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Gobierno desreguló el mercado del gas envasado y dejará de injerir en precios, oferta y demanda

A través de un decreto se modificó el marco regulatorio del gas licuado de petróleo y se limitó la intervención estatal.

El Gobierno nacional modificó el marco regulatorio del gas envasado y limitó la intervención estatal a la fiscalización de seguridad, dejando de tener injerencia en precios, oferta y demanda, mediante el Decreto 446/2025, publicado este jueves en el Boletín Oficial.

La normativa, que desregula el mercado de la industria y comercialización de gas licuado de petróleo, restringe la tarea de la Secretaría de Energía como autoridad de aplicación "exclusivamente a la fiscalización del cumplimiento de los parámetros de seguridad correspondientes".

En este sentido, dispone que dicha labor se debe desempeñar "sin interferir en aspectos operativos que competen al funcionamiento del mercado, evitando intervenir en decisiones vinculadas a precios, oferta y demanda, las cuales deben quedar regidas por el funcionamiento libre y competitivo del mercado, que constituye el mecanismo más eficiente para asignar recursos y promover el desarrollo del sector".

Al fundamentar la decisión, el Ejecutivo expuso en el texto oficial que "el régimen vigente otorga un rol protagónico a la autoridad de aplicación en materia de regulación económica, técnica y operativa, lo que ha generado en muchos casos sobrerregulación, duplicación de funciones, distorsiones de mercado y sobrecostos operativos que impactan negativamente en los precios al consumidor".

Asimismo, consideró que "el sector privado es el principal interesado en expandir la producción, el fraccionamiento y la comercialización de gas licuado de petróleo, y posee la capacidad para mejorar la calidad del servicio, diversificar la oferta y optimizar la operación de la industria, incluyendo los mecanismos de canje de envases, contribuyendo de ese modo a garantizar el abastecimiento interno de gas licuado de petróleo al menor costo posible para los consumidores".

Con la mencionada premisa, el decreto determinó que a partir de ahora se eliminará la obligación de obtener autorización previa de la Secretaría de Energía para instalar nuevas plantas de fraccionamiento o ampliar las existentes.

Al respecto, precisó que "sólo resultaría suficiente que se cumpla con los requisitos establecidos en la ley y su reglamentación para poder operar en los distintos segmentos de la industria, sin necesidad de una autorización previa por parte de la Autoridad de Aplicación".

De esta manera, estipuló que "bastará con que, dentro de un plazo acotado y previo al inicio de sus operaciones, modificaciones o renovaciones, se presente la documentación pertinente".

Posteriormente Energía podrá constatar la información y el silencio administrativo será considerado positivo dentro de los diez días hábiles.

Al mismo tiempo, también se flexibiliza el régimen de marcas y envases, permitiendo que los fraccionadores envasen gas licuado de petróleo de cualquier productor, comercializador o importador, y que puedan hacerlo para más de una marca o leyenda.

El uso de envases de otras marcas podrá acordarse libremente entre fraccionadores mediante contratos bilaterales.

Además, se establece la obligación de recibir envases de cualquier marca o leyenda y se crea un parque de envases de uso común, cuyo objetivo es "asegurar el acceso a envases por parte de aquellas firmas fraccionadoras que, cumpliendo con toda la normativa vigente, encuentren dificultades para recuperar los envases identificados con su marca o leyenda".

Por otra parte, el Gobierno autorizó la importación libre de gas licuado de petróleo sin otro requisito que el cumplimiento de la normativa vigente y sin necesidad de aprobación previa.

Las exportaciones, en tanto, serán permitidas siempre que esté garantizado el volumen de abastecimiento del mercado interno.

Al argumentar las modificaciones en la regulación, el decreto argumentó que son "con el fin de adecuar sus disposiciones a una realidad operativa y productiva dinámica, promoviendo una regulación moderna, eficiente y orientada al desarrollo del sector de gas licuado de petróleo".

Gobierno restringió el gas a industrias y estaciones de GNC para garantizar el suministro a los hogares

Habrá sanciones para quienes incumplan la normativa.

