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Reforma Laboral: el Gobierno nacional obtuvo otro fallo favorable y no se tramitará en la Justicia del Trabajo

Fue un revés para la CGT, que quiso que el expediente cambie de Cámara.

La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal resolvió este martes que la causa iniciada por la CGT contra el Estado Nacional por la constitucionalidad de la reforma laboral deberá tramitarse en ese fuero y no en la Justicia Nacional del Trabajo.

El fallo, en línea con el pedido que había hecho la Casa Rosada, fue firmado por los Jueces Rogelio Vincenti y Marcelo Daniel Duffy, integrantes de la Sala IV.

El conflicto se originó cuando el Juzgado Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal N°12 se declaró competente para intervenir en la causa.

En ese marco, el Juzgado Nacional del Trabajo N°63 rechazó ese criterio y dispuso remitir las actuaciones a la Cámara del Trabajo.

Por eso, la Cámara resolvió que le corresponde intervenir para dirimir la contienda y determinó que el expediente debe continuar en el fuero contencioso administrativo federal, de acuerdo con lo establecido en la ley 26.854 y la jurisprudencia de la Corte Suprema.

En su resolución, el tribunal cuestionó el trámite adoptado por el juzgado laboral, al señalar que se apartó del procedimiento previsto para este tipo de planteos y generó un conflicto innecesario que afecta la celeridad del proceso.

Al analizar la cuestión, los camaristas consideraron que el caso involucra aspectos federales que exceden el ámbito del derecho laboral, entre ellos la validez de una ley del Congreso y la organización de la competencia judicial, lo que justifica la intervención del fuero contencioso administrativo.

Reforma Laboral: la CGT pidió la recusación de los jueces que volvieron a poner en vigencia la ley

La central obrera impugnó la decisión judicial que reactivó la reforma laboral, denunció falta de imparcialidad de los jueces y pidió la nulidad del fallo en un conflicto que podría escalar a la Corte Suprema.

La disputa por la reforma laboral sumó un nuevo capítulo judicial. La Confederación General del Trabajo avanzó con una ofensiva contra el fallo que reactivó artículos clave de la ley impulsada por el Gobierno y pidió su nulidad, al tiempo que recusó a los jueces que lo firmaron.

Todo en el marco de que el próximo jueves 30 de abril, a las 15 horas, convocó a marchar a Plaza de Mayo para defender el trabajo.

La central obrera denunció "falta de imparcialidad" y "prejuzgamiento", en una presentación que podría escalar hasta la Corte Suprema si no se resuelve en instancias inferiores.

A través de su abogado Pablo Topet, la CGT impugnó la resolución de la Sala VIII de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, que había otorgado efecto suspensivo a la apelación del Estado Nacional y, en consecuencia, volvió a poner en vigencia cerca de 80 artículos de la reforma laboral.

La central sindical solicitó la recusación de los camaristas Víctor Arturo Pesino y María Dora González, a quienes acusó de haber actuado sin neutralidad.

En su presentación, la CGT fue tajante: "La resolución que se recurre carece de todo fundamento", y sostuvo que los magistrados "adelantaron opinión sobre el fondo de la cuestión", lo que invalida su intervención, según argumentaron.

Sospechas de "beneficio" y acusaciones de prejuzgamiento

Uno de los puntos más sensibles del planteo apunta contra Pesino. La CGT remarcó que el Poder Ejecutivo inició el trámite para extender su mandato por cinco años apenas un día después de su fallo, ya que el magistrado alcanza el límite de edad constitucional.

Para la central obrera, este hecho configura "un beneficio de importancia" otorgado por el Estado, afirmaron que compromete su imparcialidad y constituye una causal objetiva de apartamiento.

En el caso de González, la acusación es por prejuzgamiento. Según la presentación, la jueza sostuvo en su fallo que los trabajadores no constituyen un sector socialmente vulnerable ni sus derechos tienen carácter alimentario, lo que para la CGT implica haber anticipado criterio sobre el conflicto de fondo.

Cuestionamientos a la intervención de la Sala VIII

Además de las recusaciones, la CGT también objetó la competencia del tribunal. Sostuvo que la Sala VIII no debía intervenir, ya que existían causas conexas previas que requerían concentración en otra sala para garantizar coherencia judicial.

