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Tras el pedido de intervención federal hecho por Milei, Kicillof hará una denuncia penal

El gobernador instruyó al Ministerio Público Fiscal para que "se investigue la posible comisión de delito contra el orden constitucional y los poderes públicos de la provincia".

El Gobernador de la provincia de Buenos Aires, Axel Kicillof, calificó al Presidente Javier Milei de "cobarde" por su negativa a abordar de manera conjunta el problema de la inseguridad.

Durante una conferencia de prensa en La Plata, Kicillof afirmó que Milei, como mandatario, es el "principal responsable" del narcotráfico y anunció su intención de presentar una denuncia penal debido a lo que considera un intento de la Casa Rosada de "intervenir" la provincia.

Kicillof sostuvo que el aumento de la violencia y el crimen en Buenos Aires está vinculado al narcotráfico, que, según él, no es producido en la provincia.

"Esto es responsabilidad del Gobierno nacional, y Milei es el principal responsable del narcotráfico", afirmó.

El gobernador también atribuyó el pedido de intervención de Milei a un "intento de tapar el escándalo de estafas con criptomonedas".

En este sentido, mencionó un artículo publicado en el New York Times que, según él, demuestra que Milei mintió en relación al denominado criptogate.

Kicillof se mostró dispuesto a discutir temas como el Código Penal o la situación de los menores con el Gobierno nacional, en medio de la conmoción que generó el asesinato de la niña Kim Gómez.

Sin embargo, lamentó que a pesar de haber propuesto trabajar en conjunto para enfrentar la inseguridad, Milei había rechazado colaborar.

"Dijo que no va a colaborar de ninguna manera", expresó Kicillof, quien también acusó al presidente de tener un "sueño autoritario" por su deseo de intervenir la provincia.

El gobernador continuó su crítica hacia Milei, sugiriendo que el presidente "produce con su política económica un desastre del que, además, deserta".

Por otro lado, Kicillof anticipó que será necesaria la unidad para defender la democracia y mencionó que ya había instruido al Ministerio Público Fiscal para investigar la posible comisión de delitos contra el orden constitucional y los poderes públicos de la provincia, en respuesta a las declaraciones de Milei sobre su intención de intervenir el distrito.

En el marco de esta tensión, Milei había exigido a Kicillof que renuncie a su cargo para facilitar una "intervención nacional", en el contexto del crimen de la niña Kim Gómez en La Plata.

Denunciaron penalmente a Pablo Moyano por el conflicto de las grúas

Así se expresó Facundo Del Gaiso, legislador porteño de la Coalición Cívica que radicó la denuncia contra el líder camionero.

El Legislador porteño de la Coalición Cívica, Facundo Del Gaiso, denunció penalmente al Secretario adjunto de Camioneros, Pablo Moyano, por extorsión en el marco de la puja por la licitación de las grúas en la Ciudad de Buenos Aires y el conflicto por la recolección de residuos de los barrios porteños.

Del Gaiso señaló además irregularidades en las licitaciones con las empresas recolectoras de basura de la Ciudad, que fueron dadas de baja por el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, y según reveló la familia Moyano tiene injerencia en las firmas Ashira y Transporte 9 de julio.

"Nos despertamos y vimos que se estaba levantando la basura en un 30%. Hasta el viernes pasado no había ningún problema, lo que sucedió es que se dio de baja la licitación de grúas", planteó en declaraciones a Radio Rivadavia.

Asimismo, detalló: "¿Qué tiene que ver la licitación de grúas con que los porteños suframos la extorsión de Moyano? En el año 2022 se cae el sistema de grúas en la Ciudad de Buenos Aires porque en la legislatura se arma una sesión especial, faltaba el voto de la Coalición Cívica, Carrió determina que había que ir a votar para que se caiga el sistema irregular de 20 o 25 años, y que pagaban 55 mil pesos por mes hasta el 2022. Como eso se iba a caer, el jefe de Gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, determina estatizar el servicio en 24 horas”.

"Esa licitación fue preadjudicada a tres empresas: Ashira, Transporte 9 de julio y Saem. Al menos una, no tengo pruebas, pero no tengo dudas de que está vinculada al Clan Moyano. Se adjudicó en 57 millones de pesos, y el jefe de Gobierno, Jorge Macri, lo dio de baja", dijo.

En la denuncia, el dirigente de la Coalición Cívica planteó que "resulta incongruente adoptar una medida de fuerza gremial, en el marco del servicio de recolección de residuos cuyos supuestos incumplimientos por parte del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires no han sido formalmente denunciados antes las autoridades competentes, y en defensa de trabajadores de una eventual contratación por parte de dicho Gobierno; sin claro tener otras intenciones que la intimidación y extorsión de las autoridades locales".

Por su parte, remarcó: "Que la amenaza de interrupción del servicio de recolección de residuos en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires por los choferes agremiados en el Sindicato de Choferes de Camiones es una clara intimidación que presupone la puesta en riesgo de la seguridad y salubridad de los que habitan y concurren diariamente a la capital porteña".

Para el legislador, la medida de fuerza en defensa de los choferes "no tiene otra finalidad que obtener la firma del Jefe de Gobierno, Jorge Macri, de la adjudicación de la Licitación Pública, beneficiando a las empresas Ashira S.A. y Transportes 9 de Julio S.A., ambas compañías, de pública vinculación con el Sindicato de Choferes de Camioneros, como ya fuera descripto ut-supra".

"Hasta el viernes no había problemas, cuando se enteran de que va a caer la licitación, le tocaron los negocios a Moyano, los camiones no funcionan bien, las condiciones laborales no son buenas, y trabajan a reglamento", cuestionó, y agregó: "El país de Moyano, en Moyanolandia, pasan estas cosas. No podemos soportar estas situaciones".

Por último, más allá del respaldo a Macri por la decisión de dar de baja la licitación, afirmó que hay "irregularidades que investigar".

"Hoy entras a la página de Buenos Aires Compra y está todo impecable, pero la preadjudicación se hizo el 6 de diciembre, un día antes de que se vayan, y tocas el botón te aparece un acta que dice que el 11 de diciembre se reunió la Comisión de Adjudicación, que es el primer día de la gestión de Jorge Macri", concluyó.

Fondo Anticíclico de Jáchal: Denuncia penal contra el Intendente Vega y sus funcionarios

Este miércoles se presentó una denuncia penal contra el Intendente de Jáchal, Miguel Vega, para que se lo investigue junto a tres funcionarios más y a sus tres concejales oficialistas, por los presuntos delitos de malversación de fondos e incumplimiento de los deberes de funcionario público.

Por Jorge Morales

Porque no tengo ganas de seguir soportando la impunidad. Porque la política es otra cosa y no lo que han demostrado los funcionarios de los últimos gobiernos peronistas en Jáchal. Porque no tienen "derecho" a robarse lo que es de todos. Porque el autoritarismo contra los más débiles se debe terminar. Porque la justicia debe ser eso, Justicia. Porque la complicidad para beneficiar a sus parientes o amigos se debe combatir y castigar. Porque el silencio de los propios y ajenos, "aturde". Porque no solo se debe ser Jachallero para cantar Vallecito. Porque la patria chica se defiende con las ideas y con el cuerpo. Porque tengo la obligación de seguir haciendo lo que siempre hice. Porque soy periodista.

Luego del escándalo de la plata del Fondo Anticíclico de Jáchal, parece que a nadie más le importó conocer la verdad de la utilización de esos fondos. Un Concejo Deliberante con un bloque oficialista mediocre y paupérrimo se encargó de "tapar" todo el mal olor que tenía el manejo de la plata por parte de Miguel Vega. La nula respuesta a los pedidos de informes del bloque opositor, las declaraciones sin comprobante alguno, los spots radiales que no sirven absolutamente de nada, fue lo único que pasó y no se supo más nada.

El día miércoles 29 de noviembre se presentó, ante Unidad Fiscal Nº2, una denuncia penal contra el Intendente de Jáchal Miguel Vega, para que se lo investigue, junto a tres funcionarios más y a sus tres concejales oficialistas, por los presuntos delitos de Malversación de Fondos e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público. El escrito fue recibido por el Ayudante de Fiscalía, Patricio Díaz y el Fiscal, en turno, a cargo de la misma, es Gastón Salvio.

En la última semana de noviembre (jueves 30) la Cámara de Diputados de San Juan elegirá un Fiscal y un Asesor para el Juzgado de Jáchal, la Concejal Cintia Aballay puede llegar a ser una de las elegidas, hoy denunciada por Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público. El próximo 10 de diciembre, el actual intendente de Jáchal, Miguel Vega, asumirá como diputado en representación del departamento de Jáchal, hoy denunciado por Malversación de Fondos. Ambos deberán jurar para "Cumplir y hacer cumplir la Ley". ¿Cumplieron ese precepto en este mandato? ¿Cumplirán y harán cumplir la Ley en otro cargo?

En sus partes principales, la demanda menciona:

OBJETO: "Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 320 del Código Procesal Penal de la Provincia de San Juan (LP 1851 – O), vengo a formular denuncia penal contra los siguientes individuos: 1) Miguel Ángel Vega; y los funcionarios municipales: Máximo Páez; Rubén Rueda y Marcelo Muriel por ser presuntos autores y/o participes de los delitos de 1) Malversación de fondos públicos (art. 260 C.P.A.) y 2) Incumplimiento de los deberes de funcionarios Públicos (art. 249 C.P.A.) del Código Penal Argentino".

"También se hace extensiva la denuncia por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos (art. 249 C.P.A.) en calidad de autores y/o participes, a los Sres. Jorge Amado Ortega, Cintia del Valle Aballay y Rubén Godoy, todos estos como concejales del Honorable Concejo Deliberante de San José de Jáchal; y de cualquier otro delito contra la Administración Pública Municipal que surja de las actuaciones investigativas que el Sr. Agente Fiscal – UFI del Norte lleve adelante, referente al destinos y controles realizados respecto a los recursos que conforman el Fondo Anticíclico Municipal creado por Ordenanza 2899 y Decreto Reglamentario 533 en razón de los hechos que a continuación serán desarrollados".

"El Intendente Municipal, Miguel Ángel Vega ni los funcionarios autorizados por ordenanza y decreto para disponer del Fondo Anticíclico, no acompañaron documentación respaldatoria que justifiquen el uso y destino de los recursos del Fondo Anticíclico, tampoco aportaron número de expedientes donde conste las obras, servicios y compras realizadas con los fondos cuestionados. No aportaron documentación de movimientos financieros que tuvo el Fondo Anticíclico Municipal".

"De lo relatado hasta el momento, solo demuestra, que las personas denunciadas evitaron dar detalles respectos a los fundamentos necesarios y requeridos legalmente para el uso del Fondo Anticíclico, incumpliendo con la debida responsabilidad que exige la ley en la administración y disposición de fondos públicos.”

"Es necesario, a los fines de fundar la denuncia, determinar la actuación de los concejales Jorge Ortega, Cintia Aballay y Rubén Godoy, en la sesión donde se trató la contestación al pedido de informe solicitado por la concejal Carrizo, ya que la misma en todo momento fue interruptiva evitando llevar claridad a la tan importante acto, tratando en todo momento tener por presentada y aprobada sin cuestionamiento tal contestación utilizando el voto desempate del Presidente del Concejo Deliberante, concejal Jorge Ortega, a pesar de que la misma, no se adjuntaba ninguna documentación probatoria ni la firma del Intendente Vega".