El Gobierno nacional dictó la pre-emergencia energética de invierno y ordenó cortar la provisión interrumpible de gas natural a industrias y estaciones de GNC para garantizar el abastecimiento en los hogares residenciales en medio de la ola de frío que azota a casi todo país.

La orden se efectivizó a través del Ente Nacional Regulador del Gas y es una "maniobra habitual en picos de alta demanda" ya sea en invierno o verano, explicaron fuentes vinculadas al organismo.

Con esta medida se instruyó a todas las transportistas y distribuidoras de gas a seguir el protocolo de cortes o restricciones de los suministros sin excepción. También se restringieron los envíos de gas a Chile.

Pasadas las 18.30 horas Energy Report pudo saber que los cortes también alcanzaron a grandes consumidores de gas y algunas bocas de expendio de GNC con contratos en firme, particularmente del interior.

Enargas informó una demanda prioritaria en estos días que supera los 97.300.000 de metros cúbicos por día, de un total de 156.600.000 metros cúbicos por día que se consume a nivel nacional.

El mismo día de julio del año pasado era 80.600.000 metros cúbicos por día y el promedio mensual del 2024 fue de 76.400.000 metros cúbicos por día.

Las grandes industrias y comercios consumen en un día 27.600.000 metros cúbicos por día, mientras que las estaciones de GNC comercializan unos 5.500.000 metros cúbicos por día.

Desde la Cámara de Comerciantes Derivados del Petróleo, Gas y Afines advirtieron que el incumplimiento o cumplimiento parcial de la instrucción puede acarrear sanciones, multas e incluso el corte físico del suministro.

Esta medida también afecta a los transportistas de carga y pasajeros, que usualmente utilizan GNC para movilizarse a un precio más bajo que el gasoil o las naftas.

Por el corte de las exportaciones a Chile, también se ven afectadas algunas industrias del país trasandino.

Irán cerraría el estrecho de Ormuz y podría subir el precio del petróleo y el gas

El Parlamento iraní solicitó bloquear el paso estratégico del estrecho de Ormuz, por donde circula el 20% del petróleo mundial.

Este domingo, el Parlamento de Irán pidió el cierre del paso marítimo por donde transita cerca del 20% del petróleo y gas del planeta.

La decisión no está confirmada, ya que deberá ser aprobada por el Consejo Supremo de Seguridad Nacional de la República Islámica. Pero el solo anuncio encendió las alarmas del mundo.

El General Esmaeil Kowsari, integrante del Comité de Seguridad del Parlamento iraní, declaró a la televisión estatal Press TV que "el Parlamento ha alcanzado un consenso" para cerrar Ormuz, aunque no quedó claro si fue una decisión plena del cuerpo legislativo o solo de ese comité.

Lo cierto es que el Consejo, integrado por el presidente Masud Pezeshkian, ministros clave, representantes del líder supremo y altos mandos de seguridad, tendrá la última palabra.

La advertencia llega luego de una escalada bélica brutal que se produjo durante la madrugada del domingo, cuando Estados Unidos bombardeó tres instalaciones nucleares iraníes en Fordó, Natanz e Isfahán.

El presidente Donald Trump confirmó la ofensiva y aseguró que las instalaciones fueron "completamente destruidas".

La acción, calificada por la Casa Blanca como "una operación espectacular", abrió la posibilidad de represalias masivas.

Gobierno disolvió otros 2 fondos fiduciarios destinados a financiar obras viales y subsidios de gas

Con las nuevas bajas, ya suman 26 los fondos fiduciarios liquidados durante la administración de Javier Milei.

El Gobierno dispuso la disolución del Fondo Fiduciario para Subsidios de Consumos Residenciales de GLP y el Fideicomiso Individual Público-Privado Red de Autopistas y Rutas Seguras, mediante el Decreto 415/2025 publicado este miércoles en el Boletín Oficial.

La disolución responde a una serie de inconsistencias plasmadas en los informes de auditoría realizados por la Sindicatura General de la Nación, en el marco del análisis general de la gestión de los fondos fiduciarios, instrumentado por la administración de Javier Milei desde marzo del 2024. Con los nuevos cierres, ya van 26 fondos liquidados.

