Esta ley tiene como objetivo de crear conciencia y combatir esta problemática que es la acción deliberada de un adulto, varón o mujer, de acosar sexualmente a una persona menor de edad a través de un medio digital.
A partir de una iniciativa presentada por el Diputado Gastón Berenguer, la Cámara de Diputados aprobó la adhesión a la Ley Nacional 27.458 que declara el día 13 de noviembre de cada año como el "Día Nacional de la Lucha contra el Grooming" con el objetivo de crear conciencia y combatir esta problemática que es la acción deliberada de un adulto, varón o mujer, de acosar sexualmente a una persona menor de edad a través de un medio digital.
Por otro lado, otorgó acuerdo a la propuesta de Ley de la legisladora Fernanda Paredes que establece la ceremonia escolar de la promesa de lealtad a la Constitución Nacional por parte de los alumnos de tercer año.
Asimismo, el cuerpo legislativo sancionó diversos proyectos de ley remitidos por el Poder Ejecutivo que proponen adhesión al Plan Nacional de Suelo Urbano; promover el fortalecimiento y la difusión de la Educación Financiera; y designar como autoridad de aplicación de la Ley N° 27.520, a la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable a través del Observatorio Ambiental.
Además, declaró de interés la implementación del programa de "Promotoras Barriales para la prevención de violencia de género"; el Programa televisivo "La Revista Del Rafa"; el título de campeón obtenido por Jáchal Basquetbol Club en el Torneo Federal de Basquetbol; las VII Jornadas Nacionales de Derecho de la Salud y el VI Seminario Internacional de Bioderecho "Vulnerabilidad, salud y derechos: estrategias para la post-pandemia".
Además, la competencia de Turf sanjuanino, clásico Domingo Faustino Sarmiento; y por último, las actividades a desarrollarse en el marco del Mes de la Biblia.
La Undécima Sesión del período ordinario estuvo conducida por el Vicegobernador, Roberto Gattoni, quien estuvo acompañado por el Secretario Administrativo, Roberto Iglesias.
Adhesión a la ley nacional que instituye el Día de la lucha contra el Grooming
El cuerpo legislativo aprobó el proyecto de Ley remitido por el Diputado Gastón Berenguer que propone adherir a la Ley Nacional 27.458 por el cual se declara el día 13 de noviembre de cada año como el "Día Nacional de la Lucha contra el Grooming".
En la ocasión, el legislador Berenguer recordó que "el grooming consiste en acciones deliberadamente emprendidas por una persona adulta con el objetivo de ganarse una relación de amistad con un niño, niña o joven, con el fin de disminuir las inhibiciones e influir sobre ella o sobre él para que realice acciones de índole sexual".
"Los adultos que realizan Grooming suelen generar un perfil falso en una red social o sala de chat haciéndose pasar por un chico o una chica, buscando generar confianza para poder entablar una relación con el niño o niña que quieren acosar", explicó.
Además, agregó que “es importante advertir que de navegar constantemente muchos de los datos personales que publicamos voluntariamente dejan una huella y circulan en el mundo virtual que nos exponen abiertamente, y esto a veces trae consecuencias dramáticas, ya que los delitos y otros abusos muchas veces empiezan a partir de descuidos en la circulación de la información compartida".
Instauración de la promesa de lealtad a la Constitución Nacional
Luego, el cuerpo legislativo otorgó acuerdo a un proyecto de Ley de autoría de la Diputada Fernanda Paredes que propone adherir la provincia de San Juan a la Ley Nacional N° 27.505 por el cual se instituye la ceremonia escolar de Lealtad a la Constitución Nacional, el primer día hábil siguiente al 1 de Mayo de cada año, por parte de los alumnos de tercer año de las escuelas secundarias de todos los establecimientos educativos de gestión pública y privada.
Durante su alocución, la Diputada Fernanda Paredes sostuvo que "el espíritu de la Ley radica en inculcar a los adolescentes el sentimiento de amor y respeto por la patria, las instituciones nacionales y la Constitución Nacional. Por ello, se busca promover en esta fecha la reflexión sobre la importancia de la Constitución Nacional como Carta Magna que contiene los principios básicos de la organización de nuestro Estado Argentino, los derechos y garantías esenciales para toda persona, como así también la organización del Gobierno y demás instituciones públicas".