"Ante la falta de claridad de la contestación al pedido de informe relacionado al uso y destino del Fondo Anticíclico, genero la presentación en fecha 16/08/2023 de 8 pedidos de informes de manera conjunta de los concejales Balderramo, Tañez y Carrizo, con respecto al uso del Fondo Anticíclico y las partidas presupuestarias asignadas a las obras y servicios mencionados en la contestación, los cuales fueron rechazados y archivados, por el voto de los concejales Ortega, Aballay y Godoy, justificando sus votos por considerar que los mismos ya habían tenido respuesta con la contestación del informe referente al Fondo Anticíclico, evitando de esta manera que el Intendente Miguel Ángel Vega cumpla con su deber de informar respecto a la administración y uso de los fondos públicos tanto del Fondo Anticíclico y de las partidas presupuestarias asignadas".

"Surge de los hechos expresados, que la conducta adoptada por el Intendente, Miguel Ángel Vega, las autoridades municipales a autorizados para el manejo del Fondo Anticíclico y los concejales Ortega, Aballay y Godoy, demuestran indicios suficientes para determinar una intencionalidad manifiesta de evitar cumplir con los deberes impuestos por ley como funcionarios público, impidiendo el debido control legal que debe ejercer los integrantes del Concejo Deliberante respecto a la administración y disposición de fondos públicos municipales, tanto del Fondo Anticíclico como de las partidas presupuestarias aprobadas, las cuales se encontraban aseguradas por contar con recursos municipales, provinciales y nacionales ya asignados por ordenanza presupuestaria del 2022".

"Estos indicios de la posible comisión de los delitos mencionados ut supra, encuentran mayor fuerza en la conducta adoptada por el Intendente, funcionarios y concejales denunciados como presuntos autores y/o partícipes de los mismos, cuando en lugar de cumplir con deberes impuestos por ley, evaden los controles y pedidos de informes solicitados, supliendo los mismos dando entrevistas a los medios de prensa y realizando spots publicitarios, con expresiones públicas, sin aportar documentación alguna que respalden las obras y servicios que dicen haber realizado, tratando de dar apariencia de “transparencia en la gestión municipal” a los ciudadanos jachalleros con el único fin de evitar cumplir con los controles y deberes de funcionarios públicos que se le exige en función de los cargos públicos que ejercen y para los cuales fueron elegidos mediante el voto popular".

"CALIFICACION LEGAL – FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO: esta denuncia encuentra su fundamento en la normativa legal procesal (LP 1851-O) en los siguientes artículos que se transcriben: "ARTÍCULO 34.- Imposibilidad de prescindencia de la acción penal: El representante del Ministerio Público Fiscal no puede prescindir ni total ni parcialmente del ejercicio de la acción penal si el imputado es funcionario público y se le atribuye un delito cometido en el ejercicio o en razón de su cargo…" Se aclara que los individuos denunciados actualmente tienen el carácter de funcionario público y los delitos presuntamente cometidos han sido en el ejercicio y función de sus cargos. "ARTÍCULO 320.- Denuncia, forma y contenido: Toda persona que tiene conocimiento de un delito de acción pública puede denunciarlo ante el Ministerio Público Fiscal o la policía, en forma escrita, verbal o de cualquier otro modo fehaciente, de manera personal, por representante o por poder especial, el cual debe ser acompañado en ese mismo acto. En caso de denuncia verbal se debe extender un acta. En todos los casos el funcionario que recibe la denuncia debe comprobar y hacer constar la identidad del denunciante. La denuncia debe contener, en cuanto sea posible, la relación circunstanciada del hecho delictivo, con indicación de sus autores, partícipes, damnificados, testigos, los demás elementos probatorios que pueden conducir a su comprobación y la calificación legal”. Este artículo es aplicable, ya que posiblemente se ha cometido un hecho ilícito el cual ha tomado notoriedad pública en virtud de que medios periodísticos departamentales y provinciales lo han dado publicado como noticia periodística".

"En relación a los hechos explicados en el presente escrito, los funcionarios público que a continuación se detallan : Miguel Ángel Vega - Intendente de la Municipalidad de San José de Jáchal; Máximo Páez - Secretario de Gobierno de la Municipalidad de San José de Jáchal; 3) Rubén Rueda Sirerol - Secretario de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de San José de Jáchal y 4) Marcelo Muriel - Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad de San José de Jáchal, revisten la calidad de denunciados en virtud de que la Ordenanza 2899 establece que son los autorizados para administrar y disponer de los recursos que forman el Fondo Anticíclico Municipal y que hay notorios indicios de que sean autores y/o participes de la presunta comisión de los siguientes delitos por fundamentos de hecho y derecho que se detallaran: 1) Malversación de Caudales Públicos – "ARTICULO 260 C.P.A. - Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída". Con relación a esta norma transcrita, la doctrina, define la malversación de caudales públicos como el delito que comete un funcionario público que le da una aplicación diferente a los caudales o efectos públicos para los cuales han sido destinados y cuya administración se encuentre a su cargo".

"INCUMPLIMIENTO Y/O VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS – Artículo 249 del C.P.A, el cual se transcribe: “Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio", a los siguientes denunciados: Miguel Ángel Vega; Máximo Páez; Rubén Rueda y Marcelo Muriel.”

"Hay indicios que los mismos han incurrido en la conducta típica de "OMITIR" de manera dolosa la realización de un acto de su oficio".

"La omisión puede ser definida como un 'No hacer' de manera total o parcial un acto que es atinente al ejercicio de su cargo como funcionario público. El Intendente y sus funcionarios omitieron cumplir con lo determinado por el artículo 4º, parte final de la Ordenanza Municipal Nº 2899, el cual en su parte pertinente establece “sin perjuicio de los mecanismos de control previsto en la Ley Provincial Nº 430 – P".

"También se encuentran indicios de omisión al no acompañar ninguna documentación que respalde fehacientemente las expresiones contenidas en la contestación del pedido de informe. Incumpliendo de esta manera el deber de información en la gestión y administración de fondos públicos y que todo funcionario está obligado a cumplir".

"Es de destacar, la conducta adoptada por el Intendente, Miguel Ángel Vega, ya que no solo incurre en este delito por 'OMITIR' aportar la documentación requerida sino que también incurre en la acción típica de 'REHUSAR HACER' ilegalmente un acto atinente a su función, ya que de la contestación presentada al pedido de informe del Fondo Anticíclico Municipal, solo fue firmada por el Secretario de Hacienda y Finanzas, la Contadora y Tesorera de la Municipalidad de San José de Jáchal, careciendo de la firma del Intendente, Miguel Ángel Vega, violando el deber de contestar los pedidos de informes que se dirijan al Poder Ejecutivo Municipal toda vez que a éste se lo requieran, esto como forma de control que tiene el Honorable Concejo Deliberante con respecto a la gestión municipal".

Texto Completo Denuncia Penal

FORMULA DENUNCIA:

Sr. Agente Fiscal - Unidad Fiscal de Investigación del Norte

 2ª Circunscripción Judicial de San Juan

S______________/_______________D:

Jorge Alfredo Morales DNI Nº 17.218.100, con domicilio real en Barrio San José II C12 M”B”, San José de Jáchal, Provincia de San Juan, me presento ante Ud. y respetuosamente digo:

I.- OBJETO: Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 320 ss. y cc. del Código Procesal Penal de la Provincia de San Juan (LP 1851 – O), vengo a formular denuncia penal contra los siguientes individuos: 1) Miguel Ángel Vega; y los funcionarios municipales: Máximo Páez; Rubén Rueda y Marcelo Muriel por ser presuntos autores y/o participes de los delitos de 1) Malversación de fondos públicos (art. 260 C.P.A.) y 2) Incumplimiento de los deberes de funcionarios Públicos (art. 249 C.P.A.) del Código Penal Argentino.

También se hace extensiva la denuncia por la presunta comisión del delito de Incumplimiento de los deberes de funcionarios públicos (art. 249 C.P.A.) en calidad de autores y/o participes, a los Sres. Jorge Amado Ortega, Cintia del Valle Aballay y Rubén Godoy, todos estos como concejales del Honorable Concejo Deliberante de San José de Jáchal; y de cualquier otro delito contra la Administración Pública Municipal que surja de las actuaciones investigativas que el Sr. Agente Fiscal – UFI del Norte lleve adelante, referente al destinos y controles realizados respecto a los recursos que conforman el Fondo Anticíclico Municipal creado por Ordenanza 2899 y Decreto Reglamentario 533 en razón de los hechos que a continuación serán desarrollados.

II.- HECHOS: Comenzare con la exposición de los hechos en que se funda la presente denuncia. Que mediante ordenanza municipal Nº 2899 por parte del Honorable Concejo Deliberante de San José de Jáchal, se crea el Fondo Anticíclico Municipal con el objeto de prever situaciones económicas – financieras con efectos negativos y produzcan la caída de los ingresos fiscales producto de ciclos económicos adversos.

Que dicha ordenanza, en su Artículo 1º crea el Fondo Anticíclico Municipal y expresa que estará constituido por una suma inicial equivalente a $ 12.000.000. Que inicialmente estaba conformado por 1) $ 3.000.000 provenientes de Ingresos de Jurisdicción Municipal; 2) $ 3.000.000 provenientes de Ingresos de Coparticipación Provincial; 3) $ 3.000.000 provenientes de Ingresos de Inversión Municipal; 4) $ 3.000.000 provenientes de Ingresos del Fondo Provincial de Infraestructura. Además de los montos mencionados, el Fondo Anticíclico estará conformado  por: A) 10 % mensual de Coparticipación Provincial efectivamente ingresada; B) 20 % mensual de Recaudación de Jurisdicción Municipal efectivamente ingresada; C) 15% mensual de Regalías Mineras efectivamente ingresada; D) Rendimiento financiero que se obtenga de la Inversión de los Recursos del Fondo; E) Contribuciones, subsidios, legados o donaciones que reciba el Municipio específicamente destinada a este Fondo, facultando al Poder Ejecutivo Municipal a incluir en el Fondo recursos de distinta índole según la proyección y plazos de aplicación de dicho fondo.

                                                                                  El artículo 2º, establece de que los recursos afectados al Fondo Anticíclico podrán ser destinados a compensar el déficit presupuestario mensual de ingresos corrientes y de capital a fin de asegurar el equilibrio presupuestario municipal, los objetivos programados y atender situaciones de emergencias no previstas en el presupuesto municipal y que obliguen al Poder Ejecutivo Municipal en incurrir en gastos imprevistos.

                                                                                  El artículo 3º, expresa que la utilización de los recursos del Fondo Anticíclico Municipal será decidida por el Intendente con la firma de los secretarios de Gobierno, de Infraestructura y de Hacienda y Finanzas, reunidos en acuerdo con jurisdicción de la decisión adoptada y valoración de las otras posibilidades de superación del quebranto económico o financiero.