En el caso del instrumento destinado al desarrollo de infraestructura vial, el organismo observó la inexistencia de información vinculada con los beneficiarios/tenedores de los Títulos de Pago por Inversión, "necesaria para cumplir con la normativa vigente sobre prevención del lavado de activos".

Los mencionados títulos se utilizaban para abonar a los contratistas las obras adjudicadas de los distintos corredores viales licitados, en el marco del régimen de Participación Público Privada.

En 2020 se extinguieron todos los contratos, quedando como único cometido del fideicomiso el pago de los Títulos de Pago por Inversión, por lo que se consideró que "se encuentra fácticamente impedido de dar cumplimiento a su objeto".

Al respecto, desde el Ministerio de Economía, explicaron que "desde 2021, el Fideicomiso dejó de recibir los aportes públicos provenientes del Sistema Público Sisvial", remarcando que “actualmente el rol del fiduciario se limitaba a impartir las instrucciones de dos pagos anuales, correspondientes a las amortizaciones de los Títulos de Pago por Inversión emitidos a favor de sus tenedores, y de efectuar las renovaciones de las inversiones de los activos, lo que constituía un alto costo de administración bancaria".

Además, revelaron que "la deuda del Fondo con los tenedores de los títulos asciende a U$S89.000.000, mientras que el Fideicomiso contaba con inversiones para responder por esa deuda que superan en 40% a la necesidad de afrontar su total cobertura", señalando que "debido a que ha desaparecido su finalidad inicial y que las funciones que realiza son limitadas a lo financiero, se propuso la disolución del Fondo".

A raíz del cierre, el decreto estableció que Economía deberá celebrar un contrato con el Banco de Inversión y Comercio Exterior Sociedad Anónima "con el fin de continuar con los pagos de las obligaciones que tengan por causa las cuotas devengadas por los Títulos de Pago por Inversión".

Además, determinó que "en el citado contrato deberá asignarse la suma de dinero necesaria para cumplimentar la totalidad de las obligaciones a devengarse en concepto de Títulos de Pago por Inversión" y se facultó a la cartera a "ofrecer el rescate anticipado de la totalidad de los Títulos de Pago por Inversión en circulación".

En cuanto al Fondo Fiduciario Gas Licuado de Petróleo, la Sindicatura General de la Nación registró "la carencia de indicadores de gestión, de documentación sobre las transferencias de fondos y de estados contables auditados, entre otros aspectos relevantes para la transparencia y eficiencia de gestión".

Este instrumento había sido creado para atender el consumo residencial de gas licuado de petróleo envasado para usuarios de bajos recursos y para la expansión de redes de gas natural a zonas no cubiertas. Así financiaba el Programa Hogares con Garrafa.

Con la disolución dispuesta, el Gobierno definió "continuar los objetivos perseguidos a través de los programas que a tal fin implementa la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, a fin de una mejor administración y aplicación de los recursos".

De esta manera, en el texto oficial quedó estipulado que el programa Hogar permanecerá vigente, siendo atendidos los gastos ocasionados por este por el Ministerio de Economía, quien deberá determinar la forma a través de la cual efectiviza la transferencia de recursos a la Anses "para el otorgamiento del subsidio o compensación a los titulares de hogares de bajos recursos y productores de gas licuado de petróleo".

Al valorar las nuevas disoluciones, desde Economía destacaron que "con estas medidas el Gobierno nacional avanza en pos de una gestión pública transparente, ágil, eficiente, eficaz y de calidad en la atención del bien común, cuidando el racional uso de los recursos públicos y el debido control sobre la administración de las finanzas públicas".

Fijaron nuevos aumentos en las tarifas de gas para junio

El Enargas confirmó los nuevos cuadros tarifarios con ajustes. Las subas se ubicarán entre 2,6% y 2,8%.

El Ente Nacional Regulador del Gas publicó una serie de resoluciones que aprueban la nueva metodología de aumentos periódicos de tarifas para las distintas distribuidoras de gas natural del país.

De esta manera, los aumentos para junio se ubicarán, en promedio, entre el 2,6% y 2,8% en las facturas finales de gas natural por redes.

