendo la propia malla, postes y los alambres o torniquetas necesarios para su estructura.
  • Bienes semovientes: se incluyen animales vivos de las especies bovina, porcina, ovina, caprina, equina y aviar. Para ser elegibles, estos animales deben estar destinados a la reproducción dentro del territorio nacional y formar parte de sistemas productivos formalmente registrados.

En cuanto al ganado, la resolución es estricta respecto a la calidad genética. Solo se considerarán aquellos que sean:

  • Animales puros de pedigrí.
  • Animales puros registrados, controlados o por cruza pertenecientes a programas de mejoramiento.
  • Animales de genética superior provenientes de empresas proveedoras certificadas.

Para validar estos estándares, se reconocerán los certificados emitidos por entidades como la Sociedad Rural Argentina, el Stud Book Argentino del Jockey Club y la Asociación Argentina de Fomento Equino.

Prorrogaron hasta diciembre de 2026 el régimen de beneficios fiscales para microempresas

Este régimen permite a las microempresas computar parte del impuesto al cheque como pago a cuenta de Ganancias.

El Poder Ejecutivo prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2026 el régimen que permite a las microempresas computar parte del impuesto al cheque como pago a cuenta de Ganancias, al modificar el decreto 394/2023 mediante el decreto 923/2025.

La norma mantiene el esquema que autoriza a las microempresas a tomar hasta 30% del impuesto sobre los créditos y débitos bancarios para cancelar contribuciones patronales y luego computar 100% del remanente como pago a cuenta de Ganancias.

En los considerandos se destacó que las microempresas son fundamentales para el impulso de la economía argentina y que persisten las condiciones que justificaron los decretos 394/23 y 1137/24, que habían fijado el beneficio hasta fines de 2025.

El decreto estableció que la extensión regirá para las remuneraciones que se devenguen desde el 1° de enero hasta el 31 de diciembre de 2026, y entrará en vigencia con su publicación en el Boletín Oficial.