                                                                                  El artículo 4º, autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a la utilización del Fondo bajo las condiciones de la presente ordenanza y su decreto reglamentario, sin perjuicio de los mecanismos de control previstos en la Ley Provincial 430 – P.

                                                                                   El artículo 5º, autoriza al Poder Ejecutivo Municipal a la colocación de los recursos del Fondo de Reserva Anticíclico Municipal a interés para preservar e incrementar el valor de dicho Fondo, estableciendo que las rentas generadas deben ingresar íntegramente al fondo; y determina que el Rendimiento Financiero del Fondo seguirá el mismo destino que el principal que le dio origen, no pudiendo aplicarlo a erogaciones de otra índole.

                                                                                   El artículo 6º, determina el destino de los recursos del Fondo de Reserva Anticíclico Municipal, estableciendo que los mismos se aplicaran a: A) Monto Faltante para completar nómina salarial, con fondos provenientes del artículo 1 inc. a), b) y d) de la presente ordenanza; B) Atender gastos vinculados con la Salud, Educación y Seguridad, con fondos provenientes del articulo 1 inc. a), b) y d), solo los generados por el inc. a) y b); C) Financiamiento de Proyectos de Inversión, con fondos provenientes del articulo 1 inc. a), b), c), d) y e); D) Atención de situaciones de Emergencia, Catástrofes, Desastres Naturales o Artificiales que revisten las características aludidas, con fondos provenientes de los inc. a), b), c), d) y e) del artículo 1; E) Erogaciones de Capital, con fondos provenientes del articulo 1 inc. a), b), c), d) y e); F) Atemperar los efectos de las fluctuaciones de los Recursos Presupuestarios Corrientes, con fondos provenientes del articulo 1 inc. a), b) y d) solo con los generados por los inc. a) y b); G) Contribuir a asegurar las prestaciones básicas e indelegables que el Estado Municipal debe garantizar a los ciudadanos jachalleros, con fondos provenientes del articulo 1 inc. a), b) y d) solo con los generados por los inc. a) y b).

                                                                       El Poder Ejecutivo Municipal dicta Decreto Reglamentario Nº 533 referente a la Ordenanza Municipal Nº 2899, decretando en su artículo 1º, que se aprueba la reglamentación de la Ordenanza de creación del Fondo de Reserva Anticíclico Municipal.

                                                                       Del mismo decreto, surge que los artículos 1º al 4º y los artículos 7º y 8º de la Ordenanza Nº 2899 no se encuentra reglamentados por dicho decreto, limitándose a reglamentar solamente los artículos 5º y 6º de la Ordenanza Municipal Nº 2899.

                                                                       La reglamentación del artículo 5º de la Ordenanza de creación del Fondo, autoriza a la apertura y/o asignación de una cuenta bancaria con el objeto de identificar el origen y posterior destino del Fondo Anticíclico Municipal denominándose la misma “CUENTA CORRIENTE EN PESOS FONDO ANTICICLICO MUNICIPAL”. Además, autoriza a la oficina de Tesorería para que realice el llamado a propuestas de las entidades bancarias con sucursales en el departamento Jáchal. Se crea una Comisión Evaluadora de Propuestas compuesta por el secretario de Hacienda y Finanzas, Contador General y Tesorero o Subtesorero con el objeto de analizar y determinar la propuesta más conveniente, labrándose un acta de evaluación. La Tesorería Municipal realizara las colocaciones financieras de los fondos conforme al contenido del acta labrada por la comisión evaluadora de propuestas, dejando debidas constancias de los certificados de colocación de fondos. Autoriza a la secretaria de Hacienda y Finanzas a suspender la renovación de los certificados mediante nota remitida a la Tesorería Municipal.

                                                                       La reglamentación del artículo 6º de la Ordenanza referida, establece que la secretaria de Gobierno, Infraestructura o la de Hacienda y Finanzas, podrán solicitar en forma indistinta, la utilización del Fondo Anticíclico fundadamente, previo cumplimiento de los establecido en el artículo 3º de la Ordenanza Nº 2899/19.

                                                                       Que, en fecha 13/07/2023, la concejal Analía Carrizo, realiza la presentación de un expediente administrativo dirigido al Sr. Intendente de Jáchal, Miguel Ángel Vega, donde le solicita a este, emita un informe respecto al destino y aplicación de los recursos del Fondo Anticíclico Municipal.

                                                                       El fundamento de tal pedido de informe radica en que la concejal mencionada había observado de los parte mensuales referentes a la Cuenta Bancaria 601190/5 – Banco San Juan denominada “CUENTA CORRIENTE EN PESOS FONDO ANTICICLICO MUNICIPAL”,, esta tenía un monto acumulado de $ 371.308.792,86 en el mes de ENERO de 2023; y que al mes de MAYO de 2023 el saldo de dicha cuenta era de cero pesos ($ 0), razón por la cual solicita la información correspondiente en virtud que los recursos de dicho Fondo tenían por Ordenanza un destino específico y de aplicación determinada, basada en circunstancias de ”necesidad y urgencia” económica – financiera. 

                                                                       Es necesario decir, que el contenido y fundamentos del pedido de informe respecto al destino dado por el Intendente de Jáchal, Vega al Fondo Anticíclico, fue publicado como noticia y reproducida en varios medios periodísticos del departamento Jáchal y de la ciudad de San Juan, razón por la cual, el Intendente, Miguel Ángel Vega, en fecha 19/07/2023 dio una entrevista en el programa radial “Pensar San Juan” Conducido por la periodista María Silvia Martin en radio Sarmiento de la ciudad de San Juan, al ser preguntado por el destino que le dio a dichos fondos públicos, expreso que fueron utilizados en obras de pavimentación, erradicación de letrinas, y compra de módulos habitacionales entre otros fines. Tales obras y servicios, ya contaban con partidas asignadas en la ordenanza presupuestaria aprobada en el mes de diciembre de 2022.

                                                                       En fecha 02/08/2023 citó a una conferencia de prensa en el departamento Jáchal, junto a los funcionarios del gabinete municipal, donde dio explicaciones nuevamente sobre las obras en las que utilizo el dinero público que forma el Fondo Anticíclico.

                                                                       En fecha 03/08/2023 ingresó contestación formal al pedido de informe presentado por la concejal Carrizo para ser tratado en sesión sin la presencia del Intendente Miguel Ángel Vega.

                                                                       Es de destacar que la contestación al pedido de informe carece de la firma del Intendente, Miguel Ángel Vega, que era el funcionario facultado para decidir, autorizar y disponer de los recursos que forman el Fondo Anticíclico Municipal.

                                                                       En dicha contestación, toma los periodos del mes de enero de 2023 al mes de mayo de 2023, detallando cuentas y partidas que forman el Fondo Anticíclico, intereses percibidos por la constitución de plazos fijos, las obras y servicios a las que fueron destinados los fondos dinerarios y las cuentas donde quedo el remanente de los recursos que forman dicho Fondo Anticíclico.

                                                                       La contestación al pedido de informe, es genérica y no respeta el deber de información que tiene cualquier funcionario público, tampoco fundamenta ni especifica la razón por la cual, la cuenta 601190/5 – Banco San Juan, tenía saldo $ 0 (pesos cero) en el mes de mayo de 2023.

                                                                       El Intendente Municipal, Miguel Ángel Vega ni los funcionarios autorizados por ordenanza y decreto para la disponer del Fondo Anticíclico, no acompañaron documentación respaldatoria que justifiquen el uso y destino de los recursos del Fondo Anticíclico, tampoco aportaron número de expedientes donde conste las obras, servicios y compras realizadas con los fondos cuestionados. No aportaron documentación de movimientos financieros que tuvo el Fondo Anticíclico Municipal.

 De lo relatado hasta el momento, solo demuestra, que las personas denunciadas evitaron dar detalles respectos a los fundamentos necesarios y requeridos legalmente para el uso del Fondo Anticíclico, incumpliendo con la debida responsabilidad que exige la ley en la administración y disposición de fondos públicos.

                                                                       Es necesario, a los fines de fundar la denuncia, determinar la actuación de los concejales Jorge Ortega, Cintia Aballay y Rubén Godoy, en la sesión donde se trató la contestación al pedido de informe solicitado por la concejal Carrizo, ya que la misma en todo momento fue interruptiva evitando llevar claridad a la tan importante acto, tratando en todo momento tener por presentada y aprobada sin cuestionamiento tal contestación utilizando el voto desempate del Presidente del Concejo Deliberante, concejal Jorge Ortega, a pesar de que la misma, no se adjuntaba ninguna documentación probatoria ni la firma del Intendente Vega.

Ante la falta de claridad de la contestación al pedido de informe relacionado al uso y destino del Fondo Anticíclico, genero la presentación en fecha 16/08/2023 de 8 pedidos de informes de manera conjunta de los concejales Balderramo, Tañez y Carrizo, con respecto al uso del Fondo Anticíclico y las partidas presupuestarias asignadas a las obras y servicios mencionados en la contestación, los cuales fueron rechazados y archivados, por el voto de los concejales Ortega, Aballay y Godoy, justificando sus votos por considerar que los mismos ya habían tenido respuesta con la contestación del informe referente al Fondo Anticíclico, evitando de esta manera que el Intendente Miguel Ángel Vega cumpla con su deber de informar respecto a la administración y uso de los fondos públicos tanto del Fondo Anticíclico y de las partidas presupuestarias asignadas.

Surge de los hechos expresados, que la conducta adoptada por el Intendente, Miguel Ángel Vega, las autoridades municipales a autorizados para el manejo del Fondo Anticíclico y los concejales Ortega, Aballay y Godoy, demuestran indicios suficientes para determinar una intencionalidad manifiesta de evitar cumplir con los deberes impuestos por ley como funcionarios público, impidiendo el debido control legal que debe ejercer los integrantes del Concejo Deliberante respecto a la administración y disposición de fondos públicos municipales, tanto del Fondo Anticíclico como de las partidas presupuestarias aprobadas, las cuales se encontraban aseguradas por contar con recursos municipales, provinciales y nacionales ya asignados por ordenanza presupuestaria del 2022

Estos indicios de la posible comisión de los delitos mencionados ut supra, encuentran mayor fuerza en la conducta adoptada por el Intendente, funcionarios y concejales denunciados como presuntos autores y/o partícipes de los mismos, cuando en lugar de cumplir con deberes impuestos por ley, evaden los controles y pedidos de informes solicitados, supliendo los mismos dando entrevistas a los medios de prensa y realizando spots publicitarios, con expresiones públicas, sin aportar documentación alguna que respalden las obras y servicios que dicen haber realizado, tratando de dar apariencia de “transparencia en la gestión municipal” a los ciudadanos jachalleros con el único fin de evitar cumplir con los controles y deberes de funcionarios públicos que se le exige en función de los cargos públicos que ejercen y para los cuales fueron elegidos mediante el voto popular.