También denunció que el fallo fue dictado con "insólita premura", sin dar traslado a la central sindical ni permitirle ejercer su derecho de defensa antes de la resolución.

Qué está en juego en la reforma laboral

La medida cautelar original había suspendido cerca de 80 artículos de la ley de modernización laboral, que afectan puntos sensibles como:

  • La Ley de Contrato de Trabajo.
  • La libertad sindical.
  • Los montos indemnizatorios.
  • El pago en cuotas de indemnizaciones.
  • Las restricciones al derecho a huelga.

Con el fallo de la Cámara, esos artículos volvieron a estar vigentes mientras se define la cuestión de fondo: la constitucionalidad de la reforma.

Reforma Laboral: la demanda de la CGT deberá tramitarse en la Justicia Federal

Una jueza resolvió que el reclamo de la confederación debe ser tratado por la Justicia Contencioso Administrativa y no por tribunales laborales.

La Jueza federal, Macarena Marra Giménez, resolvió que la demanda presentada por la Confederación General del Trabajo contra el Estado Nacional por la Ley de Modernización Laboral deberá tramitarse en el fuero Contencioso Administrativo Federal, y no en la Justicia Nacional del Trabajo.

La decisión se dio en el marco de un conflicto de competencia entre ambos fueros, luego de que el sindicato cuestionara la constitucionalidad de distintos artículos de la Ley N° 27.802.

Según la CGT, la norma afecta derechos individuales y colectivos de los trabajadores reconocidos en la Constitución Nacional y en tratados internacionales, como la libertad sindical, la no discriminación y el acceso a la tutela judicial efectiva.

En su resolución, la magistrada sostuvo que el planteo apunta directamente contra la validez de políticas públicas y actos del Estado, y no sobre relaciones laborales individuales.

En ese sentido, consideró que este tipo de controversias corresponde a la justicia federal.

"Permitir que tribunales laborales decidan sobre la constitucionalidad de normas generales del Estado alteraría el sistema de control de legalidad", concluyó.

El planteo para que intervenga ese fuero había sido impulsado por el Ministerio de Capital Humano, que argumentó que el caso involucra cuestiones de derecho público con el Estado como parte demandada.

La jueza tomó en cuenta, además, cambios introducidos por la propia ley en materia de competencia judicial cuando el Estado está involucrado.

Con esta decisión, se ordenó al Juzgado Nacional del Trabajo N° 63 remitir el expediente al fuero contencioso administrativo federal.

En caso de que no lo haga, la causa deberá ser elevada a la Cámara correspondiente.

El fallo también fija un criterio sobre el alcance de la Justicia laboral, al excluirla de causas que impugnan normas generales o reformas estructurales impulsadas por el Estado.

En cambio, los reclamos individuales de trabajadores seguirán tramitándose en ese ámbito.

La resolución se alineó con la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y con el dictamen fiscal, reforzando el rol de la justicia federal en el control de constitucionalidad de políticas públicas.

La causa se originó a fines de marzo, cuando el Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, a cargo del juez Raúl Horacio Ojeda, dispuso la suspensión provisoria de 83 artículos de la reforma laboral tras un pedido de la CGT.

La medida buscó evitar posibles daños irreparables en los derechos de los trabajadores mientras se analiza la validez de la norma.

Entre los puntos cuestionados por el sindicato se encuentran cambios en la Ley de Contrato de Trabajo, modificaciones en jornadas y vacaciones, restricciones a la actividad sindical, la derogación de la ley de teletrabajo y alteraciones en las condiciones salariales y de despido.

El Juez Ojeda fundamentó la medida cautelar en el riesgo de que la aplicación de esas disposiciones pudiera afectar garantías protegidas por la Constitución.

Aclaró, sin embargo, que la suspensión es provisoria y no resuelve el fondo de la cuestión.

Con el nuevo fallo, será la justicia federal la que deberá continuar con el análisis de la constitucionalidad de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional.

La CGT confirmó una movilización a Plaza de Mayo el 30 de abril por el Día del Trabajador

La iniciativa será sin paro general.

