El Senado convirtió el proyecto en ley. Beneficiará a 1.300.000 trabajadores y jubilados que dejarán de pagar el tributo desde este mes.
El Senado convirtió en ley este jueves la modificación del Impuesto a las Ganancias, que establece una suba del mínimo no imponible a 150.000 de pesos brutos para trabajadores bajo relación de dependencia y ocho jubilaciones mínimas para quienes perciben haberes jubilatorios o pensiones. Además, incorpora una serie de conceptos que se pueden deducir del gravamen y algunas excepciones.
Se prevé que 93 de cada 100 trabajadores y 996 de cada 1.000 jubilados dejarán de pagar el impuesto, según cálculos del titular de la Cámara de Diputados y autor de la iniciativa, Sergio Massa. En tanto que unos 200 mil trabajadores con ingresos de entre 150.001 pesos y 173.000 pesos verán reducido el porcentaje que pagan del gravamen. Mientras que quienes cobran hasta $300.000 podrán deducir el 40% de la ganancia no imponible.
Qué cambios incluye la nueva ley
- Un nuevo mínimo no imponible de $150.000 brutos a partir del cual los trabajadores bajo relación de dependencia comienzan a pagar el Impuesto a las Ganancias; y ocho haberes mínimos para jubilados, actualmente 164.568 pesos.
- La actualización de ese piso se realizará anualmente, según el índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables
- El aguinaldo queda excluido del pago del Impuesto para sueldos y haberes de hasta 150.000 pesos brutos mensuales.
- Entra en vigencia a partir del 1º de enero de 2021. Lo que se haya cobrado en los tres primeros meses será reintegrado con los salarios y haberes de abril.
- Se amplió la exención del pago de Ganancias para jubilados con otros ingresos adicionales a los haberes estableciendo un monto mínimo de ingresos para perder el beneficio.
- Amplía la deducción al concubino -cualquiera fuera el sexo- sin requerimiento de acta de matrimonio.
- Se incorporó la deducción por viáticos y movilidad.
- Se incorporó un artículo que establece que se mantiene vigente el beneficio por zona patagónica.
- Excluye del Impuesto a la provisión de ropa de trabajo, al equipamiento del trabajador para uso exclusivo en el lugar de trabajo y al otorgamiento o pago de cursos de capacitación indispensables para el desempeño y desarrollo de la carrera del empleado.
- Incorpora al reintegro documentado con comprobantes de gastos de guardería y/o jardín materno-infantil, que utilicen los contribuyentes con hijos de hasta 3 años. Se incorpora al proyecto con un tope de hasta el límite equivalente al 40% de la ganancia no imponible, es decir $67.000 al año o $5.590 por mes.
- Duplica la deducción para el caso de cada hijo, hija, hijastro o hijastra discapacitado, que era de $78.833 al año. Además, elimina el límite de edad para las deducciones por hijo con discapacidad.
- Prorrogó hasta el 30 de septiembre de 2021 la exención del Impuesto a las Ganancias para las remuneraciones devengadas en concepto de guardias obligatorias y horas extras, y todo otro concepto que se liquide en forma específica y adicional en virtud de la emergencia sanitaria provocada por el Covid-19, para los profesionales, técnicos, auxiliares y personal operativo de los sistemas de salud pública y privada.
- Excluye del cómputo de Ganancias los bonos por productividad, con un límite de hasta 40% para salarios que no superen los $300.000 brutos.
- Suma a los recolectores de residuos patogénicos a la prórroga de la exención en horas extras como lo está el personal de salud afectado por la pandemia de coronavirus.
- Incorpora la obligación de los expresidentes de pagar Ganancias por las asignaciones mensuales vitalicias que reciben.
- Establece que los suplementos que reciben las Fuerzas Armadas, como título o plus por zona desfavorable o desarraigo, no pagarán el tributo.
- Excluye del pago de Ganancias las herramientas educativas para los hijos del trabajador con límites de hasta 40% anual y que incluye vestimenta escolar o materiales tecnológicos, como la adquisición de una computadora.
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