Fue publicado hoy en el Boletín Oficial. Obliga a los nuevos trabajadores a permanecer un año en la obra social correspondiente a su actividad antes de ejercer el derecho de opción de cambio.
Luego de que el Presidente Alberto Fernández inyectara más de $ 2300 millones a las obras sociales sindicales a mediados de junio con el fin de paliar los efectos de la pandemia y que estas puedan saldar sus deudas pendientes, el Presidente tuvo un nuevo gesto con la Confederación General del Trabajo.
Se trata del Decreto 2021/438 publicado hoy en el Boletín Oficial, que obliga a los nuevos trabajadores a permanecer un año en la obra social correspondiente a su actividad antes de poder ejercer el derecho de opción de cambio.
Este punto había sido una de las promesas de Fernández a la cúpula sindicalista y tiene como objetivo que los gremios eviten la pérdida del dinero proveniente de los aportes obligatorios a manos del sector privado.
Según lo establecido, esta medida permite ejercer la opción de cambio una sola vez durante todo el año calendario, hecho que se hará efectivo a partir del primer día del mes siguiente a la formalización de la solicitud.
Por otro lado, establece que las obras sociales deberán garantizar "el acceso a la información detallada, completa y adecuada respecto de la cobertura prestacional brindada", permitiendo el acceso en todo momento a la cartilla completa con sus distintos planes de forma online.
Finalmente, la medida aclara que este período de permanencia de un año en la obra social del rubro aplicará a todas las relaciones laborales iniciadas "con anterioridad a la entrada en vigencia del presente decreto y no cuenten a dicha fecha con 1 año de antigüedad".
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