Asimismo, señaló que "la Ley de Educación Nacional N° 26.206 consagra, entre los objetivos de la política educativa nacional: brindar una formación ciudadana comprometida con los valores éticos y democráticos de participación, libertad, solidaridad, resolución pacífica de conflictos, respeto a los derechos humanos, responsabilidad, honestidad, valoración y preservación del patrimonio natural y cultural; y fortalecer la identidad nacional, basada en el respeto a la diversidad cultural y a las particularidades locales, abierta a los valores universales y a la integración regional y latinoamericana".
Implementación del Plan Nacional de Suelo Urbano
Además, aprobó el convenio Marco de Adhesión al Plan Nacional de Suelo Urbano, suscripto el 30 de junio de 2021, entre el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, por una parte, representado por el Ministro Jorge Ferraresi y la Provincia de San Juan, por la otra parte, representada por el Gobernador Sergio Uñac.
La presentación de los argumentos de este asunto estuvo a cargo del Diputado Jorge Barifusa quien expuso que "el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat crea lo que es el programa de Planificación y Ordenamiento Territorial cuyo objeto es definir, formular y gestionar políticas de desarrollo y ordenamiento territorial, con carácter federal, participativo e incluyente".
"También este mismo Ministerio sanciona la resolución N° 19-2020 de fecha 8 de mayo de 2020 donde crea el Plan Nacional de Suelo Urbano con el objeto de lograr en forma integralmente planificada el desarrollo del territorio nacional con carácter federal, participativo e incluyente", agregó.
Asimismo, expresó que "el programa comprende la promoción de propuestas de Legislación Provincial de Desarrollo Territorial; el Programa de Capacitación y Asistencia Técnica en Planificación y Ordenamiento Territorial; el Concurso de Experiencias Innovadoras de Planificación; Desarrollo Territorial y Políticas de Suelo para la Reconstrucción Argentina; y el Registro Territorial de Suelo apto para programas habitacionales y proyectos urbanos. La provincia a su vez cuenta con normas de uso, ocupación y subdivisión del suelo, con detallada y actualizada información tanto en materia dominial como catastral y otros datos relevantes para la gestión del territorio".
"Se va a conformar una mesa intersectorial de políticas de suelo que va a permitir contar en el ámbito institucional participativo el Estado en su distintos niveles conjuntamente con la sociedad civil a través de entidades profesionales, organizaciones no gubernamentales y van a estudiar, analizar y proponer acciones para adelante con respecto a este programa", concluyó el Diputado Barifusa.
Promoción del fortalecimiento y la difusión de la Educación Financiera
Después, la Cámara de Diputados ratificó un convenio marco de cooperación y colaboración entre el BCRA y el Gobierno de la Provincia de San Juan, celebrado el 11 de mayo de 2021.
En esta oportunidad hizo la presentación de los fundamentos la Diputada Graciela Seva, quien señaló que "las partes acuerdan desarrollar en forma conjunta, acciones destinadas a promover el fortalecimiento y la difusión de la educación financiera en la Provincia de San Juan, para lo cual diseñarán propuestas de capacitaciones y acciones destinadas a docentes, estudiantes, y grupos sociales con necesidades específicas que identifiquen, tales como personas jubiladas, pensionadas, beneficiarias de planes sociales y trabajadoras y trabajadores de la economía popular".
Además, la legisladora indicó que "cada una de las acciones, programas y proyectos que se acuerden en el marco de este convenio, serán instrumentados y especificados a través de Actas Complementarias".
En este sentido, el BCRA faculta para la suscripción de las mismas a la subgerente General de Regulación Financiera, y la provincia designa para la suscripción de las mismas en forma indistinta, a los titulares del Ministerio de Educación, del Ministerio de Desarrollo Humano y Promoción Social o del Ministerio de Hacienda y Finanzas de la Provincia, de acuerdo al objeto de cada Acta Complementaria. Dichas Actas Complementarias incluirán, entre otros, los siguientes contenidos.
a) objetivos a lograr;
b) detalles y procedimientos relativos a su ejecución;
c) descripción de recursos humanos y materiales para su cumplimiento;
d) todo gasto y/o erogación necesaria para el desarrollo de las actividades, en el ámbito pedagógico y administrativo, y la forma en que las mismas serán afrontadas;
e) metodologías de control, seguimiento y/o evaluación de impacto de las acciones; y
f) responsabilidades específicas correspondientes a cada una de las partes intervinientes. Las Actas Complementarias serán ratificadas por Resolución del Ministerio cuyo titular la suscriba. Las partes conformarán una Unidad de Gestión, compuesta por al menos dos (2) representantes de cada una de ellas, los que serán designados por los funcionarios identificados en la cláusula Segunda. Las funciones de dicha Unidad de Gestión serán las siguientes.
