Aumentarán los haberes para jubilados y pensionados en mayo

Anses estableció que el haber mínimo garantizado ascenderá a $296.481, mientras que el haber máximo se fijó en $1.995.041.

La Administración Nacional de la Seguridad Social oficializó los nuevos valores de los haberes mínimos y máximos del Sistema Integrado Previsional Argentino, así como los importes de la Prestación Básica Universal y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, que regirán a partir de mayo de 2025 con una actualización del 3,73%.

Mediante la Resolución 211/2025, el organismo estableció que el haber mínimo garantizado ascenderá a $296.481, mientras que el haber máximo se fijó en $1.995.041 pesos.

Asimismo, la base imponible mínima será de 99.855 pesos y la máxima alcanzará los $3.245.240. Por otra parte, el valor de la Prestación Básica Universal se ubicará en $135.626 y el de la PUAM será de $237.185.

La actualización de los montos se realiza en base a las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor del Indec, conforme lo dispuesto en el Decreto de Necesidad y Urgencia 274/24, que estableció una fórmula de movilidad mensual para las prestaciones previsionales.

Además, se dispuso que las remuneraciones de los trabajadores que cesen en su actividad a partir del 30 de abril de 2025, o soliciten su beneficio a partir del 1 de mayo, serán actualizadas conforme a los índices fijados por la Subsecretaría de Seguridad Social.

La resolución lleva la firma del Director Ejecutivo de la Anses, Fernando Omar Bearzi.

De cuánto es el aumento para jubilados

Haber mínimo garantizado: $296.481.
Haber máximo: $1.995.041.
Prestación Básica Universal: $135.626.
Pensión Universal para el Adulto Mayor: $237.185.

Cómo se calcula el aumento

El aumento se calcula según la variación del Índice de Precios al Consumidor correspondiente a marzo de 2025, que fue de 3,73%. Este método de actualización mensual fue establecido por el Decreto 274/24.

Qué pasa con las remuneraciones de los afiliados que se jubilan

Las remuneraciones de los afiliados que cesen en la actividad a partir del 30 de abril de 2025, o que soliciten la prestación a partir del 1 de mayo de 2025, se actualizarán según los índices aprobados por la Subsecretaría de Seguridad Social.

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