El Ministro de Economía, Luis Caputo, sostuvo que "las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de gas natural deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el Ente Nacional Regulador del Gas".

De cuánto será la suba del gas en junio

Las resoluciones fueron firmadas por el interventor del Enargas, Carlos ALberto María Casares, que responde a la Secretaría de Energía, que se encuentra bajo la órbita del Ministerio de Economía.

En detalle, el texto oficial indica que "las tarifas correspondientes al segmento de transporte y distribución de gas natural deberán ser incrementadas conforme los resultados de las revisiones tarifarias quinquenales llevadas adelante por el Ente Nacional Regulador del Gas".

La decisión confirmada por el Enargas se apoya en el plan para la Revisión Quinquenal de Tarifas de Metrogas, que busca establecer un esquema de aumentos mensuales y consecutivos que ocurrirán durante 31 meses.

El mismo busca seguir las directrices del ministerio conducido por Caputo.

De esta manera, junio reflejará la segunda cuota de ese incremento y se suma a la actualización de los precios del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte fijados por la secretaría de Energía para los consumos a partir de junio 2025.

Según detalló Caputo, a los usuarios residenciales nivel 2, bajos ingresos, y nivel 3, segmento medio, "se aplicarán las bonificaciones establecidas, o las que se establezcan en el futuro, al valor consignado a los usuarios residenciales nivel 1, como así el límite de consumo de la categoría por sobre el cual se aplicará un precio diferenciado, si correspondiere".

Cómo quedará el cargo fijo del gas desde junio

Tras la confirmación, los nuevos valores por el cargo fijo de Metrogas y Naturgy serán los siguientes a partir de junio:

  • Metrogas: Para los usuarios de la categoría R1 que residan en Ciudad de Buenos Aires, el costo fijo será de $2.941. En caso de ubicarse en el Gran Buenos Aires, se deberá pagar de base $3.396. Los valores más altos corresponden a la categoría R4 que se encuentra en $70.273 en Ciudad Autónoma de Buenos Aires y $38.189 en provincia.
  • Naturgy: El cargo fijo aumenta a $2.397 para el grupo R1. Los valores más elevados impactarán en la categoría R3 y R4: el costo se ubicará los $10.235 y $25.668.

A estos valores, se le sumarán los cargos por consumo, el sistema de transporte, los valores del Punto de Ingreso al Sistema de Transporte y los impuestos.

Gobierno prorrogó la emergencia en el sector energético nacional

Regirá hasta julio de 2026 y abarca a las mismas áreas.

El Gobierno nacional dispuso prorrogar hasta julio de 2026 la emergencia del Sector Energético Nacional dado que persisten las condiciones de fragilidad del sistema a causa "de la herencia recibida".

La prórroga abarca: generación, transporte y distribución de energía eléctrica bajo jurisdicción federal, y el transporte y la distribución de gas natural, y los sectores derivados.

La decisión fue establecida mediante el Decreto 370/2025 fechado el 30 de mayo de 2025 y publicada este lunes en el Boletín Oficial.

Inicialmente, la emergencia dictada en 2023 tenía vigencia hasta el 31 de diciembre de 2024, que luego se extendió hasta el 9 de julio de 2025, y el nuevo decreto la prolonga por un año más.

Según el decreto, la prórroga es necesaria porque "persisten aún las circunstancias que motivaron los decretos previos relacionados con la situación de emergencia que atraviesa el sector energético".

Allí se argumenta que el Gobierno nacional recibió una "herencia institucional, económica y social gravísima", lo que hace "imprescindible adoptar medidas que permitan superar la situación de emergencia generada por las excepcionales condiciones económicas y sociales que la Nación padece".

Siempre según el texto oficial, esta "herencia" se verifica en tres aspectos clave del sector energético: "a) en el sistema económico recaudatorio; b) en la funcionalidad de las instalaciones para asegurar el suministro actual y futuro y c) en la falta de señales de mercado para la oferta y la demanda".

La disposición de prorrogar la emergencia busca permitir que los órganos competentes sigan adoptando las medidas necesarias para asegurar la continuidad en la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y de gas natural.