- Diseñar, impulsar y evaluar, acciones de educación financiera, dirigidas a estudiantes de los distintos niveles educativos.
- Proponer e impulsar programas de capacitación docente tanto por medios virtuales como a través de alternativas presenciales que las partes consideren.
- Promover la cultura del ahorro dentro de la política educativa en el marco de la Ley Nacional N° 27.271 y Ley Provincial N° 1327-H.
- Propiciar acciones educativas destinadas a grupos específicos tales como jóvenes, personas jubiladas y/o pensionadas, beneficiarios de planes sociales, trabajadores de la economía popular, entre otros públicos, que favorezcan el aprendizaje de competencias para interactuar con el sistema financiero.
- Impulsar la suscripción de Actas Complementarias al presente convenio para el desarrollo del objeto descripto en la cláusula Primera.
- Supervisar el desarrollo de las acciones que se generen en el marco del Convenio.
Designación de la autoridad de aplicación de la Ley N° 27.520 - Observatorio Ambiental
Por otra parte, aprobaron la designación como autoridad de aplicación de la Ley de Presupuestos Mínimos de Adaptación y Mitigación al Cambio Climático Global, Ley N° 27.520, a la Secretaría de Estado de Ambiente y Desarrollo Sustentable o la que en el futuro la reemplace, como organismo ejecutor y autoridad local, a través del Observatorio Ambiental, creado por Ley Provincial N° I.800-L.
El Diputado Simón Ortiz realizó la presentación como miembro informante y señaló que este organismo tiene como fin lo siguiente.
- Propiciar el cumplimiento de las obligaciones que se desprenden de la ley, con especial atención a la elaboración del Plan de Respuesta del Art. 20 de la Ley N° 27.520 y sus incisos en todo el territorio provincial.
- Exhortar a todos los órganos del Ejecutivo provincial y de todos los municipios de la provincia de San Rían, con intereses y/o injerencia directa o indirecta en la temática a participar y colaborar en él proceso de armado del Plan de Respuesta provincial impulsado por el Observatorio Ambiental, como autoridad de aplicación, en todas las acciones propuestas por éste.
- Invitar a las universidades dispuestas en la provincia (Universidad Nacional de San Juan y Universidad Católica de Cuyo), y a sus Unidades Académicas; a las empresas privadas, 'y a todos aquellos organismos de investigación de gestión nacional sitios en la Provincia y con vinculación directa al cambio climático; a participar de manera permanente y sinérgica con él Observatorio Ambiental.
- Invitar a la sociedad civil, comunidades originarias de la provincia y todo otro particular interesado en la temática de cambio climático a participar en las instancias de elaboración del Plan de Respuesta del Art. 29 de la Ley N°27.520 y sus incisos.
Resoluciones
Más tarde, los legisladores y legisladoras decidieron declarar de interés los siguietes temas.
- Social y Educativo la implementación del programa de "Promotoras Barriales para la prevención de violencia de género" y el registro municipal de promotoras y promotores territoriales de género y diversidad, implementado a nivel comunitario por Ordenanza Municipal Número 868, en el ámbito del Municipio de Rawson.
- Social, Educativo, Cultural y Turístico al Programa televisivo "La Revista Del Rafa", programa semanal, que se emite todos los sábados por un canal local.
- Cultural, Social, Deportivo el título de campeón obtenido por Jáchal Basquetbol Club en el Torneo Federal de Basquetbol y su ascenso a la Liga Argentina de Basquetbol, Año 2021-2022.
- Científico y Educativo, las VII Jornadas Nacionales de Derecho de la Salud y el VI Seminario Internacional de Bioderecho "Vulnerabilidad, salud y derechos: estrategias para la post-pandemia".
- Deportivo, Social y Cultural, la competencia de Turf sanjuanino, clásico Domingo Faustino Sarmiento a cumplirse el 11 de septiembre en el Hipódromo ubicado en el departamento Rivadavia.
- Social y Cultural, a las actividades a desarrollarse durante el mes de septiembre en el marco del Mes de la Biblia.