El régimen de recupero concentra el 90% de los fondos en el sector energético.
El Gobierno fijó en $27.200.000.000 el tope anual para la devolución del Impuesto al Valor Agregado a empresas de servicios públicos que perciben subsidios o compensaciones tarifarias del Estado nacional.
A través de la Resolución 1759/2026, publicada este miércoles en el Boletín Oficial, el Ejecutivo estableció el cupo de recupero de créditos fiscales del impuesto para el ejercicio 2025 y anteriores. El sector energético concentrará el 90% de los fondos.
El régimen de recupero está previsto para aquellas entidades de servicios públicos cuyas tarifas se encuentran reducidas debido a la percepción de sumas en concepto de subsidios, compensaciones tarifarias o asistencia económica estatal transferida directamente o mediante fideicomisos.
La normativa busca compensar los créditos fiscales del IVA abonados en la compra, elaboración o importación de bienes y contrataciones de obras o servicios efectivamente destinados a la actividad.
En este caso, el Gobierno estableció que la suma global de $27.200.000.000 se distribuirá mayoritariamente al sector de energía, donde el tope asignado será de $24.500.000.000, seguido por el sector del transporte, que contará con un margen de $2.500.000.000, mientras que para las restantes actividades se reservó un cupo de $200.000.000.
El cupo establecido aplicará a las solicitudes sobre saldos acumulados por créditos fiscales cuyo derecho a cómputo se hubiere generado durante el año 2025.
Asimismo, la norma abarca a los saldos de ejercicios anteriores que estén en condiciones de recuperarse y no hayan sido procesados previamente bajo los límites máximos correspondientes a cada período.
La medida se fundamenta en la Ley de IVA y el Decreto Reglamentario 692/1998. Con esta disposición, el Ministerio de Economía mantiene la continuidad de los esquemas de asignación anual instrumentados desde 2019.
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