El decreto considera que la eventual finalización del régimen de emergencia vigente podría "acentuar una serie de riesgos estructurales para el Mercado Eléctrico Mayorista", como la pérdida de previsibilidad en el flujo de fondos de Cammesa, la interrupción de mecanismos de contención de deuda de distribuidores y la creciente exposición al incumplimiento de contratos con generadores.

Entre las acciones pendientes que justifican la extensión, se destacan:

  • Alcanzar una mayor cobertura del costo de abastecimiento de gas natural, manteniendo el aporte estatal solo para usuarios que "verdaderamente necesitan la ayuda económica.
  • Finalizar la implementación de medidas para contar con capacidad de transporte de gas natural suficiente para abastecer la demanda interna y las exportaciones.
  • Abordar problemas estructurales en el sector eléctrico, como la antigüedad del parque generador, las limitaciones en el sistema de transporte y las fallas en la distribución.
  • Continuar con la política de reducción del subsidio al Precio Estacional en el Mercado Eléctrico Mayorista y avanzar hacia una mayor cobertura del precio monómico para lograr la sostenibilidad económica financiera del sistema eléctrico.
  • Implementar reformas estructurales y el proceso de normalización del MEM, que entrará en vigencia el 1 de noviembre de 2025.
  • Asegurar que Energía Argentina S.A. y Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A., se adecúen a las modificaciones regulatorias que disponga la Secretaría de Energía.
  • Constituir y poner en funcionamiento el nuevo Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, unificando los actuales ENRE y ENARGAS, y designar a sus miembros.

Hasta que esto ocurra, se considera necesario "mantener las intervenciones del ENRE y Enargas".

De hecho, el decreto prorroga específicamente la intervención de ambos entes hasta el 9 de julio de 2026 o hasta la constitución y designación de autoridades del nuevo ente unificado, lo que ocurra primero.

  • Continuar las evaluaciones para revisar los criterios de inclusión y exclusión, mejorar las fuentes de información sobre los niveles de ingresos y las manifestaciones patrimoniales de riqueza, simplificar la administración del subsidio y revisar periódicamente los volúmenes de consumo máximo a subsidiar.
  • Abordar las complejidades y superposiciones en los regímenes de subsidios, como el de Zona Fría.
  • Revisar el esquema de ayuda para usuarios vulnerables sin acceso a la red de gas natural, Programa Hogar, tras la desregulación del Gas Licuado de Petróleo.
  • Subsanar la inclusión de instituciones no elegibles en registros de beneficios, como clubes y entidades de bien público, y revisar la inclusión de Empresas Recuperadas y Cooperativas bajo el concepto de Hogares.
  • Continuar con la "simplificación y mejora de los criterios de focalización de los beneficiarios".
  • Realizar la transición de un esquema de subsidios generalizados que abarca a casi 10.000.000 de hogares a uno focalizado de forma gradual.

En línea con esto último, el decreto también prorroga el Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados, establecido originalmente por el Decreto N° 465/24, hasta el 9 de julio de 2026.

Esto faculta a la Secretaría de Energía a seguir dictando los actos necesarios para la reestructuración del régimen de subsidios y definir los mecanismos para su asignación y percepción.

Gobierno recortó los subsidios energéticos en la Zona Fría

Solo mantendrán el subsidio del 50% quienes acrediten una situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Gobierno nacional avanzó este lunes en la modificación del régimen de subsidios energéticos de la Zona Fría en el marco de su política de ajuste fiscal.

La medida impacta a más de 130.000 usuarios que hasta ahora accedían a tarifas de gas reducidas.

Así lo estableció la Secretaría de Energía a través de las Resolución 216/2025 y 219/2025, publicadas en el Boletín Oficial.

Estas normas fijan los lineamientos para que los usuarios pidan la revisión de categoría en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía mediante la plataforma Trámites a Distancia.

El Régimen de Zona Fría prevé la aplicación de cuadros tarifarios diferenciales para los beneficiarios en las zonas geográficas alcanzadas.

Estos descuentos pueden ser equivalentes al 50% o 70% de las tarifas plenas.

A partir de esta reducción, solo mantendrán el subsidio del 50% quienes acrediten una situación de vulnerabilidad socioeconómica.