CALIFICACION LEGAL – FUNDAMENTOS DE HECHO Y DERECHO: esta denuncia encuentra su fundamento en la normativa legal procesal (LP 1851-O) en los siguientes artículos que se transcriben: “ARTÍCULO 34.- Imposibilidad de prescindencia de la acción penal:    El representante del Ministerio Público Fiscal no puede prescindir ni total ni parcialmente del ejercicio de la acción penal si el imputado es funcionario público y se le atribuye un delito cometido en el ejercicio o en razón de su cargo…” Se aclara que los individuos denunciados actualmente tienen el carácter de funcionario público y los delitos presuntamente cometidos han sido en el ejercicio y función de sus cargos. “ARTÍCULO 320.- Denuncia, forma y contenido: Toda persona que tiene conocimiento de un delito de acción pública puede denunciarlo ante el Ministerio Público Fiscal o la policía, en forma escrita, verbal o de cualquier otro modo fehaciente, de manera personal, por representante o por poder especial, el cual debe ser acompañado en ese mismo acto. En caso de denuncia verbal se debe extender un acta. En todos los casos el funcionario que recibe la denuncia debe comprobar y hacer constar la identidad del denunciante. La denuncia debe contener, en cuanto sea posible, la relación circunstanciada del hecho delictivo, con indicación de sus autores, partícipes, damnificados, testigos, los demás elementos probatorios que pueden conducir a su comprobación y la calificación legal”. Este artículo es aplicable, ya que posiblemente se ha cometido un hecho ilícito el cual ha tomado notoriedad pública en virtud de que medios periodísticos departamentales y provinciales lo han dado publicado como noticia periodística.

En relación a los hechos explicados en el presente escrito, los funcionarios público que a continuación se detallan : Miguel Ángel Vega - Intendente de la Municipalidad de San José  de Jáchal; Máximo Páez - Secretario de Gobierno de la Municipalidad de San José de Jáchal; 3) Rubén Rueda Sirerol - Secretario de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de San José de Jáchal y 4) Marcelo Muriel - Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad de San José de Jáchal, revisten la calidad de denunciados en virtud de que la Ordenanza 2899 establece que son los autorizados para administrar y disponer de los recursos que forman el Fondo Anticíclico Municipal y que hay notorios indicios de que sean autores y/o participes de la presunta comisión de los siguientes delitos por fundamentos de hecho y derecho que se detallaran: 1) Malversación de Caudales Públicos – “ARTICULO 260 C.P.A. - Será reprimido con inhabilitación especial de un mes a tres años, el funcionario público que diere a los caudales o efectos que administrare una aplicación diferente de aquella a que estuvieren destinados. Si de ello resultare daño o entorpecimiento del servicio a que estuvieren destinados, se impondrá además al culpable, multa del veinte al cincuenta por ciento de la cantidad distraída”. Con relación a esta norma transcrita, la doctrina, define la malversación de caudales públicos como el delito que comete un funcionario público que le da una aplicación diferente a los caudales o efectos públicos para los cuales han sido destinados y cuya administración se encuentre a su cargo.

El destino específico de los fondos público surge claramente de la Ordenanza Municipal Nº 2899 y su decreto reglamentario Nº 355. La misma establece que la creación de un Fondo de Reserva Anticíclico Municipal está destinada para responder a situaciones de desequilibrio presupuestario y/o de emergencia que surjan como consecuencia de circunstancias imprevistas y apremiantes, determinando los recursos que conforman de dicho fondo y estableciendo fines específicos de aplicación de los mismos. Estableciendo que es el Intendente quien está autorizado para decidir el destino de los recursos del Fondo Anticíclico Municipal en acuerdo con el secretario de Gobierno, secretario de Infraestructura y secretario de Hacienda y Finanza, siempre que los mismos funcionarios acrediten de manera fehaciente que se ha producido un desequilibrio económico y/o emergencia que justifique el uso de tales recursos, situación que en ningún momento ha sido acreditada por el intendente ni los funcionarios denunciados.

El decreto reglamentario 533 establece la creación de una cuenta especial denominada “Cuenta Corriente en pesos Fondo de Reserva Anticíclico Municipal” y determinando que la necesidad de utilización de los recursos que forman el Fondo de Reserva Anticíclico Municipal, es a petición fundada de manera indistinta del secretario de Gobierno, secretario de Infraestructura y secretario de Hacienda y Finanzas, previo acuerdo de estos con el Intendente para disponer de los mismos. De este decreto surge el carácter de “especial” que tiene el Fondo Anticíclico y que su utilización debe cumplir determinados requisitos legales y responder a las circunstancias especificadas manera taxativa en la normativa que lo regula.

1) Acción Típica: que integran consiste en dar a los caudales o efectos una aplicación diferente de la que corresponde, de manera que el destino no es el establecido, sino otro, que arbitrariamente impone el funcionario público, dentro de la esfera pública.

Expondremos los indicios que hacen presumir la posible comisión del delito. 1 - la creación del Fondo de Reserva Anticíclico Municipal implica que es una cuenta especial, con recursos determinados que lo constituyen y que están imputados a la misma. Los recursos que le dieron origen al Fondo Anticíclico, dejan de pertenecer a sus partidas originarias para pasar a formar parte de dicho fondo. Respecto del capital que forma el Fondo como los intereses financieros obtenidos pertenecen y deben volver a la cuenta especial creada al efecto. Para la administración y/o disposición de los recursos del fondo, se debe cumplir con un procedimiento establecido a tales fines. De los partes de la cuenta Nº 601190/5 – Banco San Juan – Fondo Anticíclico Municipal se desprende que desde el mes de mayo de 2022 al mes enero de 2023, el Fondo Anticíclico, se constituyeron mensualmente plazos fijos, vencidos los mismos, retornaban los recursos nuevamente a la cuenta mencionada.

Esta situación se mantuvo hasta el periodo que va desde el mes de febrero de 2023 a el mes de mayo de 2023, donde el saldo de la cuenta, en el mes de enero de 2023 era de $ 371.308.792,86, se produjo una disminución considerable de $213.873.799,44 en el saldo del mes de febrero de 2023, quedando en la cuenta $ 181.903.994,23, para luego en el mes de mayo de 2023, el saldo de la cuenta del fondo Anticíclico quedo en $ 0 (pesos cero).

De la contestación al pedido de informe, no se especificó de manera detallada la razón porque la cuenta quedo con saldo de $ 0

2 - Otro indicio de la posible comisión del delito de malversación de caudales públicos, surge de los artículos 1º y 5º de la Ordenanza Municipal Nº 2899, de creación del Fondo Anticíclico, determina que recursos constituyen el Fondo Anticíclico Municipal, por lo cual dichos recursos no pueden integrar o mantenerse en otras partidas y/o cuentas diferentes a esta, tal como surge de la contestación al pedido de informe. El artículo Nº 1 establece como está constituido el Fondo y en el artículo Nº 5 expresa de manera clara y precisa, que los recursos puestos a interés “…debiendo sus rentas ingresar íntegramente al fondo. El rendimiento financiero del Fondo seguirá el mismo destino que el principal que le dio origen, no pudiendo aplicarlo a erogaciones de otra índole...” Como correlato de este articulo encontramos el artículo 1º del Decreto al reglamentar el artículo 5º de la Ordenanza establece que “…Procédase a la apertura de una cuenta bancaria o asignar una ya abierta para identificar el origen y posterior destino del Fondo Anticíclico Municipal…” Denotando de esta manera el carácter especial que tiene la cuenta de “Fondo Anticíclico Municipal” como también establece que una vez que incorporados recursos al Fondo de Reserva Anticíclico Municipal dejan de pertenecer los mismos a la cuentas y /o partidas que inicialmente se dispuso para su conformación para pertenecer al Fondo Anticíclico Municipal.

De lo expresado se denota una flagrante violación a la ordenanza municipal al no respetar el origen y destinos que deben tener los recursos que conforman el Fondo Anticíclico Municipal al decir que “…El rendimiento financiero del Fondo seguirá el mismo destino que el principal que le dio origen, no pudiendo aplicarlo a erogaciones de otra índole...” En relación a la constitución y mantenimiento en la cuenta especial “Fondo de Reserva Anticíclico Municipal” de los recursos que lo constituyen, los mismos se encuentran en otras cuentas y/o partidas diferentes a esta, generando una incertidumbre si se cumple con el destino específico que se le deben dar a los recursos que conforman el Fondo Anticíclico Municipal, ya que tales cuentas y/o partidas tiene por objeto cubrir erogaciones de diferentes indoles. De esto se desprende, que a priori se estaría violando el destino específico que se le deben dar a los recursos que conforman el Fondo Anticíclico Municipal.

Como prueba de esto podemos citar el cuadro detallado del mes de Mayo de 2023, donde surgen que los recursos ( CUENTAS 1- RENTAS MUNICIPALES, 2-  RENTAS GENERALES y 3 – FONDO MINERO PARA EL DESARROLLO DE COMUNIDADES), la disponibilidad de recursos del Fondo Anticíclico Municipal del mes de mayo de 2023 y el destino que se le dio a los mismos, al detallar los rubros Rentas Municipal, Rentas Generales y Fondo Minero para el Desarrollo de Comunidades, una vez realizado el detalle de los supuestos servicios, obras y compras donde se destinó los recursos del Fondo Anticíclico Municipal, realizan un apartado denominado “ACLARACION”: donde dicen que el sobrante de esos recursos que conforman el Fondo Anticíclico Municipal se encuentran disponibles e integrando el saldo en las cuentas RENTAS MUNICIPALES – Cuenta Corriente Nº 20097987– Banco San Juan; cuenta RENTAS GENERALES – Cuenta Corriente Nº 20000017 – Banco San Juan y cuenta FONDO MINERO PARA EL DESARROLLO DE COMUNIDADES – Cuenta Corriente Nº 22133651. El fundamento esbozado para mantener dicho remanente en esas cuentas es que dichos montos serán utilizados para financiamiento de obras en ejecución y/o financiamiento de necesidades en el año en curso, para dar cumplimiento con el plan de gobierno.

De lo expuesto surge una evidente violación a la normativa contenida en la ordenanza municipal, en especial al artículo 5º de la misma, que ordena que las “rentas ingresan íntegramente al fondo”. Denotando que, al encontrarse tales recursos en otras cuentas, el Intendente podrá utilizarlos y destinarlos a diferentes fines que los establecidos por la norma de creación del Fondo Anticíclico configurando de esta manera, presuntamente el delito de malversación de caudales públicos denunciado, motivo por el cual se insta la investigación penal al Sr. Agente Fiscal.

El Intendente, Miguel Ángel Vega y los funcionarios intervinientes, se limitan a explicar someramente las obras, servicios y adquisiciones realizadas sin hacer una enunciación detalladas de las mismas como tampoco aporta documentación donde conste las erogaciones realizadas ni las calles pavimentadas, las luminarias adquiridas para alumbrado público ni el destino de materiales, mercaderías, módulos sanitarios y habitacionales, construcción de ovalo de ciclismo y cubiertas para maquinas cargadoras.

Es necesario aclarar, que las obras, servicios, adquisiciones mencionadas en la contestación presentada ante el Consejo Deliberante de Jáchal, ya contaban con recursos y partidas asignadas y aprobadas, las cuales provenían de fondos municipales, provinciales y nacionales para la realización de pavimento, alumbrado público, adquisición de módulos sanitarios y habitacionales, como así también para la compra de materiales y mercaderías para personas de bajos recursos y construcción de ovalo de ciclismo, las cuales cuenta en la Ordenanza Municipal Presupuestaria donde se aprobó en el mes de Diciembre de 2022 y que regía para el periodo 2023. 