La CGT retomó su agenda tras los éxitos judiciales contra la ley de reforma laboral, y confirmó que su próximo paso será una movilización a Plaza de Mayo el 30 de abril en conmemoración del Día del Trabajador.

Además, se llevará adelante una celebración religiosa en recuerdo del Papa Francisco. La iniciativa será sin paro general.

La definición del próximo paso de la central obrera fue realizada luego de una reunión del Consejo Directivo que llevó a cabo en la sede de la calle Azopardo.

El encargado de comunicar la medida fue Jorge Sola, del Sindicato del Seguro y uno de los triunviros de la CGT.

"El Papa tuvo vínculo con el mundo del trabajo, con la solidaridad como bandera. En esa conmemoración, vamos a hablar de la situación de los trabajadores, con endeudamiento familiar y creciente desempleo", graficó.

También, el dirigente reclamó que las paritarias sean libres y que sean homologadas y discutidas de acuerdo a cada actividad.

"El Gobierno puso un techo por debajo de la inflación promedio", lamentó. A su lado estuvieron Octavio Arguello, otro triunviro, y Horacio Arreceygor, el líder del SATSAID y un representante gremial con buena sintonía con todas las tribus cegetistas.

Se prevé que, además de sectores críticos de la Iglesia contra la administración Javier Milei, se sumen a la jornada de protesta los movimientos sociales nucleados en la Unión de los Trabajadores de la Economía Popular.

Reforma Laboral: la Justicia restableció el cálculo de intereses en indemnizaciones

Tras un planteo gremial, la Justicia laboral reactivó el mecanismo de cálculo de intereses previo a la reforma para garantizar que los montos no pierdan poder adquisitivo ante la inflación.

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo dictó una sentencia que repone el artículo que calcula los intereses de las indemnizaciones, dejando sin efecto la limitación impuesta por la reciente reforma laboral incluida en la Ley Bases.

El fallo surge a partir de una demanda que cuestionaba la nueva fórmula de actualización, la cual, según los magistrados, no lograba compensar el efecto de la inflación sobre los créditos de los trabajadores, generando una licuación del monto final a percibir tras un juicio.

La resolución hace hincapié en la protección del salario y el carácter alimentario de las indemnizaciones.

La Cámara fue tajante al explicar la invalidez del artículo reformado: "La aplicación de una tasa que no cubra mínimamente la desvalorización monetaria implica una confiscación del patrimonio del trabajador y una violación al principio de progresividad".

Además, el tribunal subrayó que la normativa previa garantizaba una equidad que la nueva ley alteraba sustancialmente.

Señalando que: "El mecanismo de actualización debe asegurar que el capital reconocido en la sentencia mantenga un valor equivalente al que tenía al momento de producirse el distracto laboral, evitando que el paso del tiempo beneficie al deudor moroso".

El artículo en cuestión pretendía unificar y bajar el costo de los intereses en los litigios, uno de los reclamos históricos de las cámaras empresariales para reducir la denominada industria del juicio.

Con esta reposición, los jueces laborales recuperan la potestad de aplicar tasas de interés que resultan significativamente más altas que las previstas en la reforma, lo que cambia nuevamente el cálculo de contingencias para las empresas con juicios en trámite.

La Justicia suspendió artículos de la Reforma Laboral tras una presentación de la CGT

Así fue resuelto por el Juez laboral, Raúl Ojeda. La cúpula de la central obrera cuestionó la constitucionalidad de la legislación.

La Justicia laboral suspendió, de manera provisoria, más de 80 artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional, una luego de una medida cautelar presentada por la CGT.

El texto firmado por el triunvirato de la central obrera, Jorge Alberto Sola, Octavio Argüello y Cristian Jerónimo, logró frenar una parte significtiva de la Ley de Modernización Laboral sancionada el pasado 27 de febrero.

El juzgado nacional del Trabajo advirtió sobre la posible "afectación de derechos constitucionales" y el riesgo de "perjuicio inminente" para los trabajadores.

Por el momento, esta suspensión es de carácter "provisorio", mientras se resuelve la cuestión de fondo sobre la constitucionalidad de la norma.

