Bienes Personales: los cambios luego de las modificaciones que aprobó Diputados

El mínimo no imponible subirá de $2.000.000 a $6 .000.000. Pero aumentan las alícuotas para los patrimonios más altos. Resta la sanción en el Senado

El oficialismo logró este martes aprobar en la Cámara de Diputados los cambios en el impuesto a los Bienes Personales con varias modificaciones respecto al proyecto original que venía de la Cámara de Senadores. Como se aprobó con cambios, el proyecto deberá ser nuevamente aprobado por el Senado.

Según detallaron diputados del oficialismo, hay un compromiso de que esa sesión se lleve adelante el próximo 29 de diciembre. La fecha es clave porque se requiere su aprobación definitiva antes de fin de año para que tenga vigencia en el ejercicio fiscal de 2022.

Los cambios aprobados por la Cámara de Diputados

  • Se sube el mínimo no imponible de $2.000.000 a $6.000.000 y de $18.000.000 a $30.000.000 para inmuebles destinados a casa-habitación del contribuyente, como estaba previsto en el proyecto aprobado en octubre pasado por el Senado.
  • Ambos montos se ajustarán anualmente por la inflación correspondiente a octubre del año anterior al del ajuste respecto al mismo mes del año previo. Para el Período Fiscal 2022 se tomará la variación entre octubre de 2022 y octubre de 2021. Según datos del oficialismo y de la oposición, este cambio beneficia a unos 500.000 contribuyentes que dejarán de pagar el impuesto o que no comenzarán a tributar en 2022.
  • Se incrementa la alícuota máxima para bienes en el país de 1,25% a 1,5% para el caso de patrimonios mayores a los $100.000.000. Según detalló el diputado Carlos Heller, esta suba abarcaría a unos 16.000 contribuyentes.
  • Se incrementa la alícuota para bienes en el país a 1,75% para patrimonios mayores a los $300 millones. Un cambio que fue sumado a último momento luego de la propuesta del diputado Itaí Hagman, del Frente de Todos.
  • Se incrementa la alícuota máxima para bienes en el exterior. En el caso de patrimonios mayores a $18.000.000, será de 2,25%. Para evitar este incremento, los contribuyentes pueden repatriar una parte de sus fondos, de acuerdo a la reglamentación que posteriormente debe hacer la AFIP.
  • Se delega en el Poder Ejecutivo la posibilidad de disponer la baja de las alícuotas cuando se realice la repatriación de activos financieros ubicados en el exterior. Esto tal como sucedió cuando estuvieron vigentes las alícuotas incrementadas para 2019 y 2020. El Ejecutivo de establecer un 5% de repatriación como sucedió para 2019 y 2020 o un porcentaje mayor.
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