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AFIP da más tiempo para cancelar las obligaciones de Ganancias y Bienes Personales

El organismo dispuso a través de una resolución publicada en el Boletín Oficial que se podrán cancelar los pagos en hasta 3 cuotas.

La Administración Federal de Ingresos Públicos extendió hasta el 31 de mayo el plazo para que los contribuyentes puedan cancelar las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y Bienes Personales en hasta tres cuotas y con un pago a cuenta del 25%.

La Resolución General 5177/2022, publicada este jueves en el Boletín Oficial con la firma de la Titular de la Administración Federal de Ingresos Públicos, Mercedes Marco del Pont, establece que el organismo no considerará la categoría del Sistema de Perfil de Riesgo de los contribuyentes al momento de tramitar planes para regularizar sus obligaciones alcanzadas.

"En virtud del objetivo permanente de esta Administración Federal de promover el cumplimiento y la regularización de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes y responsables, se estima conveniente extender nuevamente el plazo", que vencía este jueves.

El beneficio alcanza a los contribuyentes incluidos en las categorías A, B, C o D y excluye a quienes estén categorizados como "riesgo muy alto", categoría E.

El "Sistema de Perfil de Riesgo" es un sistema informático de calificación que realiza procesos de evaluación mensual sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y materiales de los ciudadanos.

Asimismo, mediante la Resolución General 5178/2022, la Administración Federal de Ingresos Públicos extendió hasta el 31 de mayo de 2022 la vigencia transitoria correspondiente a la cantidad de planes de facilidades de pago admisibles, así como la cantidad de cuotas y la tasa de interés de financiamiento aplicables en el régimen de facilidades de pago permanentes. El máximo es 8 cuotas y 6 planes por persona.

En los fundamentos se destacó que es objetivo permanente de esta Administración Federal "coadyuvar al cumplimiento de las obligaciones tributarias" de los contribuyentes y responsables, a fin de generar las condiciones necesarias para fortalecer la recuperación de la actividad económica y preservar las fuentes de empleo.

Bienes Personales: los cambios luego de las modificaciones que aprobó Diputados

El mínimo no imponible subirá de $2.000.000 a $6 .000.000. Pero aumentan las alícuotas para los patrimonios más altos. Resta la sanción en el Senado

El oficialismo logró este martes aprobar en la Cámara de Diputados los cambios en el impuesto a los Bienes Personales con varias modificaciones respecto al proyecto original que venía de la Cámara de Senadores. Como se aprobó con cambios, el proyecto deberá ser nuevamente aprobado por el Senado.

Según detallaron diputados del oficialismo, hay un compromiso de que esa sesión se lleve adelante el próximo 29 de diciembre. La fecha es clave porque se requiere su aprobación definitiva antes de fin de año para que tenga vigencia en el ejercicio fiscal de 2022.

Los cambios aprobados por la Cámara de Diputados

  • Se sube el mínimo no imponible de $2.000.000 a $6.000.000 y de $18.000.000 a $30.000.000 para inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, como estaba previsto en el proyecto aprobado en octubre pasado por el Senado.
  • Ambos montos se ajustarán anualmente por la inflación correspondiente a octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año previo. Para el Período Fiscal 2022 se tomará la variación entre octubre de 2022 y octubre de 2021. Según datos del oficialismo y de la oposición, este cambio beneficia a unos 500.000 contribuyentes que dejarán de pagar el impuesto o que no comenzarán a tributar en 2022.
  • Se incrementa la alícuota máxima para bienes en el país de 1,25% a 1,5% para el caso de patrimonios mayores a los $100.000.000. Según detalló el diputado Carlos Heller, esta suba abarcaría a unos 16.000 contribuyentes.
  • Se incrementa la alícuota para bienes en el país a 1,75% para patrimonios mayores a los $300 millones. Un cambio que fue sumado a último momento luego de la propuesta del diputado Itaí Hagman, del Frente de Todos.
  • Se incrementa la alícuota máxima para bienes en el exterior. En el caso de patrimonios mayores a $18.000.000, será de 2,25%. Para evitar este incremento, los contribuyentes pueden repatriar una parte de sus fondos, de acuerdo a la reglamentación que posteriormente debe hacer la AFIP.
  • Se delega en el Poder Ejecutivo la posibilidad de disponer la baja de las alícuotas cuando se realice la repatriación de activos financieros ubicados en el exterior. Esto tal como sucedió cuando estuvieron vigentes las alícuotas incrementadas para 2019 y 2020. El Ejecutivo de establecer un 5% de repatriación como sucedió para 2019 y 2020 o un porcentaje mayor.