La Justicia rechazó una cautelar de la CGT contra la Reforma Laboral

Un juzgado federal desestimó el pedido para suspender artículos de la ley vinculados al traspaso de la Justicia del Trabajo a la Ciudad de Buenos Aires.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N.º 7 rechazó la medida cautelar presentada por la Confederación General del Trabajo para suspender la aplicación de los artículos 90 y 91 de la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

Estos establecen el traspaso de la Justicia Nacional del Trabajo al ámbito de la Ciudad de Buenos Aires.

La resolución fue firmada por el Juez Lavié Pico, quien desestimó el planteo de la central sindical que buscaba frenar tanto la aplicación de esos artículos como el convenio de transferencia de la función judicial laboral.

El 6 de marzo, la CGT había presentado un amparo para que se declare la nulidad y la inconstitucionalidad de esos puntos de la ley y solicitó una medida cautelar innovativa que suspendiera su vigencia hasta que se dicte una sentencia definitiva.

Según argumentó la central obrera, la puesta en marcha de la norma implicaría la desaparición de la Justicia Nacional del Trabajo y el traslado de sus competencias, lo que podría generar perjuicios irreparables.

En ese marco, también pidió que se dejara de lado el informe previsto por la legislación que regula las medidas cautelares contra el Estado, al sostener que representa a un colectivo vulnerable.

Como alternativa, solicitó que se dictara una medida interina mientras se resuelve el fondo de la causa.

Sin embargo, el magistrado consideró que no se acreditó la existencia de un daño irreparable que justifique la medida solicitada.

En su resolución sostuvo que la acción de amparo, por su carácter sumarísimo, garantiza una resolución rápida sobre el fondo del caso, por lo que no corresponde dictar una cautelar en esta etapa del proceso.

Además, el tribunal ordenó al Estado Nacional Argentino presentar en un plazo de cinco días el informe correspondiente y ofrecer la prueba que considere pertinente.

Mientras que la parte actora deberá adjuntar copias digitales de la documentación y tramitar los oficios a través de los sistemas informáticos oficiales.

Tras el fallo adverso, la CGT analiza los próximos pasos de su estrategia judicial y anticipó que continuará con el reclamo en los tribunales.

La CGT presentó un recurso de amparo contra la Reforma Laboral

El recurso judicial fue firmado por el triunvirato de la central y advierte que la nueva legislación retrocede sobre derechos laborales protegidos por la Constitución.

La Confederación General del Trabajo presentó un recurso de amparo contra la Reforma Laboral promulgada este viernes en el Boletín Oficial.

La presentación se realizó ante la Cámara Contencioso Administrativo Federal y, por sorteo, recayó en el Juzgado Contencioso N°7, a cargo de Enrique Lavie Pico, el mismo juez que en 2024 había frenado un decreto de desregulación impulsado por el Presidente Javier Milei.

El amparo fue firmado por el triunvirato que conduce la CGT junto con dirigentes de los distintos sindicatos que integran la central obrera.

La presentación se formalizó luego de la movilización que la organización sindical realizó el lunes pasado hacia los tribunales de Talcahuano, donde solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la ley de Reforma Laboral.

"Venimos a ejercer nuestro derecho a peticionar. Confiamos en un poder republicano como la Justicia, en su objetividad y en que va a cuidar el cumplimiento de la Constitución Nacional", declaró Jorge Sola, uno de los cosecretarios generales de la CGT, ante la prensa.

En el documento difundido por la central, se sostiene que la llamada "modernización" representa "una grave afectación de derechos colectivos e individuales que vulneran de forma expresa principios constitucionales".

Entre los argumentos, la CGT advirtió que la nueva legislación desconoce el principio de progresividad o de no regresión, que impide adoptar medidas injustificadas que impliquen retrocesos en los derechos laborales ya conquistados.

El amparo también menciona la posible vulneración del principio protector del derecho laboral, orientado a equilibrar la relación entre empleadores y trabajadores y evitar abusos contra la parte más débil.

Según la central, podrían verse afectados derechos contemplados en el artículo 14 bis, como la protección frente al despido arbitrario, el derecho de huelga, la negociación colectiva, la libertad sindical, la libre agremiación y el acceso a la seguridad social.

Además, la CGT criticó aspectos puntuales de la reforma, como las jornadas laborales de 12 horas, la eliminación de las horas extras y la posibilidad de suprimir sanciones para empleadores que incumplan con aportes o vulneren la legislación laboral.