Aquellos usuarios con más de un medidor a su nombre pasarán a recibir un descuento del 30% sobre la tarifa plena fijada por el ENARGAS.

De las evaluaciones realizadas sobre datos proporcionados por el ENARGAS, se identificó un número considerable de registros de beneficiarios repetidos: 137.975 CUIT/CUIL de titulares con el beneficio asignado automáticamente para dos o más medidores.

Por ello, la Resolución 219/2025 instruye a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético a aplicar un nuevo criterio en la conformación del registro único de beneficiarios y beneficiarias especiales del régimen de Zona Fría.

Por otro lado, se precisó que hasta ahora los usuarios dentro del régimen de Zona Fría Ampliada que cobran menos de cuatro salarios mínimos y contaban con más de un medidor o suministro a su nombre, podían acceder al beneficio del 50% de descuento en todos ellos.

Gobierno lanzó un nuevo procedimiento para definir la segmentación de subsidios

Es un nuevo paso hacia la restricción de los apoyos estatales.

El Gobierno nacional implementó un nuevo procedimiento para definir segmentación de subsidios, por el cual se podrá consultar en qué categoría está ubicado el usuario y pedir su redeterminación.

Lo hizo a través de la Resolución 218/2025 de la Secretaría de Energía publicada este lunes en el Boletín Oficial.

La norma instruyó a la Subsecretaría de Transición y Planeamiento Energético para que desarrolle y ponga a disposición de los usuarios una herramienta que permita consultar en forma personalizada su nivel de segmentación en cualquier momento y lugar.

Asimismo, se implementará un procedimiento de solicitud de revisión de la categoría a través de la Plataforma de Trámites a Distancia.

Para quienes no cuenten con acceso digital o necesiten asistencia, se mantendrán canales presenciales en las oficinas de Anses para la carga de la solicitud.

La decisión se toma en el contexto de la emergencia del Sector Energético Nacional declarada hasta el 9 de julio de 2025, y la emergencia pública, tarifaria y social vigente hasta el 31 de diciembre de 2025.

Estas emergencias facultaron a la Secretaría a redeterminar la estructura de subsidios y definir mecanismos para su asignación y percepción, asegurando el acceso al consumo básico y esencial.

Además, se extiende hasta el 31 de mayo de 2025 el Período de Transición hacia Subsidios Energéticos Focalizados.

Uno de los puntos centrales de la resolución es la aprobación de lineamientos para el análisis y la evaluación de las solicitudes de revisión del nivel de subsidio asignado en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía, que se harán con el nuevo mecanismo descripto.

La normativa también refuerza las acciones para mejorar la focalización de los subsidios y reducir los errores de inclusión, según expresa la resolución.

El Gobierno entiende que "se ha constatado que existen usuarios categorizados como de Bajos Ingresos, Nivel 2, cuyos medidores corresponden a zonas o propiedades, como clubes de campo con altas expensas, que manifiestan un alto poder adquisitivo".

En consecuencia, se faculta a la Subsecretaría a establecer indicadores de exteriorización patrimonial del nivel de ingresos.

Se continuará y profundizará el cruce de información entre los ingresos declarados y los registrados en bases de datos nacionales y provinciales, como el Sistema de Identificación Nacional Tributario y Social y Anses, para verificar el cumplimiento de los criterios de inclusión y detectar posibles ingresos no declarados o activos que demuestren capacidad contributiva incompatible con la recepción del subsidio.

Estas acciones se realizarán respetando la normativa de protección de datos personales.

Es relevante aclarar que los usuarios que ya se hayan inscripto en el Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía no tendrán necesidad de volver a hacerlo, a menos que deseen actualizar la información de su grupo conviviente.

La resolución advirtió que si se verifica que la declaración jurada presentada por un usuario contiene información manifiestamente falsa o que se accedió al beneficio de forma fraudulenta, además de la exclusión del subsidio, se podrá ordenar la refacturación de todos los importes que fueron incorrectamente bonificados en las facturas de servicios, con los intereses moratorios y punitorios correspondientes, sin perjuicio de otras posibles acciones y sanciones.