De la contestación presentada surge una violación al Artículo 6º de la Ordenanza Municipal, en lo que respecta a que los fondos han sido destinados a la compra de cubiertas para la maquina Cargadora New Holland de propiedad del Municipio, tratamiento de efluentes del Matadero Municipal y construcción de ovalo de ciclismo, ya que no estarían comprendidos en los extremos legales establecidos por la normativa contenida por la Ordenanza Municipal de creación del Fondo Anticíclico Municipal la cual establece fines o destinos específicos de los mismos, siempre que responda a situaciones de desequilibrio financiero y/o de emergencia.

Por los fundamentos vertidos, es que surgen indicios concretos que la conducta desplegada por 1) Miguel Ángel Vega en su carácter de Intendente de la Municipalidad de San José  de Jáchal; 2) Máximo Páez - Secretario de Gobierno de la Municipalidad de San José de Jáchal; 3) Rubén Rueda Sirerol - Secretario de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de San José de Jáchal y 4) Marcelo Muriel - Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad de San José de Jáchal, presuntamente encuadraría en la figura típica descripta por el delito de malversación de caudales públicos.

2 – Autor del hecho: el delito contenido en el artículo 260 del C.P.A., es un delito especial propio, ya que requiere que el sujeto activo tenga la calidad de “funcionario público” y que tenga la administración y disposición de los “caudales y efectos públicos”. Respecto a la definición de quien reviste la calidad de funcionario público remitimos al artículo 77 del C.P.A. De esta definición legal se establece que las personas denunciadas, Miguel Ángel Vega en su carácter de Intendente de la Municipalidad de San José de Jáchal; Máximo Páez - Secretario de Gobierno de la Municipalidad de San José de Jáchal; Rubén Rueda  - Secretario de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de San José de Jáchal y Marcelo Muriel - Secretario de Obras y Servicios de la Municipalidad de San José de Jáchal, reúnen los requisitos legales exigidos por la norma.

En relación a la situación de administrar y disponer de caudales y efectos públicos por parte de los funcionarios denunciados, tal requisito se encuentra acreditado en virtud del Artículo 3º, 4º y 5º de la Ordenanza Municipal 2899 y su respectivo decreto reglamentario Nº 355.

3 – Elemento Subjetivo: El delito contenido en el artículo 260 del C.P.A. requiere dolo directo, es decir que el sujeto activo debe saber el destino que tenía los bienes y el cambio que hace de ese destino.

El Intendente como los funcionarios autorizados por la ordenanza y su decreto reglamentario actuaron con DOLO DIRECTO, al tener pleno conocimiento de la afectación de los recursos que conforman el Fondo de Reserva Anticíclico Municipal tenía un fin específico y determinado para su aplicación y que los mismo fueron utilizados discrecionalmente por parte de estos al afectarlos a obras, servicios y adquisiciones de bienes no comprendidos en dicha normativa y que ya tenían partidas presupuestarias asignadas.

Demostración de esta intención dolosa surge de la contestación al pedido de informe realizado y que implica un conocimiento pleno en la modificación del destino de los recursos que integran al Fondo, a sabiendas que la utilización de los mismos en obras, servicios y adquisiciones mencionados no cumplian con las exigencias legales establecida por la ordenanza de creación, como ser el desequilibrio económico – financiero y/o situaciones de emergencia.

 Otra circunstancia que demuestra la intención con lo que actuaron los denunciados, surge en la desviación de los recursos del fondo a otras cuentas diferentes a la Cuenta Nº 601190 – Banco San Juan – Cuenta Corriente en pesos Fondo de Reserva Anticíclico Municipal y el hecho de mantener el remanente de los mismos en cuentas y/o partidas como  Rentas Municipales y Rentas Generales entre otras con el fin de ser utilizados antes necesidades de financiamiento y obras en ejecución en el año en curso, tal surge de la contestación presentada del  pedido de informe dirigidos al Intendente, Miguel Ángel Vega, sin volver a la cuenta origen del fondo, tal cual lo establece los artículos 1º y 5º de la Ordenanza de creación del fondo y su decreto reglamentario.

A esto debemos sumar, el hecho de entrevistas radiales realizadas por el Intendente, Miguel Ángel Vega en medios provinciales donde hace referencia al fondo Anticíclico municipal y el presunto destino que dio a los recursos.  Como también la conferencia de prensa dado a los medios periodísticos del departamento por el Intendente y los funcionarios denunciados, donde a claras expresaron que los fondos fueron utilizados en obras de pavimentación, alumbrado público y construcción de ovalo de ciclismo.

Tampoco acompaño prueba documental respaldatoria de la contestación realizada. Otra señal de que el Intendente y sus funcionarios actuaron en todo momento con pleno conocimiento de haber dado a los recursos un destino diferente al que legalmente establecía la Ordenanza Nº 2899.   

2) INCUMPLIMIENTO Y/O VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS – Artículo 249 del C.P.A, el cual se transcribe: “Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio.”, a los siguientes denunciados: Miguel Ángel Vega; Máximo Páez; Rubén Rueda y Marcelo Muriel.

Hay indicios que los mismos han incurrido en la conducta típica de “OMITIR” de manera dolosa la realización de un acto de su oficio.

La omisión puede ser definida como un “No hacer” de manera total o parcial un acto que es atinente al ejercicio de su cargo como funcionario público.  El Intendente y sus funcionarios omitieron cumplir con lo determinado por el artículo 4º, parte final de la Ordenanza Municipal Nº 2899, el cual en su parte pertinente establece “sin perjuicio de los mecanismos de control previsto en la Ley Provincial Nº 430 – P”.

También se encuentran indicios de omisión al no acompañar ninguna documentación que respalde fehacientemente las expresiones contenidas en la contestación del pedido de informe. Incumpliendo de esta manera el deber de información en la gestión y administración de fondos públicos y que todo funcionario está obligado a cumplir.

Es de destacar, la conducta adoptada por el Intendente, Miguel Ángel Vega, ya que no solo incurre en este delito por “OMITIR” aportar la documentación requerida sino que también incurre en la acción típica de “REHUSAR HACER” ilegalmente un acto atinente a su función, ya que de la contestación presentada al pedido de informe del Fondo Anticíclico Municipal, solo fue firmada por el Secretario de Hacienda y Finanzas, la Contadora y Tesorera de la Municipalidad de San José de Jáchal, careciendo de la firma del Intendente, Miguel Ángel Vega, violando el deber de contestar los pedidos de informes que se dirijan al Poder Ejecutivo Municipal toda vez que a éste se lo requieran, esto como forma de control que tiene el Honorable Concejo Deliberante con respecto a la gestión municipal.

Mayor es su deber de someterse a los controles establecido por ley, cuando es la propia Ordenanza Municipal Nº 2899, que designa al Intendente como la persona encargada de administrar y disponer de los recursos que componen el Fondo Anticíclico Municipal obligándolo a someterse al control previsto por la Ley Provincial 430 – P y los pedidos de informes fueron dirigido al Intendente por revestir este el carácter mencionado en la Ordenanza.

De todo lo expuesto surge de manera clara y concreta la intención dolosa de omitir documentación y rehusar hacer por parte del Intendente y los funcionarios denunciados.

Procediendo con la exposición de los fundamentos de la calificación legal, continuo desarrollando la denuncia, haciendo la misma extensiva a los denunciados que a continuación se detallan: 1) Jorge Amado Ortega; 2) Cintia del Valle Aballay; y 3) Rubén Godoy por la posible y presunta comisión del delito de: INCUMPLIMIENTO Y/O VIOLACION DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIOS PUBLICOS – “ARTICULO 249 C.P.A. - Será reprimido con multa de pesos setecientos cincuenta a pesos doce mil quinientos e inhabilitación especial de un mes a un año, el funcionario público que ilegalmente omitiere, rehusare hacer o retardare algún acto de su oficio.” Transcripto el presente artículo procedo a expresar los fundamentos en los que se basa la denuncia.

En relación a la calidad de funcionario público, los denunciados revisten tal carácter por ser concejales.

Incurren en la acción de OMITIR, los concejales mencionados, no han ejecutado el debido control a los actos del Poder Ejecutivo Municipal que como concejales le establece la Ley Provincial 430-P en su artículo 48 inc. 15, tal es el caso de no requerir la documentación respaldatoria necesaria en la contestación del pedido de informe solicitado con respecto al Fondo Anticíclico Municipal, propulsando su aprobación mediante la emisión del voto afirmativo de los concejales Ortega, Aballay y Godoy , teniendo aprobada la contestación de pedido de informe sin más detalles, a pesar que lo que se cuestionaba era la utilización y destino de fondos públicos, cuya administración y disposición se encontraba en cabeza del Intendente, Miguel Ángel Vega.

Asimismo, los concejales Ortega, Aballay y Godoy han incurrido en la conducta de REHUSAR HACER actos requeridos por la función que desempeñan, ya que ante las inconsistencias que presentaba la contestación de los pedidos informes referente al Fondo Anticíclico Municipal, propició que los concejales Balderramo, Tañez y Carrizo hicieron la presentación de 8 expedientes referente al pedido de informes de obras y servicios mencionados en la contestación analizada. Al ingresar los expedientes para su tratamiento en la sesión del Concejo Deliberante, los mismos concejales denunciados, impidieron la aprobación de tales pedidos de informes por considerar que los mismos ya habían sido respondidos por la contestación presentada ante los pedidos de informes del Fondo Anticíclico, impidiendo el control legal correspondiente, el rechazando tales pedidos de informes y procediendo a su archivo, todo esto mediante la utilización del voto desempate ejercido por el presidente del Concejo Deliberante, concejal Ortega.

De los hechos relatados no solo se determina la intención dolosa de no ejercer el control legal que establece la Ley Provincial 430 – P, sino que además infringen la normativa de la Ley Provincial 560 -E – Ética Publica al denotar una flagrante violación a los artículos 4º inc. b, c y h; artículos 8º, 10º, 11º, 15º y artículo 35º.  

Todos los hechos expresados surgen con claridad y certeza de las actas de sesión del Honorable Concejo Deliberante de Jáchal de Fecha 03/08/2023 y acta de fecha 24/08/2023. -

En virtud de los fundamentos de hecho y derecho expuesta en la presente denuncia, es que vengo a solicitar al Sr. Agente Fiscal a cargo de la UFI del Norte – 2ª Circunscripción Judicial, instruya investigación penal preparatoria a los fines de determinar si hay hechos o no que impliquen la posible comisión de los delitos detallados por las personas denunciadas y poder determinar la verdad real de los hechos, en virtud de la importancia e interés de la comunidad en que se persigan delitos contra la Administración Pública.                       

