El Gobierno promulgó el Consenso Fiscal y las provincias podrán aumentar impuestos

Modificó una norma impulsada por Mauricio Macri, que promovía una reducción gradual de los tributos provinciales. Ahora, los gobernadores podrán incrementar las alícuotas de Ingresos Brutos, Inmobiliario y Sellos.

El Gobierno promulgó este miércoles la Ley de Consenso Fiscal, que modifica una norma que se había aprobado durante la gestión de Mauricio Macri y permite a las provincias aumentar impuestos provinciales, tales como Sellos, Ingresos Brutos e Inmobiliario.

Con las firmas de Alberto Fernández, del Jefe de Gabinete Santiago Cafiero y del Ministro del Interior Eduardo de Pedro, comenzó a regir la Ley 27.634, a la que no adhirieron las provincias de San Luis, La Pampa y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El distrito porteño inició un reclamo ante la Corte Suprema por el recorte que sufrió a la coparticipación y debería desistir de la demanda si quisiera adherir al Consenso Fiscal.

Desde el Gobierno destacan que a el nuevo acuerdo fiscal permitirá a las provincias contar con una recaudación adicional de $70.000 millones que podrán ser utilizados para reactivar las economías regionales.

Esos fondos extras, saldrán de los bolsillos de los contribuyentes provinciales y, probablemente, ese aumento de impuestos repercuta en los precios, justamente cuando el Gobierno pretende moderar la inflación.

El Consenso Fiscal oficializado este miércoles reemplaza a un acuerdo similar que se había firmado en 2017 y que proponía una baja progresiva de los impuestos provinciales.

Ahora, las exenciones y escalas de alícuotas máximas quedaron suspendidas para los años fiscales 2020 y 2021, por lo que la reforma impositiva macrista solamente funcionó durante 2018. Antes de la modificación por ley, el Gobierno Nacional y las provincias habían acordado suspender la baja de impuestos durante 2020.

Qué les pidió el Gobierno a las provincias

Como contraprestación de la autorización a elevar impuestos, la Ley dispone que por un año, las provincias se abstendrán de iniciar procesos judiciales y se suspenderán los ya iniciados, relativos al régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

También habrá trabajos en conjunto entre la AFIP y los organismos provinciales de recaudación tributaria para identificar la titularidad de bienes inmuebles y otros bienes registrables.

Por otra parte, según la iniciativa, en 2021 las jurisdicciones no podrán aumentar el stock de deuda denominada en dólares con respecto a los valores registrados al 31 de diciembre del 2020. De todas maneras, habrá tres excepciones.

  • No se aplicará para las líneas de financiamiento con organismos bilaterales o multilaterales de crédito.
  • Tampoco tendrá vigencia con respecto a los acreedores institucionales, siempre que otorguen financiamiento de largo plazo con características similares a los multilaterales en términos de repago y de destino de los fondos.
  • La última salvedad será para los fondos obtenidos que se destinen a financiar obras de infraestructura o la reestructuración de deudas tomadas antes del 31 de diciembre de 2020.
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