Gobierno oficializó el aumento de tarifas de luz y gas para mayo

El incremento en las facturas finales, según afirmaron fuentes oficiales, se ubicará entre 2,5% y 3%. Por la revisión tarifaria quinquenal, habrá aumentos mensuales.

El Gobierno oficializó los aumentos de los servicios de luz y gas que regirán a partir de este jueves para los consumos de mayo.

Como adelantó Ámbito, fuentes oficiales calculan que el impacto final en las facturas que les llegarán a los usuarios será una suba de entre 2,5% y 3%.

La medida se efectivizó a partir de sendas resoluciones a cargo de la Secretaría de Energía, el Ente Nacional Regulador de la Electricidad y el Ente Nacional Regulador del Gas, publicadas este miércoles en el Boletín Oficial.

En mayo se combinarán dos factores que motorizarán el incremento tarifario. Por un lado, la actualización del Precio Estacional de la Energía Eléctrica y el Precio de Ingreso al Sistema de Transporte de Gas, los valores mayoristas que en ambos casos sufren un incremento en el semestre invernal.

Por otro, el Gobierno avanzará con la puesta en marche de la Revisión Quinquenal de Tarifas, que implicará un aumento en la remuneración para las empresas transportistas y distribuidoras de luz y gas, además de un esquema de actualización periódica automática.

Tarifas de gas: oficializaron un nuevo aumento que regirá en los consumos de abril

El ajuste impacta en las facturas de los usuarios de todo el país.

El Gobierno formalizó este jueves un aumento del 2,5% en las tarifas de distribución de gas natural, mediante una serie de resoluciones a cargo del Ente Nacional Regulador del Gas publicadas en el Boletín Oficial.

El organismo aprobó los nuevos cuadros tarifarios de las distribuidoras de gas para abril, en el marco de la emergencia energética, extendida hasta el 9 de julio de 2025, y del periodo de revisión tarifaria, que permite adecuaciones transitorias en las boletas del servicio.

En este sentido, en las normativas se aclara que el DNU 55/23 faculta al interventor del ente, Carlos Casares, a "realizar el proceso de revisión tarifaria" y estableció que "hasta tanto culminara dicho proceso podrían aprobarse adecuaciones transitorias de tarifas y ajustes periódicos, propendiendo a la continuidad y normal prestación del servicio".

La actualización tarifaria del gas en el cuarto mes del año, se dio por pedido del Ministro de Economía, Luis Caputo, que por medio de una nota enviada a la Secretaría de Energía sostuvo que "resulta razonable y prudente continuar para el mes de abril de 2025 con el sendero de actualización de los precios y tarifas del sector energético".

Al respecto, precisó que "en materia de gas natural, las tarifas de distribución deberán ser incrementadas en un 2,5%; las tarifas de transporte no se verán ajustadas".

Además, estipuló que al precio Punto de Ingreso al Sistema de Transporte vigente deberá aplicarse lo dispuesto "en el artículo 5º de la resolución de la Secretaría de Energía 41/24".

Con respecto al valor del gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, se fijó para los usuarios residenciales que no poseen subsidios de Metrogas en $121 por metro cúbico, mientras que para los de Naturgy quedó en $123 por metro cúbico.

Estos valores corresponden al costo que deben afrontar los usuarios residenciales de altos ingresos junto con los comercios e industrias, mientras que los hogares de ingresos bajos e ingresos medios cuentan con una bonificación del 65% y 50%, respectivamente, sobre un determinado bloque de consumo.

En caso de excederse en el tope previsto se abona el costo pleno por la diferencia que corresponda.

Al argumentar la decisión, Caputo explicó que se basa en el objetivo de "mantener los precios y tarifas del sector en valores reales lo más constantes posibles, y de evitar así un proceso de deterioro de los mismos que no permitan el sustento del sector y hasta amenacen su continuidad".

El ajuste en los cuadros tarifarios fue aprobado para las distribuidoras Naturgy Noa, Distribuidora de Gas del Centro, Distribuidora de Gas Cuyana, Litoral Gas, Metrogas, Camuzzi Gas Pampeana, Camuzzi Gas del Sur, Gas Nea y Redengas.