                                                           III.-    PROPONE MEDIDAS DE PRUEBA: Teniendo en cuenta los hechos expuestos vengo a proponer que se practiquen las siguientes diligencias:

1). DECLARACION TESTIMONIAL: Se solicita se tome declaración testimonial a las siguientes personas: 1 – Rosa María Rojas DNI Nº 20.646.141, en su carácter de Tesorera con domicilio laboral en calle San Martin 622, Planta Baja – Oficina de Tesorería – Municipalidad de Jáchal a fin de que explique los procedimientos seguidos relacionados a los recursos del Fondo de Reserva Anticíclico Municipal; 2- C.P.N. Melina Gentili Chirino DNI Nº 35.734.714, en su carácter de Contadora de la Municipalidad de Jáchal, con domicilio laboral en calle San Martin 622, Planta Baja – Municipalidad de Jáchal; 3 - Concejal Carlos Balderramo; 4 - Concejal Felipe Tañez; y 5 – Concejal Analía Carrizo

2) ALLANAMIENTO y SECUESTRO de DOCUMENTOS: Se solicita se proceda al Allanamiento del edificio municipal ubicado en calle San Martin 622 – Planta Baja – San José de Jáchal con el objeto de proceder a realizar el secuestro de los siguientes expedientes administrativos:

  1. Constancias administrativas donde surjan la necesidad y pedido fundado de utilización de los recursos del Fondo de Reserva Anticíclico por parte del secretario de Gobierno, secretario de Infraestructura y secretario de Hacienda y Finanzas al Intendente de la Municipalidad de Jáchal.
  2. Constancias administrativas donde obre “Actas Acuerdo de disposición de los recursos que integran el Fondo de Reserva Anticíclico Municipal por parte del Intendente Miguel Ángel Vega.
  3. Constancias administrativas donde surja la imputación de los recursos que integran el Fondo de Reserva Anticíclico Municipal autorizado por el Intendente, Miguel Ángel Vega.
  4. Constancias Administrativas donde surja la pavimentación de las siguientes arterias: 1) Rawson – Sur -; 2) Sarmiento – Sur -; 3) Juan de Echegaray – Sur - ; 4) José Hernández; 5) San Juan – Oeste -; 6) Sargento Cabral; 7) Florida – Oeste-; 8) Aberastain – Norte-; 9) Juan de Echegaray – Norte - ; 10) San Roque; 11) Padre Mariano Ianelli; y 12) Diego Maradona.
  5. Constancias administrativas donde surja la pavimentación de los siguientes Barrios: 1) San José 1; 2) Bicentenario Sur; 3) Orión 1; 4) San José 2; 5) Pismanta 1 y 2. 
  6. Constancias administrativas donde obre Licitación Pública Nº 6/22;
  7. Constancia Administrativas donde obre Licitación Pública Nº 3/23;
  8. Constancias administrativas donde obre “Adquisición de 250 artefactos para Alumbrado Público de 100 w de potencia para zona centro y rural” (cotejo de precio);
  9. Constancias administrativas donde obre “Adquisición de materiales eléctricos para Alumbrado Público para zona centro y rural” (cotejo de precios);
  10. Constancias administrativas de “Adquisición de materiales para emergencias habitacionales de vecinos de escasos recursos y alta vulnerabilidad social” (Cotejo de precios);
  11. Constancias administrativas referente a” Erradicación de letrinas en la localidad de Mogna y adquisición de módulos sanitarios para personas de bajos recursos de la localidad de Mogna en concepto de anticipo”;
  12. Constancias administrativas donde surja “pago de sueldos febrero 2023”;
  13. Constancias administrativas donde obre “Bacheo de calles del departamento Jáchal (cotejo de precios);
  14. Constancias administrativas donde obre “Adquisición de cubiertas para maquina cargadora New Holland propiedad del Municipio” (cotejo de precios);
  15. Constancias administrativas donde obre Licitación Pública Nº 1/23 - “Adquisición de módulos habitacionales de emergencia y ayuda con materiales a vecinos de escasos recursos y alta vulnerabilidad social” (Cotejo de precios);
  16. Constancias administrativas donde obre “Erradicación de letrinas en la localidad de Mogna y adquisición de módulos sanitarios para personas de bajo de recursos de la localidad de Mogna”;
  17. Constancias administrativas donde surja Licitación Pública Nº 2/23 “Obra de construcción de ovalo de ciclismo”;
  18. Constancias administrativas donde surja “Ayuda económica 250 productores del departamento Jáchal”;
  19. Constancias administrativas donde obre “Adquisición de materiales para obras de alumbrado público – Ruta 491 - de Eugenio Flores a calle Noriega, de Eugenio Flores entre calle Noriega y calle Honda; entre Eugenio Flores entre Gran China y entrada Bº Villa Mercedes; calle Gran China y calle Alberdi”;
  20. Constancia administrativa donde surja Licitación Pública Nº 1/23 –“Adquisición de módulos habitacionales para vecinos de escasos recursos;
  21. Constancias Administrativas donde surja “Adquisición de materiales para obras de alumbrado público – calle San Martin – Vª Mercedes; calle Maradona y calles zona rurales”;
  22. Constancias administrativas donde surja “Adquisición de materiales para salas Velatorias -Localidad de Niquivil. (cotejo de precios). 
  23. – PEDIDOS DE INFORMES:  Se solicita se realicen los siguientes pedidos de informe:

1 - Al Banco San Juan – Delegación Jáchal: con el objeto de que informe durante el periodo de tiempo contado entre el 1 de mayo de 2022 hasta 1 de julio de 2023, respectos a los movimientos financieros, constitución y vencimiento de Plazos Fijos, extracciones dinerarias realizadas, depósitos bancarios realizados, transferencias bancarias realizadas y recibidas; de las siguientes cuentas bancarias: 1 – Cuenta bancaria Nº 601190/5 – Banco San Juan – Cuenta Corriente en pesos Fondo de Reserva Anticíclico Municipal; 2 - Cuentas bancaria RENTAS MUNICIPALES – Cuenta Corriente Nº 20097987– Banco San Juan; 3 – Cuenta bancaria RENTAS GENERALES – Cuenta Corriente Nº 20000017 – Banco San Juan; 4 – Cuenta bancaria FONDO MINERO PARA EL DESARROLLO DE COMUNIDADES – Cuenta Corriente Nº 22133651 – Banco San Juan; y 5 – Cuenta bancaria REGALIAS MINERAS – Cuenta Corriente Nº 20102669 – Banco San Juan.

2- Al Honorable Concejo Deliberante del departamento Jáchal: a fin de que remita copia certificada e informe de fecha de presentación y/o redacción de la siguiente documentación:

  1. Ordenanza Municipal Nº 2899/19;
  2. Decreto Reglamentario Nº 355/19;
  3. Copia certificada de contestación de pedidos de informes referente utilización de recursos integrantes del Fondo de Reserva Anticíclico Municipal obrante en expediente administrativo Nº 3363/ 2023 de fecha 13/07/2023
  4. Acta de Sesión Ordinaria de Fecha 03/08/2023
  5. Acta de Sesión Ordinaria de fecha 24/08/2023.
  6. Expediente Nº 4003 – C – 2023
  7. Expediente Nº 4004 – C – 2023
  8. Expediente Nº 4005 – C – 2023
  9. Expediente Nº 4006 – C – 2023
  10. Expediente Nº 4007 – C – 2023
  11. Expediente Nº 4008 – C – 2023
  12. Expediente Nº 4009 – C – 2023
  13. Expediente Nº 4010 – C – 2023
  1. - A la emisora radial “RADIO SARMIENTO”: A fin de que remita informe y copia de entrevista radial realizada al Intendente Miguel Ángel Vega en fecha 19/07/2023 en el programa radial “Pensar San Juan” conducido por la periodista María Silvia Martin y Juan Pereira.  
  2. – A la emisora radial “ RADIO NACIONAL – Delegación Jáchal: A fin de que remita informe y copia de audio de conferencia de prensa brindada en fecha 02/08/2023 por el Intendente, Miguel Ángel Vega y funcionarios del Gabinete del Poder Ejecutivo Municipal referido a la utilización de recursos que integran el Fondo de Reserva Anticíclico Municipal, en el programa de la mañana conducido por el periodista Ramón Silva.
  3. – A la empresa Jáchal Video Producciones – Canal 13 de San José de Jáchal: Con el objeto de que remita copia audiovisual de spot publicitario de la Municipalidad de San José de Jáchal donde publicitan las calles y barrios que han sido pavimentados con recursos que integran el Fondo de Reserva Anticíclico Municipal y que consta en publicación de fecha 30/10/2023 titulada “Municipalidad de Jáchal – Intendente Miguel Vega” en la página oficial de Facebook de la empresa denominada “Jvp Canal”.

IV.- PETITORIO Por todo lo expuesto, solicito:

  1. Tenga por presentada denuncia penal contra Miguel Ángel Vega, Máximo Páez, Rubén Rueda Sirerol y Marcelo Muriel por la presunta comisión de los delitos de Malversación de Caudales Públicos- Articulo 260 – e Incumplimiento y/o Violación de los deberes de Funcionario Públicos  - Articulo 249 – ambos del Código Penal Argentino; y Jorge Amado Ortega, Cintia del Valle Aballay y Rubén Godoy por la presunta comisión del delito de Incumplimiento y/o Violación de los deberes de Funcionarios Públicos – Articulo 249 – Código Penal Argentino.
  2. Tenga por cumplidos requisitos legales de admisibilidad; solicita se dé trámite procesal de ley.
  3.  Se practiquen las medidas de prueba propuestas. - 
  4. PROVEER DE CONFORMIDAD, SERA JUSTICIA. -
Fuente: Diario La Región de Jáchal - Jorge Morales

Milei acusó al Gobierno de intentar proscribirlo: "Saben que estamos a punto de ganar"

El candidato presidencial de La Libertad Avanza le respondió a Fernández tras la denuncia penal. También apuntó a Juntos por el Cambio y dijo que no descarta que quieran una "venganza".

El candidato presidencial de La Libertad Avanza, Javier Milei, aseguró que el kirchnerismo intenta ensuciar el proceso electoral porque, según dijo, su
espacio tiene posibilidades de ganar en primera vuelta el 22 de octubre.

Lo dijo durante una conferencia de prensa en la que estuvo acompañado por el candidato a jefe de Gobierno porteño, Ramiro Marra; la candidata a la Gobernación de Buenos Aires, Carolina Píparo; y Agustín Romo, candidato a diputado bonaerense.

Este miércoles, el Presidente Alberto Fernández denunció por el delito de "intimidación pública" a Milei, Marra y Romo. Por esa razón, y tras responderle por redes sociales, el equipo de comunicación del libertario convocó para las 17.30 horas para una rueda de prensa en las oficinas de Bull Market, el bróker de bolsa que pertenece a Marra.

"El kirchnerismo está intentando ensuciar el proceso electoral o incluso proscribir en las elecciones de agosto, porque saben que estamos a punto de ganar en octubre y terminar con su Gobierno de delincuentes para siempre", lanzó ante una sala colmada de periodistas y en la que leyó un texto por 10 minutos.

En esa línea, Milei continuó: "Tenemos que sacarnos de encima a este gobierno de delincuentes y necesitamos su apoyo. Al presidente, a la vicepresidenta y al presidente en funciones, Sergio Massa, les decimos que hagan todas las denuncias que quieran, nada va a evitar la paliza que les vamos a dar en las urnas".

"Si el Gobierno quiere detener a los responsables de la corrida cambiaria y financiera tienen que mirarse al espejo. La inflación es siempre un fenómeno monetario y genera una pérdida del poder adquisitivo del peso", argumentó Milei, que en el inicio de su discurso se cruzó con un periodista.

