El organismo recordó que el pago comenzó este lunes, en base al DNI de las personas que fueron autorizadas para cobrarlo.
La Administración Nacional de la Seguridad Social aprobó las normas aclaratorias para el control y otorgamiento del bono para trabajadores informales, que comienza a pagarse este lunes.
A través de la Resolución 202/2023, publicada este lunes en el Boletín Oficial, detalló los los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para acceder a ese bono, que consiste en dos pagos mensuales de $47.000 cada uno, a realizarse en octubre y noviembre.
"Corresponde precisar ciertos aspectos a los efectos de lograr una correcta aplicación de las disposiciones contenidas en el decreto" que autorizó el pago de ese dinero, indicó Anses.
Así, puntualizó que el trámite de solicitud para percibir el "refuerzo para trabajadores informales" constará de una "Inscripción, Solicitud y Validación de Datos" y podrá realizarse de manera remota desde la página Web de la Anses, mediante la utilización de la Clave de la Seguridad Social, o a través de las Oficinas y Operativos Móviles.
Para la percepción del bono, los requisitos son: tener entre 18 y 64 años, no tener ninguna prestación o asistencia del Estado ni trabajo formal, no haber sido alcanzado con otras medidas anunciadas, tener Clave de la Seguridad Social y una cuenta bancaria.
La persona tendrá que ser argentina o nativa, por opción o naturalizada, o extranjeras, con fecha de residencia no inferior a dos años, debiendo habitar en el territorio argentino durante todo el período en el que cobrarán el refuerzo.
Los jóvenes de entre 18 y 24 años de edad inclusive pueden acceder al cobro del refuerzo para trabajadores informales, cuando, además de cumplir con los requisitos, su grupo familiar no registre ingresos superiores a tres salarios mínimos. Se entiende por grupo familiar de titulares de entre 18 y 24 años de edad inclusive, compuesto por el/los padre/s y/o la/s madre/s de la persona solicitante, cuando esta última no tuviera cónyuge o conviviente, ni hijas/os, ni adopciones, ni personas a cargo, ni guardas, ni curatela, ni tenencias, ni tutelas.
A los efectos de realizar el control de ingresos del grupo familiar, se considerará el criterio que se utiliza para la liquidación de las asignaciones familiares.
Se considerará la situación patrimonial de los padres y/o madres o de las personas de entre 18 y 24 años de edad inclusive, de acuerdo a lo informado por AFIP y la Comisión Nacional de Valores, en lo referente a la tenencia de plazos fijos, tenencia y operaciones como comprador y/o vendedor de bonos, acciones, compra de moneda extranjera, embarcaciones y declaración de bienes personales como automotores, inmuebles, aeronaves, embarcaciones.
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