También objetó que las indemnizaciones por despido puedan pagarse en cuotas mediante el Fondo de Asistencia Laboral.

La CGT criticó a la UIA por avalar la Reforma Laboral y luego cuestionar la situación industrial

La central obrera advirtió sobre la pérdida de empleo formal y anticipó una etapa clave de negociaciones salariales.

La CGT salió al cruce de la Unión Industrial Argentina luego de que la entidad empresaria advirtiera sobre la "situación crítica" del sector y reclamara políticas de impulso a la producción.

Desde la central obrera cuestionaron que, al mismo tiempo, haya respaldado la reforma laboral recientemente sancionada.

"Flaco, decidite", lanzó Jorge Sola durante una entrevista en Gelatina, al apuntar contra la UIA, encabezada por Martín Rappallini, por darle la "bienvenida" a la nueva legislación y advertir que "no puede haber progreso si no hay industria nacional".

También denunció una actitud "extorsiva" de las patronales en el marco de las negociaciones salariales: "Te dicen 'o aumentamos el salario o mantenemos los puestos de trabajo'".

Y agregó: "Son los mismos empleadores que te dicen este proyecto económico como está, no funciona".

En ese contexto, anticipó que "ahora se abre una gran etapa de negociación de paritarias" y remarcó el impacto del escenario actual en el empleo.

"Vos lo que tenés son 300.000 puestos formales menos. Básicamente, lo que ha sucedido en casi todas las crisis económicas, sociales y laborales que ha pasado Argentina", explicó.

Además, definió la reforma laboral como "un pequeño Frankenstein" y sostuvo que "tiene una arquitectura muy inteligente y hasta perversa".

De esta manera, dejó en claro que la medida "fue armándose de acuerdo a las necesidades de cada sector de los grupos económicos más poderosos".

Por último, advirtió que la norma "responde también a una mirada del Fondo Monetario Internacional".

Aunque señaló que "se contradice con lo que el propio Gobierno firmó en el acuerdo bilateral con Estados Unidos, que dice exactamente que tienen que respetarse todos los derechos de los trabajadores".

La CGT pidió en la Justicia que se declare inconstitucional la Reforma Laboral

La central presentó recursos en el fuero Laboral y en el Contencioso Administrativo y cuestionó que la norma vulnera derechos "protectorios".

La CGT presentó este lunes en Tribunales un recurso para que se declare la inconstitucionalidad de la ley de Reforma Laboral, que obtuvo sanción definitiva el viernes pasado en el Senado.

La central obrera realizó presentaciones tanto en el fuero Laboral como en el Contencioso Administrativo, aun cuando la norma todavía no fue promulgada por el Poder Ejecutivo.

"Venimos a ejercer nuestro derecho a peticionar. Confiamos en un poder republicano como la Justicia, en su objetividad y en que va a cuidar el cumplimiento de la Constitución Nacional", afirmó Jorge Sola.

También explicó que con esta acción la central "cumple con lo que venimos diciendo desde que iniciamos este proceso de rechazo a la ley".

Por su parte, Cristian Jerónimo sostuvo que "hoy ya hay muchos sectores que empiezan a plantearse por qué han acompañado al Gobierno y a esta ley, que no tiene ningún impacto beneficioso para la vida de los trabajadores".

Y agregó: "Ayer esperábamos que el presidente dé algún anuncio positivo sobre el desarrollo del país, la producción y el trabajo, y fue todo lo contrario. Esto demuestra que este es un Gobierno para pocos y de especulación financiera".

Argüello, en tanto, rechazó las afirmaciones del Presidente Javier Milei sobre una baja del desempleo. "Es una locura total y lo estamos viendo día a día. Se han perdido 270.000 puestos de trabajo", aseguró.

Además, calificó el discurso ante la Asamblea Legislativa como "una gran mentira, un show, agredió durante todo el discurso y no dejó nada concreto".

"No explicó cómo va a hacer para crear más puestos de trabajo", advirtió, y concluyó: "Ya tuvimos antes estas políticas y ya fracasaron, porque es un modelo para un 20 % de los argentinos y los demás estamos todos afuera".