Consultado por la propuesta de Massa de incluir un examen psicotécnico, Milei respondió: "Si Massa pide un examen psicotécnico para ser presidente, yo pido que le hagan un examen de economía para ser ministro".

"¿Acaso soy responsable del déficit fiscal, de la emisión monetaria, de la toma de deuda, de la esterilización con Leliqs, de cada una de las regulaciones que están destruyendo el sistema productivo, del cepo? Nuestras declaraciones sobre la situación económica argentina son las mismas que venimos sosteniendo desde hace años y este modelo empobrecedor inexorablemente conduce a una hiperinflación y eso no tiene nada que ver con nosotros", remarcó el libertario.

En ese sentido, completó: "Llevo solamente en política casi dos años. ¿Me van a achacar a mí el desastre? ¿Por qué no son más serios? ¿Por qué no se hacen cargo de los problemas?".

Luego de la denuncia que presentó Fernández, el diputado nacional se defendió y negó que sus dichos hayan sido "imprudentes".

"Nuestas declaraciones, lejos de ser imprudentes, son las únicas declaraciones pensando en el bienestar de los argentinos. ¿O quieren que les mientan? ¿Acaso están a favor de los economistas que les dicen 'no, por favor, sean responsables, quédense en pesos'. Mientras ellos acumulan en dólares", subrayó.

"En un contexto de hiperinflación como el que estamos viviendo, decirle a los argentinos que se queden en pesos es condenarlos a la más absoluta de las pobrezas. Es destruirles los ahorros", afirmó Milei, y agregó: "Pretender hacer responsable de esta corrida a la única fuerza que viene a plantear el cambio es una canallada solamente esperable del kirchnerismo".

En tanto, apuntó también a Juntos por el Cambio y al periodismo por ser "cómplices de esta canallada".

Además, dijo que no descartaba una "venganza" en su contra de parte de sectores de Juntos por el Cambio luego de haber ganado las elecciones primarias, al ser consultado por el desaire que le hizo en Mar del Plata al extitular del HSBC, Gabriel Martino, por haber estado cerca de Horario Rodríguez Larreta.

Denunciaron penalmente a Milei por la corrida cambiaria

La Abogada Valeria Carreras pidió que se investigue presunta "incitación a la violencia o un delito financiero".

El candidato presidencial por La Libertad Avanza, Javier Milei, fue denunciado penalmente por presuntamente haber provocado la corrida cambiaria que llevó la cotización del dólar por encima de $1.000.

La denuncia fue presentada por la Abogada Valeria Carreras y pide que "se investigue si los dichos de Milei constituyen la figura prevista en el Código Penal como incitación a la violencia o un delito financiero".

"No es una simple sensación o temor el que me mueve a denunciar la conducta descripta por el candidato sino el inusitado aumento del dólar a menos de 24 horas de sus dichos", sostuvo la presentación.

La causa quedó registrada con el número 3958/2023 y recayó por sorteo en el juzgado a cargo de Julián Ercolini, con intervención del fiscal Eduardo Taiano.

La denuncia apuntó a la violación del artículo 309 del Código Penal, que establece penas de uno a cuatro años, multa equivalente al monto de la operación e inhabilitación de hasta cinco años para quien "realizare transacciones u operaciones que hicieren subir, mantener o bajar el precio de valores negociables u otros instrumentos financieros, valiéndose de noticias falsas, negociaciones fingidas, reunión o coalición entre los principales tenedores de la especie".

Ello, "con el fin de producir la apariencia de mayor liquidez o de negociarla a un determinado precio".

"Milei y La Libertad Avanza vienen anunciando la destrucción de todo aquello que los argentinos tenemos garantizado en la Constitución Nacional, desde derogar derechos de los trabajadores hasta dar por tierra con la educación pública y gratuita, incluso insinuando revisión de juicios de lesa con sentencias firme", advirtió la presentación.

Denuncia penal para investigar posible organización criminal contra Cristina, Massa, Máximo e Insaurralde

Según publicó el periodista Daniel Romero en el sitio Total News, el exjuez en lo penal económico, Guillermo Tiscornia, presentó una denuncia ante la Cámara Federal, donde tras el sorteo recayó en el Juzgado Federal 12 bajo el número CFP 3529/2023.

Es para que se investiguen una posible organización criminal piramidal conformada por Cristina Kirchner, y su hijo Máximo, además de Sergio Massa, Axel Kicillof, Martín Insaurralde, Federico Otermín y Chocolate Rigau.

La presentación judicial refiere sobre el funcionamiento de una organización criminal piramidal donde estarían involucrados diferentes funcionarios del Gobierno nacional, más el Poder Legislativo y Ejecutivo de provincia de Buenos Aires.

En el texto, el denunciante refiere a una posible "asociación ilícita" y "matriz sistemática de corrupción estatal".

Se recuerda el antecedente del procesamiento en Estados Unidos de la empresa CODERE por sobornos.

CODERE, está asociada a Bingos de provincia de Buenos Aires y empresarios argentinos vinculados a Martín Insaurralde.

La Causa Vizcay se vincula a otra caratulada "Mautone Daniel Darío sobre infracción a la ley 24.769".

Mautone está estrechamente vinculado al exjefe de gabinete, el fiestero Insaurralde.

Se trata de la primera denuncia que muestra una estructura piramidal de corrupción en aras de la obtención de fondos para uso personal y de campaña.

Los denunciados son, Cristina Elizabet Fernández, Máximo Kirchner, Axel Kicillof, Sergio Tomás Massa, Martín Insaurralde, Federico Otermín y Julio Chocolate Rigau.

Tiscornia hace foco en el ya denunciado Julio Rigau por el retiro de dinero de 48 cuentas de empleados de la Legislatura bonaerense, la aparición de videos y fotos donde se muestra obscenamente al exjefe de gabinete del gobernador Kicillof e intendente de Lomas de Zamora, utilizando un costoso yate en Marbella y realizando gastos en regalos por más de 100.000 euros para la modelo Sofía Clericci.

Asimismo, quedan expuestas las relaciones con el juego de la provincia, donde a Insaurralde y Máximo Kirchner se los vincularía con la recaudación clandestina de dinero.

Nada de esto podría suceder sin el amparo político de las más altas figuras políticas provinciales y nacionales, tal el caso de Cristina Kirchner y su hijo Máximo, que promovieron el ascenso de Martín Insaurralde a la jefatura de gabinete de la provincia de Buenos Aires, cartera de la que depende el Instituto de Loterías y Casinos de Buenos Aires.

Como ya es sabido, los jefes de Julio Rigau son referentes políticos de Sergio Massa en la legislatura de Buenos Aires.

Gobierno ordenó denunciar penalmente al directorio de Edesur

Es por malversación, fraude en perjuicio de la administración pública y abandono de persona.

El Gobierno instruyó al Ente Nacional Regulador de la Electricidad a denunciar penalmente al directorio de Edesur por malversación, fraude en perjuicio de la administración pública y abandono de persona.

A su vez, le exigió al organismo que eleve el informe de estado de la concesión a la Bicameral de Seguimiento de las concesiones de servicios públicos a fin de que aconseje si corresponde dar por terminada la concesión.

Miles de usuarios sufrieron, y aún lo hacen, cortes de luz en los últimos días, en medio de la ola de calor que azotó al Área Metropolitana de Buenos Aires y otros puntos del país. Llegó a haber más de 200.000 afectados.

Sin embargo, los datos del ENRE siempre mostraron una amplia diferencia entre los clientes afectados de Edesur y Edenor, las dos empresas distribuidoras que operan en la zona.

Este jueves por la mañana, por caso, más de 36.000 usuarios se encontraban sin servicio, 35.900 de Edesur.

Carrió anunció que denunciará penalmente al Presidente Fernández

Elisa Carrió confirmó que iniciará una denuncia penal contra el Presidente Alberto Fernández y otros funcionarios del Gobierno nacional, tal el caso del Ministro Sergio Massa.

La acción legal será por la decisión de autorizar al sindicato de Camioneros a llevar adelante las tareas de control en supermercados de Precios Justos.

"Massa, Tombolini y Fernández están quebrando el Estado de derecho incitando a la violencia y creando grupos parapoliciales. Hoy se hace la denuncia penal", escribió Elisa Carrió este lunes en su cuenta de Twitter.

La denuncia de la líder de Coalición Cívica apunta contra el Gobierno por avalar a "grupos parapoliciales e incitación a la violencia", producto de la decisión de autorizar al sindicato de Camioneros que lidera Pablo Moyano a llevar adelante la tarea de control en supermercados para hacer cumplir el programa Precios Justos.

En su mensaje, Carrió advirtió quiénes serán los denunciados. Además del Presidente protocolar Alberto Fernández y el ecléctico Ministro Sergio Massa, también disparó contra el Secretario de Comercio Interior, Matías Tombolini.

Denuncia penal por presunto delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público contra el intendente de Jáchal

Tras el presunto derrame contaminante en la mina Veladero, situada en Iglesia, el exconcejal y periodista Jorge Morales formuló una denuncia penal contra el Intendente de Jáchal, Miguel Ángel Vega.

Es preciso recordar que los asambleístas de Jáchal habían denunciado un derrame durante el miércoles pasado, el cual negó la minera canadiense Barrick Gold.

La denuncia de Asamblea Jáchal No Se Toca fue a raíz de un estudio realizado por la Universidad Nacional de Cuyo, el cual ofreció números altos de contaminación en el río Jáchal.

Barrick dijo que esos resultados "no son primordiales", al tiempo que los consideró "una herramienta municipal, en contraposición al resto de los informes provinciales".

El Programa Agua Segura es una ordenanza que ha sido y es el único instrumento legal municipal que obliga al Ejecutivo municipal de Jáchal a realizar monitoreos periódicos que son indispensables para conocer qué tipo de agua se está consumiendo en el departamento.

Esta norma legal fue presentada por el exconcejal José Codorniú en el año 2015 y en principio no fue aprobada por el Concejo Deliberante en la intendencia de Jorge Barifusa, solo se la tuvo en cuenta luego del derrame que se produjo en Veladero en septiembre del mismo año.

La gestión del Intendente Miguel Vega incumplió su aplicación, siendo potestad exclusiva de su función la ejecución en todas sus partes de las ordenanzas del Programa Agua Segura.

Sistemáticamente violó el artículo 248 del Código Penal que dice: "Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere".

Este jueves, la denuncia de Jorge Morales contra el Intendente Vega fue recibida en Fiscalía de la Segunda Circunscripción en Jáchal a cargo del Fiscal Zohar Aballay.

"Esperamos que por lo menos sea investigado el delito que se presume ha cometido el Intendente Vega y no que pase directamente a archivo como varios otros casos de denuncias similares a funcionarios del actual oficialismo", expresó el periodista Jorge Morales en el sitio Jáchal La Región.

"Que no pese sobre las determinaciones de la Justicia jachallera el cargo o el poder que ostentan los denunciados", indicó el denunciante.

Texto completo de la denuncia penal

Denuncia

Denuncia para que se investigue por parte del Ministerio Público Fiscal,  los presuntos delitos por Abuso de Autoridad e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario Público; y/o cualquier otro delito que a su buen saber y entender se haya cometido.

Señor Fiscal:

Jorge Alfredo Morales DNI: 17.218.100, por mi derecho propio.

Domicilio: Que denuncio mi domicilio real en Barrio San José II C12 MB departamento de Jáchal,  lo que solicito se tenga presente a sus efectos.

Objeto: Que vengo por el presente a  denunciar para que se investigue  al Señor Intendente de la Municipalidad de Jáchal, Miguel Ángel Vega y a todo otro funcionario que tenga o haya tenido responsabilidad funcional por los hechos que a continuación se detallan, por el presunto delito de Abuso de Autoridad y Violación de los Deberes de los Funcionarios Públicos: Art. Nº 248. - Será reprimido con prisión de un mes a dos años e inhabilitación especial por doble tiempo, el funcionario público que dictare resoluciones u órdenes contrarias a las constituciones o leyes nacionales o provinciales o ejecutare las órdenes o resoluciones de esta clase existentes o no ejecutare las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.

Hechos: Que en fecha 15 de Octubre del año 2015, se sancionó la Ordenanza Nº 2694 “Programa Agua Segura” destinado a realizar el control comunitario de la calidad del agua tanto superficial como subterránea predestinada al consumo humano, al de animales, para irrigación, así como para cualquier otra utilización de tipo cotidiana. Norma Legal Municipal que está en vigencia y en sus Considerandos dice: “Que el control del agua constituye un objetivo fundamental en el desarrollo de políticas públicas destinadas a mejorar la calidad de vida de los ciudadanos, y que la ciudad de JACHAL no cuenta con un programa comunitario destinado al control de la calidad de agua.

Que el agua representa una fuente natural de vida, por ello desde el municipio se debe contar con información que certifique que el agua de Jáchal se encuentra en condiciones óptimas de ser consumida o utilizada.

Que se está trabajando minería a cielo abierto en donde nacen los cursos de agua que alimentan nuestra cuenca.

Que debe controlarse el agua tanto para consumo humano como para la agrícola ganadera.

Que los consumidores no tenemos medios para juzgar el agua que consumimos, lo cual genera desconfianza.”

Que la Ordenanza mencionada, en su parte resolutiva dice:

“Art. 1º: Crease en el ámbito de la Dirección de la Producción y Medio Ambiente, el programa “AGUA SEGURA” destinado a realizar el control comunitario de la calidad del agua tanto superficial como subterránea predestinada al consumo humano, al de animales, para irrigación, así como para cualquier otra utilización de tipo cotidiana.

Art. 2º: Este programa se financiara con fondos destinados para este fin, desde la Dirección de la Producción y Medio Ambiente y cualquier otro aporte proveniente de regalías mineras o fideicomisos conformados por empresas que tengan injerencia en nuestro medio ambiente.

Art. 3º: La Dirección de la Producción y Medio Ambiente anualmente seleccionara, mediante audiencias públicas, un triunvirato, que se encargara de seleccionar los laboratorios y custodiar las muestras, para tal fin se invitara a ONG, grupos ambientalistas, asociaciones de productores, cooperativas y pueblo en Gral.

Art. 4º: Para un mejor control se procederá a zonificar en zona norte, centro y sur. Se realizaran no menos de dos monitoreos anuales por cada zona.

Art. 5º: La fecha de cada monitoreo, la zona y el laboratorio que lo realizara, será competencia exclusiva del triunvirato.

Art. 6º: De cada monitoreo será obligatorio dejar muestra testigo perfectamente identificada y se solicitaran dos copias de los resultados, uno para el municipio y otra para el triunvirato.

Art. 7º: El triunvirato archivara estos Resultados en la Biblioteca DOMINGO FAUTINO SARMIENTO.

Art. 8º: Autorícese al Poder Ejecutivo a realizar convenios y contratos en pos del financiamiento del programa.

Art. 9º: Comuníquese, cópiese, oportunamente archívese”

Que en fecha 3 de Agosto de 2017 se sanciona la Ordenanza Nº 2814 “Ampliación Programa Agua Segura”. Ordenanza que está en vigencia y es complementaria de la Ordenanza Nº 2694. En sus considerando dice: “Que el proyecto apunta a prevenir cualquier conflicto ambiental, y no sólo en lo referido a la actividad minera, en cuencas y acuíferos que alimentan nuestro sistema hídrico.

Que para auditar la actividad minera es necesaria la ampliación del Proyecto Agua Segura para ejercer un real y permanente control en circunstancias que corresponda. “

Que la Ordenanza mencionada, en su parte resolutiva dice:

“Art. 1°: Amplíese el Programa Agua Segura, con fin de auditar actividades que influyan negativamente en cuencas y acuíferos que alimentan nuestro sistema hídrico departamental.

Art. 2°: La Dirección de la Producción y Medio Ambiente a través de Audiencia Pública, convocará a instituciones no gubernamentales del departamento de Jáchal con Personería Jurídica vigente, para la conformación de un Comité Departamental que tendrá a su cargo la elección del Procurador Municipal de acuerdo a lo establecido a la Ley  de Procurador Municipal en Materia Ambiental Minera.

Art. 3°: El Procurador Municipal acompañará regularmente a la Policía Minera y en circunstancia que corresponda, realizará auditorías a requerimiento del comité citado en el art. 2º de la presente Ordenanza.

Art. 4°: El Procurador Municipal deberá elevar sus informes al Departamento Ejecutivo Municipal y al Comité citado en el art. 2° de la presente Ordenanza.

Art. 5°: El comité se encargara de informar a la comunidad los resultados de los informes emanados respectivamente por el procurador  que revestirán carácter de Declaración Jurada.

Art. 6°: El comité citado precedentemente tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:

a) La confección de un registro de profesionales para la elección de procurador municipal los cuales deberán certificar su matriculación por el Consejo de Profesional que corresponda.

 b) La evaluación y selección del procurador profesional, en coordinación y asistencia de cuerpos colegiados universitarios nacionales.

 c) Comunicar al Ejecutivo Municipal el resultado de la evaluación y selección a los efectos de su designación respectiva.

 d) La facultad de remoción del procurador cuando lo considere necesario, con la previa comunicación al Departamento Ejecutivo Municipal y en acuerdo con el concejo deliberante de Jáchal, a los efectos de producir la baja respectiva.

 e) Comunicar y Publicar los informes emanados por el procurador en tiempo y forma que se considere correcta.

Art. 7°: Los costos que generen las actividades realizadas por el procurador municipal serán solventados con recursos que el Departamento Ejecutivo Municipal asigne para tal fin.

Art. 8°: Hágase conocer al Ministerio de Minería “Ad Hoc” y al Departamento Ejecutivo, oportunamente archívese.

Que desde la creación del Programa Agua Segura, ha sido, y es,  el único instrumento legal Municipal (Ordenanza) que obliga al Ejecutivo Municipal de Jáchal a realizar monitoreos periódicos que son indispensables para conocer qué tipo de agua se está consumiendo en el Departamento.

Que por los datos oficiales conocidos públicamente, los monitoreos obligatorios que debe realizar no se hicieron en la periodicidad que la Ordenanza Nº 2694 contempla, incumpliendo por ese accionar el art. Nº4 de la norma mencionada.

Que por datos oficiales conocidos públicamente, los escasos monitoreos realizados no se archivan en la Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento para ser  conocidos públicamente, incumpliendo lo que dice la Ordenanza Nº 2694, en su art Nº7.

Que por datos oficiales conocidos públicamente, en el último año (junio de 2021 a junio de 2022)  no se realizaron los monitoreos obligatorios como mínimo, incumpliendo lo que dice la Ordenanza Nº 2694, en su  art Nº4.

Que por datos oficiales conocidos públicamente, nunca se dejó “muestra testigo perfectamente identificada” de los monitoreos, incumpliendo lo que dice la Ordenanza Nº 2694, en su art Nº 6.

Que nunca, desde su sanción y publicación, se cumplió con lo que determina la Ordenanza Nº 2814, en su art Nº 2: “La Dirección de la Producción y Medio Ambiente a través de Audiencia Pública, convocará a instituciones no gubernamentales del departamento de Jáchal con Personería Jurídica vigente, para la conformación de un Comité Departamental que tendrá a su cargo la elección del Procurador Municipal de acuerdo a lo establecido a la Ley  de Procurador Municipal en Materia Ambiental Minera.”

Que los hechos relatados son prueba irrefutable del Abuso de Autoridad e Incumplimiento de los Deberes de Funcionario público que cometió el Intendente de Jáchal, Miguel Ángel Vega por  “no ejecutar las leyes cuyo cumplimiento le incumbiere.”

Por tanto solicito:

Se cite a declarar al señor Intendente de la Municipalidad de Jáchal, Miguel Ángel Vega, al ingeniero químico Miguel Ángel Más, Coordinador del muestreo de Aguas de Jáchal. Al saliente Presidente de la Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento, Andrés Vega. Al actual Presidente de la Biblioteca Popular Domingo Faustino Sarmiento, Juan Alcoba, y a toda otra persona que según su buen saber y entender crea conveniente.

Quedando a su entera disposición a la espera de ser llamado para testificar, me despido de Ud. con atte. Consideración y respeto.

Jorge Alfredo Morales

Fuente: Jáchal La Región

Denuncia penal contra Florencia Peña por su visita a Olivos violando la cuarentena

El partido Republicanos Unidos amplió su acusación ante la Justicia contra Alberto Fernández por las visitas de Florencia Peña a la Residencia Presidencial de Olivos.

El precandidato a legislador porteño de Republicanos Unidos, Yamil Santoro, dijo que ampliaron la denuncia ante la Justicia por las visitas a Olivos durante la cuarentena y apuntó contra Florencia Peña.

"Acabamos de denunciar penalmente a Florencia Peña. Fue mediante ampliación de la denuncia penal que presentamos desde Republicanos Unidos contra Alberto Fernández por el #OlivosGate. Seguiremos trabajando para que la Justicia investigue hasta el último involucrado en esta vergüenza nacional", informó en Twitter.

En la misma publicación subió una imagen en donde se puede ver parte del documento presentado.

"Por lo expuesto, corresponde ampliar la denuncia a Florencia Peña, toda vez que habría participado de reuniones desvinculadas de actividades esenciales durante el período en que se encontraba vigente el aislamiento social, preventivo y obligatorio, que reservaba la circulación y reunión de todas las personas estrictamente a la realización efectiva de actividades específicamente declaradas esenciales", precisaron en el escrito.

La causa, que también involucra a la modelo Sofía Pacchi por las múltiples violaciones a las normas sanitarias, quedó a cargo del juez federal Sebastián Casanello y del fiscal federal Ramiro González.

En tanto, la titular del Inadi, Victoria Donda, apoyó este miércoles a la actriz Peña en su denuncia contra los diputados Fernando Iglesias y Waldo Wolff.

"Los ataques direccionados hacia Florencia Peña en particular, y los discursos de odio, en general, no deben ser tolerados", escribió la funcionaria del Frente de Todos, al tiempo que añadió: "Trabajamos por un país libre de discursos de odio y violencias".